Proyectoleydefuerzapopular2017

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DELAREPUBLICA CO}¡CNESO Docuf{eNTARlo Án¡roeTRAtttTE

[,ey que crea el Colegicr Profesional de Historiaelores del Perú,

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>=*#.. Hora:.)'.¡.'L El prupo ParlanientarioFrterzaPopular,por iniciativadel Congresistaciela Repírblica lns facuitadesde iniciatir¡alegisiatir,aque ie .IOAQLIIN DIPAS HI-IAMA¡ü, ejere:iendo conficrenel artículo lo7o tle la ConstituciónPolíticadel Perú y los a$iculo.s7Su1,7f:" del Reglanlcntt¡riel Congresodclla Repúblicil,¡rrr1)on€ilel siguientePrn)¡cr:to de l,ev: LEY QUE CRNA EL COLEGIO PROFESIONAL DE HISTORIADORES

DEL

SEEU Artículo

ro.- 0lrjeto de Ia Ley Iin aplicacióndel articulo too clela ()onstituciónPolíticadel Est¡rcio. creaseel Colegio juridica Ilrof'esion¿rl de Ilistoriadorcs,c:oüroinstitucií¡nautónr.rnra, con ¡rersonalidild de derecho púl:lico interno, I'epresentativode los profesionaiesde Historia, co¡l

iurisdicciónen todo el tcrritorio de la República,cu¡'asedees tijada cn su est¡rtuto. Artículo 2".* Requisito para colegiatura I-osprot-csiollales tituladosen Historia expcclidos¡ror universidadnacior-ral o extrajerra revalitlacl¡ cc¡trtbrme¿i l-ey, acreditaran cl título prof'esionai par'Íl ser miernL"¡ro colegiado.LCIsque ha.vanobtenido el grado académicc¡ de f)octor en Historia antesde la r.igcnciade Ia [,ey tiniversitaria No goazo, será rcconoc:iclo como colegiarclo. Artículo 90.- La Colegiacií"rn l,a colcgiitttrra es requisito indis¡rensablepara el eiercicio de la ¡rx:f'esir:nile Historiador. Artículo 4".- Fines y Objetivos Son flnes y objetivoscielColegioProfesionaltle l{istoriadores: a) Clontribuira definir y'perfet:cic¡nar ei perfil prot'esional de los histori¿ld<:res. b) Propiciar el desarrollo cientí{ico y.' tecnológ,icodel área a trar,és de la clocencia,la investigación1'el eiercicio ético _veficientcrdc la prot'esií,rn por' y todos cadauno de los colegiados; c) Cont"ril¡uiral desarrollo de la historia y cie la socieciailperuana en ia construccionclecultura e identidadnacionalen l¿rdivrrsicladcultural. cl) Vigilar y ejcrcer cr¡ntrol al ejercicio prof'esionaly' su defen.sadentro de las nolmas éticasv legalesde sus miembros. e) Eiercer la i'epresentacii¡nde sus miembros ante cualquier autoridatJ, organismopúblicoo privado,nacionalo exlra¡tiero.

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f) Cooperarcon los poderespúblicos, institucionesnacionaleso extrajer¿Isen la historia cieiPerir. función dc pro-vect¿rr g) Fomentarla solidaritlaci,institucionai)'a nir¡elnacionalei internacionalde Ios protesionalesantropélo¡¡os; h) Proponer rccomendaciones1.'/oabsolver consultasen materia de historia, patrimoniocultura r.iva,museos_varchivosescritosy'nr: escritos. i) Los denrásque señalela l.ey y su Estatuto. A¡'tíctrlo 5o.- Funciones Son ft¡ncionesdel ColegioProfesionalde Historiadores: a) Formtrlary aprcbar su organizaciónintcrna, su estatuto,su códigode ética,,r.'la normatividaclque regulesu funcionamiento. b) t..iercerla ccrtificaciixl de sus rnieml:roscolegiados,confomre a let'. c) Ejercerel derechoconstitucionalde iniciativapilra estucli¿rr, promover.vproponer ley'es. d) Interponer,conforme¿lsus flnes y objetivos,accionesde inconstitucionalidad en materiade su especialidad. Artículo 60.- Órganos de gobierlro Son órganosde gobiernodel ColegioProf'esionalde Historiadores: a) La Asamblea.Máxirno órganode deci.siónconstituido por todos lo.sagremiados. b) El Conseio Nacional, órgano de representación)¡ adrninistracióndel colegio protbsional. cr) Los ConsejosRegiuttales, son órganosdesconcentradc;s constituidosen los lugares deterrninadospor el ColegioProt'esional. Articulo

