Gaceta oficial #3 año 2013

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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN

PEDRO VICENTE MALDONADO ADMINISTRACIÓN DEL SEÑOR AB. PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN

ALCALDE DE PEDRO VICENTE MALDONADO www.pedrovicentemaldonado.gob.ec

GACETA OFICIAL Director: Ab. Carlos Andrés Chacón Arteaga, Secretario General del Concejo Municipal Dirección: Av. Pichincha - s/n, Barrio Miraflores Telf: (02) 2392-281 / 282 / 283 Fax: (02) 2392-282 Ext. 105 Pedro Vicente Maldonado, Martes, 31 de Diciembre de 2013

AÑO 2013 GACETA N° 3


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28 de junio de 2013

AÑO 2013 GACETA Nº 3

www.pedrovicentemaldonado.gob.ec

Director: Ab. Carlos Andrés Chacón Arteaga, Secretario General del Concejo Municipal Dirección: Av. Pichincha s/n, Barrio Miraflores Telf: (02) 2392-281 / 282 / 283 Fax: (02) 2392-282 Ext. 105

Pedro Vicente Maldonado, Martes, 31 de Diciembre de 2013

CONCEJO MUNICIPAL

Páginas

ORDENANZAS 01.- ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE NOMENCLATURA PARA LA NOMINACIÓN DE VÍAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO Y SUS EQUIPAMIENTOS URBANÍSTICOS. ....................................................2 02.- LA ORDENANZA QUE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, POR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO. ...........................7 03.- ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013-CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2013. ..................................................................11 04.ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA 01-CMPVM-2012 QUE APRUEBA LA URBANIZACIÓN PARTICULAR ARASHÁ UBICADA EN LA COOPERATIVA AGRÍCOLA JOHN F. KENNEDY, SECTOR RURAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. ........43

04.- Resolución Legislativa No. 16-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 53 05.- Resolución Legislativa No. 17-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 53 06.- Resolución Legislativa No. 18-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 54 07.- Resolución Legislativa No. 19A-SG-CMPVM2013. .................................................................. 55 08.- Resolución Legislativa No. 19-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 55 09.- Resolución Legislativa No. 20-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 56 10.- Resolución Legislativa No. 21-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 57 11.- Resolución Legislativa No. 22-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 57 13.- Resolución Legislativa No. 23-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 58 14.- Resolución Legislativa No. 24-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 58

RESOLUCIONES LEGISLATIVAS

15.- Resolución Legislativa No. 25-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 59

01.- Resolución Legislativa No. 13-SG-CMPVM-2013. ...........................................................................51

16.- Resolución Legislativa No. 26-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 60

02.- Resolución Legislativa No. 14-SG-CMPVM-2013. ...........................................................................51

17.- Resolución Legislativa No. 27-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 60

03.- Resolución Legislativa No. 15-SG-CMPVM-2013. ...........................................................................52

18.- Resolución Legislativa No. 28-SG-CMPVM-2013. ........................................................................... 61


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19.- Resolución Legislativa No. 29-SG-CMPVM-2013. ...........................................................................62 20.- Resolución Legislativa No. 29A-SG-CMPVM2013. ..................................................................62 21.- Resolución Legislativa No. 30-SG-CMPVM-2013. ...........................................................................63 22.- Resolución Legislativa No. 31-SG-CMPVM-2013. ...........................................................................64 RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS 01.- Resolución ADMINISTRATIVA 015-2013-ALC64 02.- Resolución ADMINISTRATIVA 016-2013-ALC72 03.- Resolución ADMINISTRATIVA 018-2013-ALC81 04.- Resolución ADMINISTRATIVA 019-2013-ALC89 05.- Resolución ADMINISTRATIVA 094-2013-ALC91

está; preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines; Que, de acuerdo con el Art. 380, numeral 1 de la Constitución, serán responsabilidades del Estado, velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador; Que, de conformidad con el Artículo 57, literal r) del COOTAD, dentro de las atribuciones del Concejo Municipal, le corresponde; conformar las comisiones permanentes, especiales y técnicas que sean necesarias;

01.- ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE NOMENCLATURA PARA LA NOMINACIÓN DE VÍAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO Y SUS EQUIPAMIENTOS URBANÍSTICOS.

Índice

Ordenanza No. 05-CMPVM-2013 ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE NOMENCLATURA, PARA LA NOMINACIÓN DE VÍAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO Y SUS EQUIPAMIENTOS URBANÍSTICOS El Concejo Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado. CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su Art. 264, numeral 8 señala que, dentro de las competencias de los gobiernos municipales

Que, el literal aa) del Artículo 57, confiere atribuciones al Concejo Municipal para emitir políticas que contribuyan al desarrollo de las culturas de su jurisdicción, de acuerdo con las leyes sobre la materia; Que, de acuerdo al Artículo 58, literal e) del COOTAD, dentro de las atribuciones de los concejales o concejalas, está; presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias correspondientes a su nivel de gobierno; En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 7, Art. 53, 57 lit. a) del COOTAD.

EXPIDE: ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE NOMENCLATURA PARA LA NOMINACIÓN DE VÍAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO Y SUS EQUIPAMIENTOS URBANÍSTICOS.


3 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------CAPITULO I Art.1.- Créase la Comisión Especial de Nomenclatura, con el objeto de analizar propuestas de denominación de calles, avenidas, plazas, paseos, patios de juegos, barrios, complejos urbanísticos, puentes, edificios, y todo tipo de espacio público del cantón Pedro Vicente Maldonado, que carezcan de la misma y/o sea necesario modificarles su nombre actual. Art.2.- Es objeto de esta Ordenanza el establecimiento del sistema que, en resguardo del acervo cultural cantonal y para su conocimiento y promoción, elabore y mantenga un registro de información que sirva para la nominación de vías urbanas y rurales, así como de los equipamientos urbanos y los espacios de uso público en el cantón Pedro Vicente Maldonado. Art.3.- La Comisión Especial de Nomenclatura cumplirá funciones de asesoramiento al Concejo, no siendo vinculante u obligatorio su dictamen; la atribución resolutoria para definir las denominaciones de todas las vías y más espacios públicos será facultad exclusiva del órgano legislativo. Art.4.- La Comisión Especial de Nomenclatura, será la encargada de elaborar los informes y preparar la documentación de sustento para las nominaciones de vías y los espacios de uso público en el Cantón Pedro Vicente Maldonado. Art.5.- Los integrantes de la Comisión Especial de Nomenclatura serán convocados cada vez que existan propuestas de denominaciones. Art.6.- Las nuevas designaciones conforme al Artículo 1º) se aplicarán considerando el siguiente orden de preferencia: a) lugares que actualmente carezcan de denominación. b) casos en los que la nomenclatura actual presente duplicaciones.

28 de junio de 2013 c) nuevos espacios públicos que se creen como resultado del crecimiento de la ciudad. Art.7.- Las designaciones o el cambio de nombres actuales de espacios públicos por otras denominaciones, se fundamentará en sólidas razones de naturaleza institucional, histórica o cultural, priorizándose lo relacionado con la vida de la ciudad y la región. Art.8.- se simplificará al máximo la designación de los lugares públicos, usando las palabras necesarias para el reconocimiento o hecho histórico. Art.9.- Las urbanizaciones y condominios, los edificios que se construyan y se identifiquen con nombres de personajes ilustres o fechas históricas, recibirán la aprobación por parte del Concejo Municipal, previo informe favorable de la Comisión. Los nombres impuestos y reconocidos por el Concejo Municipal otorgan al bien, una identificación que no puede ser usada para otro edificio ni equipamiento. Art.10.- Los espacios públicos y edificaciones de importancia histórica, así como los monumentos, llevarán una designación especial consistente en una placa que contenga un texto que facilite la comprensión de la época y los hechos de trascendencia que dieron mérito para la asignación de la denominación y de la construcción del edificio o espacio público. Art.11.- El procedimiento para la definición e imposición de las nominaciones se iniciará de oficio, por requerimiento interno de la Municipalidad de acuerdo a sus necesidades o por petición expresa de personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, que justifiquen la necesidad de nominaciones nuevas o el cambio de nominaciones a calles, plazas, edificios o cualquier equipamiento público, en el área urbana y rural; para lo cual se realizará un proceso transparente e incluyente de socialización, con la participación de la ciudadanía. Todas las solicitudes merecerán igual tratamiento, respetándose el orden de las


4 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------peticiones, salvo requerimiento del Alcalde que motive la necesidad de un tratamiento preferente para alguna denominación.

Art. 12.- Cuando se conceda la autorización de urbanización o parcelación de propiedades en el cantón, determinando equipamientos urbanos y rurales, tales como vías, plazas, parques, entre otros, la Dirección de Planificación remitirá a la Comisión, sin interrumpir los trámites propios, la información que sea precisa para la nominación de las vías y los nuevos equipamientos. Art.13.- Queda prohibida expresamente la imposición de nombres de sociedades o empresas comerciales o financieras o de cualquier otra entidad que, a juicio de la Comisión Municipal de Nomenclatura, hiciese presumir finalidades comerciales. Art.14.- En ningún caso un espacio público auspiciado o apadrinado por un tercero, obviará el nombre del lugar en su identificación.

28 de junio de 2013 Secretaría de la Comisión Permanente del Sistema Socio Cultural, Ciencia Equidad y Género. La Comisión para su funcionamiento dictaminará su reglamentación o aprobará un instructivo de funcionamiento. Art. 17.- Los informes de la Comisión deberán contener, por lo menos, los siguientes elementos: a.

Los criterios que sean considerados para sugerir las nominaciones que se proponen.

b.

Micro biografías de cada persona seleccionada que deberá ser publicada.

c.

Una propuesta de difusión educativa sobre las nominaciones que se propongan.

d.

Una breve reseña histórica para el caso de fechas. La comisión sugerirá la construcción de monumentos.

e.

Respaldo documentado socializaciones.

de

las

CAPITULO II

CAPITULO III

ESTRUCTURA

SECRETARIA DE LA COMISIÓN

Art.15.- La Comisión Especial de Nomenclatura estará integrada por cinco miembros y será presidida por el concejal/a presidente/a de la Comisión Permanente del Sistema Socio Cultural, Ciencia Equidad y Género.- El Director de Patrimonio Cultural, Turismo y Comunicación o su delegado.- El Director de Planificación o su delegado.- Un representante del Barrio o Recinto donde se va a poner el nombre.- Un representante de la Silla Vacía, del sistema Socio Cultural.

Art. 18.- La Secretaría de la Comisión Especial de Nomenclatura, tiene las siguientes funciones:

Los miembros de la Comisión durarán mientras conserven el cargo al que fueron designados. Art.16.La Comisión se reunirá previa convocatoria de la Presidencia a través de la

a)

Coordinar el desarrollo actividades de la Comisión.

de

las

b)

Atender las necesidades y velar por la buena marcha de la Comisión.

c)

Llevar los libros de actas de las sesiones de la Comisión y suscribir las actas con la Presidencia.

d)

Llevar la correspondencia y suscribir las comunicaciones de manera conjunta con la Presidencia.


5 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------e)

Convocar a las sesiones, según las disposiciones de la Presidencia.

f)

Certificar todo asunto que el movimiento de secretaría le compete.

g)

Certificar y recibir toda la documentación que llegue, incluyendo copias, compulsas de actas, nombramiento de asesores que determinen la Comisión, y;

h)

Otras que determine la Comisión.

La Secretaría deberá participar en todas las sesiones de la Comisión con voz informativa.

CAPITULO IV COORDINACION ACADEMICA Art.19.- En casos excepcionales la Comisión podrá contar con la asistencia académica de un funcionario municipal o de una persona contratada para el efecto de acuerdo a sus necesidades, siendo su obligación: a) Investigar, ordenar, sistematizar y analizar documentos de diversas fuentes tanto bibliográficas como audiovisuales, de archivos históricos y los que fueren necesarios para la elaboración del informe y confrontación de razonamientos. b) Elevar su criterio documentado y sustentado a la Comisión para la nominación de vías urbanas y rurales del Cantón Pedro Vicente Maldonado y sus equipamientos urbanísticos; c) Otras que determine la Comisión para la nominación de vías urbanas y rurales del Cantón Pedro Vicente Maldonado y sus equipamientos urbanísticos.

CAPITULO V ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS Art. 20.- La Comisión Especial de Nomenclatura, para la nominación de las vías

28 de junio de 2013 urbanas y rurales del Cantón Pedro Vicente Maldonado y sus equipamientos urbanísticos (plazas, coliseos, mercados, parques, cementerios y otros), buscará criterios que sustenten las respectivas nominaciones como: a) Nombres de personas fallecidas, que hayan sido fundadores o que hayan realizado actos relevantes para nuestro cantón, procurando equilibrar la relación de género. b) Aspectos distintivos de nuestro cantón, de la región la provincia o el país, guardando este orden, y agrupados en materias como por ejemplo: toponimias y antroponimias, flora, fauna, tradiciones, fiestas, bailes populares, música, artesanías, datos históricos, pueblos ancestrales, entre otras. A petición expresa y por escrito del Señor Alcalde, la Comisión recogerá criterios distintos a los precedentemente anotados. Art. 21.- La Comisión abrirá un expediente sobre cada propuesta calificada favorablemente, acompañando su justificación y en ésta una micro biografía, en caso de personas; y, una breve reseña histórica en caso de fechas. Art. 22.- La Comisión sugerirá la corrección motivada de cualquier denominación, vía o espacio público. Art. 23.- Todas las personas, naturales o jurídicas podrán dirigirse a la Comisión para solicitar nominaciones o consideraciones de nominación. Las resoluciones de la Comisión de manera previa a su presentación al Concejo Municipal serán socializadas y publicadas en la página web de la Municipalidad por un período no menor a 30 días. Las observaciones y oposiciones de las personas serán publicadas y difundidas en el mismo sitio web.

DEROGATORIA Deróguese todas las disposiciones que se opongan a esta Ordenanza y que sean contrarias; y, todas las resoluciones y


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disposiciones que sobre esta materia se hubieren aprobado anteriormente.

DISPOSICIÓN FINAL La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal y dominio Web de la Institución. Emitida por el Concejo Municipal en el salón de la Casa de Gobierno del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado a los trece días del mes de septiembre del 2013.

SANCIÓN EJECUTIVA ALCALDIA DE PEDRO VICENTE MALDONADO.De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la presente ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE NOMENCLATURA PARA LA NOMINACIÓN DE VÍAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO Y SUS EQUIPAMIENTOS URBANÍSTICOS, y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado.- Pedro Vicente Maldonado, 16 de septiembre del 2013, las 16h22 EJECÚTESE.-

ABG. PACIFICO EGUEZ FALCON Alcalde. RAZÓN DE SANCIÓN: CERTIFICADO DE DISCUSIÓN:

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal

En mi calidad de Secretario General del Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha y amparado en lo dispuesto en el Art. 352 del COOTAD, CERTIFICO que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada en dos debates realizados en las sesiones del día 30 de agosto del 2013, acta N° 27 en primer debate, y en segundo y definitivo debate el día 13 de septiembre del 2013, acta N° 28.- Pedro Vicente Maldonado, 13 de septiembre del 2013, las 19h09.LO CERTIFICO.-

la ORDENANZA QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE NOMENCLATURA PARA LA NOMINACIÓN DE VÍAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO Y SUS EQUIPAMIENTOS URBANÍSTICOS, el señor Abg. Pacifico Egüez Falcón, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil trece.- Las dieciocho

horas

CERTIFICO.-

veinte

minutos.-

LO


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02.-

LA ORDENANZA QUE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, POR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO. Índice

del 2008, establece que cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará integrado por la alcaldesa o alcalde y las concejalas y concejales elegidos por votación popular. La alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa. Que el concejo estará representado proporcionalmente a la población urbana y rural.

Ordenanza No. 06-CMPVM-2013 LA ORDENANZA QUE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, POR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO.

El Concejo Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado. CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador vigente, establece una nueva organización territorial del Ecuador, incorpora nuevas competencias a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad responsable de administrar estos procesos a nivel nacional. Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador, en su párrafo primero establece que constituyen gobiernos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los concejos provinciales y los concejos regionales. Que, el Art. 253 de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No 449 del 20 de octubre

Que, el Art. 20 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No 303 del 19 de octubre del 2010, indica que los cantones son circunscripciones territoriales conformadas por parroquias rurales y la cabecera cantonal con sus parroquias urbanas, señaladas en su respectiva ley de creación, y por las que se crearen con posterioridad, de conformidad con la presente ley. Que, el Art. 28 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, refiere que cada circunscripción territorial tendrá un Gobierno Autónomo Descentralizado para la promoción del desarrollo y la garantía del buen vivir, a través del ejercicio de sus competencias.

Que, el Art. 53 de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva prevista en este


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código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden. La sede del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal será la cabecera cantonal prevista en la ley de creación del cantón.

EXPIDE

Que, el Cantón, fue creado mediante Decreto Legislativo del 15 de enero de 1992, publicado en suplemento del Registro Oficial No 862 del 28 de enero de 1992.

Que, con la denominación de GOBIERNO se íntegra en forma clara el grado de comunicación armónica que debe existir entre la corporación edilicia, autoridades, funcionarias y funcionarios, las servidoras y servidores públicos, los trabajadores y trabajadoras y todos los vecinos del cantón, como principio fundamental para la práctica de la participación ciudadana en las decisiones municipales.

Que, los procesos de modernización del Estado conducen a que el sector público asuma los roles de definición de políticas, coordinación y control por sobre las tareas de ejecución, configurando de este modo los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su armonía política, administrativa y financiera.

En uso de las atribuciones que le confiere los Arts. 7 y 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;

LA ORDENANZA QUE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, POR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO.

Art. 1.- Reemplazar la denominación de Gobierno Municipal de GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, por “GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO”.

Art. 2.- La sede del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, será la ciudad de Pedro Vicente Maldonado. Este nivel gobierno gozará de autonomía política, administrativa y financiera de conformidad con el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. En su calidad de Gobierno Municipal, determinará las políticas de desarrollo y procurará la coordinación de las actividades con las demás instituciones públicas y privadas del cantón, fortaleciendo la acción municipal y la participación ciudadana, priorizando la obra pública y propendiendo a la modernización institucional, orientada al desarrollo físico, económico y productivo del cantón.


9 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Art. 3.- Las funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, sujetarán su accionar administrativo y operativo a dar fiel cumplimiento a las competencias y funciones que establece el Art. 264 de Constitución de la República del Ecuador, de conformidad con lo que establecen los Art. 54 y 55 del Código Orgánico de Organización territorial, Autonomía y Descentralización y las que sean asumidas mediante delegación y otras que se le asigne a través del Sistema Nacional de Competencias.

Art. 4.- Las siglas para su identificación y publicación en medios impresos, electrónicos, formularios, logotipos, papelería para correspondencia y más material de escritorio llevarán el nombre de Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado.

Art. 5.- El concejo municipal será el órgano de legislación y fiscalización del gobierno autónomo descentralizado municipal. Estará integrado por el alcalde o alcaldesa que lo presidirá con voto dirimente, y por los concejales y concejalas elegidos por votación popular.

Art. 6.- El alcalde o alcaldesa constituye la primera autoridad del ejecutivo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, el alcalde o alcaldesa ejercerá de manera exclusiva la facultad ejecutiva y las demás que prevea la ley.

