2 minute read

FORMAS DE TENER EL TÍTULO DE UNA PROPIEDAD IN

PATRIMONIO CONYUGAL

Requiere un matrimonio válido entre dos personas.

Advertisement

PROPIETARIOS CONJUNTOS CON EL DERECHO A SUPERVIVENCIA

Las partes no tienen que estar casadas; puede haber más de dos propietarios conjuntos.

PATRIMONIO CONYUGAL CON EL DERECHO A SUPERVIVENCIA

Requiere de un matrimonio válidoentre dos personas.

PROPIETARIOS CONJUNTOS

Las partes no tienen que estar casadas; puede haber más de dos propietarios conjuntos.

Cada cónyuge posee media participación entera de la propiedad

Un cónyuge no puede dividir la propiedad mediante la venta de su participación.

Cada cónyuge posee media participación entera de la propiedad.

Each spouse can devise (will) one-half of the community property.

Después del fallecimiento, el bien del difunto(a) debe ser “liberado” a través de la legalización de un testamento, declaración jurada o adjudicación.

Cada propietario tiene una participación de la propiedad igual y entera y un interés conjunto.

Un propietario puede dividir la propiedad vendiendo su interés.

Requiere las firmas de todos los propietarios para traspasar o hipotecar la totalidad.

El bien pasa a los otros co-propietarios sobrevivientes sin legalización de testamento.

No se requiere acción judicial para “liberar” el título después de la muerte de propietario(s) conjunto(s).

Cada cónyuge posee media participación entera de la propiedad.

Un cónyuge no puede dividir la propiedad mediantela venta de su participación.

Requiere las firmas de los dos cónyuges para traspasar o para hipotecar.

El bien pasa al cónyuge sobreviviente sin necesidad de legalización de testamento.

No se requiere acción judicial para “liberar” el título después de la primera muerte.

Cada propietario conjunto tiene una participación parcial entera del bien. Puede ser esproporcionada, ej. 20% y 80%; 60% y 40%; 20%, 20%, 20% y 40%; etc.

Cada participación de los propietarios puede ser traspasada, hipotecada o legada a una tercera parte.

Requiere las firmas de todos los propietarios para traspasar o hipotecar la totalidad.

Después de la muerte de un propietario la participación proporcional pasa a sus herederos mediante testamento o intestado.

Después de la muerte, el bien del difunto(a) debe ser “liberado” a través de la legalización de un testamento, declaración jurada o adjudicación.

Nota: En el estado de Arizona rige la ley de patrimonio conyugal. La propiedad adquirida por esposo y esposa se presume ser patrimonio conyugal a menos que se especifique lo contrario legalmente. El título se puede tener “Solo(a) y por Separado(a).” Si una persona casada adquiere un título solo(a) y por separado(a), su cónyuge debe ejecutar una escritura de renuncia para evitar la presunción de patrimonio conyugal. Las partes pueden tener el título a nombre de una entidad, ej. una corporación; una compañía con responsabilidad limitada; una sociedad (general o limitada), o un fideicomiso. Cada método de tener el título tiene ciertas consecuencias legales y tributarias; por lo tanto, le sugerimos que se asesore de un abogado u otro profesional calificado.

Selecciona un agente de bienes raíces.

Obtiene una carta de aprobación por adelantado de la institución financiera y la entrega al agente de bienes raíces.

Hace la oferta de compra. Una vez aceptada, abre la plica y coloca el depósito de fianza.

Finaliza la solicitud del préstamo para la institución financiera. Esta, presenta el Presupuesto del Préstamo.

Completa y devuelve el paquete de apertura de First American Title

Hace citas para inspecciones y evalúa los resultados. Revisa el compromiso del título y el informe preliminar.

Provee todos los documentos que le ha solicitado la institución financiera (extractos bancarios, declaraciones de impuestos, etc.) Todas las facturas y aprobaciones finales deben entregarse a la institución financiera a más tardar diez días hábiles antes de la culminación del préstamo.

La institución financiera (o el funcionario de plica) prepara la CD y la entrega al comprador por lo menos 3 días antes de la culminación del préstamo.

El funcionario de plica o agente de bienes raíces contacta al comprador para fijar la cita del cierre y firmar los documentos.

El comprador culmina el préstamo, firma los documentos del cierre y deposita los fondos por medio de una transferencia electrónica.

Los documentos se registran y se entregan las llaves.

This article is from: