Heraldo del Cañar

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-Desde la vía Panamericana, Parroquia Pancho Negro-

Mejoran la vía de acceso a la Colonia 10 de Agosto

El Gobierno Provincial del Cañar viene realizando el mejoramiento de la vía del acceso a la Colonia Agrícola

10 de Agosto, los trabajos comprenden el abastecimiento de asfalto por bañera, pasado de lastrillo en asfalto

colocado; varios camiones, tractores y trabajadores vienen poniendo a punto esta vía que también sirve para llegar al canal de agua. Los beneficiados de esta carretera asfaltada son los moradores de la Colonia 10 de Agosto que en su mayoría son agricultores, estos trabajos se los ha venido planificando desde hace varios meses y su ejecución ha sido exitosa. Actualmente varias máquinas compactadoras de asfalto están dejando a punto esta vía que mejorará la comunicación de manera considerable de los habitantes de la colonia con el esta ciudad y zonas aledañas. En estos últimos días varios técnicos han comprobado la densidad del asfalto obteniendo resultados óptimos que aseguran la calidad de la obra y garantizan su durabilidad. También se han elevado cajas de agua potable y se les ha puesto tapas de hormigón armado fundidas.

Distrito 3 de Salud coordina actividades comunitarias

El Distrito 3 de Salud de la provincia, que comprende el hospital Darío Machuca Palacios y varios sub centros, viene realizando programas de vinculación con la comunidad, el Dr. Gustavo López, director del distrito, anunció que se darán charlas de nutrición y proyectos para mejorar la alimentación de la población, esto se realizará en varios colegios de la ciudad. También trabajará en proyectos para que los médicos y enfermeras del hospital asesoren a profesores de ciencias naturales y química en prácticas de cómo realizar pruebas de tipo de sangre; López manifestó que se espera en un futuro cercano ampliar el hospital pero, indicó que no hay un documento oficial que certifique que el edificio sea considerado un hospital y por eso no se pueden realizar varios proyectos. También se informó que se vienen realizando evaluaciones periódicas a los médicos y enfermeras del hospital

para brindar una atención óptima a los pacientes, también se entregó a los galenos un Vademécum con las 150

enfermedades más comunes de nuestro medio y cómo tratarlas.

Unidad Educativa del Milenio celebró natalicio de su Patrona

Esta semana la Unidad Educativa del Milenio, celebró su fiesta por el natalicio de su patrona Nela Martínez Espinosa. El martes en la tarde se realizó el pregón de las fiestas por las calles de la ciudad, con carros alegóricos, mimos y otras atracciones que llamaron la atención de la ciudadanía. También se realizó el develizamiento del cuadro de Nela Martínez, quien nació el 24 de noviembre de 1912. Esta semana en la Unidad también se llevaron a cabo concursos, juegos deportivos, feria de las ciencias y día de la confraternidad. La entidad educativa fue creada hace un año y el Ministerio de Educación escogió el nombre de esta distinguida dama cañarense que fue una luchadora por los derechos de los pobres y siempre apoyó los ideales socialistas. Nela Martínez pasó sus últimos años en Cuba y es considerada una de las mujeres ecuatorianas más importantes del siglo 20.

SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas CENTRO ZONAL CAÑAR Secretaria Nacional del Agua, Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas, Centro Zonal Cañar.- Citación a los usuarios conocidos o no de las aguas, de la Vertiente Innominada del sector PULPITO, AGUAS QUE SE CAPTARÁN EN TERRENOS DEL COMPARECIENTE, en el caudal de 1 L/s presentado por el Señor Luis Honorio Navos Campoverde y Luís Nectario Campoverde Orbe, en el Centro Zonal Cañar, ubicada dentro de la Jurisdicción de la parroquia Gualleturo, Cantón y Provincia del Cañar, con fines de consumo humano, abrevadero de ganado y riego. EXTRACTO PETICIONARIA: LUIS HONORIO NAVOS CAMPOVERDE Y LUIS NECTARIO CAMPOVERDE ORBE OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de uso y aprovechamiento de las aguas, para fines de consumo humano, abrevadero de ganado y riego. Trámite No. 490-12-A SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA.- SUBSECRETARÍA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO ZONAL DE CAÑAR.- Cañar, 13 días del mes de septiembre del 2012.-las 08h30.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Líder del Centro Zonal de Cañar, que rige desde el 01 de enero del 2012. En observancia al acuerdo ministerial No. 2011-334.- En lo principal: Agréguese a los autos el carnet de abogado, fotocopias de las cédulas de ciudadanía y certificados de votación, certificado del Registro de la Propiedad, croquis explicativo, memoria descriptiva y la solicitud de autorización del derecho del uso y aprovechamiento de las aguas y servidumbres, provenientes de la Vertiente Innominada, ubicada en el sector Pulpito, dentro de la jurisdicción de la parroquia Gualleturo, cantón y provincia del Cañar, en el caudal 1 L/S, para uso doméstico, abrevadero de animales y riego, presentado por los señores Luís Honorio Navos Campoverde y Luis Nectario Campoverde Orbe, proveyendo el mismo esta Autoridad. DISPONE: 1.- Se acepta a tramite la solicitud de concesión del derecho del aprovechamiento y uso de la aguas, por ser clara y reunir los requisitos establecidos en el Art.. 86 de la Codificación de la Ley de aguas. 2.- De conformidad a los establecido en el Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas, cítese a los usuarios conocidos o no, de las aguas de cuya concesión se solicita, con la publicación por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en la Provincia del Cañar, del extracto de la solicitud y esta providencia, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. La citación por la prensa se hace extensivo al señor Luís Pacurucu. 3.- Fijación de carteles durante treinta días, en tres de los lugares más frecuentados perteneciente a la jurisdicción de la parroquia Gualleturo, cantón y provincia del Cañar, por medio de Comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia Gualleturo. 4.-La misma Autoridad proceda a citar a los señores Ricardo Morocho y Narcisa Robles, con la copia de la solicitud y auto recaído 5.- Oportunamente se designara perito para que realice el estudio técnico respectivo. Los señores Luis Honorio Navos Campoverde y Luís Lactario Campoverde Orbe, nombren un Procurador Común quien sea el encargado de tramitar todo lo referente a la presente solicitud. Téngase en cuanta la Autorización conferida a su abogado defensor y el domicilio legal señalado para futuras notificaciones.- Actúe en la presente causa la Ing. Nube Muñoz en calidad de secretaria Ad-Hoc.- NOTIFÍQUESE.-f) Abg. Favian Lema Morocho, Líder del Centro Zonal De Cañar.Lo que comunico al público para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de Gestión Cañar, para futuras notificaciones. Dado y firmado en la ciudad de Cañar, a los 21 días del mes de Septiembre del año dos mil doce. Ing. Nube Muñoz SECRETARIA AD-HOC 687

Sábado, 24 de noviembre del 2012 SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas CENTRO ZONAL CAÑAR Secretaria Nacional del Agua, Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas, Centro Zonal Cañar.- Citación a los usuarios conocidos o no de las aguas de la Vertientes YERBABUENA 1,2 Y 3, AGUAS QUE SE CAPTARÁN EN TERRENOS DEL MISMO COMPARECIENTE, en el caudal de 2 L/s, de cada fuente presentado por el señor José Manuel Alvacora Chima, en el Centro Zonal Cañar, ubicadas en el sector Malal, dentro de la Jurisdicción de la parroquia Gualleturo, cantón y provincia del Cañar, con fines de abrevadero de animales y riego. EXTRACTO PETICIONARIA: JOSE MANUEL ALVACORA CHIMA OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de uso y aprovechamiento de las aguas, para fines de abrevadero de animales riego Trámite No. 531-12-A SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA.- SUBSECRETARÍA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO ZONAL DE CAÑAR.- Cañar, 01 días del mes de noviembre del 2012 .-las 08h30.- VISTOS: Agréguese al proceso el Certificado del Registro de la Propiedad y el escrito presentado por el señor José Manuel Alvacora Chima, proveyendo el mismo esta Autoridad. DISPONE: 1.- Se acepta a tramite la solicitud de concesión del derecho del aprovechamiento y uso de la aguas, por ser clara y reunir los requisitos establecidos en el Art.. 86 de la Codificación de la Ley de aguas. 2.- De conformidad a los establecido en el Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas, cítese a los usuarios conocidos o no, de las aguas de cuya concesión se solicita, con la publicación por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en la Provincia del Cañar, del extracto de la solicitud y esta providencia, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 3.Fijación de carteles durante treinta días, en tres de los lugares más frecuentados perteneciente a la Parroquia Gualleturo del cantón y Provincia del Cañar, por medio de Comisión librada al señor Teniente Político de la misma jurisdicción.. 4.-Oportunamente se designara perito para que realice el estudio técnico respectivo.- Actúe en la presente causa el Abg. Cristian Ochoa en calidad de secretario Ad-Hoc.- NOTIFÍQUESE.-f) Abg. Favian Lema Morocho, Líder Del Centro Zonal De Cañar.Lo que comunico al público para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de Gestión Cañar, para futuras notificaciones. Dado y firmado en la ciudad de Cañar, a los 14 días del mes de noviembre del año dos mil doce. Abg. Cristian Ochoa SECRETARIO AD-HOC 693 SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas CENTRO ZONAL CAÑAR Secretaría Nacional del Agua, Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas, Centro Zonal Cañar.- Citación a los usuarios conocidos o no de las aguas de la Vertiente ALLPACHACA, AGUAS QUE SE CAPTARÁN EN TERRENOS DE LOS SEÑORES ANGEL MARÍA CHICAIZA YUPANGUI Y MARÍA GUASCO LOJA, en el caudal de 1 L/s presentado por el Señor Manuel Guasco Guamán, en el Centro Zonal Cañar, ubicada en el sector Allpa-Chaca, dentro de la misma jurisdicción de la parroquia y cantón Suscal, provincia del Cañar, con fines de consumo humano, abrevadero de animales y riego. EXTRACTO PETICIONARIA: MANUEL GUASCO GUAMÁN OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de uso y aprovechamiento de las aguas, para fines de consumo humano, abrevadero de animales y riego. Trámite No. 485-12-A SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA.- SUBSECRETARÍA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO ZONAL DE CAÑAR.- Cañar, 02 de octubre del 2012.- las 08h30.- VISTOS: Agréguese al proceso la fotocopia del certificado de votación y el escrito presentado por el señor Manuel Guasco Guamán, téngase en cuenta lo manifestado en el mismo, proveyendo el mismo esta Autoridad. DISPONE: 1.- Se acepta a trámite la solicitud de concesión del derecho del aprovechamiento y uso de la aguas, por ser clara y reunir los requisitos establecidos en el Art.. 86 de la Codificación de la Ley de aguas. 2.- De conformidad a los establecido en el Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas, cítese a los usuarios conocidos o no, de las aguas de cuya concesión se solicita, con la publicación por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad, del extracto de la solicitud y esta providencia, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 3.- Fijación de carteles durante treinta días, en tres de los lugares más frecuentados perteneciente a la jurisdicción de la parroquia y cantón Suscal, provincia del Cañar, por medio de Comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia Zhud. 4.- Oportunamente se designara perito para que realice el estudio técnico respectivo.- Actúe en la presente causa el Abg. Cristian Ochoa en calidad de secretario Ad-Hoc.- NOTIFIQUESE.-f) Abg. Favian Lema Morocho, Líder del Centro Zonal de Cañar.Lo que comunico al público para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de Gestión Cañar, para futuras notificaciones. Dado y firmado en la ciudad de Cañar, a los 11 días del mes de octubre del año dos mil doce. Abg. Cristian Ochoa SECRETARIO AD-HOC 679 UNIDAD JUDICIAL Nº 1 DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CAÑAR REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL A: JUAN MANUEL PULI QUITO, se le hace saber que la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cañar, por el sorteo de ley, se esta tramitando una demanda de DIVORCIO con el número No. 2012-0320 la misma que copiada su extracto en ella recaída es como siguiente: ACTOR: SEGUNDO LEONIDAS PADILLA SARMIENTO, en su calidad de Procurador Judicial de MARIA FRANCISCA MONTERO TENELEMA DEMANDADO: JUAN MANUEL PULI QUITO TIPO DE ACCIÓN: DIVORCIO JUEZ: DR. PATRICIO MENDIA VERDUGO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICA DEL CAÑAR.