Guia de Defensa Ambiental

Page 72

del territorio en el que el pueblo maya tiene un derecho de propiedad comunal. La Comisión también considera que este daño es en parte resultante del hecho de que el Estado no haya establecido salvaguardias y mecanismos adecuados para supervisar, controlar y garantizar que exista personal suficiente para asegurar que la ejecución de las concesiones madereras no causará mayor daño ambiental a las tierras y comunidades mayas.

En consecuencia, la Comisión llega a la conclusión de que el hecho de que el Estado no haya respetado el derecho comunal del pueblo maya a la propiedad de la tierra que han usado y ocupado tradicionalmente, se ha visto exacerbado por el perjuicio ambiental ocasionado por ciertas concesiones madereras otorgadas en relación con esas tierras, lo que, a su vez, ha afectado negativamente a los miembros de esas comunidades.136 Este precedente involucra la importancia de protección al medio ambiente, así sea desde la perspectiva de un caso relativo a pueblos indígenas y a su derecho a la propiedad colectiva. Con posterioridad, la Comisión Interamericana emitió un informe de admisibilidad de otra petición con un enfoque similar. Responde al informe de admisibilidad de la Comunidad de San Mateo de Huanchor y sus miembros contra el Perú.137 En este caso, la afectación acusada se relaciona con la actividad de la minería; concretamente, los efectos que sufren los miembros de esa comunidad ocasionados por la contaminación ambiental producida por la permanencia de una cancha de residuos tóxicos aledaña a la Comunidad. Este caso se destaca, entre otras violaciones a derechos humanos, el desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales (artículo 26 de la Convención Americana), tal y como se ha señalado en esta publicación. Paralelamente, la Comisión adoptó medidas cautelares para la protección de la vida e integridad de los miembros de esa comunidad. Las medidas fueron adoptadas en razón de la contaminación ambiental que había generado una crisis de salud pública en la comunidad de San Mateo de Huanchor por el riesgo asociado a la exposición a los metales contenidos en los relaves y por la exposición a residuos de plomo y otros minerales, lo que amenaza con daños irreparables en las aptitudes neurológicas y en el desarrollo psicológico de la comunidad. Finalmente, en el proceso ante la Comisión Interamericana también ha sido posible analizar violaciones al medio ambiente desde la perspectiva de una solución amistosa. Ello ocurrió en el contexto de la petición No. 4617/02, en la que se emitió el Informe No. 30/04 de Mercedes Julia Huenteao Beroiza y otras contra

136

Ibid.. párs. 147, 148.

137

CIDH, Caso Comunidad de San Mateo de Huanchor y sus Miembros c. Perú, Informe No. 69/04, Petición 504/03, Admisibilidad, 15 de octubre de 2004.

GUÍA DE DEFENSA AMBIENTAL: CONSTRUYENDO LA ESTRATEGIA PARA EL LITIGIO DE CASOS ANTE EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

58 58


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.