DOSSIER CONTABILIDAD PÚBLICA Y PRESUPUESTO

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Contabilidad Pública y Presupuesto

Yeila Vanesa Rizo Rincón – 222147

Any Yulieth Bonilla Contreras– 222148

Haidid Chinchilla Trillos– 222149

Presentado a: Clemencia Figueroa Carrascal

Trabajo desarrollado para obtener una nota en la asignatura de Contabilidad Pública y Presupuesto

Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña

Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas

MUNICIPIO EL ATRACO

NIT: 890500826-1

El Atraco, 10 de mayo de 2022

Doctor

CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ

Jefe del presupuesto

ESM

ASUNTO: SOLICITUD CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD

Cordial salud:

Enmicondición dealcaldedel Municipioel Atraco,lesolicito amablemente meexpida el Certificado de Disponibilidad Presupuestal “CDP” con el fin de adquirir Muebles y Enseres que se necesitan para dotar las oficinas de la Alcaldía y mejorar los procesos administrativos.

Atentamente,

Ramiro Suarez Carvajal

Alcalde

C.C 88.250.479

MUNICIPIO EL ATRACO

NIT 890500826-1

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No.100

FECHA:15-05-2022

EL JEFE DE FINANZAS CERTIFICA:

QUE EN EL LIBRO DE PRESUPUESTO DE GASTOS HA SIDO REGISTRADO EL PRESENTE VALOR EN EL (LOS) RUBRO (S) QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBE (N)

NOMBRE DELRUBRO PRESUPUESTAL: COMPRA DE EQUIPOS DE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

CON CARGO A LOS SIGUIENTES RUBROS:

2.2.1.001.01 COMPRA DE EQUIPOS DE COMPUTO Y MUEBLES Y ENSERES

600.000.000

VIGENCIA: 2022

VALOR: SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE

SE EXPIDE ESTE CERTIFICADO A SOLICITUD DE:

FUNCIONARIO: RAMIRO SUAREZ CARVAJAL

CARGO: ALCALDE

DEPENDENCIA: GERENCIA

DOCUMENTO DE SOLICITUD: OFICIO DE SOLICITUD

CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ JEFE DE PRESUPUESTO

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR
CÓDIGO

FECHA: 18 DE MAYO DEL 2022

Señor Ramiro Suárez Carvajal

Alcalde municipio el Atraco

ASUNTO: PROPUESTA ECONÓMICA

Cordial salud:

La presente tiene por objeto presentarle nuestra propuesta económica para proveer muebles y enseres a su municipio. Nuestra empresa se especializa en la fabricación y distribución de productos de alta calidad, diseñados para satisfacer las necesidades de espacios públicos y administrativos, con una amplia gama de productos y un enfoque en la durabilidad, la funcionalidad y el diseño, estamos seguros de que podemos ser su socio confiable en la adquisición de muebles y enseres para el municipio el Atraco.

Atentamente,

Representante legal de la empresa JAH S.AS.

Descripción Cantidades Valor Unitario Valor total Sillas ejecutivas 90 1.300.000 117.000.000 Escritorios ejecutivos 60 1.500.000 90.000.000 Escritorios para computadores 50 1.700.000 85.000.000 Sillas de Recibo 80 897.000 71.760.000 Escritorio Gerencial 20 1.214.950 24.299.000 Archivadores de madera 45 378.000 17.010.000 Armarios Exhibidores 20 1.563.998 31.279.960 Locker 70 490.000 34.300.000 Mesa para juntas 10 2.770.487 27.704.870 Sillas Ergonómicas 7 835.407 5.847.851 SUBTOTAL 504.201.681 IVA 19% 95.798.319 TOTAL 600.000.000

COTIZACIÓN

Señores: Alcaldía Municipal El ATRACO

Nit: 890500826-1

Dirección: Calle 16 # 70-46 Barrio Campestre

900.111.222-5

Observaciones:

1. Los precios aquí establecidos pueden mantenerse hasta el 31 de junio del año en curso.

2. Los precios de los productos son puestos en la alcaldía.

3. El plazo de entrega mínimo es de 15 días hábiles.

Haidid Chinchilla 3123216080 Crédito y/o Contado 31 de junio de 2022

Descripción Cantidades Valor Unitario Valor total Sillas ejecutivas 90 1.300.000 117.000.000 Escritorios ejecutivos 60 1.500.000 90.000.000 Escritorios para computadores 50 1.700.000 85.000.000 Sillas de Recibo 80 897.000 71.760.000 Escritorio Gerencial 20 1.214.950 24.299.000 Archivadores de madera 45 378.000 17.010.000 Armarios Exhibidores 20 1.563.998 31.279.960 Locker 70 490.000 34.300.000 Mesa para juntas 10 2.770.487 27.704.870 Sillas Ergonómicas 7 835.407 5.847.851 SUBTOTAL 504.201.681 IVA 19% 95.798.319 TOTAL 600.000.000
Vendedor Número de Celular Medio de Pago Fecha de vencimiento
el Atraco

COTIZACIÓN

No. 0167

CONCEDIDA A:

NIT: 800.654.345-9

ALCALDIA DEL FECHA: 15 de Mayo de 2022

MUNICIPIO EL ATRACO

890.500.826-1

CONDICIÓN DEL CRÉDITO

VALOR CUOTA INICIAL: $

CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander

VENDEDOR: Adrián Esteban Rodríguez Pájaro

DESPACHADO A: N/A

FINANCIAC. VALOR CUOTA: $ No. Cuotas FORMA DE PAGO: CONTADO X CRÉDITO X

SALDO PERIODO DE LA CUOTA:

FIRMA Y SELLO CLIENTE ENTREGADA A:

C.C./N.I.T.:
REFER ARTÍCULO Y/O SERVICIO CANTIDAD V/R UNITARIO V/R TOTAL SE Sillas ejecutivas 43 2.000.000 86.000.000 EE Escritorios ejecutivos 50 1.900.000 95.000.000 CM Escritorios para Computadores 45 1.300.000 58.500.000 SR Sillas de recibo 63 1.000.000 63.000.000 EG Escritorio Gerencial 15 1.745.000 26.175.000 AM Archivadores de madera 40 1.500.000 60.000.000 AE Armarios Exhibidores 12 1.630.000 19.560.000 LK Locker 65 985.000 64.025.000 MJ Mesa para juntas 8 2.635.000 21.080.000 LM Sillas ergonómicas 5 2.172.336 10.861.681 SON (En letras): SUBTOTAL: $ 504.201.681 Seiscientos millones de pesos IVA: $ 95.798.319 TOTAL: $ 600.000.000

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL ATRACO CON JAH S.A.S

FECHA DE SUSCRIPCION: 20 DE MAYO DE 2022

CONTRATANTE: MUNICIPIO EL ATRACO

NIT: 890.500-826-1

REPRESENTANTE LEGAL: RAMIRO SUÁREZ CARVAJAL

CEDULA DE CIUDADANIA: No 88.250.479 DEL MUNICIPIO EL ATRACO

CONTRATISTA: JAH SAS

NIT: 900.111.222-5

REPRESENTANTE LEGAL: Any Yulieth Bonilla Contreras

CEDULA DE CIUDADANIA: 1064836913

OBJETO: COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES PARA LA DOTACIÓN DE LAS OFICINAS DE LA ALCALDIA

VALOR DEL CONTRATO: $ 600.000.000

No DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: 100 DEL 15 DE MAYO DE 2022

DURACIÓN DEL CONTRATO: TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100% DEL OBJETO POR CONTRATAR, LO QUE OCURRA PRIMERO.