70 .- Atribuciones del C,onsejo Nacional Ei ConseioNacionaltienelas siguientesatribuciones: a) Representaral ColegioProf-esional de Historiadoresdel Perú. b) Resolverlos asuntosde gobierr:ointernoy de adrninistración. c) Establecerlas ¡rornas sohrelas actividadesprofesionalesy del colegioprofesional. d) Resnlverlas consultasque forntulen los conse.ios regionaleso sus nliembros. e) Aprobar su reglamentr¡1.'delos consejosregionales. t) Aprr:bar el códigocletltica del colegioprofesic¡nal. g) ¿\dministrarlc¡sbienesy' rentasdel colegioprotesi<¡nal. Artículo 8".- Rentas y bienes Son rentasy [¡*rtes dei ColegioProfesionalde Historiadores: de sus mienrbros; a) I-asc:otizaciones b) Las deiuaciones, subvenciones o legildosque se hagana su f-avor; (lue generen Los ingresos c) sus bienes]¡ Susactir.'idades.

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ci)Otrasquc estabiezca su Esta'i¡.rto. Artít:ulo 90. * Conteniel<¡ estatutario La Ürganizacién, funcionamiento dem¿is aspectos instit¡cionales clel Ccliegio "v Prr:f'esional clelHistoriatiorse establecen en el respectivoEstatuto. D IS POS ICIONES TRANSI'TORL4*{i Primera.-

constitucirin de la comisión organizador-a Constitú1'aseuna Cornisión Organizadora.delF,statutocle] Colegio proiesi¡nal cle Historiacloresdel Pcrir, integrada¡ror: a) Un ¡llietnbrode la Ac:aclernia de t{istoriaclores cielperú. b) LTnrepresentante del ivlinisteriode Cultura. c) Lin representante del Conseio Nacional de Decanos cie los Colegios Profesionalesdel Perú. d) Dos representantg5s|¿rgiclos de entre las Unir,ersidadesPeruanasrlue tienen fbnnaciónprofesionaide Historia. Segu nda.Son funciones de la Comisién Organnizadora. a) Inscribir a los miembros del Colegio prot-esior ¡nal de Historiadore s del Peri¡, clentrodel piazode 6o días desdela r.igenciade l¿ la Ler'. b) Elaborarel proyectode Estatuto. c) Conrrocar p/Ios *-hnUqrs p¿lra la elecció¡r de: la primera ,Juntal.)irectir,ar, "- " , ilprobacighdel listatnto, ciei\r del ¡llazricle7o d dÍasde vigenciaclela ler'. j

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1. EXPOSICIÓNDE MOTI\¡OS: públicas!' privadasofrecencarrerasprofesionales Que,ias unir-ersidades conforrnea la'Le.v Unir.ersitaria.Cada Universidaden el marco de su autonomíanormatir.ay académica,pre\,'ioestudiocielrnercado,fcrmulan vacantesv posteriormenteel procesocleadmisión,en l¿icual,ei admitido a carrera prof"esionalrealiza un estudio cle carrera ¡:rofesionaien no menos de S años académicos(en la modalidaddel sistenlacurrjcular anuai) o no rnenos 10 semestresacadémicos(en el sistemacurriculerr sernestral).Esta oferta educativaunir,ersitariase basa en el rnanclatcl cclnstitucional del Art. rBo

Artículo rB.- Educaciónuniversitaria La educación universitaria tiene conto fines la fbrmación profesional,la difusión cultural,Ia creaciónintelecttraly artísticav científica .vtecnológica la investigacrión Lcs alumnos universitarios, al conc.luir el periodo académico de formación profesional,tienen expedito el derecho a la obtención del grado académico,v posteriormenteel Título Profesionalpara ejercerla profesiónde maneralibre en el mercadonacionale internacionallcomo rina f'asede superaciónacadémicopro{'esion¿rl al serr,iciode Ia nación.AsÍ lo expresa Ia Le)' Universitaria I'ío 3ozzo (que concLlerdacon la Le.v el Art. 44o ;\rt. UniversitariaNo egTB3),a derogada),específicamente -v g8c, g7a, lo5o 45o concordantecon los Arts.