Art.7.- El Escudo, la Bandera y el Himno son símbolos representativos de cada

28 de junio de 2013 nación, ciudad.

región,

provincia,

cantón

y

Manteniéndose, en forma oficial, el mismo escudo de armas que, desde hace varios años, ha venido usando esta Municipalidad. El ESCUDO que distingue al cantón Pedro Vicente Maldonado está formado por un óvalo bordeado de dos franjas laterales que terminan hacia abajo en un lazo de color blanco al exterior y de color verde al interior, que representan los colores de la Bandera Cantonal. En la parte superior tiene una cinta plegada de color rojo hacia dentro y amarilla hacia afuera, que corresponde a los colores de la Bandera de la Provincia y contiene la inscripción que dice PEDRO VICENTE MALDONADO. El terminal izquierdo tiene la fecha”15 de Enero” y al derecho “1992” que es la fecha de Cantonización de Pedro Vicente Maldonado. En la parte central superior del óvalo esta el sol y tiene dos lanzas: una hacia la izquierda y otra hacia la derecha, con pendientes que tienen los colores del Tricolor Nacional. El óvalo está dividido en tres partes: la de arriba contiene el cuerno de la abundancia, con peces, monedas y cosechas tropicales. En la parte superior del cuerno hay una rama de laurel que representa y augura glorias a nuestro pueblo. Una orquídea cuyo néctar es aprovechado por las abejas para la fabricación de la miel, como demostración de trabajo tenaz, constante y perseverante de los Pedro Vicentinos. Las dos partes de abajo representan; a la izquierda la vegetación selvática propia del Cantón, un río, aves en el espacio aéreo y un ejemplar ovino, simbolizando la ganadería que es la actividad principal del Cantón; a la derecha las matemáticas,


10 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------con un compás y una escuadra, un símbolo pautado y el libro que representan la ciencia y la cultura. En la base del escudo aparecen las herramientas básicas para la agricultura tropical, el hacha y el machete, que significan el trabajo que realizan sus hombres y mujeres para desbrozar, tumbar la selva, sembrar y cultivar las plantas productoras de riqueza agraria; un barril en forma horizontal escrita una locución latina que dice: “LABOR OMNIA VINCIT IMPROBUS”, que se traduce “El trabajo tenaz todo lo vence”.

28 de junio de 2013 Descentralización; y demás leyes conexas que sean aplicables y no se contrapongan.

DEROGATORIA PRIMERA.- Derogatoria.- Deróguese en fin todas las disposiciones que se opongan a esta ordenanza y que sean contrarias.

DISPOSICIÓN FINAL

Asimismo, seguirán vigentes e inalterables los colores blanco y verde de la bandera. La BANDERA está constituida por dos franjas horizontales: blanca la parte superior que significa, LA PUREZA y la inferior de color verde que significa, LA ESPERANZA.

PRIMERA.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación, de conformidad con lo que establece el Art. 324 de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial y dominio web de la institución.

De esta manera, persistirá vigente e inalterable el Himno del Cantón que sintetiza en su sagrado contenido, las glorias, el espíritu indoblegable y la proyección histórica del Cantón Pedro Vicente Maldonado.

Emitida por el Concejo Municipal en el salón de la Casa de Gobierno del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado a los cinco días del mes de diciembre del 2013.

Art. 8.- De la ejecución y cumplimiento de la presente ordenanza, encárguese a la Dirección Administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado.

DISPOSICIÓN GENERAL PRIMERA.-Normas Supletorias.- En todo cuanto no se encuentre contemplado en esta ordenanza se estará a lo dispuesto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

CERTIFICADO DE DISCUSIÓN:

En mi calidad de Secretario General del Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha y


11 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------amparado en lo dispuesto en el Art. 352 del COOTAD, CERTIFICO que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada en dos debates realizados en las sesiones del día 21 de octubre del 2013, acta N° 31 en primer debate, y en segundo y definitivo debate el día 05 de diciembre del 2013, acta N° 35.- Pedro Vicente Maldonado, 09 de diciembre del 2013, las 17h55.- LO CERTIFICO.-

28 de junio de 2013 ORDENANZA QUE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, POR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, el señor Abg. Pacifico Egüez Falcón, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil trece.- Las dieciocho horas veinte y siete minutos.- LO CERTIFICO.-

SANCIÓN EJECUTIVA ALCALDIA DE PEDRO VICENTE MALDONADO.De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la presente ORDENANZA QUE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, POR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO, y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado.- Pedro Vicente Maldonado, 09 de diciembre del 2013, las 18h02 EJECÚTESE.-

03.- ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013-CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2013.

Índice Ordenanza No. 07-CMPVM-2013

QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2013.

El Concejo Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado.

CONSIDERANDO:

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. RAZÓN DE SANCIÓN: Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal LA

1.La Constitución del Ecuador, establece en su artículo 253, “Cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará integrado por la alcaldesa o alcalde y las concejalas y concejales elegidos por votación popular, entre quienes se elegirá una vicealcaldesa o vicealcalde. La alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente. En el concejo estará representada proporcionalmente a la población cantonal urbana y rural, en los términos que establezca la ley”.


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2.El COOTAD, en su artículo 245, sobre la Aprobación y Sanción del Presupuesto “El legislativo del gobierno autónomo descentralizado estudiará el proyecto de presupuesto, por programas y subprogramas y lo aprobará en dos sesiones hasta el 10 de diciembre de cada año, conjuntamente con el proyecto complementario de financiamiento, cuando corresponda. Si a la expiración de este plazo no lo hubiere aprobado, éste entrará en vigencia. El legislativo tiene la obligación de verificar que el proyecto presupuestario guarde coherencia con los objetivos y metas del plan de desarrollo y el de ordenamiento territorial respectivos.”

3.El COOTAD.- Estructura del presupuesto.- Art. 220 “La estructura del presupuesto se ceñirá a las disposiciones expresamente consignadas en este Código, en la ley respectiva, en la reglamentación general que expedirá el gobierno central y en la normativa que dicte el gobierno autónomo descentralizado respectivo”, el Art. 221 nos dice “El presupuesto de los gobiernos autónomos descentralizados constará de las siguientes partes: Ingresos; Egresos; y, Disposiciones Generales. El presupuesto contendrá, además, un anexo con el detalle distributivo de sueldos y salarios”.

4.El COOTAD.- Reforma del Presupuesto.- Art. 255.Reforma presupuestaria.- Una vez sancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos. Estas operaciones se efectuarán de conformidad con lo previsto en las siguientes secciones de este Código.

5.El COOTAD.- Traspasos.- Art. 256.- El ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, de oficio o previo informe de la persona responsable de la unidad financiera, o a pedido de este funcionario, podrá autorizar traspasos de créditos disponibles dentro de una misma área, programa o subprograma, siempre que en el programa, subprograma o partida de que se tomen los fondos hayan disponibilidades suficientes, sea porque los respectivos gastos no se efectuaren en todo o en parte debido a causas imprevistas o porque se demuestre con el respectivo informe que existe excedente de disponibilidades.

28 de junio de 2013

Los traspasos de un área a otra deberán ser autorizados por el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a petición del ejecutivo local, previo informe de la persona responsable de la unidad financiera.

6.El COOTAD.- Suplementos de Créditos.- Art. 259.Otorgamiento.- Los suplementos de créditos se clasificarán en: créditos adicionales para servicios considerados en el presupuesto y créditos para nuevos servicios no considerados en el presupuesto. Los suplementos de créditos no podrán significar en ningún caso disminución de las partidas constantes en el presupuesto.

El otorgamiento de suplementos de créditos estará sujeto a las siguientes condiciones: •

Que las necesidades que se trata de satisfacer sean urgentes y no se las haya podido prever;

Que no exista posibilidad de cumplirla ni mediante la partida de imprevistos, ni mediante traspasos de créditos;

Que se creen nuevas fuentes de ingreso o se demuestre que las constantes en el presupuesto deben rendir más. sea por no habérselas estimado de manera suficiente o porque en comparación con el ejercicio o ejercicios anteriores se haya producido un aumento ponderado total de recaudaciones durante la ejecución del presupuesto y existan razones fundadas para esperar que dicho aumento se mantenga o incremente durante todo el ejercicio financiero; y,

Que en ninguna forma se afecte con ello al volumen de egresos destinados al servicio de la deuda pública o a las inversiones.

7.El COOTAD.- Reducción de Créditos.- Art. 261.- Si el curso del ejercicio financiero se comprobare que los ingresos efectivos tienden a ser inferiores a las cantidades asignadas en el presupuesto, el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a petición del ejecutivo, y previo informe de la persona responsable de la unidad financiera, resolverá la reducción de las partidas de egresos que se estime convenientes, para mantener el equilibrio presupuestario.


13 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------8.La “ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2013” ascendió a $ 4.191.234.29, la misma que fue conocida, discutida y aprobada en dos debates realizados en las sesiones de los días 07 y 10 de diciembre del año 2012, en primer y segundo debate respectivamente, por parte del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado.

9.Ejecución presupuestaria a través de la generación de las respectivas cedulas presupuestarias de ingresos y gastos cortada al 30 de noviembre de 2013 a nivel auxiliar.

10. La Dirección Financiera, del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, ha preparado: EL PRIMER PROYECTO DE REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013-CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2013, al amparo de lo dispuesto en el Art. 255 del COOTAD, mediante traspasos, suplementos y reducciones de créditos

En uso de las atribuciones constitucionales y legales que le confiere el Art. 7, 57 lit. a) y Arts. 255, 256, 259 y 261 del COOTAD, expide la siguiente,

QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2013.

CAPITULO I BASES LEGALES Y GENERALIDADES.

Art. 1.- FUNDAMENTO LEGAL.- Los Art. 255, 256, 257, 258, 259, 260 y 261 del COOTAD permiten al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado realizar reformas al ejercicio económico en vigencia.

Art. 2.- REFORMA PRESUPUESTARIA.- Una vez sancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos. Estas operaciones se efectuarán de conformidad con lo previsto en las siguientes secciones de este Código.

28 de junio de 2013 Art. 3.- SUPLEMENTOS DE CREDITOS.- Se clasificarán en: créditos adicionales para servicios considerados en el presupuesto y créditos para nuevos servicios no considerados en el presupuesto. Los suplementos de créditos no podrán significar en ningún caso disminución de las partidas constantes en el presupuesto.

Art. 4.- TRASPASOS DE CREDITOS.- El ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, de oficio o previo informe de la persona responsable de la unidad financiera, o a pedido de este funcionario, podrá autorizar traspasos de créditos disponibles dentro de una misma área, programa o subprograma, siempre que en el programa, subprograma o partida de que se tomen los fondos hayan disponibilidades suficientes, sea porque los respectivos gastos no se efectuaren en todo o en parte debido a causas imprevistas o porque se demuestre con el respectivo informe que existe excedente de disponibilidades.

Los traspasos de un área a otra deberán ser autorizados por el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a petición del ejecutivo local, previo informe de la persona responsable de la unidad financiera.

Art. 5.- REDUCCION DE CREDITOS.- Si en el curso del ejercicio financiero se comprobare que los ingresos efectivos tienden a ser inferiores a las cantidades asignadas en el presupuesto, el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a petición del ejecutivo, y previo informe de la persona responsable de la unidad financiera, resolverá la reducción de las partidas de egresos que se estime convenientes, para mantener el equilibrio presupuestario CAPITULO II INTRODUCCIÓN DE LA REFORMA AL EJERCICIO ECONÓMICO 2013 Art. 4.- EN CUANTO A LOS INGRESOS Y GASTOS.Incrementar el monto de LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013-CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2013, mediante suplementos de créditos por el valor de $ 949.790.00, reducciones de créditos por $ 470.000.00 y traspasos de créditos por $ 207.880.00 en varias partidas presupuestarias de acuerdo al siguiente detalle:


14 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO REFORMA PRESUPUESTARIA 2013 SUPLEMENTO PARTIDA PRESUPUESTA RIA

DENOMINACION

INGRESOS CORRIENTES

11

IMPUESTOS

11.01

SOBRE LA RENTA, UTILIDADES Y GANANCIAS DE CAPITAL

11.01.02

A LA UTILIDAD POR LA VENTA DE PREDIOS URBANOS

11.02

SOBRE LA PROPIEDAD

11.02.01

TRASPASOS

INICIAL INGRESO S

1

REDUCCION

GASTOS

INGRES OS

GASTOS

AUMENT OS

DISMINUCIO NES

CODIFICA DO

49,380.27

49,380.27

A LOS PREDIOS URBANOS

32,113.15

32,113.15

11.02.02

A LOS PREDIOS RUSTICOS

47,337.40

23,000.0 0

70,337.40

11.02.03

A LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD O EN EL REGISTRO MERCANTIL

50,000.00

13,200.0 0

63,200.00

11.02.06

DE ALCABALAS

49,152.08

2,000.00

51,152.08

11.02.07

A LOS ACTIVOS TOTALES

82,164.49

11.02.99

OTROS IMPUESTOS SOBRE LA PROPIEDAD

14,110.00

11.03

AL CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS

11.03.12

A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS

11.03.99

OTROS IMPUESTOS AL CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS

82,164.49

7,170.00

21,280.00

100.00

100.00

10.00

10.00


15 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

11.07

IMPUESTOS DIVERSOS

11.07.04

PATENTES COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS

11.07.08

AL DESPOSTE DE GANADO

11.07.99

OTROS IMPUESTOS

13

TASAS Y CONTRIBUCIONES

13.01

TASAS GENERALES

13.01.02

28 de junio de 2013

64,775.39

7,280.00

64,775.39

800.00

8,080.00

10.00

10.00

ACCESO A LUGARES PUBLICOS

10.00

10.00

13.01.03

OCUPACION DE LUGARES PUBLICOS

61,460.00

61,460.00

13.01.06

ESPECIES FISCALES

1,182.73

13.01.07

VENTA DE BASES

5,000.00

13.01.08

PRESTACION DE SERVICIOS

9,220.00

13.01.09

RODAJE DE VEHICULOS MOTORIZADOS

13.01.16

RECOLECCION DE BASURA

60,000.00

13.01.17

AFERICION DE PESAS Y MEDIDAS

10.00

10.00

13.01.18

APROBACION DE PLANOS E INSPECCIONES DE CONSTRUCCIONES

29,250.00

29,250.00

13.01.99

OTRAS TASAS

15,550.00

15,550.00

13.04

CONTRIBUCIONES

13.04.08

ACERAS, BORDILLOS Y CERCAS

40,000.00

40,000.00

14

VENTA DE BIENES Y SERVICIOS

14.02

VENTA DE PRODUCTOS Y MATERIALES

14.02.99

DE PRODUCTOS Y MATERIALES VARIOS

40,000.00

40,000.00

4,000.00

5,182.73 5,000.00

13,000.0 0

10.00

22,220.00

10.00 70,000.0 0

130,000.00


16 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

14.03

RENTAS DE INVERSIONES

14.03.10

DE ESPECTACULOS PUBLICOS

10.00

10.00

14.03.99

OTROS SERVICIOS TECNICOS Y ESPECIALIZADOS

10.00

10.00

17

RENTAS DE INVERSIONES Y MULTAS

17.01

RENTAS DE INVERSIONES

17.01.01

INTERESES POR DEPOSITOS A PLAZO

10.00

10.00

17.01.99

INTERESES POR OTRAS OPERACIONES

1.70

1.70

17.02

RENTAS POR ARRENDAMIENTOS DE BIENES

17.02.01

TERRENOS

17.02.02

EDIFICIOS, LOCALES Y RESIDENCIAS

17.02.03

MOBILIARIOS

17.02.99

OTROS ARRENDAMIENTOS

17.03

INTERESES POR MORA

17.03.01

TRIBUTARIA

17.03.02

ORDENANZAS MUNICIPALES

17.04

MULTAS

17.04.01

TRIBUTARIAS

17.04.02

INFRACCION A ORDENANZAS MUNICIPALES

17.04.04

INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS

17.04.99

OTRAS MULTAS

2,700.00

64,000.0 0

66,700.00

12,330.00

4,000.00

16,330.00

150.00

500.00

650.00

10.00

11,445.00

10.00

4,000.00

15,445.00

10.00

10.00

10.00

10.00

1,520.28

1,520.28

10.00

10.00

5,595.84

5,595.84


17 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

18

TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES

18.06

APORTES Y PARTICIPACIONES CORRIENTES DEL REGIMEN

18.06.16

DEL FONDO DE DESCENTRALIZACIO N DE MUNICIPIOS

19

OTROS INGRESOS

19.01

GARANTIAS Y FINANZAS

19.01.01

EJECUCION DE GARANTIAS

19.02

INDEMNIZACIONES Y VALORES NO RECLAMADOS

19.02.01

INDEMNIZACION POR SINIESTROS

19.04

OTROS NO OPERACIONALES

19.04.99

OTROS NO ESPECIFICADOS

2

INGRESOS DE CAPITAL

24

VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

24.01

BIENES MUEBLES

24.01.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

24.01.05

VEHICULOS

27

RECUPERACION DE INVERSIONES

27.02

RECUPERACION DE PRESTAMOS

27.02.07

SECTOR PRIVADO

717,172.0 9

28 de junio de 2013

35,500.0 0

752,672.09

10.00

10.00

10.00

10.00

1,050.00

65,000.0 0

66,050.00

10.00

10.00

50,000.00

50,000.00

10.00

10.00


18 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

28

TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL E INVERSION

28.01

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL E INVERSION DEL SECTOR PUBLICO

28.01.02

DE ENTIDADES DESCENTRALIZADA S Y AUTONOMAS

28.01.06

DE ENTIDADES FINANCIERAS PUBLICAS

100.00

100.00

28.01.08

DE CUENTAS O FONDOS ESPECIALES

100.00

100.00

28.06

APORTES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL E INVERSIONES DEL REGIMEN SECCIONAL AUTONOMO

28.06.16

DEL FONDO DE DESCENTRALIZACIO N DE MUNICIPIOS

28.1

REINTEGRO DEL IVA

28.10.02

DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO A LOS GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADO S MUNICIPALES

3

INGRESOS DE FINANCIAMIENTO

36

FINANCIAMIENTO PUBLICO

36.02

FINANCIAMIENTO PUBLICO INTERNO

36.02.01

DEL SECTOR PUBLICO FINANCIERO

37

SALDOS DISPONIBLES

37.01

SALDOS EN CAJA BANCOS

415,432.3 2

240,000. 00

655,432.32

1,673,401 .55

82,500.0 0

1,755,901.55

0.00

260,000.0 0

260,000.00

490,000.0 0

470,000. 00

20,000.00


19 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

37.01.01

DE FONDOS DE GOBIERNO CENTRAL

1,000.00

25,660.0 0

26,660.00

37.01.02

DE FONDOS DE AUTOGESTION

1,000.00

460.00

1,460.00

38

CUENTAS PENDIENTES POR COBRAR

38.01

CUENTAS PENDIENTES POR COBRAR

38.01.01

DE CUENTAS POR COBRAR

75,000.00

35,000.0 0

110,000.00

38.01.02

DE ANTICIPOS DE FONDOS

75,000.00

75,000.00

4,191,234.29

4,671,024.29

FUNCION 1.SERVICIOS GENERALES PROGRAMA 1.ADMINISTRACIÓN GENERAL SUBPROGRAMA 1.ADMINISTRACIÓN GENERAL

5

GASTOS CORRIENTES

51

GASTOS EN PERSONAL

51.01

REMUNERACIONES BÁSICAS

51.01.05

REMUNERACIONES UNIFICADAS

329,988.0 0

51.01.06

SALARIOS UNIFICADOS

84,062.76

51.02

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIAS

51.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

34,430.23

34,430.23

51.02.04

DECIMOCUARTO SUELDO

10,240.00

10,240.00

51.03

REMUNERACIONES COMPENSATORIAS 690.00

690.00

51.03.04 COMPENSACION POR

335,988.0 0

6,000.00

3,500.00

80,562.76


20 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

TRANSPORTE 51.03.07

COMISARIATO

110.00

110.00

51.04.

