El Nuevo Diario

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AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO. De conformidad con lo establecido en elArt. 22, párrafo 1 de la Ley 13o6-Bis, sobre Divorcio, el señor DANIEL MARQUEZALCANTARA,dominicano,mayordeedad,casado,portadorytitulardelaCéduladeIdentidadyElectoral No.011-0032092-6, domiciliado y residente en la calle Héctor J. Díaz, No. 18, Barrio Puerto Rico, Los Mina, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien hace formal elección de domicilio en la oficina jurídica de suAbogado Constituido yApoderado Especial, DR. GERARDINO ZABALAZABALA, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, Matriculado con el No. 9059-259-90, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No. 011-0007976-1, con estudio profesional en la Av. Bolívar No. 109, Esquina Dr. Delgado,Apto. 3-6, sector de Gazcue, ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, conTel .809-686-6353, por este medioAVISAYADVIERTE a su legítima esposa, señora DIGNAELIZELOK DE LEÓN RODRÍGUEZ dominicana, mayor de edad, casada, que a falta de información relativa al lugar de su residencia, se procederá a EMPLAZARLAenaccióndeDivorcioporlaCAUSADETERMINADADEINCOMPATIBILIDADDECARACTERES enmanosdelaMAGISTRADAPROCURADORAFISCALDELDISTRITONACIONAL,eldíaquecontaremos a Lunes Dos (2) del mes de Marzo, del año 2015, sito en la calle Francisco J. Peynado No. 102, Primer Nivel, sector de Ciudad Nueva, Distrito Nacional, para que esta funcionaria judicial conforme lo dispone el ordinal 8vo del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, vise el original y remita la copia al Ministro de Relaciones Exteriores para los fines legales correspondientes,yaqueellugardelaúltimaresidenciaconocidaporsumaridoDANIELMARQUEZALCANTARA, de la señora DIGNAELIZELOK DE LEON RODRIGUEZ en el país, lo fue en Las Matas de Farfán, Provincia San Juan de la Maguana, sólo conociendo como domicilio de la señora DIGNAELIZELOK DE LEÓN RODRÍGUEZ, enelexterior,léaseenel212EAST182ST,APT.No.1-E,Bronx,NewYork,NewYork,10457,conTel.1718-813-6905, y así sea citada y emplazada a comparecer a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la SEXTA(6ta) SALADE LA CÁMARACIVILYCOMERCIALDELJUZGADODEPRIMERAINSTANCIADELDISTRITONACIONAL, (PARAASUNTOS DE FAMILIA), el día MARTES que contaremos a VEINTIUN (21) del mes deABRIL, del año Dos Mil Quince (2015).Alas Nueve (9:00) horas de la mañana.

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MARTES, 24 DE FEBRERO DE 2015

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones legales contenidas en el Art. 22 de la ley 1306-bis sobre divorcio, y para mayor conocimiento, se hace saber que el Sr. MARCOS ANTONIO NÚÑEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador del pasaporte número 306401286, domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogado constituido al LIC. FELIX ANTONIO JIMÉNEZ, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la Republica, matriculado en el Colegio de Abogado de la República Dominicana con el número 19302-288-97, con estudio profesional abierto en un apartamento de el edificio ubicado en la calle Restauración, No.145 2do Nivel, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, R.D., donde se hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda, por el presente aviso ADVIERTE a su legitima esposa Sra. ADIA MARÍA TORIBIO SANDOVAL, cuyo último domicilio fue en la calle Eugenio Perdomo, número 122, Bella Vista en la ciudad de Santiago y en la actualidad es desconocido por su esposo, que se procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante el magistrado procurador fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día LUNES, que contaremos a DOS (2) del mes de MARZO del año dos mil quince (2015), a fin de que comparezca a la audiencia que a puertas cerradas se celebrará en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en su local sito en un apartamento de la última planta del Palacio de Justicia de Santiago, ubicado en el edificio que está entre las Av. 27 de febrero, y Av. Circunvalación, calles E. GUERRERO y 6, del Ensanche Román I, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, el día JUEVES, que contaremos a DIEZ Y NUEVE (19) del mes de MARZO del año dos mil quince (2015) a las nueve horas (2015) a las nueve horas (9:00) de la mañana. Santiago de los Caballeros, R.D. 19 de Febrero del 2015.