DOMICILIO CONTRACTUAL: MUNICIPIO LA EL ATRACO

Entre los suscritos a saber, RAMIRO SUÁREZ CARVAJAL, por una parte, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.250.479 expedida en el Municipio el Atraco, obrando en su condición de Alcalde, según Resolución No 012773 del 01 de enero de 2020, emanada por la Alcaldía del Atraco, y debidamente posesionado bajo acta No 064 del 01 de enero del 2020, y por otra parte JAH SAS con Nit. 1003175356-4, representada legalmente por el(a) señor Any Yulieth Bonilla Contreras identificado(a) con Cedula de Ciudadanía No. 1064836913 expedida en el Municipio de Rio de Oro Cesar, mayor de edad, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el contrato de Compraventa, previas las siguientes consideraciones:

1) Que la Ley 100 de 1993, articulo 195 contempla el régimen jurídico de las Alcaldías, en su numeral 6 establece que en materia contractual se regirá por el derecho privado.

2) Que, en razón a la naturaleza del mismo, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 20, 20.1 y 20.1.1 del estatuto de contratación de la Alcaldía el Atraco (ACUERDO 04 DE 2.014), por ser un contrato que no supera los 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, la escogencia del contratista se hará de manera directa.

3). Que en la Ley 100 de 1993, se tomaron en cuenta una serie de principios como Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad, Unidad y Participación, además de Eficacia y Calidad, que pretenden garantizar la mejor prestación de los servicios de salud a los usuarios y serán los principios rectores de la presente contratación, así como la auto- sostenibilidad económica y financiera de las instituciones que participan en el sector.

4) Que se realizaron los estudios previos, en consecuencia, se hace necesario contratar el suministro de suministro de Muebles y Enseres para áreas administrativas de la Alcaldía del Municipio el Atraco.

5) Que el artículo 192 de la Ley 100 de 1993 establece que las Alcaldías podrán desarrollar sus “funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores externos

6) Que se cuenta con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal.

7) Que, en concordancia con lo anterior, se establecen las siguientes clausulas.

CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: En el desarrollo del presente Contrato de Compraventa, EL CONTRATISTA INDEPENDIENTE, SE COMPROMETE CON ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL ATRACO, EL SUMINISTRO DE MUEBLES Y ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA Y EQUIPOS DE CÓMPUTO, PARA ÁREAS ADMINISTRATIVAS DE LA ALCALDÍA. ALCANCE DEL OBJETO: EL CONTRATISTA SE COMPROMETE CON LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL ATRACO A SUMINISTRAR LOS MUEBLES Y ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA Y EQUIPOS DE CÓMPUTO QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN CON LAS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS Y EN LAS CANTIDADES QUE SE RELACIONAN A CONTINUACION:

CLAUSULA SEGUNDA – DURACION: TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100 % DEL OBJETO CONTRATADO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

Descripción Cantidades Valor Unitario Valor total Sillas ejecutivas 90 1.300.000 117.000.000 Escritorios ejecutivos 60 1.500.000 90.000.000 Escritorios para computadores 50 1.700.000 85.000.000 Sillas de Recibo 80 897.000 71.760.000 Escritorio Gerencial 20 1.214.950 24.299.000 Archivadores de madera 45 378.000 17.010.000 Armarios Exhibidores 20 1.563.998 31.279.960 Locker 70 490.000 34.300.000 Mesa para juntas 10 2.770.487 27.704.870 Sillas Ergonómicas 7 835.407 5.847.851 SUBTOTAL 504.201.681 IVA 19% 95.798.319 TOTAL 600.000.000

CLAUSULA TERCERA - RÉGIMEN CONTRACTUAL: La presente contratación contiene una obligación clara, expresa y exigible para todos los efectos jurídicos conducentes y procedentes y se rige por el estatuto interno de contratación acuerdo 04/2014 y demás disposiciones legales y pertinentes, entendiéndose incluidas las cláusulas excepcionales descritas en la ley 80 de 1.993. El presente contrato de suministro se realiza de forma directa y por lo tanto no es necesaria la realización de invitación publica, de acuerdo a lo previsto en los artículos 20, 20.1 y 20.1.1 del estatuto de contratación de la Alcaldía, acuerdo 004 de 2.014, en consecuencia, es legalmente viable la presente contratación, haciendo constar que el contratista ha acreditado con base en los documentos que reposan en la oficina de recursos humanos, que cuenta con la idoneidad y capacidades necesarias para cumplir con el objeto del contrato, así como las certificaciones y requisitos de ley para celebrar el mismo.

CLAUSULA CUARTA - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/L ($600.000.000), Se cancelará el 100% del valor del contrato al cumplimiento del objeto por contratar. El pago se realiza previo certificado de recibo a satisfacción, informe de supervisión, acreditación del pago de la seguridad social, parafiscales y la correspondiente factura.

CLAUSULA QUINTA - VIGILANCIA Y CONTROL: La supervisión estará a cargo de la profesional especializada del área administrativa, a, quien deberá cumplir con los parámetros establecidos en el artículo 84 de la Ley 1474 de 2.011. Facultades y deberes de los supervisores y los interventores La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.

CLAUSULA SEXTA – CAMBIO DE SUPERVISOR: Si se requiere el cambio de supervisor, el competente contractual procederá a designar un nuevo supervisor con previo aviso del supervisor titular. Una vez nombrado y notificado el nuevo supervisor, éste deberá informarle al contratista dentro de los cinco (5) días hábiles a la notificación del acto.

CLAUSULA SEPTIMA- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El municipio el Atraco, atenderá la obligación con cargo a la vigencia fiscal 2022, según Disponibilidad Presupuestal No. 100 del 15 de mayo de 2022.

CLAUSULA OCTAVA - RESPONSABILIDAD SOBRE LOS BIENES: El contratista será responsable sobre la pérdida, daño, deterioro o mal manejo de los bienes de propiedad de la Alcaldía que se encuentren a su cargo o bajo su manejo para la ejecución del contrato y responderá por la totalidad del valor que cueste su reconstrucción, reparación o la adquisición de uno nuevo de iguales o mejores características.

CLAUSULA NOVENA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ningún causal de inhabilidad e incompatibilidad prevista en la ley que le impida suscribir el presente contrato y que en caso de sobrevenir alguna de ellas durante el desarrollo del mismo, procederá conforme lo dispone el art. 9o. de la Ley 80 de 1993.

CLAUSULA DECIMA - GARANTÍA: EL CONTRATISTA se compromete a constituir a su costo y a favor de la Alcaldía el Atraco en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, la póliza de garantía única que debe cubrir los siguientes riesgos:

a) Cumplimiento: del contrato por el 10% del valor del contrato, vigente por el término de duración del contrato y seis (6) meses más.

b) Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados: Su cuantía es del veinte (20%) por ciento del valor del contrato y su término de duración será igual al término de duración del contrato y doce (12) meses más.