SUBSIDIOS

51.04.01

POR CARGAS FAMILIARES

558.00

558.00

51.04.08

SUBSIDIO DE ANTIGÜEDAD

655.00

655.00

51.05

REMUNERACIONES TEMPORALES

51.05.08

DIETAS

10.00

10.00

51.05.10

SERVICIOS PERSONALES POR CONTRATO

7,464.00

51.05.12

SUBROGACIONES

4,000.00

51.06

APORTE PATRONAL A LA SEGURIDAD SOCIAL

51.06.01

APORTE PATRONAL

44,602.46

3,100.00

47,702.46

51.06.02

FONDO DE RESERVA

31,628.88

1,700.00

33,328.88

51.07

INDEMNIZACIONES

51.07.04

COMPENSACION POR DESAUCIO

19,000.00

8,000.00

77,000.00

51.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

2,500.00

53

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

53.01

SERVICIOS BÁSICOS

53.01.01

AGUA POTABLE

2,652.00

53.01.04

ENERGIA ELECTRICA

8,164.00

53.01.05

TELECOMUNICACIO NES

53.01.06

SERVICIO DE CORREO

1,300.00

4,000.00

50,000.0 0

2,500.00

1,000.00

3,000.00

3,652.00

11,164.00

10,940.00

500.00

8,764.00

10,940.00

2,000.00

2,500.00


21 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

53.02

SERVICIOS GENERALES

53.02.01

TRANSPORTE DE PERSONAL

3,500.00

1,000.00

4,500.00

53.02.04

EDICION, IMPRESIÓN REPRODUCION Y PUBLICACIONES

5,400.00

5,000.00

10,400.00

53.02.06

EVENTOS PUBLICOS Y OFICIALES

2,000.00

2,000.00

53.02.09

SERVICIO DE ASEO

10.00

10.00

53.02.99

OTROS SERVICIOS GENERALES

4,000.00

4,000.00

53.03

TRASLADOS, INSTALACIONES,VIÁ TICOS Y SUBSISTENCIAS

53.03.01

PASAJES AL INTERIOR

1,500.00

1,500.00

53.03.02

PASAJES AL EXTERIOR

2,000.00

53.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL INTERIOR

8,500.00

53.03.04

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL EXTERIOR

2,000.00

53.04

INSTALACIONES, MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

53.04.03

MOBILIARIOS

53.04.04

1,900.00

100.00

8,500.00

1,900.00

100.00

500.00

700.00

1,200.00

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

1,500.00

500.00

2,000.00

53.04.05

VEHICULOS

9,100.00

9,100.00

53.04.99

OTRAS INSTALACIONES, MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

500.00

500.00

53.05

ARRENDAMIENTO DE BIENES

53.05.02

EDIFICIOS LOCALES Y RESIDENCIAS

10.00

10.00

53.06

CONTRATACIÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN


22 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

53.06.03

SERVICIOS DE CAPACITACIÓN

53.07

GASTOS EN INFORMATICA

53.07.04

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPOS Y SISTEMAS INFORMATICOS

53.08

BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

53.08.01

28 de junio de 2013

10,000.00

2,000.00

8,000.00

1,500.00

1,500.00

ALIMENTOS Y BEBIDAS

1,500.00

1,500.00

53.08.02

VESTUARIO, LENCERIA Y PRENDAS DE PROTECCION

6,000.00

6,000.00

53.08.03

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

9,010.00

9,010.00

53.08.04

MATERIALES DE OFICINA

33,000.00

53.08.05

MATERIALES DE ASEO

2,000.00

2,000.00

53.08.07

MATERI. IMPRESIÓN FOTOGRAFIA REPRODUCCION Y PUBLICACIONES

3,700.00

3,700.00

53.08.13

REPUESTOS Y ACCESORIOS

53.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO

53.14

BIENES MUEBLES NO DEPRECIABLES

53.14.03

17,100.00

9,370.00

5,000.00

23,630.00

22,100.00

2,000.00

2,000.00

MOBILIARIOS

2,000.00

2,000.00

53.14.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

1,000.00

1,000.00

53.14.06

HERRAMIENTAS

1,000.00

1,000.00

56

GASTOS FINANCIEROS

56.02

INTERESES Y OTROS CARGOS DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA


23 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

56.02.01

SECTOR PUBLICO INTERNO FINANCIERO

57

OTROS GASTOS CORRIENTES

57.02

SEGUROS COSTOS FINANCIEROS Y OTROS GASTOS

57.02.01

SEGUROS

57.02.06

COSTAS JUDICIALES

8

GASTOS DE CAPITAL

84

BIENES DE LARGA DURACION

84.01

BIENES MUEBLES

84.01.03

28 de junio de 2013

11,000.00

32,500.00

3,000.00

3,500.00

8,000.00

36,000.00

2,000.00

2,000.00

MOBILIARIOS

10,000.00

10,000.00

84.01.05

VEHICULOS

35,000.00

35,000.00

84.01.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

15,000.00

15,000.00

120,012.00

120,012.00

9,939.00

9,939.00

3,200.00

3,200.00

FUNCIÓN 1.SERVICIOS GENERALES PROGRAMA 2.ADMINISTRACIÓN FINANCIERA SUBPROGRAMA 1.ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

5

GASTOS CORRIENTES

51

GASTOS EN PERSONAL

51.01

REMUNERACIONES BÁSICAS

51.01.05

REMUNERACIONES UNIFICADAS

51.02

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIAS

51.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

51.02.04 DECIMOCUARTO


24 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

SUELDO

51.04

SUBSIDIOS

51.04.99

OTROS SUBSIDIOS

51.05

REMUNERACIONES TEMPORALES

51.05.10

SERVICIOS PERSONALES POR CONTRATO

7,020.00

51.05.12

SUBROGACIONES

1,500.00

51.06

APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

51.06.01

APORTE PATRONAL

12,816.28

51.06.02

FONDO DE RESERVA

9,167.58

9,167.58

51.07

INDEMNIZACIONES

51.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

10.00

10.00

53

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

53.02

SERVICIOS GENERALES

53.02.99

OTROS SERVICIOS GENERALES

100.00

100.00

53.03

TRASLADO INSTALACION Y SUBSISTENCIAS

53.03.01

PASAJES AL INTERIOR

100.00

100.00

53.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL PAIS

1,500.00

1,500.00

53.04

INSTALACION, MANTENIMIENTOY REPARACIONES

10.00

10.00

1,000.00

8,020.00 1,500.00

950.00

13,766.28


25 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

53.04.03

MOBILIARIOS

10.00

10.00

53.04.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

10.00

10.00

53.06

CONTRATACIÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN

53.06.02

SERVICIO DE AUDITORIA

10.00

10.00

53.06.03

SERVICIO DE CAPACITACION

10.00

10.00

53.07

GASTOS EN INFORMATICA

53.07.01

DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMATICOS

4,000.00

4,000.00

53.08

BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

53.08.02

VESTUARIO, LENCERIA Y PRENDAS DE PROTECCION

2,500.00

2,500.00

53.08.04

MATERIALES DE OFICINA

10.00

10.00

53.08.07

MATERI. IMPRESIÓN FOTOGRAFIA REPRODUCCION Y PUBLICACIONES

8,450.00

8,450.00

53.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

100.00

100.00

57

OTROS GASTOS CORRIENTES

57.02

SEGUROS, COSTOS FINANCIEROS Y OTROS GASTOS

57.02.01

SEGUROS

2,500.00

2,500.00

57.02.03

COMISIONES BANCARIAS

1,000.00

1,000.00

57.02.99

OTROS GASTOS FINANCIEROS

8

GASTOS DE CAPITAL

55,000.00

9,000.00

64,000.00


26 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

84

BIENES DE LARGA DURACION

84.01

BIENES MUEBLES

84.01.03

MOBILIARIOS

84.01.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

28 de junio de 2013

10.00

10.00

1,500.00

1,500.00

35,508.00

35,508.00

FUNCIÓN 1.SERVICIOS GENERALES PROGRAMA 4.DIRECCION DE TALENTO HUMANO SUBPROGRAMA 1.-

5

GASTOS CORRIENTES

51

GASTOS EN PERSONAL

51.01

REMUNERACIONES BÁSICAS

51.01.05

REMUNERACIONES UNIFICADAS

51.02

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIAS

51.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

1,096.00

51.02.04

DECIMOCUARTO SUELDO

640.00

640.00

51.04

SUBSIDIOS

51.04.99

OTROS SUBSIDIOS

10.00

10.00

51.05

REMUNERACIONES TEMPORALES

51.05.12

SUBROGACIONES

10.00

10.00

51.06

APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

51.06.01

APORTE PATRONAL

3,791.96

5.1.06.02

FONDO DE RESERVA

1,042.92

1,850.00

1,670.00

2,946.00

420.00

4,211.96

120.00

2,832.92


27 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------51.07

INDEMNIZACIONES

51.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

53

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

53.02

SERVICIOS GENERALES

53.02.99

OTROS SERVICIOS GENERALES

53.03

TRASLADO INSTALACION, VIÁTICOS Y SUBSISTENCIAS

53.03.01

28 de junio de 2013

1,000.00

1,000.00

2,000.00

2,000.00

PASAJES AL INTERIOR

100.00

100.00

53.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL PAIS

500.00

500.00

53.04

INSTALACION, MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

53.04.03

MOBILIARIOS

10.00

10.00

53.04.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

100.00

100.00

53.06

CONTRATACIÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN

53.06.03

SERVICIOS DE CAPACITACIÓN

53.07

GASTOS EN INFORMATICA

53.07.04

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPOS Y SISTEMAS INFORMATICOS

53.08

BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

20,000.00

10.00

17,000.00

3,000.00

10.00


28 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

53.08.02

VESTUARIO, LENCERIA Y PRENDAS DE PROTECCION

53.08.04

28 de junio de 2013

250.00

250.00

MATERIALES DE OFICINA

10.00

10.00

53.08.13

REPUESTOS Y ACCESORIOS

10.00

10.00

53.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

500.00

500.00

53.14

BIENES MUEBLES NO DEPRECIABLES

53.14.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

10.00

10.00

8

GASTOS DE CAPITAL

84

BIENES DE LARGA DURACION

84.01

BIENES MUEBLES

84.01.03

MOBILIARIOS

10.00

10.00

84.01.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

10.00

10.00

129,359.5

129,359.5

FUNCIÓN 2.SERVICIOS SOCIALES PROGRAMA 1.DIRECCION DE CULTURA, COMUNICACIÓN Y RESPONSABILIDAD SOCIAL SUBPROGRAMA 1.DIRECCION DE CULTURA, COMUNICACIÓN Y RESPONSABILIDAD SOCIAL

7

GASTOS DE INVERSION

51

GASTOS EN PERSONAL

71.01

REMUNERACIONES BÁSICAS

71.01.05 REMUNERACIONES


29 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1-------UNIFICADAS

28 de junio de 2013

2

2

71.02

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIA

71.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

10,757.00

10,757.00

71.02.04

DECIMOCUARTO SUELDO

4,480.00

4,480.00

71.04

SUBSIDIOS

71.04.06

POR VACACIONES

71.05

REMUNERACIONES TEMPORALES

71.05.10

SERVICIOS PERSONALES POR CONTRATO

122,984.0 0

71.05.12

SUBROGACIONES

10.00

71.06

APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

71.06.01

APORTE PATRONAL

13,814.52

71.06.02

FONDO DE RESERVA

9,881.63

71.07

INDEMNIZACIONES

71.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

73

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

73.01

SERVICIOS Bร SICOS

73.01.01

AGUA POTABLE

150.00

150.00

73.01.04

ENERGIA ELECTRICA

440.00

440.00

73.01.05

TELECOMUNICACIO NES

10.00

10.00

73.02

SERVICIOS GENERALES

10.00

10.00

10.00

44,000.0 0

0.00

166,984.0 0 10.00

1,250.00

15,064.52 9,881.63

10.00

20.00


30 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

73.02.01

TRANSPORTE DE PERSONAL

1,100.00

73.02.04

EDICION, IMPRESIÓN REPRODUCION Y PUBLICACIONES

3,000.00

73.02.05

ESPECTACULOS CULTURALES Y SOCIALES

73.02.06

EVENTOS PUBLICOS Y OFICIALES

73.02.17

DIFUSION INFORMACÓN Y PUBLICIDAD

73.02.99

OTROS SERVICIOS

73.03

TRASLADO INSTALACION VIATICOS Y SUBSITENCIAS

73.03.01

PASAJES AL INTERIOR

6,100.00

73.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL PAIS

1,200.00

1,200.00

73.04

INSTALACIONES, MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

73.04.03

MOBILIARIOS

50.00

50.00

73.04.99

OTRAS INSTALACIONES, MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

100.00

100.00

73.05

ARRENDAMIENTO DE BIENES

73.05.02

EDIFICIOS LOCALES Y RESIDENCIAS

6,000.00

6,000.00

73.06

CONSTRATACION DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

73.06.03

SERVICIO DE CAPACITACIÓN

1,000.00

1,000.00

73.08

BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

45,000.00

8,000.00

9,100.00

3,000.00

58,200.00

13,200.00

1,300.00

1,300.00

20,000.00

20,000.00

7,000.00

7,000.00

5,000.00

1,100.00


31 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

73.08.01

ALIMENTACION Y BEBIDAS

73.08.02

VESTUARIOS LENCERIAS Y PRENDAS DE PROTECCION

4,300.00

4,300.00

73.08.04

MATERIALES DE OFICINA

3,000.00

3,000.00

73.08.05

MATERIALES DE ASEO

2,500.00

2,500.00

73.08.07

MATERIALES IMPRESIÓN FOTOGRAFIA REPRODUCCION Y PUBLICACIONES

16,600.00

16,600.00

73.08.12

MATERIAL DIDACTICO

3,000.00

3,000.00

73.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO DE INVERSION

28,000.00

28,000.00

73.14

BIENES MUEBLES NO DEPRECIABLES

73.14.08

BIENES ARTISTICOS Y CULTURALES

2,500.00

2,500.00

8

GASTOS DE CAPITAL

84

ACTIVOS DE LARGA DURACION

84.01.03

MOBILIARIOS

10.00

10.00

84.01.07

EQUIPOS Y SISTEMAS DE COMPUTACION

8,000.00

8,000.00

84.01.08

BIENES ARTISTICOS Y CULTURALES

10.00

10.00

FUNCIÓN 3.SERVICIOS COMUNALES PROGRAMA 1.DIRECCION DE PLANIFICACION Y TERRITORIALIDAD SUBPROGRAMA 1.DIRECCION DE PLANIFICACION Y TERRITORIALIDAD

7

GASTOS DE INVERSION

34,550.00

72,000.00

106,550.00


32 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

71

GASTOS EN PERSONAL

71.01.

REMUNERACIONES BÁSICAS

71.01.05

REMUNERACIONES UNIFICADAS

106,344.0 0

71.01.06

SALARIOS UNIFICADOS

12,096.00

12,096.00

71.02

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIAS

71.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

9,725.00

9,725.00

71.02.04

DECIMOCUARTO SUELDO

2,880.00

2,880.00

71.03

REMUNERACIONES COMPENSATORIAS

71.03.04

COMPENSACION POR TRANSPORTE

125.00

125.00

71.03.07

COMISARIATO

20.00

20.00

71.04

SUBSIDIOS

71.04.01

POR CARGAS FAMILIARES

60.00

60.00

71.04.08

SUBSIDIO DE ANTIGÜEDAD

125.00

125.00

71.04.99

OTROS SUBSIDIOS

10.00

10.00

71.05

REMUNERACIONES TEMPORALES

71.05.10

SERVICIOS PERSONALES POR CONTRATO

26,436.00

71.05.12

SUBROGACIONES

10.00

71.06

APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

71.06.01

APORTE PATRONAL

71.06.02

FONDOS DE RESERVA

71.07

INDEMNIZACIONES

12,703.84

7,753.17

3,500.00

9,000.00

102,844.00

17,436.00 10.00

190.00

12,893.84

7,753.17


33 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

71.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

73

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

73.02

SERVICIOS GENERALES

73.02.99

OTROS SERVICIOS

73.03

TRASLADO INSTALACION VIATICOS Y SUBSISTENCIAS

73.03.01

PASAJES AL INTERIOR

73.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL PAIS

73.04

MANTENIMIENTO CONSERVACIÓN E INSTALACIÓN

73.04.04

28 de junio de 2013

1,000.00

1,000.00

2,000.00

2,000.00

100.00

100.00

2,000.00

2,000.00

EQUIPO Y MAQUINARIA

1,500.00

1,500.00

73.04.06

HERRAMIENTAS

1,300.00

1,300.00

73.06

ASESORIA ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN

73.06.01

CONSULTORIA, ASESORIA E INVESTIGACION ESPECIALIZA

40,000.00

40,000.00

73.06.03

SERVICIOS DE CAPACITACIÓN

10.00

10.00

73.06.05

ESTUDIO Y DISEÑO DE PROYECTOS

73.08

BIENES DE USO Y CONSUMO DE INVERSION

73.08.02

VESTUARIO, LENCERIA Y PRENDAS DE PROTECCION

125,000.0 0

3,000.00

30,000.00

155,000.0 0

3,000.00


34 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

73.08.04

MATERIALES DE OFICINA

200.00

200.00

73.08.07

MATERIALES IMPRESIÓN FOTOGRAFIA REPRODUCCION Y PUBLICACIONES

700.00

700.00

73.08.13

REPUESTOS Y ACCESORIOS

1,300.00

1,300.00

73.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO DE INVERSION

400.00

400.00

8

GASTOS DE CAPITAL

84

BIENES DE LARGA DURACION

84.01

BIENES MUEBLES

84.01.03

MOBILIARIOS

500.00

500.00

84.01.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

2,300.00

2,300.00

84.03

EXPROPIACION DE BIENES

84.03.01

TERRENOS

30,000.00

30,000.00

56,436.00

FUNCIÓN 3.SERVICIOS COMUNALES PROGRAMA 2.DIRECCION DE DESARROLLO SUSTENTABLE SUBPROGRAMA 1.DIRECCION DE DESARROLLO SUSTENTABLE

7

GASTOS DE INVERSION

71

GASTOS EN PERSONAL

71.01

REMUNERACIONES BÁSICAS

71.01.05

REMUNERACIONES UNIFICADAS

56,436.00

71.01.06

SALARIOS UNIFICADOS

127,008.00

13,500.00

113,508.00


35 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

71.02.

