Ayacucho Boletin Oficial Octubre 2014

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40 / Octubre 2014 / Boletín Oficial / Municipalidad de Ayacucho

Ordenanzas correspondientes al período 01/09/2014 al 30/09/2014 Ayacucho, 12 de septiembre de 2014 VISTO, el expediente HCD 186/13 iniciado por el Departamento Ejecutivo, y CONSIDERANDO QUE por el mismo se solicita se establezca la prohibición de estacionamiento en aquellos lugares donde tiene sus paradas el servicio de Transporte Público Urbano. QUE resulta necesario asegurar el correcto estacionamiento de los colectivos en cada una de las paradas establecidas para facilitar el ascenso y descenso de los usuarios en condiciones de seguridad. QUE mediante Ordenanza 4881/14 se aprobó la continuidad en forma permanente del servicio del Transporte Urbano Público. El Honorable Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de ORDENANZA 4888/14 Artículo 1º: Autorizase al DE a establecer la prohibición de estacionamiento y delimitar la misma de acuerdo a la legislación vigente, en los lugares correspondientes a las paradas establecidas para servicio del Transporte Público Urbano, en tanto los mismos no afecten el ingreso y egreso de vehículos particulares a sus domicilios. Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será imputado a las partidas correspondientes del presupuesto de gastos vigente. Artículo 4º: De forma. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE AYACUCHO A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. Registrado 4888ord Asunto 186/13 •=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•=•= Ayacucho, 12 de septiembre de 2014 VISTO, el expediente HCD 26/14 iniciado por el Departamento Ejecutivo, y CONSIDERANDO

QUE por el mismo se solicita se proceda a imponer nombres –entre otrasa distintas calles del barrio Villa Alem. QUE existe la necesidad de identificar a esas calles para una correcta prestación de distintos servicios públicos. QUE las autoridades de la Junta Vecinal de Villa Alem, han sugerido diversas denominaciones. QUE la Ordenanza 3604/02 en su artículo 2º establece que los nombres que se impongan a calles y otros sitios públicos corresponderán a los nombres propios y/o apelativos de personas, de parajes, estancias, actividades, oficios y en general de acontecimientos que tengan directa relación con la historia del Partido de Ayacucho. Asimismo podrán utilizarse nombres de animales y flora autóctonos, o que hagan al paisaje del distrito. QUE la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en su artículo 27 inciso 5) que es competencia del Concejo Deliberante la imposición de nombres a las calles y sitios públicos. El Honorable Concejo Deliberante de Ayacucho en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de ORDENANZA 4889/14 Artículo 1º: Designase con el nombre de “Los Jazmines” la calle que delimita las chacras 115, 132, 149 Y 170 de las chacras 114, 131, 148, y 169, desde RP 50 hasta la finalización de la fracción V de la chacra 170. Artículo 2º: Designase con el nombre de “Las Palmeras” la calle que delimita las chacras 115, 132, 149 Y 170 de las chacras 116, 133, 150, y 171, desde RP 50 hasta la finalización de la fracción V de la chacra 170. Artículo 3º: Designase con el nombre de “Las Rosas” a la calle que corre paralela a la RP 50 delimitando las fracciones I y II de la chacra 170 y entre las calles “Los Jazmines” y “Las Palmeras”. Artículo 4º: Designase con el nombre de “Los Agapantus” a la calle que corre paralela a la RP 50 delimitando las fracciones II y III de la chacra 170, y entre las calles “Los Jazmines” y “Las Palmeras”. Artículo 5º: Designase con el nombre de “Las Lilas” a la calle que corre paralela

a la RP 50 delimitando las fracciones III y IV de la chacra 170, y entre las calles “Los Jazmines” y “Las Palmeras”. Artículo 6º: Designase con el nombre de “Los Suspiros” a la calle que corre paralela a la RP 50 delimitando las fracciones IV y V de la chacra 170, y entre las calles “Los Jazmines” y “Las Palmeras”. Artículo 7º: Designase con el nombre de “Los Eucaliptus” a la calle que corre paralela a la RP 50 delimitando las chacras 168, 169 y 170 de las chacras 189, 190 y 191, y entre las calles “Los Jazmines” y “Las Palmeras”. Artículo 8º: A los efectos de asignar numeración a las calles “Las Rosas”, “Los Agapantus”, “Las Lilas”, “Los Suspiros” y “Los Eucaliptus” se considerará como número uno (1) la intersección de cada una de ellas con la calle “Los Jazmines”. Artículo 9º: A los efectos de asignar numeración a las calles “Los Jazmines” y “Las Palmeras” se considerará como número uno (1) la intersección de las mismas con la RP 50. Artículo 10º: Determínase la gratuidad de los trámites que deban realizar ante la Municipalidad de Ayacucho, para la obtención del correspondiente número, tanto los propietarios como ocupantes de las parcelas comprendidas en los alcances de esta norma. La numeración en el frente de las viviendas correrá por cuenta de cada propietario, salvo que el Departamento Ejecutivo decida hacerlo por sí, para lo cual queda expresamente facultado. Artículo 11º: El Departamento Ejecutivo dispondrá de la correspondiente señalización de las calles cuyos nombres son designados por esta Ordenanza, cuidando que la misma sea acorde con la legislación vigente. Artículo 12º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será imputado a las partidas correspondientes del presupuesto de gastos vigente. Artículo 13º: Una vez promulgada esta Ordenanza, el Departamento Ejecutivo comunicará formalmente de su vigencia a la delegación Ayacucho del Registro Provincial de las Personas, Cuerpo de Bom-


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