En uaye derechos colectivos

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Artículo 17. Las personas y el pueblo maya tenemos el derecho a disfrutar los derechos de la ley federal del trabajo, así como las leyes internacionales que hablan de estos derechos. El gobierno tiene que vigilar junto con el pueblo para que este derecho sea respetado y vigilar que los niños no trabajen y puedan asistir a la escuela. Además las personas mayas tenemos derecho a no ser forzadas a trabajos humillantes, peligrosos o mal pagados. Artículo 18. El pueblo maya tiene el derecho de participar en la toma de decisiones en todos los asuntos que nos afecten, a través de nuestros propios representantes o a través de la forma que nosotros elijamos. Artículo 19. El gobierno deberá hacer consultas de buena fe con el pueblo maya antes de hacer cualquier plan, programa o ley que nos afecte, y debe respetar la decisión del pueblo maya. Artículo 20. El pueblo maya tiene el derecho a conservar nuestras formas de organización política, económica y social y si nos afecta el modo de desarrollo de la economía, la religión o la política, tenemos derecho a que se les repare este daño. Artículo 21. El pueblo maya tiene derecho, sin que se nos desprecie, a mejorar nuestras condiciones económicas y sociales en la educación, el empleo, la capacitación y la preparación profesional, así como en la vivienda, la salud y la seguridad social, entre otras. Los gobiernos tienen la obligación de tener políticas especiales cuando sea necesario, para asegurar estos derechos y necesidades, especialmente con los ancianos y los niños, las mujeres y jóvenes y los discapacitados. Artículo 22. Todo lo que haga el gobierno del país debe buscar que se respeten los derechos y necesidades de los ancianos, mujeres, niños y jóvenes mayas, así como a las personas con alguna discapacidad. 21


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