CODEM tiva de una nación, así ocurrió con la canonización del Hermano Pedro (San Pedro de Bethencour) en Guatemala y la de San Juan Diego en México. El canon 1403 declara que el proceso que se sigue en las causas de canonización se rige por una ley especial: El procedimiento que se debe seguir en las causas de canonización está recogido actualmente en la Constitución Apostólica Divinus perfectionis Magister, del 25 de enero de 1983, (AAS 75 (1983) 349-355) y en las Normae servandae in inquisitionibus ab episcopis faciendis in causis sanctorum, promulgadas por la Congregación para las Causas de los Santos el 07 de febrero de 1983 (AAS 75 (1983) 396-403). Estas normas modifican y actualizan lo relativo a las causas de canonización, normas que recogen a veces experiencias muy antiguas. Si bien en tiempos antiguos los difuntos eran proclamados santos por vox populi, los obispos, para evitar abusos, tomaron responsabilidad en su diócesis, y a finales del Siglo X se realizaron los primeros procesos canónicos a través del sistema que consta de cuatro pasos: Primero la persona es declarada “Siervo de Dios“, segundo es declarada “Venerable“, tercero es declarada “Beato“, y cuarto, es declarada “Santa“. La canonización es el acto por el cual la Iglesia Católica declara santo a una persona fallecida, el cual comprende la inclusión en el canon o lista de
santos reconocidos. Cabe señalar que este proceso no “hace” santo a ninguna persona, sino que le otorga el reconocimiento de tal, dado que esa persona ya es santa desde antes de iniciado el proceso. Durante este proceso se establece la duda procesa de si el candidato a santo vivió las virtudes cristianas en grado heroico (vía de virtudes heroicas) o si ha sufrido martirio por causa de la fe (vía de martirio). La canonización se realiza mediante declaración del Papa, y finalizado el proceso, los fieles pueden rezar confiadamente al santo en cuestión para que interceda en su favor ante Dios. El tiempo que debe transcurrir entre la muerte y la canonización no está establecido. Mientras que San Pedro Damián fue canonizado 756 años después de fallecer, San Antonio de Padua posee el record como el más rápido de la historia al ser declarado santo 352 días después de su deceso. Cabe destacar que San Dimas, llamado “El Buen Ladrón”, fue el único santo canonizado en vida por el mismo Jesucristo. En la antigüedad, los santos eran designados por aclamación popular, pero a partir del siglo X se realizaron los primeros pro-
cesos canónicos por parte de los obispos. El primer santo canonizado fue Ulrico de Augsburgo, y la primera mujer santa fue Wiborada. En 1234, el derecho de canonización pasó al papado y en 1588 el Papa Sixto V dejó el proceso a cargo de la Congregación para las Causas de los Santos y del Santo Padre, el cual se encarga de estudiar, comprobar y verificar el proceso completo. Actualmente, hay cuatro pasos en el proceso oficial de la causa de los santos transcurridos los 5 años desde la muerte del candidato:
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