PARÁGRAFO PRIMERO: La aprobación de la póliza requerida al contratista es requisito indispensable para iniciar la ejecución del contrato.

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL
CELEBRADO ENTRE
2022
LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL ATRACO CON JAH S.A.S

PARÁGRAFO SEGUNDO: En consideración a que la fecha de aprobación de la póliza determinará la fecha de inicio de la ejecución del contrato, los amparos deberán ser computados a partir de la fecha de expedición de la mencionada póliza a fin de amparar en debida forma los posibles riesgos contemplados en la CLAUSULA DÉCIMA.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA - REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA EFECTUAR EL PAGO: El Contratista, para efectos la Alcaldía de la Carreta, para que realice el pago de conformidad con lo previsto en la CLAUSULA CUARTA

– VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO, debe anexar el certificado de recibo a satisfacción, informe de supervisión, fotocopia del contrato, fotocopia de los pagos de seguridad social del mes a cancelar en los porcentajes establecidos en la ley 1122 de 2.007.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA – INDEMNIDAD: Las partes acuerdan en el presente contrato una cláusula de indemnidad, conforme a la cual se pacta la obligación del contratista de mantener libre a la entidad de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.

CLAUSULA DECIMA TERCERA – EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El suministro se desarrollará con autonomía e independencia del contratista, la celebración del presente contrato no constituye relación laboral alguna entre la Alcaldía del Municipio el Atraco y el contratista, por consiguiente, no genera derechos o prestaciones de ley distintos de los pactados en la cláusula objeto del contrato.

CLAUSULA DECIMA CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para efectos del presente contrato, el domicilio contractual será el Municipio el Atraco y las partes recibirán correspondencia en las instalaciones de la Alcaldía, ubicada en el Palacio Municipal Centro, así como en los correos electrónicos, Mensajería Electrónica, contratacion@alcaldíaelraponaje.gov.co.

CLAUSULA DECIMA QUINTA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: A) Mantener los precios ofertados. B) Realizar el suministro de manera inmediata a la realización del pedido por parte de la Alcaldía. C) Actuar con plena eficiencia y responsabilidad en la ejecución del objeto del contrato. D) Asumir en su totalidad el costo de transporte hasta las instalaciones de la Alcaldía. E) Tener todas las autorizaciones de funcionamiento F) Realizar el suministro con personal capacitado G) Tener afiliado a seguridad social, pensión y riesgo laboral al personal que utilice para ejecutar el contrato, atendiendo el tipo de actividad que desarrollarán. H) Usar vehículos en buen estado que cumplan con la normatividad vigente para su circulación por las carreteras nacionales. I) Notificar a la Alcaldía que personal realizará el suministro cada vez que realice un pedido y qué vehículo utilizarán. J) Garantizar a la Alcaldía que siempre tendrán disponibilidad de los elementos solicitados. K) Garantizar la buena calidad del suministro. L) Cumplir con el objeto contractual en las condiciones en que fue ofertado. M) Cumplir cabalmente con sus obligaciones, frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), por cuanto el cumplimiento de esta obligación es requisito indispensable para la realización de cualquier pago. N) Constituir en debida forma y aportar al Grupo Contractual de la Alcaldía, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato la Garantía Única. O) Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil y penalmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero se cause a la administración o a terceros.

P) Mantener activa la cuenta corriente o de ahorros reportada para los pagos con el fin de evitar traumatismos en el proceso de ejecución del contrato. Q) Acreditar que el objeto social y/o actividad mercantil principal se encuentra directamente relacionada con el objeto del contrato. R) Suministrar oportunamente todos los informes que requiera el supervisor, necesarios para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas del objeto contratado. S) Pagar los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato. T) Aceptar la tasación y descuento de multas parciales frente al incumplimiento de obligaciones contractuales. U) Entregar documentación pertinente a la programación de entregas y/o ejecución del contrato.

PARÁGRAFO: El incumplimiento del CONTRATISTA de alguna o algunas de las obligaciones anteriores, conferirá derecho al CONTRATANTE para declarar la caducidad del contrato y hacer efectivas las pólizas de cumplimiento

CLAUSULA DÉCIMA SEXTA – OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: Son obligaciones de la Alcaldía del Municipio el Atraco a). Suministrar al contratista la información y documentación necesaria para el cabal cumplimiento del objeto a contratar. b) Pagar el valor del contrato al contratista según lo previsto en el presente documento c) Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. d) Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra la Alcaldía reservándose el derecho de ejercer el control sobre el suministro contratado siendo de su responsabilidad vigilar la correcta ejecución del contrato y dar constancia de su cumplimiento, verificando que se cumpla conforme a la propuesta presentada por el contratista y aceptada por la Alcaldía e) Exigir al contratista los documentos legales necesarios para el perfeccionamiento del contrato. El Contratante podrá dar por terminado en forma unilateral el contrato en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mencionadas. f) Cobrar al contratista las multas pactadas en el contrato.

CLAUSULA DÉCIMA SEPTIMA - OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: El contratista se obliga a asumir los costos de tributos departamentales a que haya lugar por la suscripción del presente contrato.

CLAUSULA DECIMA OCTAVA – INTERPRETACION Y MODIFICACION: Cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse por escrito y se regirá conforme a lo preceptuado en la ley 80 de 1993, Artículos 15, 16, 17 y 18 y el acuerdo 4 de 2014 por el cual se adopta el estatuto de contratación de la Alcaldía del municipio el Atraco.

CLAUSULA DECIMA NOVENA – CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, sin perjuicio de las multas a que haya lugar.

CLAUSULA VIGÉSIMA – CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente Contrato a persona alguna, natural o jurídica, nacional o extranjera sin el consentimiento expreso y por escrito de la Alcaldía, pudiendo este reservarse las razones para negar la cesión, una vez analizada la justificación presentada por EL CONTRATISTA para este fin. La cesión se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 887 y siguientes del Código de Comercio.

CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA - CAUSALES DE TERMINACION DEL CONTRATO: El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Mutuo acuerdo entre las partes. 2) De forma unilateral cuando se presente incumplimiento probado de alguna de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA. 3) Unilateralmente cuando La Alcaldía establezca por cualquier medio que EL CONTRATISTA se encuentra incluido en listas de control para el lavado de activos y financiación del terrorismo. 4) Unilateralmente cuando la Alcaldía establezca por cualquier medio

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO ENTRE
LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL ATRACO CON JAH S.A.S

que EL CONTRATISTA ha hecho uso indebido de la información que el Supervisor le entregue, o que llegare a conocer, para la ejecución del presente contrato, sin perjuicio de las demás acciones administrativas, disciplinarias y/o penales a que haya lugar. 5) Por cumplimiento del objeto del contrato.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEGÚNDA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS: Las partes, en aras de solucionar en forma ágil, eficiente y directa las discrepancias y diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del presente contrato, acudirán a los mecanismos de solución directa de conflictos, tales como la conciliación, la amigable composición y la transacción. En caso de que estos mecanismos llegaren a fracasar, se acudirá a la jurisdicción competente.

CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA – SUSPENSIÓN: La ejecución del contrato podrá ser suspendida mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie algunas de las siguientes causales: 1) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito; 2) Por solicitud debidamente sustentada interpuesta por una de las partes. El termino de suspensión no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los ya pactados.

CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA – LIQUIDACIÓN: Terminada la ejecución del presente contrato, se procederá a su liquidación dentro de los seis meses siguientes a la suscripción del acta de terminación, en los términos establecidos en el Acuerdo No. 004 de 2014 modificado por el acuerdo No. 004 de 2015. En aquellos casos en los que el contratista no acepte expresamente la liquidación, la Alcaldía procederá a liquidar unilateralmente el contrato pasados los seis meses que había para la liquidación bilateral.

CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA – LUGAR DEL SUMINISTRO: El lugar previsto para la entrega de los Muebles y Enseres a suministrar será en las instalaciones de la Alcaldía el Atraco ubicada en el Palacio Municipal Centro de la ciudad del Municipio el Atraco.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEXTA – DOTACIONES Y RECURSOS: El contratante facilitará al contratista el acceso a las instalaciones de la Alcaldía para realizar el suministro cuando así se requiera.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA – MULTAS: Si el contratista incumple con el suministro requerido dentro de los términos pactados en este contrato y los estudios previos, el contratante le cobrará multas diarias por valor equivalente al 2% del valor total del contrato hasta que cumpla con el pedido realizado.

CLAUSULA VIGÉSIMA OCTAVA – PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO –

SARLAFT: El contratista declara, bajo la gravedad del juramente que: a) sus recursos provienen de actividades lícitas y en tal sentido exonera a la Alcaldía de toda responsabilidad por el origen de los mismos; y b) que no se encuentra en alguna de las listas públicas nacionales o internacionales, de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales, y que no tiene medida alguna proferida en proceso de lavado de activos. El Contratista autoriza de manera amplia e irrevocable a la Alcaldía para que cruce, consulte o confronte la información contendida en sus bases de datos con las listas públicas nacionales o internacionales de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales. En el evento y cuando quiera que la investigación de dichas bases de datos arroje resultados

ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL ATRACO CON JAH S.A.S

Positivos, la empresa social del estado podrá dar por terminado con justa causa el presente contrato sin que ellos generen o dé lugar a indemnización alguna para El Contratista. Así mismo, El Cliente, autoriza de manera expresa, absoluta e irrevocablemente a la Alcaldía para bloquear inmediatamente los pagos si sus proveedores, clientes, accionistas o administradores son incluidos en las listas públicas nacionales o internacionales de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales. El Contratista reconoce que la Alcaldía está en la obligación de cumplir con los requerimientos realizados por la Nación con respecto a la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, y por tanto deberá realizar reportes a la Unidad de Información y Análisis Financiero de operaciones inusuales o sospechas, las cuales pueden incluir o no al Cliente. En tal virtud, El Contratista libera a la Alcaldía de cualquier responsabilidad por daños o perjuicios que pueda ocasionar al Contratista con ocasión de dichos reportes dado que se realizan en cumplimiento de un requerimiento legal.

CLAUSULA VIGÉSIMA NOVENA - REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y la expedición de la correspondiente certificación de Disponibilidad y Registro Presupuestal, expedido por el la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía. Para su ejecución, el contratista debe cumplir los siguientes requisitos previos: a) Perfeccionamiento del contrato, b) Acreditar a la Alcaldía del Municipio el Atraco, el cumplimiento de lo establecido en el art. 50 de la ley 789 de 2.002. c) Suscribir el acta de inicio.

Para constancia se firma en el Municipio el Atraco, en dos ejemplares del mismo tenor el quince (15) de octubre de 2022.

RAMIRO SUEREZ CARVAJAL

NIT: 890.500-826-1

ALCALDE

C.c. 80.398.807 de El ATRACO

Dirección: Los Sauces

Teléfono: 3144235902

JAH SAS

NIT: 900.111.222-5

Rep. Legal: Any Yulieth Bonilla Contreras

C.c. 1.064.836.913 de Rio de Oro

Dirección: KDX-100 Barrio la Perla Ocaña

Teléfono: 3134772040

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL
CELEBRADO
2022
ENTRE LA
POR EL MUNICIPIO EL RAPONAJE. POR EL CONTRATISTA

MUNICIPIO EL ATRACO

NIT 890500826-1

REGISTRO PRESUPUESTAL No.105

FECHA: 20 de mayo de 2022

A FAVOR DE: JAH SAS

COMPROMISO: COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

DISPONIBILIDAD No. 100 del 15 DE MAYO DE 2022

CON CARGO A LOS SIGUIENTES RUBROS:

2.2.1.001.01 COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA 600.000.000

VIGENCIA: 2022

VALOR: SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/L

CÓDIGO
DESCRIPCIÓN VALOR
RUBRO
CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ JEFE DE PRESUPUESTO

IMPORTANTE: Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT-, tendrá vigencia indefinida y en consecuencia no se exigirá su renovación Para

2. Concepto 1 3 Actualización de oficio 4. Número de formulario 14665419901 5. Número de IdentificaciónTributaria (NIT) 6. DV 1003175356 4 12. Dirección seccional Impuestos de Ocaña norte de Santander 7 IDENTIFICACIÓN 14. Buzón electrónico elavysas@gmail.com 24. Tipo de contribuyente 25. Tipo de documento Persona natural osucesión ilíquida 2 Cédulade Ciudadanía 1 3 26. Número de Identificación 1064836172 27. Fecha expedición 2020 08 28 Lugar de expedición 28. País COLOMBIA 1 69 31. Primer apellido 32. Segundo apellido CHINCHILLA TRILLOS 35. Razón social compra y venta de muebles y enseres para oficina 29. Departamento Norte de Santander 5 4 33. Primer nombre HAIDID 30. Ciudad/Municipio Ocaña 4 9 8 34. Otros nombres 36. Nombre comercial JAH muebles S.A.S 38. País 39. Departamento UBICACIÓ N 37. Sigla 40. Ciudad/Municipio COLOMBIA 1 6 9 41. Dirección principal ZONA CENTRICA CALLE #4 Norte de Santander 5 4 Ocaña 4 9 8 42. Correo electrónico 43. Código postal Hchinchillat@ufpso.edu.co 44. Teléfono 1 Actividad económica 6 9 3 5 9 5 45. Teléfono 2 CLASIFICACIÓN Ocupación 3134961245 46. Código Actividad principal 47. Fecha inicio actividad 48. Código Actividad secundaria 49. Fecha inicio actividad 50. Código Otras actividades 1 2 51. Código 52. Número establecimientos 1204 2 0 2 0 2 2 1 0 1 Responsabilidades, Calidades y Atributos 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 53. Código 4 9 5 0 49 - No responsable de IVA 50 - No responsable de Consumo restauran Obligados aduaneros Exportadores 54. Código 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 55. Forma 56. Tipo 1 2 3 57. EMxopdoortadores 58. CPC
uso
DIAN 59. Anexos SI NO X 60. No. de Folios: 0 61. Fecha
exclusivo de la
900.111.222-5
JAH SAS MUEBLES Y ENSERES

Señores: Municipio el Atraco ALCALDIA

Asunto: certificación de paz y salvo aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley1150 de 2007, certifico que durante los últimos seis (10) meses calendario, la entidad que represento ha pagado los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Caja de Compensación Familiar, SENAe ICBF, cuando seael caso); yseencuentraapaz ysalvo por todoconcepto relacionado con dichos aportes.

