Presentación ACCION DE CUMPLIMIENTO

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ACCION DE CUMPLIMIENT O Tomada del curso con el profesor: JORGE IVAN DUQUE GUTIERREZ, Para la especializaci贸n en derecho constitucional. U de A 2008.


ACCION DE CUMPLIMIENTO NORMA DE DERECHO: -Obligatoriedad: Debe tener concreci贸n pr谩ctica: APLICABILIDAD. -Autoridades y mecanismos para lograr su aplicaci贸n


ACCION DE CUMPLIMIENTO DERECHO DE ACCION: Lo tiene todo titular de un derecho: Reclamar ante la autoridad judicial, cuando este no es reconocido espontรกneamente por el obligado. (PARTICULARES)


ACCION DE CUMPLIMIENTO Autoridades encargadas de la aplicaci贸n de normas que tienen que ver con el Estado: La administraci贸n o particulares que cumplan funciones administrativas Art. 5 ley 393/97


ACCION DE CUMPLIMIENTO ANTECEDENTES EN COLOMBIA: Art. 86 decreto 01 de 1.984: Acción de reparación directa y cumplimiento: la persona que acredite interés podrá pedir directamente el restablecimiento del derecho, la reparación del daño, el cumplimiento de un deber que la administración elude, o la devolución de lo indebidamente pagado, cuando la causa de la petición sea un hecho, o un acto administrativo para cuya prueba haya grave dificultad …”


ACCION DE CUMPLIMIENTO FUNDAMENTOS NORMATIVOS: Constitucional: Art. 87:” Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido”


ACCION DE CUMPLIMIENTO El constituyente buscaba resolver: -Que las normas no se cumplen -Ausencia de un mecanismo para hacerlas cumplir -Irresponsabilidad en la expedici贸n de normas.


ACCION DE CUMPLIMIENTO OBJETO Hacer frente a las omisiones o inactividades de las autoridades pĂşblicas, respecto de toda actividad jurĂ­dica o material legalmente debida, contenida en normas con fuerza material de ley o acto administrativo ejecutivos


ACCION DE CUMPLIMIENTO REQUISITOS: 1. Que el deber jurĂ­dico que se pide hacer cumplir se encuentre consignado en normas aplicables con fuerza material de ley o actos administrativos vigentes.


ACCION DE CUMPLIMIENTO Excluye normas constitucionales y decisiones judiciales: Consejo de Estado: “por medio de esta acción constitucional no puede exigirse el cumplimiento de normas constitucionales, pues el propio Constituyente la diseñó para exigir la efectividad de normas de inferior jerarquía. De hecho, a esta misma conclusión llegó la Corte Constitucional en sentencia C-193 de 1998, al concluir que no procede esta acción constitucional para exigir el cumplimiento de normas supremas”. (Sent. sept. 2 de 2005)


ACCION DE CUMPLIMIENTO Salvamento de voto a C-157 de 1.998, Barrera Carbonell y Herrera Vergara: Si la Constituci贸n es norma de normas, es parad贸jico que no tenga mecanismo para hacerla cumplir. C-651/03 Ratifica expresamente que no es para la Constituci贸n.


ACCION DE CUMPLIMIENTO Concepto de ley en sentido material es más o menos unívoco - Procedimiento legislativo en el Congreso. Arts. 150 y siguientes C. P.(¿procede frente a toda clase de leyes?) - Presidente de la República como legislador extraordinario, delegatario o subsidiario.


ACCION DE CUMPLIMIENTO Concepto de acto administrativo: “DECLARACIÓN UNILATERAL DE VOLUNTAD, EMITIDA POR UN SUJETO CON COMPETENCIA ADMINISTRATIVA, QUE PRODUCE EFECTOS JURÍDICOS DE MANERA DIRECTA”


ACCION DE CUMPLIMIENTO La declaraci贸n de voluntad a la se que refiere la ACCION DE CUMPLIMIENTO, es aquella EXPRESA, que produce efectos OBLIGATORIOS. Excluye: Actos presuntos. Silencio positivo? Sent. Feb 10/06