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIAS

71.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

15,267.00

15,267.00

71.02.04

DECIMOCUARTO SUELDO

8,000.00

8,000.00

71.03

REMUNERACIONES COMPENSATORIAS

71.03.04

COMPENSACION POR TRANSPORTE

940.00

940.00

71.03.07

COMISARIATO

150.00

150.00

71.04

SUBSIDIOS

71.04.01

POR CARGAS FAMILIARES

600.00

600.00

7.1.04.99

OTROS SUBSIDIOS

10.00

10.00

71.04.08

SUBSIDIO DE ANTIGร EDAD

810.00

810.00

71.05

REMUNERACIONES TEMPORALES

71.05.10

SERVICIOS PERSONALES POR CONTRATO

30,168.00

71.05.12

SUBROGACIONES

1,500.00

71.06

APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

71.06.01

APORTE PATRONAL

20,172.41

71.06.02

FONDO DE RESERVA

14,013.08

14,013.08

71.07

INDEMNIZACIONES

71.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

1,000.00

1,000.00

73

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

8,000.00

22,168.00 1,500.00

580.00

20,752.41


36 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

73.02

SERVICIOS GENERALES

73.02.99

OTROS SERVICIOS

73.03

TRASLADOS, INSTALACIONES VIATICOS Y SUBSISTENCIAS

73.03.01

28 de junio de 2013

5,000.00

5,000.00

PASAJES AL INTERIOR

500.00

500.00

73.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL INTERIOR

500.00

73.04

INSTALACIONES, MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

73.04.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

73.04.05

VEHICULOS

73.06

CONSTRATACION DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

73.06.01

CONSULTORIA, ASESORIA E INVESTIGACION ESPECIALIZADA

73.06.03

SERVICIO DE CAPACITACIÓN

73.08

BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

300.00

800.00

700.00 1,500.00

700.00 700.00

2,200.00

11,000.00

11,000.00

10.00

10.00

73.08.02

VESTUARIOS LENCERIAS Y PRENDAS DE PROTECCION

3,750.00

3,750.00

73.08.03

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

3,000.00

3,000.00

73.08.04

MATERIALES DE OFICINA

500.00

500.00

73.08.05

MATERIALES DE ASEO

2,200.00

73.08.07

MATERI. IMPRESIÓN FOTOGRAFIA REPRODUCCION Y PUBLICACIONES

73.08.13

10,000.00 7,000.00

REPUESTOS Y

800.00

3,000.00

8,000.00

2,000.00 7,000.00


37 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

ACCESORIOS

73.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO DE INVERSION

8

GASTOS DE CAPITAL

84

BIENES DE LARGA DURACION

84.01

BIENES MUEBLES

84.01.03

MOBILIARIOS

10.00

10.00

84.01.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

10.00

10.00

84.01.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

10.00

10.00

46,824.00

10,000.00

7,700.00

2,300.00

FUNCION 3.SERVICIOS COMUNALES PROGRAMA 6.DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS SUBPROGRAMA 1.DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS

7

GASTOS DE INVERSION

51

GASTOS EN PERSONAL

71.01

REMUNERACIONES Bร SICAS

71.01.05

REMUNERACIONES UNIFICADAS

46,824.00

71.01.06

SALARIOS UNIFICADOS

126,835.68

1,000.00

127,835.68

71.02

REMUNERACIONES COMPLEMENTARIAS

71.02.03

DECIMOTERCER SUELDO

13,633.64

1,430.00

15,063.64

71.02.04

DECIMOCUARTO SUELDO

6,080.00

71.03

REMUNERACIONES COMPENSATORIAS

6,080.00


38 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

71.03.04

COMPENSACION POR TRANSPORTE

700.00

700.00

71.03.07

COMISARIATO

110.00

110.00

71.04

SUBSIDIOS

71.04.01

POR CARGAS FAMILIARES

580.00

580.00

71.04.99

OTROS SUBSIDIOS

1,300.00

1,300.00

71.04.08

SUBSIDIO DE ANTIGÜEDAD

660.00

660.00

71.05

REMUNERACIOINES TEMPORALES

71.05.10

SERVICIOS PERSONALES POR CONTRATO

10.00

10.00

71.05.12

SUBROGACIONES

1,000.00

1,000.00

71.06

APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

71.06.01

APORTE PATRONAL

19,126.73

2,380.00

21,506.73

71.06.02

FONDOS DE RESERVA

12,567.34

1,100.00

13,667.34

71.07

INDEMNIZACIONES

71.07.07

COMPENSACION POR VACACIONES NO GOZADAS POR CESACION DE FUNCIONES

73

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

73.02

SERVICIOS GENERALES

73.02.02

FLETES Y MANIOBRAS

5,000.00

73.02.99

OTROS SERVICIOS

1,300.00

73.03

TRASLADO INSTALACION VIÁTICOS Y SUBSISTENCIAS

1,000.00

1,000.00

4,000.00

1,000.00 1,300.00


39 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

73.03.01

PASAJES AL INTERIOR

73.03.03

VIATICOS Y SUBSISTENCIAS EN EL INTERIOR

73.04

INSTALACIONES , MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

73.04.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

73.04.99

OTRAS INSTALACIONES MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES

73.06

CONTRATACIÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN

73.06.03

28 de junio de 2013

100.00

500.00

1,000.00

500.00

16,000.00

24,000.00

600.00

500.00

1,000.00

40,000.00

100.00

100.00

SERVICIO DE CAPACITACIÓN

10.00

10.00

73.06.04

FISCALIZACIONES E INSPECCIONES TECNICAS

10.00

10.00

73.08

BIENES DE USO Y CONSUMO DE INVERSIÓN

73.08.02

VESTUARIO LENCERIA Y PRENDAS DE PROTECCION

4,000.00

4,000.00

73.08.03

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

73.08.04

MATERIALES DE OFICINA

10.00

10.00

73.08.06

HERRAMIENTAS

1,300.00

1,300.00

73.08.11

MATERIALES DE CONTRUCCIÓN, ELECTRICOS, PLOM. CARP.

5,000.00

3,000.00

73.08.13

REPUESTOS Y ACCESORIOS

112,000.0 0

51,000.00

73.08.99

OTROS DE USO Y CONSUMO

75

OBRAS PUBLICAS

75.01

OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

64,000.00

3,000.00

5,000.00

69,000.00

6,000.00

14,000.00 163,000.0 0

3,000.00


40 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013

75.01.01

DE AGUA POTABLE

90,000.00

75.01.03

DE ALCANTARILLADO

60,000.00

40,000.0 0

75.01.04

DE URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO

376,688.66

431,800.00

7.5.01.05

OBRAS PUBLICAS DE TRANSPORTES Y VIAS

90,000.00

7.5.01.07

CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES

90,000.00

7.5.01.11

HABILITAMIENTO Y PROTECCION DEL SUELO Y SUBSUELO YA

300,000.0 0

75.01.99

OTRAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

10.00

10.00

75.04

OBRAS EN LINEAS, REDES E INSTALACIONES ELECTRICAS Y DE TELECOMUNICACI ONES

75.04.01

LINEAS, REDES E INSTALACIONES ELECTRICAS

10.00

10.00

75.05

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

75.05.01

EN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

8

GASTOS DE CAPITAL

8.4

BIENES DE LARGA DURACIร N

8.4.01

BIENES MUEBLES

8.4.01.03

MOBILIARIO

8.4.01.04

MAQUINARIAS Y EQUIPOS

200,000.0 0

8.4.01.06

HERRAMIENTAS

500.00

500.00

8.4.01.07

EQUIPOS, SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

1,500.00

1,500.00

87

INVERSIONES FINANCIERAS

10.00

40,000.00

50,000.00 100,000.0 0

918,488.66

110,000.00

177,500. 00

300,000. 00

50,000.00

40,000.00

20,000.00

247,500.0 0

0.00

24,630.00

24,620.00

10.00

10.00 170,000. 00

30,000.00


41 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

87.02

CONCESIONES DE PRESTAMOS

87.02.07

AL SECTOR PRIVADO

28 de junio de 2013

10.00

10.00

43,520.00

43,520.00

30,000.00

30,000.00

FUNCION 5.SERVICIOS NO CLASIFICABLES PROGRAMA 1.GASTOS COMUNES DE LA ENTIDAD SUPROGRAMA 1.GASTOS COMUNES DE LA ENTIDAD

5

GASTOS CORRIENTES

58

TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES

58.01

TRANSFERENCIAS PARA INVERSION AL SECTOR PUBLICO

58.01.02

A ENTIDADES DESCENTRALIZADA S Y AUTONOMAS

58.02

DONACIONES CORRIENTES AL SECTOR PRIVADO INTERNO

58.02.04

AL SECTOR PRIVADO NO FINANCIERO

FUNCION 5.SERVICIOS NO CLASIFICABLES PROGRAMA 2.SERVICIOS DE LA DEUDA PUBLICA SUPROGRAMA 1.SERVICIOS DE LA DEUDA PUBLICA

9

APLICACIร N DE FINANCIAMIENTO

96

AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA

96.02

AMORTIZACION DEUDA INTERNA


42 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

96.02.01

AL SECTOR PUBLICO FINANCIERO

123,000.0 0

SUMAN

4,191,234.29

28 de junio de 2013 123,000.0 0

949,790.00

Los suplementos de créditos implican aumentar el monto del presupuesto tanto en los ingresos como en los gastos, las reducciones de crédito disminuyen el monto del presupuesto, mientras que los traspasos de créditos permiten mantener el mismo monto presupuestado.

949,790.00

470,000.00

470,000.00

207,880.00

207,880.00

4,671,024.29

Emitida por el Concejo Municipal en el salón de la Casa de Gobierno del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado a los veinte y tres días del mes de diciembre del 2013.

Art. 5.- PERMANENCIA PRESUPUESTARIA.El contenido restante del presupuesto codificado del ejercicio económico del 2013, mantiene su integridad técnica y financiera.

Art. 6.- VIGENCIA.- La presente ordenanza que contiene la primera reforma a la ordenanza presupuestaria N° 001-2013CMPVM para el ejercicio económico 2013, entrará en vigencia, una vez que sea sancionada por el señor Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación, de conformidad con lo que establece el Art. 324 de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial y dominio web de la institución.

CERTIFICADO DE DISCUSIÓN: En mi calidad de Secretario General del Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha y amparado en lo dispuesto en el Art. 352 del COOTAD, CERTIFICO que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada en dos debates realizados en las sesiones del día 20 de diciembre del 2013, acta N° 38 en primer debate, y en segundo y definitivo debate el día 23 de diciembre del 2013, acta N° 39.- Pedro Vicente Maldonado, 26 de diciembre del 2013, las 18h47.LO CERTIFICO.-


43 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

SANCIÓN EJECUTIVA ALCALDIA DE PEDRO VICENTE MALDONADO.De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la presente ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013-CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2013, y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado.- Pedro Vicente Maldonado, 26 de diciembre del 2013, las 19h02.- EJECÚTESE.-

ABG. PACIFICO EGUEZ FALCON Alcalde.

04.- ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA 01-CMPVM-2012 QUE APRUEBA LA URBANIZACIÓN PARTICULAR ARASHÁ UBICADA EN LA COOPERATIVA AGRÍCOLA JOHN F. KENNEDY, SECTOR RURAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

Índice

Ordenanza No. 02-CMPVM-2013 ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA 01-CMPVM-2012, QUE APRUEBA LA URBANIZACIÓN PARTICULAR ARASHÁ UBICADA EN LA COOPERATIVA AGRÍCOLA JOHN F. KENNEDY, SECTOR RURAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EL CONCEJO MUNICIPAL DE VICENTE MALDONADO,

PEDRO

RAZÓN DE SANCIÓN:

Considerando

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal, la ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA No. 001-2013-CMPVM PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2013, el señor Abg. Pacifico Egüez Falcón, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece.- Las diecinueve horas con diez y siete minutos.- LO CERTIFICO.-

1. Art. 14 de la Constitución de la República, ordena.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. 2. El Art. 30 de la Constitución de la República, dispone: Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica. Y el Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la


44 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía. 3. El Art. 54, literal a) del COOTAD dispone que es obligación del Municipio promover el desarrollo para la realización del buen vivir. 4. Los Arts.: 416, 417, 424, 470, 474 y 479 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, contienen las normas para realizar toda urbanización y Art. 72 al 82 de Habilitación del Suelo, de la Normativa Urbana del Cantón. 5. Escritura de compraventa otorgada por el Sr. Ernesto Freire Jurado y Sra. a favor del Sr. Gustavo Diez Cordovez de 12 de mayo de 1997 ante el Notario 7º del Cantón Quito, e inscrita en el Registro de la Propiedad del mismo Cantón el 2 de agosto de 1997.

28 de junio de 2013 planos de Arashá.

la

Urbanización

Particular

8. De la misma forma, la Procuraduría Municipal, emite criterio jurídico favorable para que se apruebe esta Urbanización Particular Urbana. 9. Los planos y documentos presentados reúnen los requisitos legales determinados por el Gobierno Municipal y que existen Informes favorables de la Dirección de Planificación, Procurador Síndico y de la Comisión de Obras Públicas, en su orden. 10. El Art. 53 del COOTAD dispone que en todo proceso social debe haber la participación ciudadana con la finalidad de desconcentrar la actividad municipal y que se cumplan los principios de responsabilidad y solidaridad establecidos en el Art. 4 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. 11. Es necesario controlar por parte del Gobierno Municipal la actividad inmobiliaria a fin de que el crecimiento urbanístico sea ordenado, legal y que no atente al medio ambiente.

6. Escritura de compraventa otorgada por el Sr. Gustavo Diez Cordovez a favor de la Compañía Arashá de 20 de mayo de 1998 ante el Notario Doctor Héctor Vallejo del Cantón Quito e inscrita el 28 de mayo de 1998 en el Registro de la Propiedad del mismo Cantón.

En uso de la facultad que le confiere el Art. 14 y 30 de la de la Constitución de la República y el Art. 7, Art. 57, literal a), Arts. 416, 417, 424, 470, 474 y 479 del COOTAD, expide la:

7. La Dirección de Planificación luego de revisar la documentación adjunta y realizar la inspección al sitio, donde se pudo comprobar la veracidad de los datos proporcionados, emitió CRITERIO TECNICO FAVORABLE para la aprobación de los

ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA 01-CMPVM-2012 QUE APRUEBA LA URBANIZACIÓN PARTICULAR ARASHÁ UBICADA EN LA COOPERATIVA AGRÍCOLA JOHN F. KENNEDY, SECTOR RURAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA.


45 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Art. 1.AUTORIZACIÓN DE URBANIZACIÓN.Autorizase a la COMPAÑÍA ARASHÁ COMPAÑÍA LIMITADA, legalmente representada por la señora ROSA MARÍA ESPERANZA PALLARES FIERRO, a quien para fines de esta ordenanza se le denomina: urbanización, urbanizador, para que de conformidad con la presente Ordenanza y con sujeción a las disposiciones legales pertinentes, urbanice los terrenos de propiedad de su representada. Es autorización, además de las obligaciones urbanísticas constantes en esta ordenanza, CONLLEVA A LA OBSERVACIÓN Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO POR PARTE DEL URBANIZADOR Y DE CADA COPROPIETARIO DE TODAS LAS NORMAS CONSTITUCIONALES, LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN MATERIA AMBIENTAL, y en caso de incumplimiento se incoarán las acciones administrativas, civiles o penales correspondientes. Las acciones y sanciones por daño ambiental son imprescriptibles. La obligación de protección ambiental deberá constar en cada escritura individual.

Art. 2.UBICACIÓN.- El proyecto se desarrolla en el lote 170 de la Cooperativa Agrícola John F. Kennedy ubicado en la vía Calacalí La Independencia, Km 122, sector oeste del Cantón Pedro Vicente Maldonado.

Art. 3.- LINDEROS GENERALES: El proyecto tiene los siguientes linderos: NORTE: 300,00; con vía Calacalí La Independencia; SUR: 240,00 m con camino del primer respaldo; ESTE: 1980,00 m con lote 169, y OESTE: 2090,00 m con lote 171.

28 de junio de 2013 Art. 4.- DATOS DEL PROYECTO: La Urbanización tiene los siguientes datos de áreas:

1. Área total del predio según escritura: 450.000,00 m2. 2. Área a urbanizarse:

229.313,00 m2

3. Área de reserva de los propietarios: 220.687,00 m2 4. Área útil de lotes:

100.440,73 m2.

5. Área de Resort Arashá: 62.218,81 m2. 6. Área de vías:

15.782,53 m2.

7. Área verde comunal total: 16.992,24 m2. 8. Área de protección ecológica: 28.308,63 m2. 9. Área de derecho de vía: 5.462,17 m2. 10. Número de lotes:

95

Art. 5.- ZONIFICACION.- La urbanización se encuentra dentro del área rural de acuerdo a los estudios de actualización de la Normativa Urbana y del Límite Urbano que viene realizando la municipalidad y tiene asignada la zonificación R1002A, con los siguientes datos y coeficientes:

1.

Uso:

Residencial de baja densidad

2.

Forma de ocupación:

Aislada

3.

Área mínima de lote:

1000 m2.

4.

Frente mínimo:

25 metros

5.

Número de pisos:

2 pisos


46 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------6.

Altura de edificación:

7.

COS:

10 %.

8.

CUS:

20 %.

9.

Retiros:

10.

Frente:

10 metros.

Laterales:

5 metros.

Fondo:

5 metros

6 metros.

Número de viviendas por lote: 1 (una)

11. Las cubiertas de las edificaciones serán obligatoriamente inclinadas 12. Se prohíbe expresamente la extracción o explotación de las especies de madera existentes en los lotes. Se permitirá únicamente la limpieza de la superficie destinada a la construcción de la vivienda y áreas complementarias.

Art. 6.- AREA COMUNITARIA Y NATURLEZA JURÍDICA.- La urbanización entrega en forma gratuita al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedro Vicente Maldonado, la siguiente área verde de uso comunal:

a. AREA VERDE RECREATIVA COMUNAL 1: Superficie: 5.046,99 m2. Linderos: Norte: 36,16 m con lote 17, 10,53 m con calle B y 29,70 m con lote 16; Sur: 39,10 m, y 33,45 m con área de protección ecológica; Este: 9,00 m, 12,23m; y, 48,32 m con área de protección ecológica; Oeste: 25,26 m con calle B, 14,64 m con lote 16; y, 63,51 m con lote 171 de la Cooperativa Agrícola Johon F Kennedy.

28 de junio de 2013 b. AREA VERDE RECREATIVA COMUNAL 2. Superficie: 3.682,34 m2. Linderos: Norte: 35,75 m con lote 75; Sur: 70,80 m con lotes 76 y 77; Este: 77,10 m con calle E; Oeste: 83,10 m con área del Resort Arashá.

c. AREA VERDE RECREATIVA COMUNAL 3. Superficie: 7.057,66 m2. Linderos: Norte y oeste: variable con lotes del 49 al 53, lote 59 y calle E; Sur y este: variable con área de protección ecológica. d. AREA VERDE RECREATIVA COMUNAL 4. Superficie: 1.205,25 m2. Linderos: Norte: variable con lotes del 90 al 94 y calle I; Sur: variable con área de protección ecológica; Este: 7.43 m con área de protección ecológica; Oeste: variable con área de protección ecológica.

e. Estas áreas comunitarias, conforme lo dispone el Art. 416 del COOTAD: “Bienes de dominio público.- Son bienes de dominio público aquellos cuya función es la prestación servicios públicos de competencia de cada gobierno autónomo descentralizado a los que están directamente destinados. los bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles; en consecuencia, no tendrán valor alguno los actos, pactos o sentencias, hechos concertados o dictados en contravención a esta disposición. Sin embargo, los bienes a los que se refiere el inciso anterior podrán ser entregados como aporte de capital del gobierno autónomo descentralizado para la constitución de empresas públicas o mixtas o para aumentos de capital en las mismas, siempre que el objetivo sea la prestación de servicios públicos, dentro del


47 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------ámbito de sus competencias. Se consideran bienes de dominio público, las franjas correspondientes a las torres y redes de tendido eléctrico, de oleoductos, poliductos y similares”. f. Además, todos los bienes señalados en el Art. 417 del COOTAD y que constan en los planos de la urbanización, son bienes de dominio público municipal. En caso de reducción, daños o indebida ocupación se impondrá las sanciones en las acciones legales pertinentes a fin de que los bienes vuelvan a su estado anterior.

Art. 7.- CRONOGRAMA VALORADO DE OBRAS.- De acuerdo al cronograma valorado de obras presentado, la urbanización deberá realizar las siguientes obras:

a.

Replanteo, nivelación y movimiento de tierras para apertura de vías.

b. Biotanques sépticos y agua potable. c.

Calzadas afirmadas y lastradas.

d. Cunetas y pasos de agua en vías e.

