BOLETÍN DEL DIARIO OFICIAL 29 05 2014

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El Peruano Jueves 29 de mayo de 2014

ORGANISMOS EJECUTORES

524047 Titular:

Resolución de Presidencia Ejecutiva Willy Hernando Jefe (e) de la Unidad de N° 079-2014-DV-PE Venero Espinoza Personal Nombre y apellido

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO

Cargo

Suplente:

Y VIDA SIN DROGAS Designan funcionarios responsables de remitir ofertas de empleo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 087-2014-DV-PE Lima, 27 de mayo de 2014 VISTO: El Memorándum N° 455-2014-DV-OA-UP del 23 de mayo de 2014, emitido por la Unidad de Personal de la Oficina de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone la transmisión de avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados, a través del Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7; Que, el artículo 2° de las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2004-TR, establece que todo organismo público y empresa del Estado esta obligada a remitir el Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar a excepción de los puestos clasificados como de confianza conforme a las reglas de la normativa laboral pública vigente; Que, la citada norma prevé que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2014-DV-PE, se designó al señor José Bernardo Arróspide Aliaga en el cargo de Jefe de la Oficina de Administración de DEVIDA; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 079-2014-DV-PE, se encargó las funciones del cargo de Jefe (e) de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración al Sr. Willy Hernando Venero Espinoza, Asesor II de la Secretaria General de DEVIDA; Con las visaciones de la Secretaría General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Unidad de Personal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 0632011-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los funcionarios responsables de remitir las ofertas de empleo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y apellido

Cargo

José Bernardo Jefe de la Oficina de Arróspide Aliaga Administración

Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2014-DV-PE

Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Administración ejecute la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 172-2013-DV-PE. Artículo 4º.- Disponer que se remita copia de la presente Resolución a las Direcciones y Oficinas de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas. Regístrese, comuníquese y publíquese CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva

1089026-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban asignación de personal en cargos aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 126-2014/SIS Lima, 27 de mayo de 2014 VISTOS: La Resolución Secretarial Nº 037-2013-SIS/ SG, la Resolución Jefatural Nº 101-2014/SIS, los Informes N°s 091-2014-SIS/OGAR-SGP y 100-2014-SIS-OGAR/ SGP con Proveídos Nºs 081-2014-SIS/OGAR y 087-2014SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos, el Informe Nº 002-2014-SIS/OGPPDO-FMSY con Proveído N° 018-2014-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 053-2014-SIS/OGAJ/EOE con Proveído N° 271-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO Que, la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, establece el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud; constituyendo al Seguro Integral de Salud como una de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud; Que, asimismo conforme al artículo 6° del Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, el Seguro Integral de Salud es considerado como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de recibir, gestionar, captar o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud bajo cualquier modalidad; Que, la Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010-SA, establece que en un plazo que no será mayor a dos (2) años, contados desde la vigencia de dicho Reglamento, el SIS deberá adecuar su organización interna y funcionamiento al de una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento;


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