ACCION DE CUMPLIMIENTO 2. QUE EL MANDATO SEA INOBJETABLE -

El objeto de la acci贸n de cumplimiento no es el reconocimiento de derechos particulares en disputa, tampoco lo es el cumplimiento general de las leyes y actos administrativos: NO TIENE PRETENSIONES DECLARATIVAS O INDEMNIZATORIAS. (ACCIONES ORDINARIAS) art. 24 ley 393/97

- NO busca proteger derechos individuales o colectivos (tutela o populares) Art. 9 ley 393/97


ACCION DE CUMPLIMIENTO No para normas que establezcan gastos parágrafo art. 9 Ley 393 de 1997 Corte Constitucional: C-157 DE 1998, Exequible: “Las

órdenes de gasto contenida en las leyes, por sí mismas, no generan constitucionalmente a cargo del Congreso o de la Administración, correlativos deberes de gasto (…) Corresponde al gobierno decidir libremente qué gastos ordenados por las leyes se incluyen en el respectivo presupuesto”.


ACCION DE CUMPLIMIENTO Consejo de Estado, ACU 579 de

1999:“No

es de recibo una interpretación genérica y absoluta, sobre la improcedencia del cumplimiento(…) Incluída la noción de gasto, dicho presupuesto, ha de ser cumplido mediante su ejecución. La limitante legal no es predicable cuando se trate de la ejecución presupuestal”. T-60 de 2-005


ACCION DE CUMPLIMIENTO 3. LEGITIMACION EN LA CAUSA PASIVA: Que EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA esté radicado en cabeza de aquella autoridad pública o de un particular en ejercicio de funciones públicas, frente a los cuales se reclama su cumplimiento.


ACCION DE CUMPLIMIENTO “La función pública significa una actividad de Estado que no puede jamás concebirse como análoga a la de un particular, aun cuando se tratara de una empresa; por manera que no resulta acertado deducir que toda prestación de servicio público comporta el ejercicio de una actividad administrativa … El particular que ejerce función pública y tiene dentro de sus atribuciones o deberes el cumplimiento de la norma legal o administrativa, no al particular que presta un servicio público”. (CE, sentencia ACU 789 de 1999)


ACCION DE CUMPLIMIENTO LEGITIMACION POR ACTIVA: Art. 87 C. P. y 1º. ley 393 “Toda persona” Además: Servidores públicos, especialmente procuradores, personeros, defensores del pueblo, contralores. Organizaciones sociales y ONG.


ACCION DE CUMPLIMIENTO PRECISIONES A LEGITIMACION ACTIVA: Actos de carรกcter general: Mecanismo Principal -Toda persona Actos de carรกcter particular: Mecanismo subsidiario- Sรณlo el titular Sentencia C-193 de Mayo 1.998


ACCION DE CUMPLIMIENTO 4. Que el afectado no tenga o haya

podido ejercer otro instrumento judicial para lograr el efectivo cumplimiento del deber jur铆dico, salvo el caso que, de no proceder el juez administrativo, se produzca un perjuicio grave e inminente para quien ejerci贸 la acci贸n.


ACCION DE CUMPLIMIENTO  ...la acción de cumplimiento no puede utilizarse como un mecanismo

orientado a obtener del juez una orden dirigida a una autoridad administrativa o a una persona privada que ejerza funciones públicas para que reconozca o declare un derecho subjetivo, personal y concreto o una situación jurídica de la misma categoría pues ello implicaría un desconocimiento de la Constitución o de la ley que le asigna a esa autoridad la competencia para decidir sobre el asunto. Es decir que mediante la acción de cumplimiento no se puede sustituir a la autoridad competente para resolver sobre el reconocimiento de un determinado derecho o situación jurídica. Y si ésta decide no reconocerlo, el afectado con esa decisión tendría a su alcance instrumentos judiciales para controvertirla y obtener del juez competente un pronunciamiento sobre el particular para el evento de que se promueva el proceso que corresponda”.(CE. Sentencia ACU155 del 7 de abril de 2006)


ACCION DE CUMPLIMIENTO 5. Que, antes de instaurar la demanda, se pruebe la renuencia de la entidad accionada al cumplimiento del deber, ocurrida ya sea por acci贸n u omisi贸n del exigido o por la ejecuci贸n de actos o hechos que permitan deducir su inminente incumplimiento. C-1.194/01 Auto de Marzo 31 de 2.006


