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JUEVES, 7 DE ENERO DE 2016
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PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
En cumplimiento al Art. 42 de la Ley 1306-Bis, Sobre Divorcios en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha, 06 del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015), la cámara civil, comercial y de trabajo del juzgado de primera instancia del Distrito judicial de Azua, dicto la Sentencia civil No. 539, cuya parte dispositiva textualmente expresa: PRIMERO: admite el divorcio par mutuo entre los señores GABRIEL ANTONIO GERLADO y CARMEN ALTAGRACIA SILVERIO DÍAZ, conforme a las estipulaciones y convenciones del acto No. 372-15, de fecha, 03 de septiembre del año 2015, instrumentado por el Licda. LEONIDAS ABREU ABREU, Notario Público de los del Numero Municipio de Azua, SEGUNDO: Se ordena a los esposos, o el más diligentes de ellos, presentarse por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades legales, y hacer pronunciar el Divorcio de que se trata. TERCERO: compensa las costas del procedimiento, por tratarse de Litis entre esposos. I por esta sentencia, así se pronuncia, Ordena, manda y firma: por el Magistrado Juez RAFAEL WILSON ABREU DE JESUS y por BETTIS MARIA GARABITO CALDERON, en calidad de Secretaria de esta Cámara Civil, Comercial y de trabajo del Distrito Judicial de Azua, la referida Sentencia ha sido pronunciada y transcrita por ante el Oficial de Estado Civil, de la primera Circunscripción de Azua en el Libro No. 00002-DIV, del Registros de Divorcio, Folio No. 0189, Acta No. 000195, Años 2015.
Se hace de público conocimiento, que para el día 19/1/16, a las 3:00 P.M, se dará inicio a los trabajos de Saneamiento de una porción de terreno de 929 mts2, dentro de la Parcela No.296, D.C No.03, del Municipio Jimaní, Provincia Independencia, localizada en la Calle Gaspar Polanco No.7 del Sector Espartillo de Jimaní de Viejo. Propiedad de los Sres. Licdo. LEONCIO RIVAS FERRERAS Y MARÍA MELANIA QUIÑONES ALMONTE. Expediente No. 663201511901.
Se hace de público conocimiento, que para el día 19/1/16, a la 1:00 P.M, se dará inicio a los trabajos de Saneamiento de una porción de terreno de 750mts2, dentro de la Parcela No.296, D.C No.03, del Municipio Jimaní, Provincia Independencia, localizada en la Villa Solidaridad en la Calle C de Jimaní de Viejo. Propiedad de los Sres. Licdo. LEONCIO RIVAS FERRERAS Y MARIA MELANIA QUIÑONES ALMONTE. Expediente No. 663201511901.
AGRIM. JOSE FRANCISCO FERRERAS M. CODIA 8852
AGRIM. JOSÉ FRANCISCO FERRERAS M. CODIA
EDIKSON MANUEL RODRIGUEZ DIAZ Abogado apoderado
FC327509
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento, que para el día 19/1/16, a las 10:00 A.M, se dará inicio a los trabajos de Saneamiento de una porción de terreno de 76,720mts2, dentro de la Parcela No.296, D.C No.03, del Municipio Jimaní, Provincia Independencia, Propiedad de los Sres. LEONCIO RIVAS FERRERAS Y MARIA MELANIA QUIÑONES ALMONTE. Expediente No. 663201511902.
Se hace público conocimiento que el día 15 de Enero de 2016 a las 10:00 A. M., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 76, del Distrito Catastral No. 6, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con una superficie en derechos de 225.87 M2., amparados en el Certificado de Título (Constancia Anotada Matrícula No. 3000178705), Expediente No. 663201512793, a petición del señor FRANCISCO SUAZO PIMENTEL. El inmueble se encuentra ubicado en la Calle 14, No. 3, Brisa Oriental, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.
