Bien Común 268

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con la participación activa de la ciudadanía, que también representa un mecanismo de control de las actividades correspondientes a la seguridad de las comunidades, al proveer información sobre la percepción de los miembros de la sociedad sobre la criminalidad lo cual contribuye, no sólo a la persecución de los delincuentes, sino sobre todo a establecer medidas e instrumentos que ayuden a los cuerpos policiacos en la prevención de los delitos que puedan cometerse en un área determinada. Este sería el caso de la creación de atlas geográficos delincuenciales en los que se consignen los delitos más comunes en una zona claramente delimitada, mediante la ubicación de los lugares en los que pudieran ocurrir los actos ilícitos y que serían determinados por las denuncias y por la ocurrencia de dichos ilícitos captados directamente por los agentes de la policía. Otras ventajas que ofrece la seguridad ciudadana serían: • Las de autoeducación en la materia, con el fin de intervenir en el mejoramiento de las leyes existentes y la propuesta de cambios en la legislación que pudieran juzgarse convenientes, • Esto obligaría a los miembros del Poder Legislativo a mantener una vinculación

real y constante con quienes los eligieron como sus representantes ante esa instancia de la sociedad política, como una práctica real de democracia representativa en los términos del mencionado Artículo 3° de la Constitución. • La exigencia de objetividad a los medios de comunicación, más allá de expresiones exageradas, partidistas o simplemente amarillistas que deforman el conocimiento de la realidad y llegan a generar desconfianza en quienes están directamente encargados de combatir a la delincuencia. Considerando que la libertad de expresión y el derecho a la información, establecidos en los artículos 6º y 7º de la Constitución, no son absolutos y tienen límites señalados en la propia Constitución; estos límites son el ataque a la moral, los derechos de terceros, la provocación para cometer algún delito o la perturbación del orden público. Estas limitaciones expresadas de manera general en el texto constitucional, están desarrolladas de manera más específica en la ley de imprenta (LI) de 1917. Que, aunque fue promulgada por el presidente Venustiano Carranza antes que la propia Constitución, actualmente opera

como una ley reglamentaria de los artículos de la Carta Magna que se mencionan. La participación de la ciudadanía en la Seguridad Pública puede hacerse efectiva mediante la intervención de la ciudadanía en los medios de comunicación, el establecimiento de mecanismos formales de rendición de cuentas a nivel regional, la asociación con Organizaciones no Gubernamentales tales como, las organizaciones de derechos humanos, centros de investigación académica, grupos de mujeres, organizaciones comunitarias o vecinales, asociaciones sindicales y asociaciones empresariales, entre otras. La Seguridad Ciudadana entonces operaria como un mecanismo de retroalimentación, importante para mantener el necesario equilibrio y orden dentro de los sistemas representados por las sociedades social y política. Esto repercutiría también en una mayor fortaleza de la sociedad en su conjunto y en una menor vulnerabilidad frente a las amenazas internas, externas y políticas en las que en muchas ocasiones pretende sustentarse el crimen organizado.17

17 Con información tomada de: González, Patricia. Seguridad Ciudadana, Guatemala. Publicación de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO, Sede Guatemala. 2003.

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