Sistemas eléctricos público en calles y área comunal y domiciliario.

f.

Áreas comunales y deportivas

g.

Piscinas

h. Chozones, caminerías y glorietas

Art. 8.- OBLIGACIÓN DEL URBANIZADOR DE HACER LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA: La urbanización deberá realizar:

28 de junio de 2013 a. Todas las obras de infraestructura, como: vías lastradas, habilitación de parques, biotanques sépticos, agua potable, energía eléctrica, cunetas y pasos de agua sin excepción alguna deberán ser ejecutadas por cuenta del Urbanizador del bien inmueble, bajo su exclusiva y estricta responsabilidad y dentro de los plazos y parámetros previstos para tal propósito. b. El urbanizador tiene la obligación de cumplir con todas las normas legales y reglamentarias, en la realización de las obras de infraestructura, que protegen los derechos de movilidad de las personas con capacidades especiales. c. Las calles planificadas deben ser respetadas en todas sus características a cabalidad por el urbanizador y propietarios de los lotes. d. Si en el futuro se realizaren trabajos de cambio de material de acabado en las calzadas de las vías, éstos correrán por exclusiva cuenta del urbanizador y/o propietarios de los lotes, deslindando a la municipalidad de toda obligación al respecto. e. En el futuro cuando la densidad de la población lo exija, la urbanización deberá construir plantas de tratamiento de las aguas servidas y cuando ya estén aprobadas, terminadas y en funcionamiento, deberá entregarlas al Municipio para su administración y mantenimiento. Esta obligación deberá constar forzosamente en cada escritura individual, caso contrario el Municipio no las registrará.

Art. 9.- PAGO DE TASAS.- La urbanización tiene la obligación de pagar los valores determinados en la ordenanza que


48 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Reglamenta la Determinación, Administración y Recaudación de Tasas por Servicios Administrativos, sin excepción alguna.

Art. 10.- TRANSFERENCIA GRATUITA DE ÁREAS COMUNALES A FAVOR DEL MUNICIPIO DE PEDRO VICENTE MALDONADO.- Conforme lo dispone el Art. 424 del COOTAD debe cumplir lo siguiente:

1. El Urbanizador a través de esta Ordenanza, a su cuenta, transfiere en forma gratuita, irrevocable, a perpetuidad y sin condición alguna, conforme lo determina la Ley a favor del Gobierno Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el dominio de los inmuebles que han sido destinados como áreas verdes o espacios comunales, determinadas en esta Ordenanza. 2. Es obligación del urbanizador cuidar, mantener y proteger las áreas comunales, hasta que el Municipio entre a gestionarlas, y en caso de invasión o limitación alguna, deberá obligatoriamente poner en conocimiento del Comisario para su recuperación, so pena de ser sancionado como cómplice. 3. Para el cumplimiento de esta obligación social, los copropietarios deberán solicitar al Alcalde, la firma de un CONVENIO GESTIÓN PARTICIPATIVA DE USO Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS COMUNALES.

Art. 11.- PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA.La Urbanización deberá ejecutar las obras:

28 de junio de 2013

a. Las obras serán ejecutadas en un plazo de 12 meses constante en el cronograma valorado presentado por los urbanizadores, contados a partir de la aprobación de la presente reforma. b. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega se le aplicará una sanción de 20 remuneraciones unificadas del trabajador en general a través de la Comisaría, previo informe técnico de la Dirección de Planificación. c. En caso de que por causa justificada, el urbanizador requiera ampliación del plazo conferido para la entrega de las obras, el Urbanizador deberá solicitar por escrito al Concejo Cantonal la prórroga correspondiente, siempre y cuando el avance de obras supere el 50% y la prórroga será a lo máximo de seis meses. d. Si cumplido el plazo, las obras no han sido ejecutadas, el Gobierno Autónomo descentralizado de Pedro Vicente Maldonado, realizará las mismas, con cargo al urbanizador, mas el 50% de recargo.

Art. 12.- RECLAMOS DE TERCEROS.- Si se presentaren reclamos por parte de terceras personas afectadas por la Urbanización, la responsabilidad será exclusivamente del Urbanizador. Art. 13.- ENTREGA DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA.- Una vez terminadas todas las obras de infraestructura, el urbanizador solicitará por escrito la recepción definitiva al Municipio acompañando a la solicitud informes de cumplimiento del 100% de la Empresa


49 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Eléctrica, de la EPMAPA-PVM y de la Dirección de Obras Públicas del Municipio en cuanto a vías, parques y casa, o casas Comunales de que están cumplidas al 100%, luego se hará el acta definitiva en la Dirección de Planificación.

Art. 14.- ENTREGA DE ESCRITURAS INDIVIDUALES.- El urbanizador deberá entregar las escrituras individuales en un plazo de un año. En dichas escrituras deberá hacer constar las obligaciones de hacer en la urbanización y que sean responsabilidad de cada propietario. De igual forma, el urbanizador queda facultado para aplicar las garantía legales en cada escritura a fin de asegurar el pago de las obligaciones de hacer pendientes.

Art. 15.- PLAZO PARA PROTOCOLIZAR LA ORDENANZA.Se concede al Representante Legal de la Urbanización, el plazo de CINCO DÍAS, contados a partir de la aprobación de la presente Ordenanza para protocolizar e inscribirla, la misma que entrará en vigencia desde la fecha de su sanción. Asimismo, se entregará directamente en el Gobierno Municipal cuatro copias certificadas de la protocolización debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad en: la EPMAPA-PVM, Secretaría General, Procuraduría Municipal, Dirección de Planificación y Unidad de Avalúos y Catastros.

DISPOSICIONES GENERALES:

PRIMERA.- Conforme a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, todos los

28 de junio de 2013 copropietarios deberán formar una organización jurídica interna en la urbanización para cuidar, proteger y mantener a su costa todas las áreas comunales, y no podrá nunca reducir su área ni cambiar su categoría, pero sí podrá modificarlas ampliándolas para mejorar su calidad, comodidad y servicios así como para participar en los procesos ciudadanos del Gobierno cantonal. Para realizar laguna obra de infraestructura en el área comunitaria, previamente deberán solicitar autorización al Municipio. SEGUNDA.- Los propietarios a través de su organización quedan facultados para celebrar convenios de gestión participativa con las instituciones públicas o privadas para la protección, cuidado y mantenimiento de los bienes de dominio público. TERECERA.- Todas las obras hechas por el urbanizador o copropietarios con sus propios recursos no estarán sujetas al pago del impuesto por mejoras. CUARTA: Es obligación del urbanizador o propietarios organizar en forma obligatoria un sistema de clasificación de los desechos sólidos en la urbanización así como establecer puntos fijos para la recolección por parte del Municipio y pagar sin excepción alguna la tasa por dicho servicio o de mejoras dentro de ese sistema. QUINTA.- El urbanizador tiene el derecho para suscribir toda clase de convenios con personas naturales o jurídicas para la ejecución de las obras de infraestructura de la urbanización. SEXTA.- Luego de la aprobación de la ordenanza por el Concejo Municipal, la


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Dirección de Planificación procederá al sellado definitivo de la documentación y planos de la urbanización. SÉTIMA.- La Procuraduría Municipal en el término de cinco días elaborará la minuta del acto administrativo donde constará la transferencia gratuita del área verde comunal. Los gastos de dicha escritura serán de cuenta de las urbanizadoras.

OCTAVA.-Los representantes de la urbanización deberán obligatoriamente presentar la licencia ambiental en el plazo de 12 meses contados a partir de la aprobación de la ordenanza bajo la prevención de que el no cumplimiento de esta disposición será causal para dar de baja a la ordenanza.

NOVENA.- La dirección de Desarrollo Sustentable será la encargada de la verificación del cumplimiento del Plan de manejo y podrá en cualquier momento realizar las inspecciones necesarias para cumplir con lo dicho. VIGENCIA Esta ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial Municipal.

Emitida por el Concejo Municipal en el salón de la Casa de Gobierno del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado a los quince días del mes de febrero del 2013.

SRA. CONSUELO REINA TORRES. VICEALCALDESA.

CERTIFICADO DE DISCUSIÓN: En mi calidad de Secretario General del Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha y amparado en lo dispuesto en el Art. 352 del COOTAD, CERTIFICO que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada en dos debates realizados en las sesiones del día 30 de mayo del 2012, acta N° 20 en primer debate, y en segundo y definitivo debate el día 15 de febrero del 2013, acta N° 6.- Pedro Vicente Maldonado, 18 de febrero del 2013, las 17h00.- LO CERTIFICO.-

SANCIÓN EJECUTIVA ALCALDIA DE PEDRO VICENTE MALDONADO.De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la presente ORDENANZA REFORMATORIA DE LA URBANIZACIÓN PARTICULAR ARASHÁ UBICADA EN LA COOPERATIVA AGRÍCOLA JOHN F. KENNEDY, SECTOR RURAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA , y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado.- Pedro Vicente Maldonado, 18 de febrero del 2013, las 17h20. EJECÚTESE.-

ABG. PACIFICO EGUEZ FALCON Alcalde.


51 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

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RAZÓN DE SANCIÓN: Sancionó y ordenó la promulgación a través de

conforme el informe INF-2-MEC-2013, emitido por la Comisión de Mesa Excusa y Calificaciones.

su publicación en la Gaceta Oficial Municipal la ORDENANZA REFORMATORIA DE LA URBANIZACIÓN PARTICULAR ARASHÁ UBICADA

EN

LA

COOPERATIVA

RESOLUCIÓN, adoptada con el voto favorable de la totalidad de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

AGRÍCOLA JOHN F. KENNEDY, SECTOR RURAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO,

PROVINCIA

DE

PICHINCHA, el señor Profesor Armando Mena Morales, Alcalde encargado del Cantón

CÚMPLASE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-

Pedro Vicente Maldonado, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil trece.- Las 17H40.- LO CERTIFICO.ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 13-SG-CMPVM-2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 08 de julio del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 08 de julio del 2013, las 17h13. LO CERTIFICO.01.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 13-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 13-SG-CMPVM-2013.

02.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 14-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 08 de julio del 2013, las 12H12.CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 21-SG-2013 del día miércoles, 03 de julio del 2013, en el quinto punto del orden del día, el Concejo Municipal resolvió conceder licencia al Concejal Freddy Gaón Sabando a partir del 04 de julio al 04 de agosto del 2013

Índice

Resolución Legislativa No. 14-SG-CMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 22 de julio del 2013, las 12H17.-


52 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 22-SG-2013 del día lunes, 22 de julio del 2013, en el cuarto punto del orden del día, el Concejo Municipal aprobó la planificación de la III FERIA DE INTEGRACIÓN REGIONAL DEL NOROCCIDENTE DE PICHINCHA, con las siguientes observaciones: 1.- Se incluya la propuesta efectuada por la Dirección de Patrimonio Cultural y su presupuesto; y 2.Se incluya la programación de la cabalgata sin presupuesto municipal.

RESOLUCIÓN, adoptada con el voto favorable de la totalidad de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

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03.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 15-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 15-SG-CMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 30 de julio del 2013, las 12H12.CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 23-SG-2013 del día miércoles, 24 de julio del 2013, en el tercer punto del orden del día, el Concejo Municipal resolvió conceder licencia a la Concejala Maira Aguilar Álvarez a partir del 01 al 31 de agosto del 2013 conforme el informe INF-2-MEC-2013, emitido por la Comisión de Mesa Excusa y Calificaciones.

CÚMPLASE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.RESOLUCIÓN, adoptada con el voto favorable de la totalidad de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde.

CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 14-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de julio del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 22 de julio del 2013, las 14h51. LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 15-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente


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Maldonado, el 30 de julio del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 30 de julio del 2013, las 09h15. LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN 04.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 16-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 16-SG-CMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 30 de agosto del 2013, las 16H42.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 26-SG-2013 del día miércoles, 24 de agosto del 2013, en el cuarto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió aprobar la reversión del predio denominado A.V.1. de una superficie de 1.201,50 m2, que fue donado a la Iglesia Evangélica “Asamblea de Dios”, según escritura pública de donación celebrada ante la Dra. Gina Mora Dávalos, Notaria Publica del cantón Pedro Vicente Maldonado, el 26 de octubre de 2006, conforme consta en el informe INF-4-PPU13, emitido por la Comisión de Planificación, Presupuesto y Urbanismo. RESOLUCIÓN, adoptada con el voto favorable de la mayoría de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 16-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 30 de agosto del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 30 de agosto del 2013, las 18h30. LO CERTIFICO.-

05.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 17-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 17-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 24 de septiembre del 2013, las 11H15.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 28-SG-2013 del día viernes, 13 de septiembre del 2013, en el quinto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció, discutió y aprobó la “ORDENANZA QUE CREA LA COMISION DE NOMENCLATURA PARA LA NOMINACION DE VIAS URBANAS Y RURALES DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO”.


54 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

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RESOLUCIÓN, adoptada con el voto favorable de la mayoría de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

Maldonado, 22 de octubre del 2013, las 18H11.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 31-SG-2013 del día lunes 21 de octubre del 2013, en el cuarto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció, “REGLAMENTO QUE REGULA EL SISTEMA DE ARCHIVO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRLIZADO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO”.

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.RESOLUCIÓN, que fue conocida por la totalidad de las Concejalas y Concejales Municipales. –LO CERTIFICO.Alcalde Encargado CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 17-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 24 de septiembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 24 de septiembre del 2013, las 15h30. LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN

06.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 18-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 18-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 18-SG-CMPVM-2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 21 de octubre del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 22 de octubre del 2013, las 18h30. LO CERTIFICO.-


55 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

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07.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 19A-SGCMPVM-2013.

Pedro Vicente Maldonado, 30 de octubre del 2013, las 09h52. LO CERTIFICO.-

Índice

Resolución Legislativa No. 19A-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 30 de octubre del 2013, las 9H08.CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 32-SG-2013 del día martes 29 de octubre del 2013, en el cuarto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió, aprobar del INF-4-MEC2013, de la Comisión Permanente del Sistema de Mesa, Excusa y Calificaciones.

RESOLUCIÓN, que fue conocida y resuelta por la totalidad de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde.

08.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 19-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 19-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 30 de octubre del 2013, las 08H58.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 32-SG-2013 del día martes 29 de octubre del 2013, en el quinto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió, “ autorizar la venta del lote y casa N° 7B ubicada en el plan de vivienda Popular Municipal Nuevo Amanecer, perteneciente a los cónyuges Marco René Báez Saavedra y Marcela Lupe Alarcón Mestanza”.

RESOLUCIÓN, que fue conocida y resuelta por la totalidad de las Concejalas y Concejales Municipales presentes. –LO CERTIFICO.-

CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 19 A-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 30 de octubre del 2013.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-


56 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013 aprobó, “El Convenio de ejecución del proyecto de atención y rehabilitación integral para personas con discapacidad en Pedro Vicente Maldonado, extendiendo el convenio suscrito entre el GAD y el MIES, signado con el N° 19-DD-RUMINAHUI-MIESAJ-2013,” con las observaciones realizadas en el Concejo Municipal.

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 19-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 30 de octubre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 30 de octubre del 2013, las 09h30. LO CERTIFICO.-

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde.

CERTIFICADO DE SANCIÓN 09.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 20-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 20-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 11 de noviembre del 2013, las 17H22.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 33-SG-2013 del día 06 de noviembre del 2013, en el tercer punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 20-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 11 de noviembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 11 de noviembre del 2013, las 17h50. LO CERTIFICO.-


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10.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 21-SGCMPVM-2013.

Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de noviembre del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 22 de noviembre del 2013, las 08h40. LO CERTIFICO.-

Índice

Resolución Legislativa No. 21-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 25 de noviembre del 2013, las 08H22.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 34-SG-2013 del día 22 de noviembre del 2013, en el tercer punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció la renuncia del Concejal Ing. Fabrisio Ambuludí y principalización de la Concejala suplente señora Alba Encarnación.

RESOLUCIÓN, que fue conocida por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

11.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 22-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 22-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 25 de noviembre del 2013, las 08H35.CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 34-SG-2013 del día 22 de noviembre del 2013, en el cuarto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió aprobar la propuesta presentada por la Dirección de Patrimonio Cultural, Turismo y Comunicación sobre el acto cívico por el natalicio y en memoria a Don Pedro Vicente Maldonado. RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 21-SG-CMPVM-2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN,

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-


58 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013 RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 22-SG-CMPVM-2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de noviembre del 2013.- Pedro Vicente Maldonado, 22 de noviembre del 2013, las 08h49. LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN

13.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 23-SGCMPVM-2013.

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 23-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de noviembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 22 de noviembre del 2013, las 09h08. LO CERTIFICO.-

Índice

Resolución Legislativa No. 23-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 25 de noviembre del 2013, las 08H55.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 34-SG-2013 del día 22 de noviembre del 2013, en el quinto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió autorizar al señor Alcalde y Procurador Sindico, la suscripción del convenio entre el GAD Municipal de Pedro Vicente Maldonado y el Foro de ONG´S del sector de salud de Pichincha.

14.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 24-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 24-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 25 de noviembre del 2013, las


59 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------09H07.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 34-SG-2013 del día 22 de noviembre del 2013, en el sexto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió derogar la Ordenanza No. 06-2011CMPVM que implementa ORDENANZA DEL PATRONATO MUNCIPAL DE INCLUSIÓN Y EQUIDAD SOCIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 24-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de noviembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 22 de noviembre del 2013, las 09h19. LO CERTIFICO.-

28 de junio de 2013

15.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 25-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 25-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 25 de noviembre del 2013, las 09H25.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 34-SG-2013 del día 22 de noviembre del 2013, en el séptimo punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y resolvió derogar la Ordenanza que implementa el Reglamento Orgánico Funcional por procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, aprobada y sancionada el 12 de mayo del 2009; y, la resolución N° 544-A-2010 que contiene el Manual Orgánico Funcional, Estructural, Funcional, Perfiles Profesionales y Laborales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado. RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde.


60 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013 CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 25-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de noviembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 22 de noviembre del 2013, las 09h33. LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 26-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 22 de noviembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 22 de noviembre del 2013, las 09h48. LO CERTIFICO.-

16.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 26-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 26-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 25 de noviembre del 2013, las 09H36.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 34-SG-2013 del día 22 de noviembre del 2013, en el octavo punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció el estatuto Orgánico de la Gestión por procesos del GADM Pedro Vicente Maldonado.

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

17.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 27-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 27-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 06 de diciembre del 2013, las 09H55.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 35-SG-2013 del día 05 de diciembre del 2013, en el quinto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció la renuncia irrevocable al cargo de concejala suplente del Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado presentada por la Sra. Gladys Morayma Puente Camacho.


61 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la totalidad de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

Extraordinaria Nº 35-SG-2013 del día 05 de diciembre del 2013, en el sexto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y aprobó la reforma presupuestaria a la ordenanza presupuestaria N° 01-2013CMPVM para el ejercicio económico 2013, a efecto de proceder al arreglo de la excavadora Caterpillar, modelo 320 de propiedad del Gobierno Municipal de Pedro Vicente Maldonado de conformidad al artículo 255 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la mayoría de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 27-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 06 de diciembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 06 de diciembre del 2013, las 10h05. LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN

18.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 28-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 28-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 06 de diciembre del 2013, las 10H06.- CERTIFICO que, en Sesión

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 28-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 06 de diciembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 06 de diciembre del 2013, las 10h25. LO CERTIFICO.-


62 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013 CERTIFICADO DE SANCIÓN

19.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 29-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 29-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 13 de diciembre del 2013, las 12H06.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 36-SG-2013 del día 13 de diciembre del 2013, en el quinto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y aprobó el INFORME N° 3-CSCEG-2013 de la Comisión Permanente del Sistema SocioCultural, Ciencia, Equidad y Género que contiene la programación y el presupuesto de las actividades de Fortalecimiento de la Integración e Identidad Pedrovicentina 2014, con la observación presentada por el Concejal, Armando Mena Morales para que se mantenga la programación ajustándose al presupuesto de 45.000 dólares.