- UNIDAD JUDICIAL 1 DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CAÑAR.-Cañar, viernes 19 de octubre del 2012, las 13h21.- VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior. En lo principal, la demanda de divorcio que antecede propuesta por el doctor SEGUNDO LEONIDAS PADILLA SARMIENTO, en su calidad de Procurador Judicial de MARIA FRANCISCA MONTERO TENELEMA, conforme lo acredita con el poder que acompaña, en contra de JUAN MANUEL PULI QUITO, es clara y completa, cumple con los requisitos establecidos en la Ley, consecuentemente, según lo dispuesto el Art. 118 del Código Civil, se acepta a trámite de juicio verbal sumario. Cítese con la demanda y esta providencia al demandado JUAN MANUEL PULI QUITO, como lo prevén los artículos 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil, esto es, mediante tres publicaciones diferentes en el Semanario El Heraldo que se edita en la ciudad de azogues, mediando-por lo menos- el término de ocho días hábiles entre una y otra publicación, ante la imposibilidad de determinar el domicilio y residencia del demandado, pues así afirma, bajo juramento, la parte actora. Se previene al demandado la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir notificaciones en esta ciudad. Téngase en cuenta que los hijos son mayores de edad, así como la casilla judicial No.45, el correo electrónico dr.leopad@hotmail.com para sus notificaciones y la determinación de la cuantía. NOTIFIQUESE.-f).- DR. PATRICIO MENDÍA VERDUGO, JUEZ UNIDAD JUDICIAL.- Es fiel copia de su original. Lo certifico.- Cañar, 19 de octubre de 2012 Dra. Salomé Palomeque Luna ANALISTA JURÍDICO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTÓN CAÑAR 673 JUZGADO QUINTO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL CAÑAR LA TRONCAL CITACIÓN JUDICIAL Al demandado VÍCTOR HUGO CHAVEZ ZAMBRANO, se le hace saber que en el Juzgado Quinto de la Niñez y la Adolescencia del Cañar - La Troncal, (Juzgado Primero Adjunto del Cañar), a cargo del Doctor Carlos Cabrera Palomeque, se ha propuesto una demanda de Alimentos, en su contra siendo su extracto como de la providencia del tenor siguiente: ACTOR: OLGA SUSANA CALLE ORTIZ DEMANDADO: VÍCTOR HUGO CHÁVEZ ZAMBRANO NATURALEZA: ALIMENTOS TRAMITE: CONTENCIOSO ESPECIAL CUANTÍA: $2.400,00 DÓLARES AMERICANOS PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO ADJUNTO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA. LA TRONCAL: NOVIEMBRE 23 DE AÑO 2010, LAS 15H05.- VISTOS: El proceso contencioso especial que antecede (391-10).- Por PENSIÓN ALIMENTICIA, planteada por : OLGA SUSANA CALLE ORTIZ, en contra del Señor VÍCTOR HUGO CHÁVEZ ZAMBRANO, por Sorteo legal, ha correspondido en esta judicatura en tal virtud en mi calidad de Juez Primero Adjunto del Cañar, en desempeño legal de mis funciones, con contrato Nº 3-ADE-13/2010 y acorde la resolución Nº 064-2010 de fecha 29 de septiembre de 2010, del Consejo de la Judicatura avoco conocimiento de la misma. En lo principal. Una vez que se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior la demanda reúne con los requisitos determinados en la Ley, por lo que calificándola de clara y precisa se la admite para el trámite respectivo establecido en la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. En consecuencia, y en acato al Art. Innumerados 35, se fija como pensión provisional la suma de CIEN DÓLARES NORTEAMERICANOS (100,00), mensuales, que el alimentante debe pagar como pensión para sus hijas: SAMANTHA IVON y MARÍA VICTORIA CHÁVEZ CALLE, más los adicionales de Ley, y que lo hará por mesadas adelantadas y durante los cinco primeros días a partir de la fecha de la presentación de la demanda (mes de agosto de 2010). En virtud de que bajo juramento se afirma que es imposible determinar el domicilio o residencia del accionado, VÍCTOR HUGO CHÁVEZ ZAMBRANO, en aplicación de lo establecido en el Art. 82 del C. de P. Civil, se ordena que se cite al mismo a través de la prensa, en legal y debida forma, mediante tres publicaciones que se efectuarán en el semanario “Heraldo del Cañar”, que se edita en esta provincia y circula en esta ciudad, para que hagan valer sus derechos y bajo prevenciones que de no comparecer se procederá en rebeldía. Citado que fuera el demandado, se fijará día y hora para la realización de la Audiencia única. La actora a la brevedad posible remita certificación bancaria de una cuenta corriente o de ahorro suya donde el demandado debe depositar las pensiones alimenticia. Téngase presente los particulares expuestos en el libelo de demanda, la autorización que le confiere al Señor doctor Raúl Ortiga Sacoto y la casilla Judicial Nº 20 que señala para recibir notificaciones en esta ciudad. Por fijada la cuantía. Dése por incorporado al proceso la documentación que se acompaña. HAGASE SABER f) Dr. Carlos Cabrera Palomeque, Juez (sigue lo proveído y las notificaciones). La Troncal, 2 de marzo del 2012.- Lo certifico. Al demandado se le previene la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad bajo prevenciones de ley. La Troncal, 16 de noviembre del 2012.Abg. Pablo Calle Cárdenas SECRETARIO 691


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