AGRIM. JOSÉ FRANCISCO FERRERAS M. CODIA 8852
AGRIM. FRANKLYN GARCIA LIRANZO CODIA: 19135
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento a las disposiciones del artículo 22, de la Ley 1306-Bis, Modificada por la Ley 2153, de fecha 12 de Noviembre del año 1945, sobre divorcio. El señor JHONAN ALEXANDER UREÑA MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1871175-3, con domicilio y residencia en el apartamento No. 8-A, del Edificio Torre Ultimo, sito en la calle Paseo de los Locutores, Ens. Piantíni, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. FRANCISCO A. TAVERAS G., Abogado de los Tribunales de la República, dominicano, mayor de edad, casado, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0066780-7, con estudio profesional abierto en la casa marcada con el No. 259 bajos, de la calle Beller, sector de Ciudad Nueva, Distrito Nacional. ADVIERTE a su legítima esposa MARLENE ELIZABETH REYNOSO NUÑEZ, que conociendo su último domicilio en la 1075, de la Dr. Martín Luther King Jr. Blvd, Apt. No. 13-C, Bronx, New York, Zip Code 10452, Estados Unidos de América, se procederá a emplazarla a falta de otra información el día once (11) del mes de enero del año Dos Mil Dieciséis (2016), por ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, para conocer de la demanda de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, a los fines de que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que será celebrada el día miércoles que contaremos a veinte y siete (27) del mes de enero del año Dos Mil Dieciséis (2016) a las nueve ( 9:00) horas de la mañana, por ante la Sexta Sala de la Cámara de lo Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sito en la casa marcada con el No. 68, de la calle Socorro Sánchez, Esq. Santiago, sector de Gazcue, Distrito Nacional.
FC 327498
DR. FRANCISCO A. TAVERAS G., Abogado del demandante.
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre procedimiento de divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Diecisiete (17) del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015), dictada por la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, ha dictada en sus atribuciones civíles la Sentencia Civil No.03344/2015, cuyo dispositivo es el siguiente: UNICO: DECLARA válido y bueno el Acto de Estipulaciones y Convenciones No.09/2015, firmado por los esposos: Juan Carlos Estévez y Fara Saudí de la Cruz Estrella, de fecha seis (06) del mes de agosto del año dos mil quince (2015), por ante el Dr. Urbano Cubilete Medina, Abogado Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, en consecuencia: A. ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Juan Carlos Estévez y Fara Saudi de la Cruz Estrella; B. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; C. COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: (Firmados: EVELYN TORRES, JUEZ; CAROLINA CUEVAS, SECRETARIA AUXILIAR). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez, de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 07 del mes de diciembre del año 2015, baja el Libro letra F, Folio No.38560. CAROLINA CUEVAS, SECRETARIA. El presente divorcio fue pronunciado en fecha Treinta (30) del mes de Diciembre del año 2015, por ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, en el Libro No. 00023, Folio No. 0077, Acta No. 002184, del año 2015. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Seis (6) días del mes de Enero del año 2016.
Licda. María Trinidad Moreno Gutiérrez, Abogada Apoderada.
FC 327465
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Treinta (30) del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015) la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Este (Cuarta Sala) en sus Atribuciones Civiles dictó la sentencia Civil No. 2469-2015, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el Acto de convenciones y estipulaciones para fines de divorcio por Mutuo Consentimiento, marcada con el No. 11/2015 de fecha Veintitrés (23) mes de Mayo del año 2015, instrumentado por la DRA. ANGELA MERGARITA ROJAS ROSARIO, Notario Público de los del número para el Municipio Santo Domingo Este; SEGUNDO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges señores ALBERTO SANTIAGO MORILLO CRUZ Y ANA ADALGISA DE JESUS MENA, con todas sus consecuencias legales, por los motivos expuestos precedentemente. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de la presente Sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de litis entre esposos; así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, JUEZA; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). La sentencia que antecedes ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Asimismo se hace saber que en fecha Quince (15) del mes de Diciembre del año Dos Mil Quince (2015) el Oficial del Estado Civil de la 4TA Circunscripción de Santo Domingo Este, procedió a PRONUNCIAR y transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00005 de registros de divorcio, Folio No. 0193, bajo el Acta No. 000486, del año Dos Mil Quince (2015) efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la Provincia Santo Domingo, Municipio Este, República Dominicana, a los Siete (07) días del mes de Enero del año 2016.
FC 327468
LICDA. YASTRIDIS E. DE LEON, Abogada Apoderada.
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 751643784, emitido por el BANCO POPULAR DOMINICANA,
en
fecha
29-01-2009,
por
un
valor
de
RD$620,000.00 (SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS CON 00/00) a nombre de LENIN A. OGANDO ESTRELLA, cédula: 0011032916-6, la presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente. FP78371
Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero número 40201-170-009961-8, por valor de RD$303,000.00 (TRESCIENTOS TRES MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), fecha de apertura 24 de octubre del año 2013, expedido por el Banco de Reservas de la República Dominicana a nombre de: ALTAGRACIA ARIAS SUAREZ Y VINICIO CONSTANTINO ARIAS SUAREZ, DEPOSITANTES. (RAL-AC-8632-RD-21-22-23/12/2015)
AVISO DE PÉRDIDA DE MATRÍCULA (Certificado de Título) En virtud de lo que lo establece el artículo 92, párrafo de la ley de
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se ha extraviado el Certificado Financiero No. 284690, por
Registro inmobiliario (108-05) se informa la pérdida de la matrícula
valor de VEINTE MILLONES CON 00/100 (VEINTE MI-
o certificado de título Duplicado del dueño Número 9063 siguiente:
LLONES 00/100), expedido por el BANCO BHD, a nombre
apartamento No. E-24, solar 5-Refundido, de la manzana No. 3027,
de ANGELA ALTAGRACIA SANTANA ESPIRITUSANTO.
Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, con un área de construcción de 102.7 m2. Propiedad de la Señora SONIA ALTAGRACIA GARCÍA DE MENDIZÁBAL.
FC 327403
PERDIDA DE CERTIFICADO
FC327506
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca X-1000, modelo CG-150, año 2014, color amarillo, placa y registro K0369601, c h a s i s TBL15P10XEHJ57191 , a nombre de CARLOS MANUEL SOSA CÉSPEDES, cédula 067-0008817-9. FC327513 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mitsubishi, modelo Montero Limited 4x4 año 2001, color dorado, placa y registro G160233, chas i s JA4MW51R4LJ025791 , a nombre de ANDRÉS MARÍA CHALAS VELÁZQUEZ, cédula 001-0858430-1. FC327515 PERDIDA DE MA-
Continúa prófugo Manuel Antonio Quiroz García Condenado en contumacia a 20 años de cárcel por homicidio. La Fiscalía del Distrito Nacional, a través del Departamento de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados, informa que a pesar de los esfuerzos para materializar la captura del condenado MANUEL ANTONIO QUIROZ GARCÍA, este aún permanece prófugo de la justicia. Quiroz García fue condenado, en fecha 13 de septiembre del año 2000, por la Primera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional a cumplir la pena de 20 años de prisión, hallado culpable de la muerte de Héctor Danilo Pichardo González. Además de herir de bala con una escopeta a 3 personas, el padre del occiso Héctor Pichardo, el tío Luis Pichardo y otro ingeniero apellido Yauger. El hecho criminal ocurrió el 21 de enero del año 1996, momento en que se originó una discusión entre la víctima y el victimario por un accidente de tránsito. Quiroz García la ocasionó al occiso heridas de bala con una pistola que portaba de manera legal. El tribunal, además de dictar la condena de 20 años de prisión, declaró válida la instrucción del juicio en contumacia y ordenó el pago de cinco millones de pesos a favor de los padres del occiso. El juez Fernando Fernández Cruz, del Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, acogió la solicitud de la procuradora fiscal Minerva Batista de ordenar la publicación de los datos personales del condenado en los periódicos de circulación nacional a los fi-
nes de lograr obtener alguna información sobre la ubicación de Manuel Antonio Quiroz García. EL Sr. HECTOR PICHARDO PADRE DEL OBSISO Y A LA VEZ VÍCTIMA DE ESE HORRIBLE HECHO AGREDECE CUALQUIER INFORMACIÓN QUE SE PUEDA TENER PARA CAPTURA DE ESTA PERSONA QUE SE ENCUETRA PROFUGA HACE 19 AÑOS CUYA SENTENCIA YA ES FIRME O ADQUIRIO EL CARACTER DE FIRMEZA. PARA CUALQUIER INFORMACION LLAMAR AL 809-819-0608 HECTOR PICHARDO O AL DEPTO DE CAPTURA DEL DISTRINO NACIONAL 809-753-1557.