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la mayoría de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde.

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 29-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 13 de diciembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 13 de diciembre del 2013, las 14h10. LO CERTIFICO.-

20.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 29A-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 29A-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 20 de diciembre del 2013, las 13H56.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 38-SG-2013 del día 20 de diciembre del 2013, en el tercer punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció y aprobó la ampliación de la Resolución Legislativa N° 10-CMPVM-2013 en base a los informes al INF-60-DPYT-13 y OFI-115-PS13 emitidos por la Dirección de Planificación y Territorialidad y Sindicatura Municipal respectivamente. A efectos se leerá “suspender de autorizaciones de fraccionamientos al amparo del artículo 475 del COOTAD, en la que se incluye los fraccionamientos que no hayan sido aprobados en primer debate por el Concejo Municipal, a excepción de las urbanizaciones de interés social y de los anteproyectos aprobados antes de la resolución legislativa N 10-CMPVM-2013.


63 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la mayoría de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

Maldonado, 23 de diciembre del 2013, las 10H32.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 39-SG-2013 del día 23 de diciembre del 2013, en el tercer punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció discutió y aprobó en segundo y definitivo debate de la primera y única reforma presupuestaria a la Ordenanza Presupuestaria N° 001-2013 CMPVM, para el ejercicio económico 2013. RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la mayoría de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 29-A-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 20 de diciembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 20 de diciembre del 2013, las 18h15. LO CERTIFICO.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN

21.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 30-SGCMPVM-2013. Índice

Resolución Legislativa No. 30-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente

Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 30-SG-CMPVM2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 23 de diciembre del 2013.Pedro Vicente Maldonado, 23 de diciembre del 2013, a las 10h35. LO CERTIFICO.-


64 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

22.-

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA NO. 31-SGCMPVM-2013.

Maldonado, 23 de diciembre del 2013, a las 10h55. LO CERTIFICO.-

Índice

Resolución Legislativa No. 31-SGCMPVM-2013. SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.- Pedro Vicente Maldonado, 23 de diciembre del 2013, las 10H39.- CERTIFICO que, en Sesión Extraordinaria Nº 39-SG-2013 del día 23 de diciembre del 2013, en el cuarto punto del orden del día, el Concejo Municipal conoció del presupuesto prorrogado para el ejercicio económico 2014, de conformidad al artículo 106 y 107 del Código de Planificación y Finanzas Públicas. RESOLUCIÓN, que fue conocida y aprobada por la mayoría de las Concejalas y Concejales presentes. –LO CERTIFICO.-

01.-

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 0152013-ALC Índice RESOLUCION ADMINISTRATIVA 1A-2013-ALC ABGOGADO PACIFICO EGÜEZ FALCON ALCALDE DEL CANTON En uso de mis facultades Constitucionales y Legales CONSIDERANDO: Que,

el artículo 265 de la Constitución de la República determina que "El sistema público de registro de la propiedad será administrado de manera concurrente entre el Ejecutivo y las municipalidades";

Que,

la referida Carta Magna en su artículo 66 numeral 25, garantiza el derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características;

Que,

en el numeral segundo del artículo 18 de la Constitución de la República del Ecuador expresa: Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas...";

CÚMPLASE, COMUNÍQUSE Y PUBLÍQUESE.-

ABG. PACIFICO EGÜEZ FALCÓN. Alcalde. CERTIFICADO DE SANCIÓN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial de la presente Resolución No. 31-SG-CMPVM-2013, el señor Abogado, PACÍFICO EGÜEZ FALCÓN, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado, el 23 de diciembre del 2013.- Pedro Vicente


65 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Que,

la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, publicada en el Suplemento del Registro Oficial, No. 162 de fecha 31 de marzo de 2010, manda en su artículo 19 que de conformidad con la Constitución de la República, la Municipalidad de cada cantón se encargará de la estructura administrativa del registro y su coordinación con el catastro, además que la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos dictará las normas que regularán su funcionamiento a nivel nacional;

28 de junio de 2013 Que,

la implementación de este Estatuto pretende mejorar las relaciones de trabajo y el concurso efectivo del personal en la participación del cumplimiento de metas y objetivos institucionales;

En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 240 de la Constitución de la República, en concordancia con lo establecido en los Arts. 57 literal a) y 142 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, expide la:

RESUELVE: Que,

mediante Ordenanza No. 07-2011DMPVM de 30 de junio de 2.011 se publica en la Gaceta Oficial la Ordenanza que Norma la Organización, Administración concurrente y Funcionamiento del Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, la misma que fue reformada mediante Ordenanza No. 001-2012 el 8 de marzo de 2.012.

Expedir el siguiente: ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN POR PROCESOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.

CAPÍTULO I.DE LA MISIÓN Y VISIÓN

Que,

Que,

En la Ordenanza, Capítulo IV, art. 19.AUTONOMÍA.- El Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado como órgano adscrito al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, goza de autonomía administrativa, financiera, económica y registral,

las acciones de trabajo requieren de apoyo de una adecuada organización interna, que oriente de manera precisa las diferentes actividades y procesos de gestión hacia la consecución de los objetivos institucionales;

1.1

MISIÓN.-El Registro de la propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, es la institución encargada de realizar las inscripciones de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos que la ley exige o permite que se inscriban en los registros correspondientes; servir de medio de tradición de los bienes raíces y de otros derechos reales constituidos en ellos; dar publicidad a los contratos y actos que trasladen el dominio de los mismos bienes raíces o imponen gravámenes o limitación a dicho dominio; y, garantizar la autenticidad y seguridad de los títulos instrumentos públicos y documentos que deben registrarse


66 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------1.2

1.3

VISIÓN.- El Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado se constituirá en una entidad de excelencia y garantía en la prestación de servicios de registro de los bienes inmuebles, a través del mejoramiento de los procesos, de la satisfacción de las necesidades de los usuarios, para lo cual contará con talento humano altamente capacitado y tecnología de primera.

VALORES: INTEGRIDAD.- Puede medirse en función de lo que es correcto y justo, para lo cual los servidores y las Servidoras se ajustarán al espíritu de las normas morales y de ética en el desarrollo de sus funciones y ejercicio profesional.

HONRADEZ.- El Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado espera que sus servidoras y servidores apliquen un criterio de honradez total y absoluta en la realización de su trabajo.

RESPONSABILIDAD.- Las servidoras y los servidores deberán siempre actuar con responsabilidad en el ejercicio de sus funciones y tareas a ellos encomendadas, las mismas que las realizarán con diligencia, seriedad y calidad desde el principio hasta el final de su gestión, obteniendo enseñanzas y experiencias de ellas.

EQUIDAD Y JUSTICIA.- En relación a la atención al público, las servidoras y los servidores han de considerar los principios que rigen a la institución, pero también los de equidad y justicia que asisten a las personas, como demandantes de legítima información.

28 de junio de 2013 PROBIDAD.- La servidora y el servidor deben actuar con rectitud, procurando satisfacer el interés general y desechando cualquier beneficio personal, obligándose a mantener y demostrar una conducta intachable y honesta.

1.4.

OBJETIVOS

a) Procurar el bienestar material y social de los usuarios, fomentando la protección de sus intereses; b) Planificar e impulsar el desarrollo físico de la institución para brindar una mejor atención a los usuarios;

c) Mejorar los roles públicos en atención a las demandas de la sociedad con criterios eficientes de administración por procesos o productos;

d) Generar un modelo sistémico en la organización del trabajo, interrelacionado con los demás sistemas de gestión pública;

e) Satisfacer al usuario interno y externo en la entrega de servicios con calidad, oportunidad y productividad;

f) Controlar y monitorear los resultados en base a una implementación de procedimientos de gestión y desarrollo organizacional;

g) Adaptar el trabajo al dinamismo propio de la administración y a los cambios permanentes de tecnología;

h) Integrar y mantener equipos de trabajo interdisciplinarios, y promover la polifuncionalidad de las actividades, que apunten a profesionalizar la fuerza del trabajo y la aplicación de políticas, sustentado en la evaluación de resultados; y,


67 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------i)

Establecer una red de cooperación interinstitucional y alianzas estratégicas con el afán de intercambiar y obtener ayuda en los diferentes ámbitos que sean necesarios en el desempeño de las funciones y servicios que brinda nuestra institución.

28 de junio de 2013 2.1.1.3.- Procesos Habilitantes de Apoyo.Ejecutan aplicación de asistencia logística y administración de recursos humanos, materiales y financieros que aportan al mejor desenvolvimiento de la gestión institucional.

CAPÍTULO -II-

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

2.2. Estructura Básica Alineada a la Misión: El Registro de la Propiedad y Mercantil para el cumplimiento de su misión, objetivos y responsabilidades, desarrolla procesos internos y está conformado por:

2.1 Estructura organizacional por procesos El Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado ha diseñado una Estructura Organizacional por Procesos, la cual está alineada con su misión y visión estratégicas y se sustenta en la filosofía de aseguramiento de la calidad en la gestión.

2.1.1. Procesos que conforman la Estructura Orgánica del registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado.- Los procesos que generan los productos y servicios se clasifican en función a su contribución al cumplimiento de la misión institucional y constituyen las siguientes:

2.2.1. PROCESOS GOBERNANTES -

Direccionamiento Estratégico de Administración del Registro de la Propiedad y Mercantil Responsable: Registrador de la Propiedad

2.2.2. PROCESOS HABILITANTES: DE APOYO: -

Gestión Administrativa Financiera

2.2.3. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR: 2.1.1.1. Procesos Gobernantes.- Están encaminados a garantizar la gestión de la Institución, mediante el diseño y control de políticas y estrategias que orienten exitosamente el accionar de la misma y al cumplimiento de los objetivos organizacionales.

-

-

Gestión de Registrales Mercantil Gestión de Registrales Mercantil.

Inscripción de Actos de la Propiedad y Certificación de Actos de la Propiedad y

CAPITULO III 2.1.1.2.- Procesos Agregadores de Valor.- Son los encargados de la ejecución directa de las acciones de las diferentes gerencias de productos y de servicios hacia el usuario; encargado de cumplir directamente con los objetivos y finalidades del Registro de la Propiedad.

REPRESENTACIONES GRÁFICAS a) Cadena de Valor


68 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

b) Estructura Orgánica a. Inscribir en el Registro correspondiente los documentos cuya inscripción exige o permite la Ley; b. Llevar un inventario de los registros, libros y demás documentos institucionales; c. Llevar, con sujeción a las disposiciones de la Ley, los libros denominados Registro de Propiedad, Registro de gravámenes, Registro Mercantil, Registro de interdicciones y prohibiciones de enajenar y los demás que determine la ley; d. Anotar en el libro denominado Repertorio los títulos o documentos que se le presenten para su inscripción y cerrarlo diariamente, haciendo constar el número de inscripciones efectuadas en el día y firmada la diligencia;

CAPITULO IV

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DESCRIPTIVA: 4.1

Estructura Orgánica Descriptiva

e. Conferir certificados y copias con arreglo a la Ley;

4.1.1. Registro de la Propiedad y Mercantil. a) Misión: Garantizar la custodia y conservación de los registros su veracidad y autenticidad, así como la Inscripción, certificación y publicidad de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos que la ley exige o permite que se inscriban. Responsable: Propiedad

Registrador

de

la

b) Atribuciones y Responsabilidades: De acuerdo al Art. 11 de la ley de Registro y al artículo 1 de la Reforma a la Ordenanza para la Estructuración y Administración del Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado.

f.

Dar los informes oficiales que pidan los funcionarios públicos acerca de lo que conste en los libros de la oficina;

g. Ejercer la representación legal, judicial, y extrajudicial del Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado; h. Calificar legalmente los documentos judiciales, notariales, administrativos y/o particulares, previa la inscripción de los mismos; i.

Dirigir el Organismo de manera eficaz y transparente;

j.

Asumir la responsabilidad civil, administrativa y penal, por la información que contengan las bases de datos o sistema


69 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------informático; así como, de los registros documental, producto de la gestión del Registro;

28 de junio de 2013 h) Archivos actualizados, clasificados y organizados. i) Registro de Inscripciones de:

k. Elaborar y aprobar el presupuesto institucional y remitir al Alcalde, para conocimiento del Concejo; l.

-

Contraer obligaciones en nombre del Registro de la Propiedad;

m. Administrar los bienes que forman parte del patrimonio del Organismo. n. Nombrar, contratar y remover a los servidores de la Entidad, conforme el ordenamiento jurídico vigente; o. Girar, aceptar, endosar, negociar títulos y valores, adquirir muebles o inmuebles, autorizar depósitos y recibir en mutuo dinero, sujetándose de manera irrestricta a la normativa vigente; y, p. Las demás establecidas en la Ley y demás disposiciones legales.

4.2.

PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

4.2.1. Gestión de Inscripción de Actos Registrales de la Propiedad y Mercantil Unidad de Inscripción de Actos Registrales de la Propiedad y Mercantil

-

Propiedad Hipotecas Cancelaciones Prohibiciones Demandas Embargos Sentencias Propiedad Horizontal Patrimonio familiar Usufructo, Uso y habitación Interdicciones. Arrendamientos. Negativas. Posesiones efectivas. Organizaciones religiosas.

Mercantil. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Libro repertorio firmado. Actas de Inscripciones. Marginaciones. Índices. Razón de inscripciones. Actas de apertura y cierre de registros. Base de datos actualizada del sistema informático de los procesos del Registro de la Propiedad y Mercantil. 8. Archivos actualizados, clasificados y organizados. 9. Libros de Inscripciones:

a) Misión.- Dar a los instrumentos públicos seguridad jurídica y publicidad.

-

Mercantil.

-

Prendas Industriales.

b) Productos y Servicios:

-

Arrendamientos Mercantiles.

-

Matrículas de comercio.

-

Nombramientos Mercantiles.

-

Marginación mercantil.

De la Propiedad a) b) c) d) e) f) g)

Libro repertorio firmado. Actas de Inscripciones. Marginaciones. Índices. Razón de inscripciones. Actas de apertura y cierre de registros. Base de datos actualizada del sistema informático de los procesos del Registro de la Propiedad y Mercantil.

4.2.2 Gestión de Certificación de Actos Registrales y Mercantiles Unidad de Certificación de Actos Registrales y Mercantiles a) Misión.- Conferir certificaciones registrales que den fe pública, investida de presunción de


70 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------legalidad. b) Productos y servicios. De la Propiedad: 1. 2. 3. 4.

Certificado de Gravámenes. Certificados de Bienes. Certificados de Búsqueda. Historial de propiedades de bienes inmuebles.

Mercantil: 1. Certificados de Gravámenes. 2. Certificados de Nombramientos. 3. Certificados de inscripción de constitución de Compañías. 4. Certificados de inscripción Mercantil. 5. Certificados de matrícula de comercio. 6. Certificados de prendas industriales. 7. Certificados de arrendamiento mercantil. 4.3

PROCESOS DE GESTIÓN DE APOYO Gestión Adminsitrativa - Financiera Unidad Adinistrativa Financiera a) Misión: Adminsitrar, controlar y evaluar la utilización de los recursos humanos materiales, financieros y tecnológicos para apoyar la ejecución d elos procesos institucionales y coadyudar al cumplimiento de los objetivos y metas de la institución.

b) Productos y servicios 1. Informe de selección de personal 2. Estructura ocupacional institucional 3. Plan de capacitación general interno 4. Informe de ejecución del plan de capacitación 5. Informe de ejecución del plan de evaluación del desempeño 6. Movimientos de personal 7. Cumplimiento del Código de Ética Institucional 8. Nómina

28 de junio de 2013 9. Plan de bienestar social.10. Informes técnicos de estructuración y reestructuración de los procesosinstitucionales, unidades o áreas 11. Proforma presupuestaria 12. Reformas presupuestarias 13. Informe de ejecución presupuestaria 14. Liquidaciones presupuestarias 15. Certificaciones presupuestarias 16. Cédulas presupuestarias 17. Registros contables 18. Informes financieros Institucionales, al GAD Municipal y DINARDAP 19. Estados financieros 20. Liquidación de haberes por cesación de funciones 21. Comprobantes de pago y transferencias elaborados 22. Retenciones y declaraciones al SRI, UAF y DINARDAP 23. Pagos 24. Transferencias 25. Elaboración y ejecución del PAC 26. Plan periódico anual de caja 27. Flujo de caja (recaudación y depósitos bancarios) 28. Conciliaciones bancarias 29. E] Informe diario, Semanal y mensalde recaudación 30. Plan de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles 31. Informe de ejecución de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles 32. Inventario de bienes muebles valorados 33. Inventario de suministros valorados 34. Registro de garantías y valores 35. Elaboración de POA 36. Informe de ejecución de POA

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- A partir de la aprobación del presente Estatuto Orgánico de Gestión


71 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Organizacional por Procesos por parte del Registrador de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado, y sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Municipal, las unidades que conforman el Registro de la Propiedad deberán cumplir obligatoriamente la generación de los diferentes productos y servicios establecidos en el mismo, sin perjuicio de otros que se requieran a futuro.

SEGUNDA.- Las unidades del Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado, deberán respetar las líneas jerárquicas de autoridad establecidas en el presente Estatuto, así como; deben mantener permanentemente las líneas de coordinación entre todas ellas a fin de asegurar la participación y el trabajo armónico para el cumplimiento de los objetivos Institucionales.

TERCERA.- Todo lo que no estuviere previsto en el presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, se aplicará de conformidad a las disposiciones legales que corresponda para cada una de las Unidades.

CUARTA.- El Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado, podrá ajustar, incorporar o eliminar productos o servicios de acuerdo a los requerimientos Institucionales, en cuanto no afecte a la Estructura Organizacional establecida; mediante acto resolutivo interno, tal como lo señala la normativa vigente.

QUINTA.- En materia de Registro Mercantil el Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado, deberá coordinar directamente con la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos D.I.N.A.R.D.A.P. SEXTA.- Deróguense todas las disposiciones que contravengan el presente Estatuto

28 de junio de 2013 Orgánico de Procesos.

Gestión

Organizacional

por

SÉPTIMA.- Disponer el cumplimiento de la presente Resolución, al Registrador de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado para que difunda y ejecute su contenido, contando con el apoyo y asesoramiento de la Dirección de Talento humano del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón.

OCTAVA.- Disponer que la presente Resolución, por intermedio de la Secretaria General de esta institución, se publique en la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedro Vicente Maldonado.

Dado y firmado en la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, el 09 de septiembre del 2013.-

Ab. Pacífico Egüez Falcón ALCALDE

Certifico


72 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

02.-

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 0162013-ALC Índice RESOLUCION ADMINISTRATIVA 016-2013-ALC ABGOGADO PACIFICO EGÜEZ FALCON ALCALDE DEL CANTON En uso de mis facultades Constitucionales y Legales

CONSIDERANDO:

QUE, en el artículo 265 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que el sistema público del registro de la propiedad se llevara de manera concurrente entre el Estado y los Gobiernos Municipales. QUE: el artículo 142 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización –COOTAD-, respecto del ejercicio de la competencia de registro de la propiedad, ordena: La administración de los registros de la propiedad de cada cantón corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales. El sistema público nacional de registro de la propiedad corresponde al gobierno central, y su administración se ejercerá de manera concurrente con los gobiernos autónomos descentralizados municipales de acuerdo con lo que disponga la ley que organice este registro…” QUE: el art. 13 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, ordena que “Son registros de datos públicos: el Registro Civil, de la Propiedad, Mercantil, Societario, Vehicular, de naves y aeronaves, patentes, de propiedad intelectual y los que en la actualidad o en el futuro determine la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, en el marco de lo dispuesto por la Constitución de la República y las leyes vigentes. Los Registros son dependencias

28 de junio de 2013 públicas, desconcentrados, con autonomía registral y administrativa en los términos de la presente ley, y sujetos al control, auditoría y vigilancia de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos en lo relativo al cumplimiento de políticas, resoluciones y disposiciones para la interconexión e interoperabilidad de bases de datos y de información pública, conforme se determine en el Reglamento que expida la Dirección Nacional”. QUE, La Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, ordena en su Art. 19 que de conformidad con la Constitución de la República, la Municipalidad de cada cantón o Distrito Metropolitano se encargará de la estructuración administrativa del registro y su coordinación con el catastro, además que la Dirección Nacional dictará las normas que regularán su funcionamiento a nivel nacional. Por lo tanto, el Municipio de cada cantón o Distrito Metropolitano se encargará de la estructuración administrativa del registro y su coordinación con el catastro. La Dirección Nacional dictará las normas que regularán su funcionamiento a nivel nacional QUE, El Registro de la Propiedad forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, conforme lo dispone el artículo. 29 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 162 de 31 de marzo del 2010. QUE: el art. 61 de la Ley Orgánica de Servicio público, respecto de la clasificación de puestos, señala que “el subsistema de clasificación de puestos del servicio público es el conjunto de normas estandarizadas para analizar, describir, valorar y clasificar los puestos en todas las entidades, instituciones, organismos o personas jurídicas de las señaladas en el Artículo 3 de esta Ley El Ministerio de Relaciones Laborales, diseñará el subsistema de clasificación de puestos del servicio público, sus reformas y vigilará su cumplimiento. Será de uso obligatorio en todo nombramiento, contrato ocasional, ascenso,


73 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------promoción, traslado, rol de pago y demás movimientos de personal. La elaboración de los presupuestos de gastos de personal se sujetará al sistema de clasificación vigente, en coordinación con la unidad de administración de talento humano de la entidad. Los cambios en las denominaciones no invalidarán las actuaciones administrativas legalmente realizadas. En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, diseñarán y aplicarán su propio subsistema de clasificación de puestos”. QUE, el artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas indica que en lo que corresponde los Principios Comunes.Descentralización y Desconcentración.- En el funcionamiento de los sistemas de panificación y de finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población. QUE, mediante Ordenanza No. 07-2011DMPVM de 30 de junio de 2.011 se publica en la Gaceta Oficial la Ordenanza que Norma la Organización, Administración Concurrente y Funcionamiento del Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, QUE, en la misma Ordenanza referida indica en su artículo 19.- AUTONOMÍA.- El Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado como órgano adscrito al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, goza de autonomía administrativa, financiera, económica y registral, en conformidad con el Art. 265 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 142 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización. Su función primordial es la inscripción y publicidad de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos que, la Ley exige o permite que, se inscriban en los registros correspondientes. El Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente

28 de junio de 2013 Maldonado, tendrá su propia cuenta única para el registro de sus operaciones financieras. QUE: en el mismo cuerpo legal indica en su Art. 20.- ORGANIZACIÓN INTERNA.- El Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, estará integrado por las unidades de servicios necesarias de acuerdo a la realidad de los recursos humanos, técnicos y financieros que cuente. Las competencias y responsabilidades de cada unidad y sus funcionarios se determinarán en el Orgánico Estructural y Funcional que dicte la o el Registrador de la Propiedad. QUE, mediante Resolución RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 015-2013-ALC suscrita por el Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado, por el cual se aprueba EL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN POR PROCESOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO. QUE mediante oficio No. RPPVM-2013-019 el Registrador de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, solicita la aprobación del MANUAL DE DESCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS; y existe la procedencia del citado Manual por parte de la Dirección de Talento Humano, según Memorando No. MEM-354DTH-13 En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 240 de la Constitución de la República, en concordancia con lo establecido en los Arts. 57 literal a) y 142 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, expide la:

RESUELVE:

Art. 1.- Aprobar los perfiles de los puestos y competencias de MANUAL DE DESCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS del Registro de la Propiedad del


74 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------cantón Pedro Vicente Maldonado, versión, primera, anexa. Art. 2.- Disponer el cumplimiento de la presente Resolución, al Registrador de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado para que difunda y ejecute el contenido del MANUAL DE DESCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS del Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, contando con el apoyo y asesoramiento de la Dirección de Talento humano del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón, contemplándose de la siguiente manera: DEFINICIONES BÁSICAS SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE PUESTOS.Es el conjunto de políticas, normas, métodos y procedimientos e instructivos para describir, valorar, definir la estructura de puestos dentro del Registro de la Propiedad. PUESTO.- Es el conjunto de tareas y actividades asignadas mediante un acto MANUAL DE CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS.- El manual de clasificación y valoración de puestos por competencias, es el resultado de describir, clasificar y valorar los puestos. ÍNDICE DE PUESTOS.- Es la conformación lógica y sistemática que a través de la clasificación y valoración de puestos, permite establecer grupos de puestos de puntuación semejante, que constituyen la estructura ocupacional cuya finalidad es garantizar un tratamiento de equidad interna del talento humano.

28 de junio de 2013 normativo para una determinada ocupación dentro del Registro de la Propiedad, y para cuyo desempeño demanda que la persona que lo ocupe acredite las competencias certificables, cognitivas y comportamentales que dicho puesto exige. El puesto constituye el vínculo entre los individuos y el Registro de la Propiedad DESCRIPCIÓN DE PUESTOS.- Es una explicación escrita de los deberes, condiciones de trabajo y otros aspectos relevantes de un puesto específico. CLASIFICACIÓN DE PUESTOS.- Es el ordenamiento que se hace de los puestos creados para el cumplimiento de los fines, misión y visión del Registro de la Propiedad sobre la base del origen, especialidad y jerarquía de éstos y de los procesos internos. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO.La especificación del puesto describe qué tipo de requisitos, habilidades, destrezas y competencias debe poseer la persona que desempeña el puesto. SERVIDOR.- Persona que labora en el Registro de la Propiedad de Pedro Vicente Maldonado y que participa en un estudio de Clasificación y Valoración de Puestos. VALORACIÓN DE PUESTOS.- Asignar valores cuantitativos a una información cualitativa de un puesto de trabajo, que exige como condición básica que sea clara, precisa, confiable y común para todos los puestos de la estructura ocupacional. COMPETENCIAS TÉCNICAS.- Habilidades que requiere la persona que ocupa el puesto.

ANÁLISIS DE PUESTOS.- El análisis de puestos consiste en la obtención, evaluación y organización de información sobre los puestos de una organización.

COMPETENCIAS CONDUCTUALES.Conductas que la persona que ocupa el puesto debe demostrar en sus relaciones internas y externas con otras personas.

PERFIL DEL PUESTO.- Documento que contiene la descripción de un puesto.

RANGO.- Ubicación del puesto en la matriz de valoración.


75 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013


76 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013


77 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013


78 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013


79 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013


80 ------- Gaceta Oficial Nยบ 1--------

28 de junio de 2013


81 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

Art. 3.-Disponer que la presente Resolución, por intermedio de a la Secretaria de esta institución, se publique en la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedro Vicente Maldonado. Dado y firmado en la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, el 09 de septiembre del 2013.-

Ab. Pacífico Egüez Falcón ALCALDE

28 de junio de 2013

asignaciones aplicables al distributivo de remuneraciones del gobierno autónomo descentralizado municipal de Pedro Vicente Maldonado, para el año 2014. Que, una vez entregado el Proyecto de Estatuto Orgánico por Procesos, mediante MEM-528-DTH-2013, de 9 de octubre de 2013, y la consiguiente reunión de trabajo en la que junto con la Máxima Autoridad y los señores Directores, se acordó ir acoplando la propuesta del Estatuto Orgánico por procesos, de manera progresiva, emito el presente informe de Talento Humano, para definir la LISTA DE ASIGNACIONES, que regirían para los cargos de los servidores públicos en el ejercicio administrativo 2014. Que los fundamentos de hecho que sirven de sustento para la presente resolución son:

Que, el presente informe surge de la necesidad, de disposición legal de NO incrementar los presupuestos para el próximo ejercicio administrativo del año 2014; debido a la situación coyuntural del año de elecciones que atraviesa nuestro país, situación que se encuentra establecida en el Art. 107 del Código de Planificación y Finanzas Públicas que determina que los actuales presupuestos deban ser prorrogados sin considerar incrementos.

Certifico

03.-

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 0182013-ALC Índice RESOLUCION ADMINISTRATIVA 018-2013-ALC ABGOGADO PACIFICO EGÜEZ FALCON ALCALDE DEL CANTON En uso de mis facultades Constitucionales y Legales CONSIDERANDO:

Que, en base al informe técnico de talento humano para establecer la lista de

Que, mediante documento MEM-528-DTH2013, de 9 de octubre de 2013, se manifestó “ Se ha propuesto la creación de algunos cargos acorde a las necesidades de la institución, sin embargo la aprobación y puesta en vigencia de los mismos, debe hacérsela por medio de la denominada “Lista de Asignaciones”, que viene a ser el equivalente al Distributivo de Remuneraciones. En esta herramienta Usted sabrá disponer la vigencia o no, la activación o no de los cargos propuestos, asignando una partida económica con lo que se dará vida orgánica al cargo propuesto. La Lista de asignaciones está en el capítulo 6.1. Del Estatuto”.


82 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Que, en el mismo documento, igualmente se manifestó: “De no darse el respectivo concurso, se crearía un vacío legal, ya que las partidas de profesores municipales dejarían de existir en la fecha señalada. Debiendo presupuestarse las respectivas liquidaciones laborales por concepto de SUPRESIÓN de estos cargos. Que, el Proyecto de Estatuto Orgánico por procesos, materia del presente informe técnico, entre otras definiciones expresa: CONTROL.- Sistema que permite conocer las realizaciones comparadas con las metas y planes, establecer normas de autoevaluación y tomar la acción correctiva que se considere más adecuada. LISTA DE ASIGNACIONES.- Son los cargos que constan en el presente Estatuto Orgánico y que al ser asignados una partida presupuestaria forman parte del Distributivo de Remuneraciones de la institución Que los fundamentos de hecho que sirven de sustento para la presente resolución son: Que, el Artículo 238, de la Constitución de la República del Ecuador, determina que “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana…”. Que, el Art. 3 de la LOSEP que en su parte pertinente manifiesta: “Las escalas remunerativas de las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y regímenes especiales, se sujetarán a su real capacidad económica y no excederán los techos y pisos para cada puesto o grupo ocupacional establecidos por el Ministerio de Relaciones Laborales, en ningún caso el piso será inferior a un salario básico unificado del trabajador privado en general”. Que, la Ley Orgánica del Servicio Público, determina, según el Artículo 62.Obligatoriedad del subsistema de Clasificación, “…En el caso de los gobiernos autónomos

28 de junio de 2013 descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, diseñarán y aplicarán su propio subsistema de clasificación de puestos”. Que, el Art. 106 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas determina.“Normativa aplicable.- La aprobación del Presupuesto General del Estado se realizará en la forma y términos establecidos en la Constitución de la República. En caso de reelección presidencial, el Presidente reelecto enviará la proforma 30 días después de proclamados los resultados de la segunda vuelta. En los gobiernos autónomos descentralizados, los plazos de aprobación de presupuesto del año en que se posesiona su máxima autoridad serán los mismos que establece la Constitución para el Presupuesto General del Estado y este Código. Cada entidad y organismo que no forma parte del Presupuesto General del Estado deberá aprobar su presupuesto hasta el último día del año previo al cual se expida.” Que, el Art. 107 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas expresa.”Presupuestos prorrogados.- Hasta que se apruebe el Presupuesto General del Estado del año en que se posesiona el Presidente o Presidenta de la República, regirá el presupuesto inicial del año anterior. En el resto de presupuestos del sector público se aplicará esta misma norma.”

Que, en ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 240 de la Constitución de la República, en concordancia con lo establecido en los Arts. 57 literal a) 60 literal i) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización resuelve: Expedir la siguiente:

LISTA DE ASIGNACIONES APLICABLES AL DISTRIBUTIVO DE REMUNERACIONES DEL AÑO 2014


83 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013 06-DTH-13 de 22 de mayo de 2013, respetando las modificaciones o movimientos de puestos que se hubieren dado con posterioridad por la propia gestión del talento humano.

ANALISIS TÉCNICO a) Por razones presupuestarias y por los fundamentos de Derecho expuestos con claridad, acogiendo el criterio de la real capacidad económica del Gobierno Municipal, por cuanto en año de posesión de la máxima autoridad, los presupuestos deben ser objeto de modificación en las remuneraciones de los servidores públicos, se dispone mantener las remuneraciones vigentes en el 2013 para el ejercicio administrativo del año 2014. En caso de haber ascensos, estos se resolverán con posterioridad al mes de mayo de 2014. b) Los concursos internos de méritos y oposición deberán hacerse en el transcurso del ejercicio administrativo del año 2014. c) Los concursos externos de méritos y oposición deberán hacerse con posterioridad a la calificación del Estatuto Orgánico por Procesos por parte del Ministerio de Relaciones Laborales y serán por medio del sistema de la Red Socio Empleo, como lo determina la Ley, en el transcurso del ejercicio administrativo del año 2014.. d) El personal a contrato sea profesional y/o civil, que ocupa los cargos de creación y concurso externo podrán seguir laborando y ejercer su derecho a participar en los respectivos concursos hasta ser legalmente reemplazados.

f)

PROCESO DE ALCALDÍA 1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 1,2, 3,4 y 5. 2) La Remuneración de la máxima autoridad se mantiene en la misma cantidad presupuestada para el ejercicio administrativo del año 2013, quedando exenta de la Escala de Remuneraciones del Estatuto Orgánico por Procesos, con la consiguiente incidencia para los Funcionarios Públicos Legislativos, acorde a la disposición del Art. 358 del COOTAD. 3) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Asistente A. 4) Se autoriza la contratación del cargo de Asesor bajo la figura de contrato de prestación de servicios ocasionales o bien contrato civil a conveniencia de la Institución.

e) El personal docente de la extinta Escuela Municipal, continuará laborando bajo la figura del traspaso administrativo previsto en el Art. 37 de la LOSEP y según el informe

O RD. PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

En el Estatuto Orgánico por Procesos del Gobierno Municipal de Pedro Vicente Maldonado, de la lista de Asignaciones en los distintos procesos se asigna:

GRUPO O CUPACIO NAL

La lista de asignaciones queda de la siguiente manera:

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

ESTADO

1 2 3

1.1.1 1.1.1 1.1.1

5.1.01.05 5.1.01.05 5.1.01.05

Alcalde Asesor Secretaria de Alcaldía

ALCALDÍA Nivel Jerarquico Superior 4 Servidor Público 5 Servidor Público de Apoyo 4

3200,00 0,00 733,00

3200,00 1212,00 733,00

0,00 1212,00 0,00

NJS4 11 6

4

1.1.1

5.1.01.05

Secretario General

Nivel Jerarquico Superior 1

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXISTENTE

3

CREACIÓN CONCURSO INTERNO

5

1.1.1

5.1.01.05

Asistente "A"

Servidor Público de Apoyo 1

524,16

585,00

60,84

EXISTENTE CONTRATO OCASIONAL EXISTENTE


84 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

PROCESO DE TALENTO HUMANO

1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 6 y 7 La lista de asignaciones queda de la siguiente manera: O RD. PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

6

1.4.1

5.1.01.05

7

1.4.1

5.1.01.05

CARGO ACTUAL

Director Talento Humano Asistente "B"

GRUPO O CUPACIO NAL

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

DIRECCIÓN TALENTO HUMANO Nivel Jerarquico Superior 1 2226,00 Servidor Público de Apoyo 3

ESTADO

2226,00

0,00

NJS1

EXISTENTE

733,00

733,00

0,00

5

EXISTENTE

2959,00

2959,00

0,00

PROCESO DE GESTIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA 1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 8,9,10 y 11 2) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Asistente A. La lista de asignaciones queda de la siguiente manera: O RD. PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

GRUPO O CUPACIO NAL

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

8

1.1.1

5.1.01.05

Procurador Sindico

SINDICATURA Nivel Jerarquico Superior 1

9

1.1.1

5.1.01.05

Asistente "B"

Servidor Público de Apoyo 3

10

1.1.1

5.1.01.05

Comisario Municipal

Servidor Público 6

11

1.1.1

5.1.01.05

Asistente "A"

Servidor Público de Apoyo 1

PROCESO DE GESTIÓN DE DIRECCION ADMINISTRATIVA 1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 12,13,14,15,16,17,18 y 19 2) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Profesional de Sistemas. La remuneración propuesta de $1212,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 901,00. 3) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de

ESTADO

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXISTENTE

675,00

675,00

0,00

5

EXISTENTE

1412,00

1412,00

0,00

12

EXISTENTE

3

CREACIÓN CINCURSO INTERNO

524,16

585,00

60,84

4837,16

4898,00

60,84

Técnico de Sistemas. La remuneración propuesta de $817,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 675,00. 4) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para el cargo de Asistente A. 5) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Asistente B.

La lista de asignaciones queda de la siguiente manera:


85 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

O RD.

PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

GRUPO O CUPACIO NAL

28 de junio de 2013 REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

ESTADO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 12

1.1.1

5.1.01.05

Directora Administrativa Nivel Jerarquico Superior 1

13

1.1.1

5.1.01.05

Asistente "A"

14

1.1.1

5.1.01.05

15

1.1.1

5.1.01.05

16

1.1.1

5.1.01.05

17

1.1.1

5.1.01.05

18

1.1.1

5.1.01.05

19

1.1.1

5.1.01.05

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXIST ENT E

675,00

585,00

-90,00

3

CREACIÓN - CONC-EXT ERNO

Profesional de Sistemas Servidor Público 5

901,00

1212,00

311,00

11

Técnico de Sistemas

675,00

817,00

142,00

7

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

622,00

675,00

53,00

5

EXIST ENT E

7124,00

7540,00

416,00

Servidor Público de Apoyo 3

Servidor Público 1

Asistente "B" (Compras Servidor Público de Apoyo 3 Públicas) Asistente "B" Servidor Público de Apoyo 3 (Proveeduria) Asistente "B" Servidor Público de Apoyo 3 (Guardalmacén) Asistente "B" (Control y Servidor Público de Apoyo 3 Mantmto. Vehicular)

PROCESO DE GESTIÓN DE DESARROLLO SUSTENTABLE 1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 20, 21, 22, 23 24, 25 y 26. 2) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Asistente A. 3) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el asenso remunerativo del cargo de Profesional de Área de Producción. La remuneración propuesta de $1212,00 se resolverá con O RD. PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

GRUPO O CUPACIO NAL

MODIFICACION NOMBRAMIENT O T RASPASO-MODIFICACIONCREACION CONC/INT ERNO

posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 901,00. 4) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para el cargo de Profesional de Control Sanitario y Productividad. 5) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para el cargo de Profesional Inspector de Ambiente. La lista de asignaciones queda de la siguiente manera:

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

ESTADO

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DESARROLLO SUSTENTABLE 20

3.2.1

7.1.01.05

Director

Nivel Jerarquico Superior 1

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXIST ENT E

21

3.2.1

7.1.01.05

Asistente "A"

Servidor Público de Apoyo 1

524,16

585,00

60,84

3

CREACIÓN CONC/ INT ERNO

Servidor Público 5

901,00

1212,00

311,00

11

MODIFICACIÓN NOMBRAMIENT O

Servidor Público de Apoyo 3

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

22

3.2.1

7.1.01.05

Profesional Área de Producción

23

3.2.1

7.1.01.05

Promotor de Ornato y Aseo de la Ciudad

24

3.2.1

7.1.01.05

Profesional Control Servidor Público 5 Sanitario Productividad

1086,00

1212,00

126,00

11

EXIST ENT E/ CT R. OCASIONAL

25

3.2.1

7.1.01.05

Profesional de Turismo Servidor Público 5

901,00

1212,00

311,00

11

T RASPASO MODIFICACIÓN

7.1.01.05

Profesional Área Inspector de Ambiente

0,00

1212,00

1212,00

11

EXIST ENT E - CONC EXT ERNO

6313,16

8334,00

2020,84

26

3.2.1

Servidor Público 5

PROCESO DE CULTURA COMUNICACIÓN Y RESPONSABILIDAD SOCIAL

1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de

Remuneraciones del 2014, los ordinales 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34. 2) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Asistente A.


86 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

3) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Coordinador de Cultura y Deportes. La remuneración propuesta de $817,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 775,00.

6) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para dos cargos Asistentes A para proyectos sociales

4) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para el cargo de Técnico Diseñador Gráfico. La remuneración propuesta de $817,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 675,00.

8) En razón de haberse entregado la competencia de educación al Ministerio de Educación, las partidas presupuestarias correspondientes a los once docentes de la Escuela Municipal deberán suprimirse y liquidar los haberes a las personas que no califiquen en los concursos de méritos y oposición para los cargos de creación.

5) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para el cargo de Coordinador de Responsabilidad Social.

O RD.

PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

GRUPO O CUPACIO NAL

7) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para el cargo de Técnico de Comunicación Social.

La lista de asignaciones queda de la siguiente manera:

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI RU 2013 O N 2014

Grado Nivel

ESTADO

DIRECCIÓN DE CULTURA COMUNICACIÓN Y RESPONSABILIDAD SOCIAL 27

2.1.1

7.1.01.05

Director

Nivel Jerarquico Superior 1

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXIST ENT E

28

2.1.1

7.1.01.05

Asistente "A"

Servidor Público de Apoyo 1

524,16

585,00

60,84

3

CREACIÓN - CONCURSO INT ERNO

29

2.1.1

7.1.01.05

Servidor Público 1

733,00

817,00

84,00

7

EXIST ENT E CONCURSO EXT ERNO

30

2.1.1

7.1.01.05

Servidor Público de Apoyo 1

527,00

585,00

58,00

3

EXIST ENT E CT R. OCASIONAL

31

2.1.1

7.1.01.05

Servidor Público de Apoyo 1

527,00

585,00

58,00

3

EXIST ENT E CT R. OCASIONAL T RASPASO

32

2.1.1

7.1.01.05

775,00

817,00

42,00

7

CREACIÓN - CONCURSO INT ERNO

33

2.1.1

7.1.01.05

901,00

817,00

-84,00

7

EXIST ENT E CONCURSO EXT ERNO

34

2.1.1

7.1.01.05

675,00

817,00

142,00

7

MODIFICACION NOMBRAMIENT O

6888,16

7249,00

360,84

Cordinadora de Responsabilidad Social Asistente "A" (Proyectos Sociales 1) Asistente "A" (Proyectos Sociales 2)

Cordinador de Cultura y Servidor Público 1 Deportes Técnica Comunicadora Servidor Público 1 Social Técnico Disenador Servidor Público 1 gráfico

1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 35,36,37,38,39, 41,42,43,44,45y 46

3) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para dos cargos de recaudadores. La remuneración propuesta de $733,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 675,00.

2) El cargo de Profesional de Rentas queda inactivo para el año 2014.

La lista de asignaciones queda de la siguiente manera:

PROCESO DE DIRECCIÓN FINANCIERA


87 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

O RD. PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

28 de junio de 2013

GRUPO O CUPACIO NAL

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

ESTADO

DIRECCIÓN FINANCIERA 35

1.2.1

5.1.01.05

Director

Nivel Jerarquico Superior 1

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXIST ENT E

36

1.2.1

5.1.01.05

Servidor Público de Apoyo 3

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

37

1.2.1

5.1.01.05

1412,00

1412,00

0,00

12

EXIST ENT E

38

1.2.1

5.1.01.05

Asistente "B" Administradora (Contadora General) Asistente "B"

Servidor Público de Apoyo 3

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

39 40

1.2.1 1.2.1

5.1.01.05 5.1.01.05

Servidor Público de Apoyo 3 Servidor Público 5

585,00 0,00

675,00 1212,00

90,00 1212,00

5 11

EXIST ENT E

41

1.2.1

5.1.01.05

Asistente "B" Profesional Área de Rentas Asistente "B"

Servidor Público de Apoyo 3

901,00

901,00

0,00

5

EXIST ENT E

42

1.2.1

5.1.01.05

1412,00

1412,00

0,00

12

EXIST ENT E

1.2.1

5.1.01.05

Adminstradora (Tesorera) Asistente "B"

Servidor Público 6

43

675,00

675,00

0,00

5

EXIST ENT E

Servidor Público 6

Servidor Público de Apoyo 3

INACT IVO

44

1.2.1

5.1.01.05

Recaudador

Servidor Público de Apoyo 4

675,00

733,00

58,00

6

MODIFICACION NOMBRAMIENT O

45

1.2.1

5.1.01.05

Recaudador

Servidor Público de Apoyo 4

675,00

733,00

58,00

6

MODIFICACION NOMBRAMIENT O

46

1.2.1

5.1.01.05

Recaudador

Servidor Público de Apoyo 4

6

CREACIÓN - NOMBRAMIENT O

901,00

901,00

0,00

10812,00

12230,00

1418,00

PROCESO DE OBRAS PÚBLICAS

1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 47,48, y 49 2) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para una Asistente A. La remuneración propuesta de $775,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. La lista de asignaciones queda de la siguiente manera: O RD. PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CARGO ACTUAL

GRUPO O CUPACIO NAL

REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI Grado Nivel RU 2013 O N 2014

ESTADO

DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS 47

3.6.1

7.1.01.05

Director Obras Públicas Nivel Jerarquico Superior 1

48

3.6.1

7.1.01.05

Asistente "A"

Servidor Público de Apoyo 1

49

3.6.1

7.1.01.05

Fiscalizador

Servidor Público 7

PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y TERRITORIALIDAD

1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 50,51,52,53,54,55,56,57, 58 y 59 2) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para un Asistente A. 4) Con Fines de Homologación a la Escala Remunerativa, se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para Técnico de Planificación Territorial. La remuneración propuesta de $817,00 se resolverá con posterioridad al mes de

2226,00

2226,00

0,00

NJS1

EXISTENTE

775,00

775,00

0,00

3

CREACIÓN - CONCURSO INTERNO

1676,00 4677,00

1676,00 4677,00

0,00 0,00

13

EXISTENTE

mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 775,00. 5) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para Profesional de Topografía. La remuneración propuesta de $1212,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014. Hasta llegar a dicha fecha la remuneración vigente será de $ 986,00. 6) Se autoriza iniciar el concurso interno de méritos y oposición, para Profesional de de Gestión y Evaluación de Proyectos y Cooperación Internacional. La remuneración propuesta de $1212,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014.


88 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

28 de junio de 2013

7) Se autoriza iniciar el concurso externo de méritos y oposición, para Profesional de Avalúos y Catastros. La remuneración propuesta de $ 1212,00 se resolverá con posterioridad al mes de mayo de 2014.

proyectos de vivienda, se recomienda renovar para el año 2014, la contratación ocasional, o bien civil, constante en el ítem no numerado del Especialista de Vivienda.

8) Por existir la necesidad coyuntural, relacionada a la construcción de los

La lista de asignaciones queda de la siguiente manera: REMUNERACI PRO PUESTA DIFERENCIA O N ACTUAL REMUNERACI RU 2013 O N 2014

O RD.

PRO GRAMA

PARTIDA PRESUPUESTARIA

50

3.1.1

7.1.01.05

Director

Nivel Jerarquico Superior 1

2226,00

2226,00

51

3.1.1

7.1.01.05

Asistente "B"

Servidor Público de Apoyo 3

675,00

675,00

Servidor Público 5

901,00

1212,00

Servidor Público de Apoyo 1

524,16

CARGO ACTUAL

GRUPO O CUPACIO NAL

Grado Nivel

ESTADO

0,00

NJS1

EXIST ENT E

0,00

5

EXIST ENT E

311,00

11

EXIST ENT E CONCURSO EXT ERNO

585,00

60,84

3

CREACIÓN - CONCURSO INT ERNO

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y TERRITORIALIDAD

52

3.1.1

7.1.01.05

Profesional Área de Avaluos y Catastros

53

3.1.1

7.1.01.05

Asistente "A"

54

3.1.1

7.1.01.05

55

3.1.1

7.1.01.05

56

3.1.1

7.1.01.05

58

3.1.1

59

3.1.1

*

3.1.1

Profesional Área Servidor Público 5 Topografía Especialista en Servidor Público 7 Proyectos Técnico de Servidor Público 1 Planififcación Territorial

986,00

1212,00

226,00

11

MODIFICACION NOMBRAMIENT O

1676,00

1676,00

0,00

13

EXIST ENT E

775,00

817,00

42,00

7

CREACIÓN - CONCURSO INT ERNO

7.1.01.05

Profesional Área de Proyectos

Servidor Público 5

1212,00

1212,00

0,00

11

EXIST ENT E

7.1.01.05

Profesional Gestión y Evaluación de Proyectos Servidor Público 5 y Cooperación Int.

1212,00

1212,00

0,00

11

CREACIÓN - CONCURSO INT ERNO

10187,16

10827,00

639,84

1212,00

1212,00

0,00

11

CONT RAT O

7.1.01.05

Especialista en Vivienda Servidor Público 5

PROCESO GOBERNANTE LEGISLATIVO 1) De la Lista de Asignaciones se autoriza para que conste en el Distributivo de Remuneraciones del 2014, los ordinales 60, 61, 62, 63, 64, 65 y 66 hasta el mes de mayo de 2014.

O RD. PRO GRAMA

60 61 62 63 64 65 66

1.1.1 1.1.1 1.1.1 1.1.1 1.1.1 1.1.1 1.1.1

PARTIDA PRESUPUESTARIA

5.1.01.05 5.1.01.05 5.1.01.05 5.1.01.05 5.1.01.05 5.1.01.05 5.1.01.05

CARGO ACTUAL

Concejala Concejal Concejal Concejala Concejal Concejal Concejal

GRUPO O CUPACIO NAL

2) A partir del mes de mayo de 2014, por mandato de ley se disminuyen los cargos de 7 a 5 concejales, por lo que desde dicho mes se asignan únicamente los ordinales, 60,61, 62, 63 y 64.

2226

CUERPO COLEGIADO Funcionarios de Elección Popular 1600,00 Funcionarios de Elección Popular 1600,00 Funcionarios de Elección Popular 1600,00 Funcionarios de Elección Popular 1600,00 Funcionarios de Elección Popular 1600,00 Funcionarios de Elección Popular 1600,00 Funcionarios de Elección Popular 1600,00 11200,00

DISPOSICIÓN GENERAL Disponer que la presente Resolución, por intermedio de a la Secretaria de esta Municipal del cantón Pedro Vicente Maldonado.

2226

1600,00 1600,00 1600,00 1600,00 1600,00 1600,00 1600,00 11200,00

0

Grado Nivel

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

ESTADO

EXISTENTE EXISTENTE EXISTENTE EXISTENTE EXISTENTE EXISTENTE EXISTENTE

institución, se publique en la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado

Dado y firmado en la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, el 23 de noviembre del 2013.-


89 ------- Gaceta Oficial Nº 1--------

Ab. Pacífico Egüez Falcón ALCALDE

Certifico

04.-

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 0192013-ALC Índice RESOLUCION ADMINISTRATIVA 019-2013-ALC

PACIFICO EGUEZ FALCON ALCALDE DEL CANTÓN En uso de mis facultades Constitucionales y Legales

CONSIDERANDO: Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en su artículo 3 habla sobre principios.- El ejercicio de la autoridad y las potestades públicas de los gobiernos autónomos descentralizados se regirán por los siguientes principios: g) Participación ciudadana.- La participación es un derecho cuya titularidad y ejercicio corresponde a la ciudadanía. El ejercicio de este derecho será respetado, promovido y

28 de junio de 2013 facilitado por todos los órganos del Estado de manera obligatoria, con el fin de garantizar la elaboración y adopción compartida de decisiones, entre los diferentes niveles de gobierno y la ciudadanía, así como la gestión compartida y el control social de planes, políticas, programas y proyectos públicos, el diseño y ejecución de presupuestos participativos de los gobiernos. En virtud de este principio, se garantizan además la transparencia y la rendición de cuentas, de acuerdo con la Constitución y la ley. Que el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en su Artículo 5.- Autonomía.- La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional. Que, el Código de Planificación y Finanzas Públicas en su Art. 106.- Normativa aplicable.La aprobación del Presupuesto General del Estado se realizará en la forma y términos establecidos en la Constitución de la República. En caso de reelección presidencial, el Presidente reelecto enviará la proforma 30 días después de proclamados los resultados de la segunda vuelta. En los gobiernos autónomos descentralizados, los plazos de aprobación de presupuesto del año en que se posesiona su máxima autoridad serán los mismos que establece la Constitución para el Presupuesto General del Estado y este código. Cada entidad y organismo que no forma parte del Presupuesto General del Estado deberá aprobar su presupuesto hasta el último día del año previo al cual se expida. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, en


90 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------su artículo 304.- Sistema de participación ciudadana.- Los gobiernos autónomos descentralizados conformarán un sistema de participación ciudadana, que se regulará por acto normativo del correspondiente nivel de gobierno, tendrá una estructura y denominación propias: c) Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos; Que el Código de Planificación y Finanzas Públicas en su Art. 107.- Presupuestos prorrogados.- Hasta que se apruebe el Presupuesto General del Estado del año en que se posesiona el Presidente o Presidenta de la República, regirá el presupuesto inicial del año anterior. En el resto de presupuestos del sector público se aplicará esta misma norma. Que, La y Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República de Ecuador, en su artículo 207 Art. 207.- Durante el período de campaña electoral, todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad a través de prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias. Únicamente podrán informar a través de estos medios sobre asuntos cuya difusión sea necesaria para la ejecución de planes y programas específicos y que se encuentran en ejecución durante este período. Queda prohibida la exposición en espacios audiovisuales, que impliquen la utilización de recursos públicos de la imagen, voz, y nombres de personas que se encuentren inscritas como candidatas o candidatos. Quienes ejerzan una función pública y se encuentren calificados como candidata y candidatos no podrán participar oficialmente en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos, exceptuando aquellos que sean de representación propios al ejercicio de sus funciones. El tiempo y/o valor contratado por las entidades públicas para informar durante toda la campaña electoral, no podrá exceder al promedio mensual del último año anterior al inicio de la campaña. Cuarenta y ocho horas antes del día de los comicios y hasta las 24h00 de ese día, queda prohibida la difusión de cualquier tipo de

28 de junio de 2013 información dispuesta por las instituciones públicas, con excepción del Consejo Nacional Electoral. De no cumplirse estas disposiciones el Consejo Nacional Electoral dispondrá a los medios de comunicación suspender de manera inmediata su difusión, so pena de aplicar la sanción correspondiente conforme lo dispuesto en esta Ley. En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 240 de la Constitución de la República, en concordancia con lo establecido en los Arts. 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización:

RESUELVO No convocar a la Asamblea Cantonal para que conozca el presupuesto para el año 2014, conforme consta en el acta del Consejo de Planificación N° 003-CPPVM-2013 y la Resolución 001-CPCPVM-2013 en la que aprueba el presupuesto prorrogado para el año 2014, pues soy alcalde candidato, al igual que los compañeros Concejales Lcdo. Armando Mena, Lcda. Maira Aguilar, Sr. Freddy Gaón y señor Jhoon Correa.

DISPOSICIÓN GENERAL Disponer que la presente Resolución, por intermedio de a la Secretaria de esta institución, se publique en la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedro Vicente Maldonado. Dado y firmado en la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, el 20 de diciembre del 2013.-

Ab. Pacífico Egüez Falcón ALCALDE


91 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------Certifico

28 de junio de 2013 conmoción interna, inminente agresión externa, guerra internacional, catástrofes naturales y otras que provengan de fuerza mayor o caso fortuito, a nivel nacional, sectorial o institucional una situación de emergencia es concreta, inmediata, imprevista, probada y objetiva."

05.-

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 0942013-ALC Índice RESOLUCION ADMINISTRATIVA 094-2013-ALC Abg. Pacífico Egüez Falcón ALCALDE DEL CANTON. En uso de mis facultades Constitucionales y legales

Considerando:

Que, el Municipio es la sociedad Política autónoma, subordinada al orden jurídico constitucional del Estado, cuya finalidad es el bien común local y, dentro de este y en forma primordial, la atención de las necesidades del Cantón. Que, la Constitución de la República, Art. 264, establece como competencias de los Gobiernos Municipales, planificar el desarrollo cantonal, prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la Ley. Servicios que se deberá brindar a la población, en forma oportuna y eficiente.

Que, el Art. 6 numeral 3l de la Ley orgánica del sistema Nacional de contratación Pública, define que las situaciones de emergencia corresponde a "...aquellas generadas por acontecimientos graves tales como accidentes, terremotos, inundaciones, sequías, grave

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 57 de la Ley del sistema Nacional de contratación Pública, previamente a iniciarse el procedimiento, la máxima autoridad de la entidad deberá emitir la resolución motivada que declare la emergencia para justificar la contratación, y su publicación en el portal de COMPRAS PUBLICAS.

Que, el Procurado¡ Sindico, mediante memorando MEM-400-PS-13, de fecha 19 de noviembre del 2013, emite criterio legal favorable, para que se proceda con la contratación pública en la forma señalada en la ley orgánica del sistema Nacional de Contratación Pública, en situaciones de emergencia. En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias RESUELVE: Art. l.- Declara de emergencia el sistema de agua de la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, al amparo del informe técnico y criterio legal de acuerdo a lo previsto en el numeral 3l del Art. 6 y Art. 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Art. 2.- Exonerar de los procedimientos de contratación obras, adquisición pública y contratar de manera directa la ejecución de bienes y prestación de servicios incluidos los estudios de consultoría, tendientes a remediar la emergencia. Art.4.- Autorizar al Director Financiero Municipal, a priorizar alimentar partidas, traspaso y/o suplementos de créditos, y demás medidas necesarias para afrontar los gastos para hacer efectivas las medidas que se tomarán con esta declaratoria. Art. 5.- Reformar el Plan Anual de Contratación conforme la certificación presupuestaria


92 ------- Gaceta Oficial Nº 1-------existente para estos procesos contractuales y a lo establecido en el Art. 22 del Reglamento a la Ley Orgánica de Contratación Pública. Art. 6.- Una vez superada la situación de emergencia, la Directora Administrativa, publicará en el portal www.compraspublicas.gob.ec., el informe respectivo, que detalle las contrataciones realizadas y el presupuesto empleado, con indicación de los resultados obtenidos, en los términos del último inciso del artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Dado y firmado en el despacho de la Alcaldía Municipal de Pedro Vicente Maldonado, a 20 de noviembre del año dos mil trece.-

Abg. Pacífico Egüez Falcón ALCALDE GAD MUNICIPAL PEDRO VICENTE MALDONADO

Certifico.-

28 de junio de 2013


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