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Taxistas de Lima y Callao obtendrán autorizaciones para ofrecer servicio 10 años
personas jurídicas (empresas).
Con la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), publicado en el diario oficial El Peruano, mediante el Decreto Supremo N° 008-2023-MTC, entra en vigencia este nuevo reglamento, aprobado por la ATU con Resolución eSe enfocará en potenciar la marca personal de Presidencia Ejecutiva N° 029-2022/ATU-PE.
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REQUISITOS PARA BRINDAR SERVICIO
Para acceder y prestar el servicio de taxi, una de las condiciones es que el conductor no esté en el subregistro de personas condenadas por delitos contra la libertad sexual y la vida de mujeres, niñas, niños, adolescentes, así como violencia familiar, feminicidios, explotación sexual, entre otros delitos. Además, los vehículos que deseen brindar este servicio deberán tener los elementos de seguridad establecidos en el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV), el Sistema de Control y Monitoreo Inalámbrico, y otras disposiciones que se detallarán en una resolución próxima a publicarse.