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"La libertad de circulación no es chos universales existen sin el fenómeno de movilidad en sí mismo trasciende la más que el primer eslabón de un que unos condicionen a los lógica estatal. Al negar el deotros), abre ciertamente la encadenamiento de garantías en vía a algunas personas de recho de todas las personas a circular, el Estado es cómpliacceder a otros derechos. términos de no-discriminación, ce de los riesgos que supone Y es en general sobre esta de acceso efectivo a los derechos, relación, entre circulación e el viaje irregular que, a menudo, desemboca en trageinstalación, sobre la que se dan en el cual el Estado tiene que dias que nuestras organizadivergencias. El derecho a reinventar su soberanía territorial las ciones no cesan de denunciar. instalarse supone el acceso a definida como la aplicación de El argumento de la amederechos económicos y socianaza sobre el mercado de les, incluso a derechos cívicos los derechos para todas las trabajo y el sistema social: cuando las elecciones son acpersonas bajo su jurisdicción." Este argumento pone a comcesibles a las personas extranpetir a los trabajadores legítijeras tras un cierto número de mos en el territorio y a aquellos que los pondrían años de residencia. Pero aún es preciso que el sisteen peligro si entran. Esta posición es reduccionista ma político-jurídico, así como los diferentes estrapues todas las personas que quieren entrar en el tos/estructuras de la sociedad permitan esta plenitud territorio no son, o no exclusivamente, trabajadoras. de todo individuo cualquiera que sea su origen. En un plano puramente teórico, la libertad de Es también infundado porque numerosos estudios muestran el impacto nulo o positivo de la llegada de circulación es la última etapa hacia una realización migrantes sobre el mercado de trabajo. Tampoco nin- de los derechos para todas las personas. En concregún estudio ha demostrado realmente que la entrada to, la libertad de circulación no es más que el primer de personas extranjeras en el territorio amenace la via- eslabón de un encadenamiento de garantías en térbilidad de los sistemas de protección social. Sería in- minos de no-discriminación, de acceso efectivo a cluso, según algunas fuentes, al contrario pues las per- los derechos, en el cual el Estado tiene –no que sonas migrantes contribuyen a menudo más al sistema perder sino- que reinventar su soberanía territorial definida como la aplicación y la garantía de de cotización de lo que se benefician. los derechos para todas las personas bajo su jurisdicción. 3. La libertad de circulación: ¿fin o medio? Si pudiéramos beneficiarnos todos de la misma libertad de circular, ¿podríamos disfrutar de nues- Conclusiones La libertad de instalación no derrumba el resto tros derechos sin discriminación? Probablemente no. ¿Es decir que la libertad de circulación no tiene de obstáculos, las fronteras interiores, sean sicológicas, simbólicas, económicas, sociales o políticas. sentido sin libertad de instalación? La concepción de la libertad de circulación como La reivindicación de la libertad de circulación finalidad existe. Es el caso en el seno de la UE (es- ha de ir, por tanto, acompañada necesariamente tancia sin ninguna justificación limitada a 3 meses de garantías que permitan la igualdad. Sin embargo, reivindicar la libertad de circulapara los/as ciudadanos/as europeos/as en otro país de la UE). Es también el esquema aplicado a países ción ha de hacerse con prudencia. En efecto, el edivecinos de la UE que se «benefician» de un régi- ficio Schengen en su integralidad se ha construido men de liberalización de visados (los nacionales de en nombre de la protección de la libertad de circuestos países pueden entrar en la UE libremente pero lación para los ciudadanos de la UE en detrimento no instalarse en ella). Es también lo que se pro- de sus vecinos. Aunque la libertad de circulación es mueve con el concepto de «migración circular» –es una noción que puede declinarse en un contexto decir, el retorno de migrantes para favorecer el desa- estatal y de fronteras, es cierto que los espacios de rrollo de su propio país. Están también quienes de- libertad de circulación no han hecho, hasta el mosean viajar y volver, e incluso quienes no desean salir mento, más que desplazar la frontera en sus versioen absoluto. Pero tener la opción de quedarte, o que- nes más agresivas. La libertad de circulación ha de contar con medarte por obligación porque no te dan el derecho dios a la altura de sus aspiraciones y abrir la vía a de salir son dos situaciones bien diferentes. Sin embargo, separar de la cuestión de la circu- una realización concreta e igualitaria de derechos lación la de la instalación es reducir el campo de posi- para todas las personas. Es una cuestión previa para bilidades de los individuos que desearían circular como pasar a un umbral político complejo basado en la coherencia política, la integridad, el respeto del dererealización de sus derechos universales. En efecto, aunque la libertad de circulación cho, una política de inclusión más allá de la pertenenno sea un «derecho a otros derechos» (los dere- cia estatal. Amplio programa donde los haya… 26

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