LA TORTURA EN MÉXICO: UNA MIRADA DESDE LOS ORGANISMOS DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS
RECOMENDACIÓN
ÓRGANO
AÑO
Deben promulgarse leyes para que las víctimas puedan impugnar ante la magistratura la renuencia del Ministerio Público a incoar procedimientos en casos de derechos humanos.
Relator Especial sobre Tortura
1998
Que investigue y sancione a los responsables de hechos de tortura.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
1998
Que las autoridades correspondientes presten una especial atención y fiscalización sobre los agentes estatales (ejército y policías) en las zonas de conflicto, a fin de evitar que se produzcan hechos de tortura.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
1998
El Comité recomienda en forma encarecida que se investiguen todos los casos de ejecuciones extrajudiciales, torturas y detenciones arbitrarias con el fin de hacer comparecer ante los tribunales a las personas sospechosas de haber cometido esos actos, que se castigue a los culpables y que se indemnice a las víctimas. Los responsables del cumplimiento de la ley deben recibir formación adecuada de manera que el respeto de los derechos fundamentales de las personas sometidas a su control forme parte integrante de su misión.
Comité de Derechos Humanos
1994
CUADRO 8. IMPUNIDAD Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER RECOMENDACIÓN
ÓRGANO
AÑO
Asegurar que todas las mujeres gocen sin discriminación de sus derechos reproductivos, incluyendo el acceso al aborto seguro cuando la ley lo permite, velando para que no exista discriminación y obstáculos como requerimientos de denuncia penal o autorizaciones judiciales previas.
Relator Especial sobre Tortura
2015
234