ACCION DE CUMPLIMIENTO Requisitos de la constitución en renuencia: Arts 8 inciso 2 y 10 no.5 ley 393  Coincidencia en el escrito de renuencia y en la demanda, de las normas o actos administrativos calificados como incumplidos.  Identidad entre el contenido de la pretensión formulada ante la administración y lo planteado ante la jurisdicción en ejercicio de la acción de cumplimiento.  Que quien suscribe la petición de renuencia sea la misma persona que promueve la acción.  Que la entidad a la cual va dirigida la petición previa, también sea la misma contra quien se dirige la demanda.  Que la autoridad a quien va dirigido el escrito se haya ratificado en el incumplimiento del deber legal o administrativo reclamado, a través de una respuesta enviada al solicitante dentro de los diez días siguientes a la petición del escrito o haya guardado silencio frente a la solicitud.


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Tramite preferencial: Turno riguroso y prelación, excepto tutela y hábeas corpus. Términos perentorios e improrrogables Art. 11 ley 393/97.


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Adecuaci贸n oficiosa a Tutela: Art. 9 ley 393 de 1.997. Improcedencia como mecanismo principal, frente a otras acciones individuales y excepci贸n de perjuicio irremediable C-157/98


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES No caducidad. Cosa Juzgada: Actos que se agotan con la ejecuci贸n del primer acto. No en los que puedan cumplirse por varias autoridades u oportunidades. Art. 7 ley 393/97


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES: Competencia: Art. 3 ley 393/97 Juez Administrativo domicilio del accionante y Tribunal Contencioso Administrativo C-157/98


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Requisitos de la solicitud, art. 10 ley 393/97 Pronunciamiento 3 días, corrección dentro de los 2 días, so pena de rechazo. Rechazo de plano si no hay prueba de renuencia. art. 12 ley 393/97


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Auto admisorio, se notifica personalmente al demandado o medio que garantice el derecho de defensa; tiene tres días para hacerse parte y se informa que la decisión se tomará dentro de los 20 días siguientes, Art. 13 ley 393/97.


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Notificaciones: Por estados y vía telegráfica, art. 14, salvo el auto admisorio, personal art. 13 y la sentencia, art. 22 C. de P. C.


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Recursos: Regla general, no procede. Excepci贸n, el que niegue pruebas tiene reposici贸n y debe interponerse al d铆a siguiente de la notificaci贸n por estado. Art. 16 ley 393/97 Sentencia, impugnable y conoce el tribunal Contencioso. Art. 26 ley 393/97


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Terminaci贸n anticipada: Por cumplimiento de la norma durante el tr谩mite, con condena en costas y no exonera de posibles perjuicios arts. 19 y 24 ley 393 de 1.997


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Contenido del fallo, art. 21 ley 393/97 Debe ordenar cumplir la norma en término máximo de 10 días después de la ejecutoria. Para plazo mayor, se debe sustentar en la parte motiva de la sentencia. Se ordenará al órgano control adelantar investigación penal o disciplinaria


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Procedimiento en caso incumplimiento: Art. 25 ley 393, el Juez se dirige al superior para que abra proceso disciplinario y si dentro de 5 dĂ­as no lo hace, lo ordena para el superior y toma las medidas para el cumplimiento. Desacato: Art. 30 ley 393/97 remite a normas vigentes.


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES Impugnación del fallo: dentro de los tres días siguientes, efecto suspensivo, salvo perjuicio irremediable Art. 26 ley 393/97. Segunda instancia puede practicar pruebas o informes de oficio y fallar en 10 días.


ACCION DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS PROCESALES: El cumplimiento del fallo, no exonera de responsabilidad art. 23 ley 393/97. No tiene fines indemnizatorios, pero si del cumplimiento se generan perjuicios, se pueden ejercer las acciones correspondientes. Art. 24 ley 393/97 Actuaci贸n temeraria Art. 28 ley 393/97 Seguimiento art. 31 ley 393/97


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