Sentencia caso noos

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RECURSO CASACION/1206/2017

“exclusividad” no aparece en ningún pasaje del documento. Aunque tampoco se puede decir de forma tajante que no la establezca implícitamente.

Son también razonables las disquisiciones que vierte el recurrente sobre una posible confusión con la relación de exclusividad prevista para otras gestiones (búsqueda de patrocinador) en relación a otra empresa.

En cualquier caso, es innecesario adentrarse ahora en una polémica por la interpretación que demos a ese acuerdo y a su contenido y literalidad. De una parte, porque las dudas habrían de solventarse obviamente en favor del acusado (vía presunción de inocencia, y no a través del art. 849.2º LECrim). De otra y, sobre todo, porque ya se ha justificado antes que, aunque pudiésemos afirmar tajante e indubitadamente que no existía esa atribución de exclusividad no podríamos hablar de falsedad basada en ese dato dada la naturaleza y finalidad del documento en que se hace constar. La falsedad surge de otras circunstancias que, como vimos, no afectan a los particulares. Respecto de este recurrente, por lo demás, la falsedad se sustenta en muchos otros hechos.

El motivo no es estimable. SEXAGÉSIMO TERCERO. – A esos otros hechos se refiere el siguiente motivo, el cuarto. Introducido a través del art. 852 LECrim, quiere echar abajo la condena por otras acciones tachadas de falsarias y abarcadas por la continuidad delictiva con que la Sala las califica. Considera contraria a toda racionalidad la valoración probatoria referida a esos hechos lo que conculcaría el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).

Recordemos otra vez, como hace el Fiscal, que la declaración prestada por el ahora recurrente Jaume Matas, en el acto del plenario, no se compadece bien con las pretensiones del recurso.

En relación con las juntas del patronato de la Fundación Illesport manifestó “... únicamente se celebró la primera junta, la constitutiva. Preguntado por el resto de las Juntas, responde que no se llevaron a efecto y reconoce que las actas son

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