Arfículo 45.Obtenciónde gradosy firulos. La obtención de grados y rítulos se realiza ¿te acuerdo o las que cada uiliuersidad e.sfqblezcuen .su.s exigenciasacadémic:c¡s respecfiucs norr?ros fnfern¿¡s.Los requisifos mínimos son los sígurenfes;45.t G¡'adode Bochiller: requíerethaber cprobcclolo.s esf¿rdiosde pregrudo, así corno Ja aprobacitin de ¿¿r¡frabaio de inuesfigacfón A el conocfnriento de ¿rn ídfornc extraniero, de preferencia fnglés o lengua ¡rc¡fi¿ra.4S.p TíruIo Profes¿orral: rec¡uieredel grado de Bachil/er y Ia aprobcción de uno tesi.so p rofesio¡raL Lc s u n íuersidades r:credffücia.s f r<rba,¡o dersu;ñcíenc:ío ww\¡J c0ng,^eso goD pe

Jr Azángaro 496 - Oficina503 - EdificioJosé FausiinaSánchez Carrión

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pueden esfablecer nrCIclülidades adicio¡rale.sa esrfis úlrfmrrs. EI ffruio pro,/bsio¡¡alsólr: se ¡:uede obtener en lrluni¿rirrsf¿Jad en la cuai se hcryaahtenídoeI grado de b¿lcñf/ier.

Los títuio profesionaiesde rango uni\¡ersitario,sün otorgadasa nombre de ia "nación". Diferente a los titulos prof'esionalesotorgados en los instituto*s superiores tecnológicos o pedagógicos,que si bien, tanto títulos de universidadesy de institutos son a nombre ciela nación,el título universitario no bastapar¿iejercerla profesión,que si'lo estápelrrnitidoal título de instituto. No obstantela diferenciaanotada;para el ejercicioprof'esional,se permite al título de rango universitarioCOLEGIARSEen el respectivocolegioprofesional: ingenieros,médicos,obstetras,economistas. abogados,etc. En la legislaciónperuana,para el ejercicioprofesionalde rangouniuersitario,se exige el curnplimientolegal de la colegiación,sin el cual, el acto cle ejercicio profesionalder.'ieneen ilegal pasiblea sometersea la sanciónpenal cleldelito cle ejercicioilegalclela pr:of-esión sancionadoen el Códigopenal. "Artíct¿lo 56.t.- Ejercicio íteg¡alde prafesión EI c¡uee.¡erceprofesüin .sin reunir los regursiros legales requeridas, será repri.mido cor¡ pene priuaf ír¡a de libertad no tnenor de dos ni m(ruar de cur¡tro años. EI t¡ue eiercepro/esiór? co¡t /erlso fifulo, serd reprfrnfdr¡ r:o¡r penü prfucfir¡a rle líbertad no me¡ror de cuatro ni mnyor de.ser.saños. la pena ser'á no menor de cua,tt'ortf mayor de ochoaño.s,sf ei ejercír.iode Ia prolbsión se da en el {tmbita de la función públfca o presfanclo ser¿ricfosal ,0sfcdo bc$ocnrr{quier madr¡lídedcc¡nfrcchrcl." Artículo 364.- Partícipeción en ejercicia ílegal de. la ¡rroJbsir'rnEt pro/esronatque empüre co¡rsl{ firma et trabajo de quien ¡ro fiene ürulo palü eiercerlo,será reprinúd() con penaprfuatiua de lihertsd no ntcqor de cuatro crñose fuñobflftacfóncle uno ¿rf¡'e-suños co¡rfi¡rnrcul arfículo 36o, fncf.sosr lJ z. Del mismo modo, son las exigenciasde Índole administrativo,que requieren prot'esionalcolegiadocon la finalidad de que los actos sean r,.inculantes partr el profesionalsuscribiente. w!\ rúconglesc gob.pe

Jr Azángaro496* ofrcrna503* Edíficio JoséFaustino sanchezcarrrón

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Que, con la finalidad de que tenga seguridadjr"rrídicael título profesional-vel el otorgamientodel titr¡lo es formal. _vtiene REtllSTRL)en eiercicioprotresional, de EducaciónUniversitaria,órgano adscritoal Ministerio la Sr-rperintentiencia de Educación, que es actualnrente, quien inscribe los titulos de todos los egresadosde las universidadesparticularesv estatalesde todo el Perir. (que -, sustituvé a ia Asanrblea Nacional cle Rectores),solo tle la unir,ersidades autorizadas. Cumpliriaestafase,ej titulo c¡uedaexpeditopara la inscripciónen colegioprofesionalcorrespondiente. Políticadel Peril,seriala"Los colegios En efecto,el Aft. aoo clela Constitr,rción profesionalesson instituciones autónomas con personalidad de derecho público.L,alev señalaios casosen que ia colegiaciónes ollligntoria. En el Perú, conforrne a ias profesiones otrecidas por las universidades,, funcionartlos colegiosprofesionales, siendoel Consejol.iacianalde Decanosde (reconocicla por Lev No sBg+B)que agnrpaa los ColegiosProfesionalesdel Perür los Colegios Prot'esionales,en cuyo registro N0 existe el Colegio de I{istoriadores, sino otros coleg,ioscomo los colegi<tsprofesionales de: Arqueólogos. Abogaclos,Economi.stas,Arquitectos, E¡:fermeros, Estadísticos, Cooperatirtsmo,Turismo, il,[atemáticos, Geógrirfos,Ingenieros,Administrac:ión, Nutricionistas, Obstetras, Odonrólogos, Otlciales cle Marina Mercante, Periodistas, Profesores, Psicóiogos, Qtrímicos, Relaciorres Inclustriales, RelacionistasPúblicas,il¡Iédicos,TecnólogoMédico, 'fr¿rductores,'I'r:ai:ajadores Sociales, Notarios, Farmacéuticos, Contadores, Médico Veteri¡rario, Físicos,Biólogos. Antropólogo,Bibliotecólogos, La forrnación profesional en Historia for¡na prot-esionalescapacitadospal'a participaren procesoscleinvestigaciónen diferentesputttoshistóricoseielpaís. [¿s estudioscapacitanintegralmenteen realidadeshistóricas,cuitivando un punto clevista que les permite comprenderlos problemassocialesque influ,veu en el devenir de la historia de una nación. Por tanto, el licenciacloo presionas cle historia tiene capacicladtanto de análisis )' síntesis como de c¡'ítica .\ autocriticaque le permitirá solucionarproblernasde ínclolehistórica. strperioruniversitaria peruana,se tiene no menosde E,nefec.to,en la educ¿rción ocho universidadesque ofrecen la carrera pr:ofesionalde Historia cle hace aproximadamenteSo años, divididos en regiones,-v con claras tendenciasde w ww congfeso goD pe

Jr. Azangaro 496 - Oficina 503 - Fdif¡no José FaustinoSánchez Carnórr


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academias.entre las cttalers tenemcls:UniversidadNacionaiF'eclerico Villarreal., tlniversidad Nacional Ma--vorde San Marcos, UniversidaclNacional de Piura, Llnir,ersidadNar:ional lraniel Ncides Carrión. universidad Nacional de San Antonio de Abacl clel Cusco, Pontiiicia Universidad Católica del Perir, -U-niversidad UniversidadNacionalde San Agustín, NacionalHermilio Valdizán. Otras unir.ersidade.s,como la Universidad Nacional de San Cristóbat de Huamattga, ia especialiclaclde histori¿r está tusionado a la especialiclad Artlueología.La e,spec.ial de historiasse pueder.isualizaren ia oferta de tacantes en cadaprocesode admisión.

Qr,resi bien. existe en al país la institución cir,il que representa a los historiadores, la Academia Nacional cle I{istoria, esta no tienen las connotacionesde exigenciay deber en la legislaciónperuana,por cllanto sr-r-s finesson diferentea las responsabiiidad de e.iercicio profesional,por cuantoesta institución sin'e de foro v enlaceentre el mundo académicor, la sociedad;en tanto el colegioprofesionaltiene una dimensiónmas amplia.

2. EFECTOSDE LA VI{IENCIA DE L{. NORMA SC)BRELA LEGISIACIO|'I NACIONAL

La presente iniciatir,'ade L*,u, no es contraria a lo que dispone la Constitucifin Política del Perú, por cuanto el efecto que \.a a tener, es be¡reticiar al conjunto de prof'esionalestitulados cle la carrer¿r cie formacién profesional de historias, egresadosde las universidades públicas l' privadas del Perú, y cle aquellos qlle cr.rmpiancon ios requisitosclerer'álidaconforme al orcienamientolegal interno.

3. ANAI,ISISCOSTOBENEFICIO El presenteProvectode Ley, no generarani dernandarágasto alguno al erario nacional; por el contrario perrnite la equidacl cle la fi.lpc.ión prot'esionalde los historiadoresen iguai de condición organizacir¡nal profesionalde otras clisciplinasprofesionales.

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Jr Azángaro 496 - Oficina503 - EdificioJosé FaustinoSanchez Carrión

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