Atentamente,

Revisor Fiscal:

David Albarracín

GómezTP: 9865421

Celular: 320-877-0238

20 de mayo de 2022

Bogotá DC, 25 de junio del 2022

La PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN certifica que una vez consultado el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades(SIRI), el(la) señor(a) Any Yulieth Bonilla Contreras LLAIN identificado(a) con Cédula de ciudadanía número 1064836913:

NO REGISTRA SANCIONES NI INHABILIDADES VIGENTES

ADVERTENCIA: La certificación de antecedentes deberá contener las anotaciones de las sanciones o inhabilidades que se encuentren vigentes. Cuando se trate de nombramiento o posesión en cargos que exijan para su desempeño ausencia de antecedentes, se certificarán todas las anotaciones que figuren en el registro. (Artículo 238 Ley 1952 de 2019)

NOTA: El certificado de antecedentes disciplinarios es un documento que contiene las anotaciones e inhabilidades generadas por sanciones penales, disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el estado,de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que desempeñen funciones públicas en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en garantía. Este documento tiene efectos para acceder al sector público, en los términos que establezca la ley o demás disposiciones vigentes. Se integran al registro de antecedentes solamente los reportes que hagan las autoridades nacionales colombianas. En caso de nombramiento o suscripción de contratos con el estado, es responsabilidad de la Entidad, validar la información que presente el aspirante en la página web: http://www.procuraduria.gov.co/portal/antecedentes.html

ATENCIÓN:

ESTE CERTIFICADO

CARLOS ARTURO ARBOLEDA MONTOYA

Jefe División de Relacionamiento Con El Ciudadano

División de Relacionamiento con el Ciudadano. Línea gratuita 018000910315; quejas@procuraduria.gov.co Carrera 5 No. 15 - 60 Piso 1; Pbx 5878750 ext. 13170; Bogotá D.C.

CONSTA DE 01 HOJA(S), SOLO ES VALIDO EN SU TOTALIDAD. VERIFIQUE QUE EL NUMERO DEL CERTIFICADO SEA EL MISMO EN TODAS LAS HOJAS.

LA CONTRALORIA DELEGADA PARA INVESTIGACIONES, JUICIOS FISCALES Y JURISDICCIÓNCOACTIVA

Que una vez consultado el Sistema de Información del Boletín de responsables Fiscales 'SIBOR', hoy martes20demayode2022,alas07:55:05,elnúmerodeidentificacióndelaPersonaJurídica, relacionado a continuación, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL.

Esta Certificación es válida en todo el Territorio Nacional, siempre y cuando el tipo y número consignados en el respectivo documento de identificación, coincidan con los aquí registrados.

De conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 220 del 5 de octubre de 2004, la firma mecánica aquí plasmada tiene plena validez para todos los efectos legales.

Con el Código de Verificación puede constatar la autenticidad del Certificado. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1. Código Postal 111071. PBX 5187000 - Bogotá D.C

Colombia Contraloría General NC, BOGOTÁ, D.C.

CERTIFICA:
Tipo Documento Cedula de ciudadanía No. Identificación 1.064.836.913 Código de Verificación 9001112229221025075505

LA CONTRALORIA DELEGADA PARA INVESTIGACIONES, JUICIOS

CERTIFICA:

Que una vez consultado el Sistema de Información del Boletín de responsables Fiscales 'SIBOR', hoy martes 20 de mayo de 2022, a las 07:57:36, el número de identificación, relacionado a continuación, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL. Tipo

Esta Certificación es válida en todo el Territorio Nacional, siempre y cuando el tipo y número consignados en el respectivo documento de identificación, coincidan con los aquí registrados.

De conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 220 del 5 de octubre de 2004, la firma mecánica aquí plasmada tiene plena validez para todos los efectos legales.

Con el Código de Verificación puede constatar la autenticidad del Certificado. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1. Código Postal 111071. PBX 5187000 - Bogotá D.C Colombia Contraloría General NC, BOGOTÁ, D.C

JURISDICCIÓN COACTIVA
FISCALES Y
Documento Nit No. Identificación 900.111.222-5 Código de Verificación 1065908389221025075736

900.111.222-5

ALCALDIA MUNICIPAL EL ATRACO

FACTURA DE VENTA No. 4357

FECHA: 25 de mayo

VENDIDO A: ATRACO CIUDAD: El Atraco

VENDEDOR: Haidid Chinchilla Trillos

DESPACHADO A: Alcaldía municipal el Atraco

C.C./N.I.T.: 890.500-826-1

CONDICIÓN DEL CRÉDITO

VALOR CUOTA INICIAL: $

FINANCIAC. VALOR CUOTA: $ No. Cuotas FORMA DE PAGO: CONTADO X CRÉDITOX

SALDO PERIODO DE LA CUOTA:

REFER ARTÍCULO Y/O SERVICIO CANTIDAD V/R UNITARIO V/R TOTAL SE Sillas ejecutivas 90 1.300.000 117.000.000 EE Escritorios ejecutivos 60 1.500.000 90.000.000 CM Escritorios para Computadores 50 1.700.000 85.000.000 SR Sillas de Recibo 80 897.000 71.760.000 EG Escritorio Gerencial 20 1.214.950 24.299.000 AM Archivadores de madera 45 378.000 17.010.000 AE Armarios Exhibidores 20 1.563.998 31.279.960 LK Locker 70 490.000 34.300.000 MJ Mesa para juntas 10 2.770.487 27.704.870 Sillas ergonómicas 7 835.407 5.847.851 SON (En letras): SUBTOTAL: $ 504.201.681 Mil millones de pesos M/Cte IVA: $ 95.798.319 TOTAL: $ 600.000.000
FIRMA Y SELLO CLIENTE VENDIDO

CAUSACIÓN COMPRA ALCALDIA EL ATRACO

CAUSACIÓN COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES PARA OFICINA CAUSACIÓN VENTA JAH SAS CAUSACIÓN VENTA DE, MUEBLES Y ENSERES PARA OFICINA CUENTA CONCEPTO DEBE HABER 166501.01 Muebles yenseres 504.201.681 244505.01 IVA por Pagar 95.798.319 240101.01 Cuentas por Pagar 600.000.000 COSTO IVA 504.201.681 $ 95.798.319 CUENTA CONCEPTO DEBE HABER 130101.01 Clientes (El ATRACO) 600.000.000 410718.01 Comercio al por mayor yal por menor 504.201.681 240401.01 Iva Generado 95.798.319 COSTO IVA $ 504.201.681 $ 95.798.319

MUNICIPIO ELATRACONIT

890500826-1

ORDEN DE PAGO No.120

FECHA: 25 de mayo de 2022 A FAVOR

DE: JAH S.A.S

CONCEPTO: COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

REGISTRO PRESUPUESTAL No. 105 del 20 DE MAYO DE 2022

CON CARGO A LOS SIGUIENTES RUBROS:

2.2.1.001.01 COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

TOTAL, A PAGAR

VIGENCIA: 2022

VALOR: SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/L

600.000.000

CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ JEFE DE PRESUPUESTO

600.000.000

CÓDIGO
DESCRIPCIÓN VALOR
RUBRO

MUNICIPIO EL ATRACO

NIT: 890500826-1

COMPROBANTE DE EGRESO N. 12876

CIUDAD El Atraco

de (en letras): Trescientos sesenta millones m/cte

Suma en letras del monto pagado: Setecientos cuarenta y siete millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos tres

JAH S.A.S

BANCO: Davivienda FECHA: 01 de junio de 2022

CUENTA No: 297-567-248675

SUCURSAL: Ocaña

OBSERVACIONES

El pago realizado corresponde a abono por la compra de muebles y enseres para remodelación de las instalaciones de la Alcaldía Municipal de EL ATRACO

CONTABILIZADO POR:

REVISADO POR:

PREPARADO POR:

CUENTA No. 297-567-248675

CHEQUE No. 13457

FECHA: 01/06/2022

CONCEPTO: ABONO COMPRA DE EQUIPOS DE MUEBLES YENSERES

A FAVOR DE: JAH SAS

Saldo anterior Consignación

Suma -este cheque 306.000.000

CHEQUE No. 13457

CUENTANo. 297-567-248675

FECHA: 01 DE JUNIO DE 2022 306.000.000

PÁGUESE A LA ORDEN DE: JAH SAS

LA SUMA DE: TRESCIENTOS SEIS MILLONES DE PESOS

Saldo que pasa FIRMA Y SELLO

PAGADO A: JAH S.A.S VALOR: $ 360.000.000 NIT: 900.111.222-5 FECHA: 01 de junio de 2022
La Suma
CODIGO CONCEPTO DEBITOS CREDITOS 240101.01 Cuentas por Pagar 360.000.000 240722.01 Estampilla Pro-deporte 9.075.630 240722.02 Estampilla Pro-Cultura 12.100.840 240722.03 Estampilla Pro-Centros de Vida 15.126.050 243608.01 Retención por Compras 7.563.025 243625.01 IVA Retenido 8.621.849 243627.01 Reteica 1.512.605 111005.01 BANCO LD 306.000.000 TOTAL PAGADO: $ 306.000.000
pesos m/cte
CHEQUE No: 13457 EFECTIVO BENEFICIARIO:

REGISTRO DEL PAGO DE LA COMPRA REALIZADA A JAH SAS DE MUEBLES Y ENSERES

PAGODE MUEBLES YENSERES PARA OFICINA CUENTA CONCEPTO DEBE HABER 240101.01 Cuentas porPagar 360.000.000 240722.01 Estampilla Pro-deporte 9.075.630 240722.02 Estampilla Pro-Cultura 12.100.840 240722.03 Estampilla Pro-Centros de Vida 15.126.050 243608.01 Retenciónpor Compras 7.563.025 243625.01 IVARetenido 8.621.849 243627.01 Reteica 1.512.605 111005.01 BANCO LD 306.000.000 COSTO IVA $ 302.521.008 $ 57.478.992 900.111.222-5
REGISTRO
ATRACO
CONCEPTO
COMPRA
MUEBLES
ENSERES CUENTA CONCEPTO DEBE HABER 111005.01 BANCO DAVIVIENDA 306.000.000 135517.01 IVARetenido 8.621.849 135518.01 Reteica 1.512.605 135505.01 Retenciónpor Compras 7.563.025 519595.01 EstampillaPro-deporte 9.075.630 519595.02 EstampillaPro-Cultura 12.100.840 519595.03 EstampillaPro-CentrosdeVida 15.126.050 130505.01 CLIENTE(ELATRACO) 360.000.000
DEL PAGO RECIBIDO DE LA ALCALDIA EL
POR
DE LA
DE
Y

Anexos. 1. Presupuesto de ingresos

MUICIPIO EL ATRACO PRESUPUESTO DE INGRESOS Y RENTAS DE CAPITAL CUARTA CATEGORÍA- 2022 CONCEPTO DEL INGRESOS Recursos Propios L.D (Fto.) Recursos de 3° Recursos del S.G.P Recursos Propios D.E (Inversión) Total Recursos INGRESOS CORRIENTES 11.208.000.000 1.253.400.000 21.324.000.000 26.000.600.000 59.786.000.000 INGRESOS TRIBUTARIOS 8.376.000.000 1.120.000.000 - 3.854.000.000 13.350.000.000 INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 5.760.000.000 900.000.000 - 1.440.000.000 8.100.000.000 Impuesto de Circulación y Tránsito 1.920.000.000 480.000.000 2.400.000.000 Sobretasa Ambiental Corponor 900.000.000 900.000.000 Impuesto Predial Unificado 3.840.000.000 960.000.000 4.800.000.000 INGRESOS TRIBUTARIOS INDIRECTOS 2.616.000.000 220.000.000 - 2.414.000.000 5.250.000.000 Impuesto de Industria Y Comercio 1.520.000.000 380.000.000 1.900.000.000 Sobretasa a la Gasolina Motor 688.000.000 172.000.000 860.000.000 Estampilla Pro-Cultura 140.000.000 140.000.000 Estampilla Pro-Tercera Edad 122.000.000 122.000.000 Impuesto de Delineación Urbana 72.000.000 18.000.000 90.000.000 Degüello de Ganado Menor 116.800.000 29.200.000 146.000.000 Impuesto de Avisos y Tableros 150.400.000 37.600.000 188.000.000 Impuesto de Alumbrado Público 1.620.000.000 1.620.000.000 Sobretasa Bomberil 98.000.000 98.000.000 Impuesto de Espectáculos Públicos 68.800.000 17.200.000 86.000.000 INGRRESOS NO TRIBUTARIOS 2.832.000.000 133.400.000 21.324.000.000 22.146.600.000 46.436.000.000 MULTAS DE TRÁNSITO - 133.400.000 - 326.600.000 460.000.000 Multas de Tránsito Locales - 133.400.000 - 326.600.000 460.000.000 CONTRIBUCIONES - - - 660.000.000 660.000.000 Contribución Contrato de Obra Pública 660.000.000 660.000.000 RENTAS CONTRACTUALES 1.280.000.000 - - 320.000.000 1.600.000.000 Arrendamiento de Activos 1.280.000.000 - - 320.000.000 1.600.000.000 TRANFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.552.000.000 - 21.324.000.000 20.840.000.000 43.716.000.000 DEPARTAMENTALES - - - 380.000.000 380.000.000 Degüello de Ganado Mayor - - - 380.000.000 380.000.000 NACIONALES 1.552.000.000 - 21.324.000.000 20.460.000.000 43.336.000.000 TRANSFERENCIAS DEL S.G.P 1.552.000.000 - 21.324.000.000 - 22.876.000.000 S.G.P-Salud 11.200.000.000 11.200.000.000 S.G.P-Educación 2.890.000.000 2.890.000.000 S.G.P-Agua Potable y saneamiento Básico 3.000.000.000 3.000.000.000 S.G.P-Deporte 326.000.000 326.000.000 S.G.P-Cultura 240.000.000 240.000.000 S.G.P-libre Destinación "LD" 1.552.000.000 388.000.000 1.940.000.000 S.G.P-Propósito General Otros Sectores 3.280.000.000 3.280.000.000 OTRAS TRTANSFERENCIAS NACIONALES - - - 20.460.000.000 20.460.000.000 Recursos de CofinanciaciónVivienda 5.000.000.000 5.000.000.000 Recursos FOSYGA o ADRES 10.800.000.000 10.800.000.000 Recursos ETESA 660.000.000 660.000.000 Recursos de Regalías - Educación 4.000.000.000 4.000.000.000 RENTAS DE CAPITAL - - 80.000.000 8.000.000.000 8.080.000.000 FINANCIERAS - - 80.000.000 8.000.000.000 8.080.000.000 Rendimientos Financieros SGPEducación 80.000.000 80.000.000 Crédito Público o Empréstito (vías) - - - 8.000.000.000 8.000.000.000 TOTAL PRESUPUESTP DE INGRESOS 11.208.000.000 1.253.400.000 21.404.000.000 34.000.600.000 67.866.000.000

