conjugarlos con los datos de magnitud de la violencia sobre las personas16. Sin embargo, hacer eso significaría que todos los lesionados han pasado por el Hospital Rosales, lo cual no es cierto; por tanto, lo más razonable sería promediar el valor máximo representado por los costos en el Hospital Rosales (U$ 411) y el valor mínimo representado en el promedio total asignado a todos los hospitales del país ( U$ 106.8). Esto da como resultado un promedio de 259 dólares por costo unitario. Al asumir el citado costo promedio (U$ 259) y considerar el monto estimado de lesionados (78,726) resulta que los costos institucionales para la recuperación de la salud estaría cercano a los U$ 20, 382,161. Un boletín del Ministerio de Salud revela, por otro lado, que según sus propios cálculos, esa cartera del Estado gasta alrededor de 18.9 millones de dólares “en atender a los pacientes que demandan servicios de emergencia producto de la violencia en el país” (1997, pág. 2). De acuerdo al mismo boletín, eso significa el 21 por ciento del presupuesto hospitalario nacional y el 12 por ciento del presupuesto general de MSPAS.
Cuadro 2.3 Unidad presupuestaria recuperación de la salud relación de propósitos con los recursos (U$) Error! Bookmark not defined.LÍNEA DE TRABAJO
PROPÓSITO
META*
COSTO
COSTO UNITARIO
Atención ambulatoria
Consulta médica
1,884,991
11,165,500
5.92
Atención hospitalaria
Servicios de hospitalización
72,318
7,728,085
106.86
Programa de reinserción de lisiados de guerra
Rehabilitación y capacitación
1,000
206,315
206.32
3
85,714
28,571.33
Centros de rehabilitación
TOTAL
19,185,614
*Exceptuando el caso de los Centros de Rehabilitación cuya unidad de medida es el número de edificios, las metas de los demás rubros están expresadas en número de personas atendidas NOTA: Para la ciudad de México en 1995 los siguientes valores promedio fueron asumidos: costo promedio por individuo: U$1,971; lesiones leves: desde U$28 a U$400; lesiones graves: desde U$400 a U$8,000; complicaciones: más de U$25,000.
16
Este promedio se acerca al límite superior de las lesiones consideradas como leves para el caso mexicano (ver Fundación Mexicana de la Salud, 1997)
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