Moción ElectoralNet Elecciones Andaluzas

Page 1

Documento 1 de 1.Firmado por: NOMBRE RODRIGUEZ SALAS JOSE ANTONIO - NIF 24209073D, Emisor del certificado: FNMT Clase 2 CA, Número de serie del certificado firmante: 1.020.779.729, Fecha de emisión de la firma: 23/02/12 9:24 Código de integridad (alg. SHA-256): a026c81b60d30507cd705127d7ed534f041d824cef161aef55ce55edbdc00722 Página 1 de un total de 2 página(s), Versión imprimible con información de firma.

!"#$%&'()*)'$!(+,-)*'+&)'#)!().)'/,/#0"*),'-"-0/&$1,/'2'-",$3)*$)' #"&'/,'!/3$"')!1$/&0/4'/,/#0"*),567' '

/89:;<=<>5'?6'@:7<A:;4' ! El Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Jun plantea al pleno extraordinario del Ayuntamiento la presentación de una moción que incorpore la iniciativa que desde el año 2003 venimos desarrollando para que la campaña electoral, en este caso de las elecciones andaluzas del próximo 25 de marzo sea mucho mas sostenible desde el punto de vista del medio ambiente, del impacto visual, de los nuevos tiempos y la crisis que estamos viviendo y sobre todo incorporando mecanismos de participación ciudadana que verdaderamente impulsen un movimiento activo que genere un mayor conocimiento de las propuestas políticas precisamente porque la ciudadanía participa en el proyecto que desde esa fecha denominamos ElectoralNet.

(B:9C6;7D4' La propuesta consiste en ofrecer los medios electrónicos que dispone el Ayuntamiento de Jun a la Junta Electoral a fin de que se distribuyan a los partidos políticos que lo soliciten conforme a la resolución que la propia Junta Electoral acordó en su sesión extraordinaria del pasado 4 de noviembre y que vino a decir lo siguiente: En sesión celebrada en el día de la fecha por esta Junta Electoral Provincial se ha tratado, como punto 5º del orden del día, lo que sigue: “5º punto del orden del día de la Junta Electoral”. Sobre el informe emitido por el Alcalde de Jun.” Sobre tal extremo se ha alcanzado el acuerdo que literalmente se trascribe a continuación: “QUINTO.- Dado que la cuestión que se suscita respecto a la iniciativa adoptada por el Excmo. Ayuntamiento de Jun no se contrae a la distribución de los tiempos gratuitos de propaganda electoral en relación con medios de comunicación municipales (art. 64 y demás concordantes de la LOREG), sino a la proyección pública de los actos de campaña electoral que se celebren en el Salón de Plenos de dicho Ayuntamiento mediante la retransmisión electrónica de los mismos, y, en su caso, mediante la incorporación de las grabaciones al sitio web http:www.//Justin.TV, que tiene la naturaleza de una red social en la que se pueden ver y hacer transmisiones y chatear con personas de todo el mundo de manera interrumpida, esta Junta Electoral Provincial, al amparo de lo dispuesto en los arts. 19 y 20 de la LOREG, adopta los siguientes acuerdos: 1) El Ayuntamiento de Jun podrá dar difusión por medios de retransmisión propios a los actos de campaña electoral que se celebren en el Salón de actos del Consistorio, siempre que dicha retransmisión sea “en directo”, esto es, se produzca al mismo tiempo que se desarrolle el acto, se circunscriba al ámbito territorial propio del municipio y no cuente con la expresa oposición por parte de la fuerza política a la que afecte. Se fundamenta este acuerdo en la consideración de que la retransmisión a que se hace referencia constituye una proyección pública de los actos de campaña cuyo efecto Avda. Granada 10.- 18213 (Jun) Granada / http://www.joseantoniorodriguezsalas.com / Twitter: @joseantoniojun / Facebook: Psoe de Jun / Tfno. 958414411.- Fax. 958414327 / email: joseantonio@psoejun.com


Documento 1 de 1.Firmado por: NOMBRE RODRIGUEZ SALAS JOSE ANTONIO - NIF 24209073D, Emisor del certificado: FNMT Clase 2 CA, Número de serie del certificado firmante: 1.020.779.729, Fecha de emisión de la firma: 23/02/12 9:24 Código de integridad (alg. SHA-256): a026c81b60d30507cd705127d7ed534f041d824cef161aef55ce55edbdc00722 Página 2 de un total de 2 página(s), Versión imprimible con información de firma.

fundamental consiste en la extensión de la publicidad inherente al acto, pero en el ámbito municipal que le es propio, con lo cual no se hace sino una aplicación razonable y perfectamente asumible de los preceptos que regulan dichos actos de campaña, con todas sus exigencias y todas sus garantías…..” De igual modo y conforme al punto 2º planteado por la Junta Electoral, proponemos que no sea a través de Justin TV la emisión de los actos de campaña. Y por último y en el convencimiento de que esta medida impulsa la participación ciudadana, el ahorro en medios económicos y recursos medioambientales, proponemos aprobar y trasladar a la Junta Electoral dicho acuerdo para que haga la distribución que considere pertinente. El Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Jun presenta para su consideración y aceptación por el Pleno Municipal la MOCIÓN que plantea dicho ACUERDO.

!

Jun, 14 de diciembre de 2011

Jose Antonio Rodríguez Salas Alcalde de Jun

Avda. Granada 10.- 18213 (Jun) Granada / http://www.joseantoniorodriguezsalas.com / Twitter: @joseantoniojun / Facebook: Psoe de Jun / Tfno. 958414411.- Fax. 958414327 / email: joseantonio@psoejun.com


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.