2. EJECUCIÓN DE INGRESOS

MUNICIPIO EL ATRACO LIBRO DE EJECUCIÓN DE INGRESOS/2022

CONCEPTO DEL INGRESO PRESUPUESTO ADICIONES REDUCCIONES PRESUPUESTO RECUAUDO SALDO POR % DE INICIAL DEFINITIVO EJECUTAR EJECUCIÓN INGRESOS CORRIENTES 59.786.000.000 126.000.000 16.000.000 59.896.000.000 54.579.600.000 5.316.400.000 91 INGRESOS TRIBUTARIOS 13.350.000.000 - - 13.350.000.000 12.719.300.000 630.700.000 95 INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 8.100.000.000 - - 8.100.000.000 7.695.000.000 405.000.000 95 Impuesto de Circulación y Tránsito 2.400.000.000 2.400.000.000 2.280.000.000 120.000.000 95 Sobretasa Ambiental Corponor 900.000.000 900.000.000 855.000.000 45.000.000 95 Impuesto Predial Unificado 4.800.000.000 4.800.000.000 4.560.000.000 240.000.000 95 INGRESOS TRIBUTARIOS INDIRECTOS 5.250.000.000 - - 5.250.000.000 5.024.300.000 225.700.000 96 Impuesto de Industria Y Comercio 1.900.000.000 1.900.000.000 1.805.000.000 95.000.000 95 Sobretasa a la Gasolina Motor 860.000.000 860.000.000 817.000.000 43.000.000 95 Estampilla Pro-Cultura 140.000.000 140.000.000 112.000.000 28.000.000 80 Estampilla Pro-Tercera Edad 122.000.000 122.000.000 97.600.000 24.400.000 80 Impuesto de Delineación Urbana 90.000.000 90.000.000 85.500.000 4.500.000 95 Degüello de Ganado Menor 146.000.000 146.000.000 138.700.000 7.300.000 95 Impuesto de Avisos y Tableros 188.000.000 188.000.000 178.600.000 9.400.000 95 Impuesto de Alumbrado Público 1.620.000.000 1.620.000.000 1.620.000.000 - 100 Sobretasa Bomberil 98.000.000 98.000.000 88.200.000 9.800.000 90 Impuesto de Espectáculos Públicos 86.000.000 86.000.000 81.700.000 4.300.000 95 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 46.436.000.000 126.000.000 16.000.000 46.546.000.000 41.860.300.000 4.685.700.000 90 MULTAS DE TRÁNSITO 460.000.000 - - 460.000.000 391.000.000 69.000.000 85 Multas de Tránsito Locales 460.000.000 460.000.000 391.000.000 69.000.000 85 CONTRIBUCIONES 660.000.000 - - 660.000.000 - 660.000.000Contribución Contrato de Obra Pública 660.000.000 660.000.000 660.000.000RENTAS CONTRACTUALES 1.600.000.000 - - 1.600.000.000 1.520.000.000 80.000.000 95 Arrendamiento de Activos 1.600.000.000 1.600.000.000 1.520.000.000 80.000.000 95 TRANSFERENCIAS 43.716.000.000 126.000.000 16.000.000 43.826.000.000 39.949.300.000 3.876.700.000 91 DEPARTAMENTALES 380.000.000 - - 380.000.000 364.800.000 15.200.000 96 Degüello de Ganado Mayor 380.000.000 380.000.000 364.800.000 15.200.000 96 NACIONALES 43.336.000.000 126.000.000 16.000.000 43.446.000.000 39.584.500.000 3.861.500.000 91 TRANSFERENCIAS DEL SGP 22.876.000.000 126.000.000 16.000.000 22.986.000.000 21.070.500.000 1.915.500.000 92 S.G.P-Salud 11.200.000.000 80.000.000 11.280.000.000 10.340.000.000 940.000.000 92 S.G.P-Educación 2.890.000.000 30.000.000 2.920.000.000 2.676.666.667 243.333.333 92 S.G.P-Agua Potable y saneamiento Básico 3.000.000.000 8.000.000 3.008.000.000 2.757.333.333 250.666.667 92 S.G.P-Deporte 326.000.000 2.000.000 324.000.000 297.000.000 27.000.000 92 S.G.P-Cultura 240.000.000 4.000.000 236.000.000 216.333.333 19.666.667 92 S.G.P-libre Destinación "LD" 1.940.000.000 10.000.000 1.930.000.000 1.769.166.667 160.833.333 92 S.G.P-Propósito General Otros Sectores 3.280.000.000 8.000.000 3.288.000.000 3.014.000.000 274.000.000 92 OTRAS TRANSFERENCIAS 20.460.000.000 - - 20.460.000.000 18.514.000.000 1.946.000.000 90 Recursos de Cofinanciación - Vivienda 5.000.000.000 5.000.000.000 5.000.000.000 - 100 Recursos FOSYGA o ADRES 10.800.000.000 10.800.000.000 9.720.000.000 1.080.000.000 90 Recursos ETESA 660.000.000 660.000.000 594.000.000 66.000.000 90 Recursos de Regalías - Educación 4.000.000.000 4.000.000.000 3.200.000.000 800.000.000 80 RENTAS DE CAPITAL 8.080.000.000 - - 8.080.000.000 8.072.000.000 8.000.000 100% FINANCIERAS 8.080.000.000 - - 8.080.000.000 8.072.000.000 8.000.000 100% Rendimientos Financieros SGPEducación 80.000.000 80.000.000 72.000.000 8.000.000 90 Crédito Público o Empréstito (vías) 8.000.000.000 8.000.000.000 8.000.000.000 - 100 TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 67.866.000.000 126.000.000 16.000.000 67.976.000.000 62.651.600.000 5.324.400.000 92

REGISTRO DEL RECAUDO DE LOS INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN DEL MUNICIPIO EL ATRACO

RECAUDODELOS
CÓDIGO NOMBRE DEBE HABER 111005,01 Banco LD 11.466.500.000 410559,01 Impuesto de Circulación y Tránsito 2.280.000.000 410507,01 Impuesto Predial Unificado 4.560.000.000 410508,01 Impuesto de Industria y Comercio 1.805.000.000 410535,01 Sobretasa a la Gasolina Motor 817.000.000 410519,01 Impuesto de Delineación Urbana 85.500.000 410527,01 Degüello de Ganado Menor 138.700.000 410521,01 Impuesto de Avisos y Tableros 178.600.000 410515,01 Impuesto de Espectáculos Públicos 81.700.000 480817.01 Arrendamiento de activos 1.520.000.000
ICLD

3. Presupuesto de Gastos de Funcionamiento

EL ATRACO
PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2022 SERVICIOS PERSONALES 7.980.188.000 SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS 6.780.188.000 ASOCIADOS A LA NÓMINA 5.278.100.000 Sueldos 4.000.000.000 Auxilio de Transporte 60.000.000 Horas Extras 80.000.000 Gastos de Representación 35.000.000 Indemnización Vacaciones 50.000.000 Cesantías 338.333.333 Intereses/cesantías 40.600.000 Prima de servicios (Extralegal) 169.166.667 Prima de Navidad 338.333.333 vacaciones 166.666.667 APORTES SEGURIDAD SOCIAL 1.142.088.000 Salud 12,5% 500.000.000 Pensión 16% 640.000.000 ARL 0,0522% 2.088.000 APORTES PARAFISCALES 360.000.000 Caja de Compensación familiar 4% 160.000.000 I.C.B.F 3% 120.000.000 SENA 0,5% 20.000.000 ESAP 0,5% 20.000.000 MEN (ITI) 1% 40.000.000 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 1.200.000.000 Remuneración Servicios Técnicos "OPS" 1.000.000.000 Honorarios 200.000.000 GASTOS GENERALES 2.430.059.100 ADQUISICIÓN DE BIENES 1.500.000.000 Adquisición Materiales y Suministros 800.000.000 Compra de Muebles y Enseres 700.000.000 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 930.059.100 Combustible y Lubricantes 400.000.000 Servicios Públicos 200.000.000 Viáticos y Gastos de Viaje 60.000.000 Mantenimiento de Equipos 260.000.000 Seguros de Vida Alcalde y Concejales 10.059.100 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 797.752.900 Concejo 517.752.900 Personería 280.000.000 TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 11.208.000.000
MUNICIPIO
(4° CATEGORÍA)

4. Ejecución de gastos de funcionamiento.

MUNICIPIO EL ATRACO LIBRO NDE EJECUCIÓN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO PRESUPUESTO INICIAL ADICIONES REDUCCIONES CRÉDITOS CONTRA CRÉDITOS PRESUPUESTO DEFINITIVO COMPROMISOS U OBLIGACIONES PAGOS SALDO POR EJECUTAR % DE EJECUCIÓN CUENTAS POR PAGAR SERVICIOS PERSONALES 7.980.188.000 0 0 0 0 7.980.188.000 6.740.421.333 6.132.088.000 1.239.766.667 84,46% 608.333.333 SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS 6.780.188.000 0 0 0 0 6.780.188.000 5.840.421.333 5.502.088.000 939.766.667 86,14% 338.333.333 ASOCIADOS A LA NÓMINA 5.278.100.000 0 0 0 0 5.278.100.000 4.338.333.333 4.000.000.000 939.766.667 82,19% 338.333.333 Sueldos 4.000.000.000 4.000.000.000 4.000.000.000 4.000.000.000 0 100,00% 0 Auxilio de Transporte 60.000.000 60.000.000 60.000.000 0,00% 0 Horas Extras 80.000.000 80.000.000 80.000.000 0,00% 0 Gastos de Representación 35.000.000 35.000.000 35.000.000 0,00% 0 Indemnización Vacaciones 50.000.000 50.000.000 50.000.000 0,00% 0 Cesantías 338.333.333 338.333.333 338.333.333 0 100,00% 338.333.333 Intereses sobre cesantías 40.600.000 40.600.000 40.600.000 0,00% 0 Prima de Servicios 169.166.667 169.166.667 169.166.667 0,00% 0 Prima de Navidad 338.333.333 338.333.333 338.333.333 0,00% 0 Vacaciones 166.666.667 166.666.667 166.666.667 0,00% 0 SEGURIDAD SOCIAL 1.142.088.000 0 0 0 0 1.142.088.000 1.142.088.000 1.142.088.000 0 100,00% 0 Salud 500.000.000 500.000.000 500.000.000 500.000.000 0 100,00% 0 Pensión 640.000.000 640.000.000 640.000.000 640.000.000 0 100,00% 0 ARL 2.088.000 2.088.000 2.088.000 2.088.000 0 100,00% 0 APORTES PARAFISCALES 360.000.000 0 0 0 0 360.000.000 360.000.000 360.000.000 0 100,00% 0 Caja de compensación 160.000.000 160.000.000 160.000.000 160.000.000 0 100,00% 0 ICBF 120.000.000 120.000.000 120.000.000 120.000.000 0 100,00% 0 SENA 20.000.000 20.000.000 20.000.000 20.000.000 0 100,00% 0 ESAP 20.000.000 20.000.000 20.000.000 20.000.000 0 100,00% 0 MEN (ITI) 40.000.000 40.000.000 40.000.000 40.000.000 0 100,00% 0 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 1.200.000.000 0 0 0 0 1.200.000.000 900.000.000 630.000.000 300.000.000 75,00% 270.000.000 Remuneración servicios técnicos 1.000.000.000 1.000.000.000 900.000.000 630.000.000 100.000.000 90,00% 270.000.000 Honorarios 200.000.000 200.000.000 200.000.000 0,00% 0 GASTOS GENERALES 2.430.059.100 0 10.000.000 20.000.000 20.000.000 2.420.059.100 1.930.000.000 1.450.000.000 490.059.100 79,75% 480.000.000 ADQUISICIÓN DE BIENES 1.500.000.000 0 0 0 0 1.500.000.000 1.400.000.000 920.000.000 100.000.000 93,33% 480.000.000 Adquisición de Materiales y Suministros 800.000.000 800.000.000 800.000.000 560.000.000 0 100,00% 240.000.000 Compra Muebles y Enseres 700.000.000 700.000.000 600.000.000 360.000.000 100.000.000 85,71% 240.000.000 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 930.059.100 0 10.000.000 20.000.000 20.000.000 920.059.100 530.000.000 530.000.000 390.059.100 0 Combustibles y Lubricantes 400.000.000 400.000.000 320.000.000 320.000.000 80.000.000 80,00% 0 Servicios Públicos 200.000.000 10.000.000 20.000.000 210.000.000 210.000.000 210.000.000 0 100,00% 0 Viáticos y Gastos de Viaje 60.000.000 20.000.000 40.000.000 40.000.000 0,00% 0 Mantenimiento de Equipos 260.000.000 260.000.000 260.000.000 0,00% 0 Seguros de Vida Alcalde y Concejales 10.059.100 10.059.100 10.059.100 0,00% 0 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 797.752.900 0 0 0 0 797.752.900 797.752.900 731.273.492 0 100,00% 66.479.408 Concejo municipal 517.752.900 517.752.900 517.752.900 474.606.825 0 100,00% 43.146.075 Personería municipal 280.000.000 280.000.000 280.000.000 256.666.667 0 100,00% 23.333.333 TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 11.208.000.000 0 10.000.000 20.000.000 20.000.000 11.198.000.000 9.468.174.233 8.313.361.492 1.729.825.767 84,55% 1.154.812.742
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