Artículo la Clásica Argumentación

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a..b) Mantener en la época en que se perpetre el hecho, o haber mantenido con la víctima relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral. Premisa menor: El informe médico forense indica, que la causa de la muerte de Rumelia es shock

hipovolemico severo

secundario a

heridas corto

contundentes

provocadas con arma blanca (cuchillo). La prevención policial indica que el señor Ramiro, fue detenido en la entrada de su domicilio, quien portaba un cuchillo con manchas de sangre, a su ingreso los agentes encontraron en piso de la sala a la señora Rumelia con heridas en el abdomen. Conclusión: A Ramiro se le deben dictar los autos de procesamiento por el delito de Femicidio y debe someterse a prisión preventiva, mientras se investiga su participación en dicho delito. En

el

caso

anteriormente

relacionado

se

realiza

la

investigación

correspondiente posteriormente el Juez o Jueza en la audiencia de apertura a Juicio, de conformidad con el artículo 332 del Código Procesal Penal, analiza si existen elementos suficientes de convicción que puedan discutirse en un juicio oral y público para establecer la participación del acusado en el delito por el cual el ministerio público formulo acusación en su contra. El Juez o Jueza remite las actuaciones al Tribunal de Sentencia competente en este caso al Tribunal Pluripersonal de Sentencia Penal, de Delitos de Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. En el caso concreto el Juez o Jueza, al momento de razonar y motivar sus fallos lo hace de la siguiente forma: Su razonamiento judicial se compone de tres inferencias, de las que cada una es lógicamente antecedente de las otras. a) Inferencia inductiva:


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