MANUAL DE REDACCIÓN PERIODÍSTICA: UNA COMPILACIÓN DOCUMENTAL

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33 su autorregulación y de persistir la infracción será pasible a las sanciones establecidas en el Artículo 17 del presente Decreto Supremo. 3.

Cuando corresponda a un programa independiente en espacios alquilados en radio y televisión, el responsable directo es el (la) director (a), productor (a), conductor (a) o el (la) que contrate el espacio del programa emitido. En caso de que el medio de comunicación no advierta y permita la infracción, será pasible a las sanciones establecidas en el Artículo 17 del presente Decreto Supremo.

Existen artículos dentro la Constitución Política del Estado y, por supuesto, la Ley de Imprenta que aseguran y protegen el trabajo del comunicador y el derecho de la sociedad a informarse. En contrapartida un gran número de leyes están abocadas a la sanción de quienes vulneren derechos de particulares, algo muy común en nuestros días. Por todo esto es obligación del periodista conocer a fondo todas estas normas o por lo menos tenerlas siempre a mano. 3.1.4

Manejo de las fuentes de información

La fuente puede ser el hecho, entidad o persona que origine noticia o suceso de interés general. Lo más recomendable siempre es identificar plenamente a las fuentes, pero en el ejercicio del periodismo sabemos que esto no siempre es posible. Por este motivo es necesario tomar en cuenta algunas recomendaciones sobre la correcta administración de nuestras fuentes de información.

En este sentido encontramos algunos criterios que actualmente operan en el diario “Clarín” (1997) de Argentina y que se exponen de manera sencilla en su correspondiente manual de estilo. Saltado el tema de tipos de fuentes (directa e indirecta), por ser bastante elemental, los criterios se centran en aconsejar sobre información vital que sólo se puede obtener sin citar directamente a las fuentes. 

No calificar a las fuentes con adjetivos del estilo "fidedignas", "confiables", etc.; puesto que si no tuvieran esas condiciones no serían fuentes;

Tratar de aproximar al lector lo mejor posible al origen y la identidad de la fuente, aunque no se mencione su nombre. Por ejemplo, si se trata de una información militar proporcionada por el jefe del Estado Mayor del Ejército, a condición de no nombrarlo, se puede citar como "una alta fuente del Estado Mayor del Ejército";


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