DR. GERARDINO ZABALA ZABALA Abogado Apoderado

Lic. FELIX ANTONIO JIMÉNEZ Abogado

AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

De conformidad a las disposiciones del artículo 169 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del 2011, se informa el aplazamiento para el día MARTES que contaremos a DIEZ (10) del mes de MARZO del año DOS MIL QUINCE (2015), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.) por ante la QUINTA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, en uno de los apartamientos del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antiguo Sector La Feria), ubicado en la calle Hipólito Herrera Billini esquina Calle Juan de Dios Ventura Simó, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional 301, identificada como 309465105985 : 301, matrícula No. 0100017967, del condominio RESIDENCIAL LA TRIADA VIII, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 25.4% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-04-001, ubicado en el nivel 04, del bloque 01, destinado a apartamento, con una superficie de 116.86 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-003, ubicado en el nivel 01, destinado a parqueo, con una superficie de 12.49 metros cuadrados” El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, entidad constituida de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5897 del 14 de mayo del 1962 y sus modificaciones, con su asiento principal y oficinas en la Avenida 27 de Febrero No. 218, Ensanche El Vergel, de esta ciudad de Santo Domingo, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales a los infrascritos. En perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) ROSARIO VIRGINIA ESPINAL LEDESMA y EDWIN MANUEL ESPIN RODRIGUEZ, la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTIUN PESOS CON 12/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,377,191.12), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha catorce (14) del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día veinticuatro (24) del mes de febrero del año dos mil quince (2015).

Lic. Olivo A. Rodríguez Huertas Lic. Flavia Berenise Brito -Abogados del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gazcue Santo Domingo, Distrito Nacional

En cumplimiento del Art. 22 de la Ley no. 1306-Bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor RICHARD LUCIANO RODRIGUEZ NUÑEZ dominicano, mayor de edad, comerciante, casado, cedula No.056-0106523-7, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la Licda. LIVERDRY GOMEZ CEPEDA, cédula No.047-0174808-1, con estudio profesional abierto en la calle Benito Monción no. 24, en esta ciudad de La Vega; lugar donde RL demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora JOSELINE A. MENDOZA PAULINO, cuyo último domicilio conocido lo fue en el Municipio de Jima Abajo, D.M. de Rincón, provincia de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 02 del mes de Marzo del año 2015 a las 9:00 a.m. Así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará LA SEGUNDA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, en la calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día que contaremos a 14 del mes de Abril del año 2015 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad Municipio, y Provincia de La Vega, R.D., a los 23 días del mes de Febrero del año 2015.

LICDA. LIVERDRY GÓMEZ CEPEDA Abogado apoderado de la parte Demandante

(MAR-AC-7071-RD-23-24-25/02/2015-2/2)

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De Conformidad a los establecido en el artículo 696, del Código de Procedimiento Civil, se comunica que el Magistrado Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, SEGUNDA SALA, (Municipio Norte), el cual celebra sus audiencias en el segundo nivel, del Palacio de Justicia de Santo Domingo. sito en la Avenida Ramón Matías Mella No. 103, Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, ha fijado para el JUEVES QUE CONTAREMOS A DIECINUEVE (19) DE MARZO DEL AÑO 2015, a las nueve (9:00 am) horas de la mañana la audiencia de pregones para proceder a la venta y adjudicación en pública subasta al mayor postor y último subastador del INMUEBLE “IDENTIFICADO COMO: “SOLAR 20, MANZANA 4177, del D.C. 01, que tiene una superficie de 691.13 metros cuadrados, matrícula No.3000141114, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, localizado dicho inmueble en la Urbanización Marañón II, Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo. El referido inmueble ha sido embargado a los señores JOSEFINA MIREYA ESPINAL PERDOMO DE PERALTAY PEDRO ANTONIO PERALTA GONZALEZ, domiciliados y residentes actualmente en la Calle 3 No.21 casi esquina calle B, Residencial Loyola, Prolongación Avenida 27 de Febrero, a requerimiento de la señora ERODITA MARTINEZ JIMENEZ, dominicana, mayor de edad, soltera. Ingeniera, portadora de la cédula de identidad y electoral No.049-0002098-5, domiciliada y residente en la calle Corales No.76, Edificio Vista Azul, Apto.3ero.-C, Los Corales del Sur, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, quien tiene como abogada apoderada especial a la Licda. DORIS MAGALY SEGURA MATOS, Dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0486509-2, Abogada de los Tribunales de la República, con Estudio Profesional abierto en la Calle 13-A No.38, esquina San Vicente de Paúl, Respaldo Alma Rosa, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. El Mandamiento de pago fue notificado a los embargados en fecha Diecisiete (17) Del mes de Octubre del año Dos Mil Catorce (2014), mediante Acto No.1018/10/2014 del ministerial JUAN ROSA GARCIA, Alguacil Ordinario del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, También el Acto No.3024/12/2014 de fecha Seis (06) del Mes de Diciembre del año Dos mil Catorce (2014), instrumentado por el Ministerial JUAN ROSA GARCIA, Alguacil del primer Tribunal Colegiado del Juzgado Primera Instancia del Distrito Nacional, contentivo de PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO. Así como el Acto No.3041/12/2014 de fecha Diecinueve (19) del mes de Diciembre del año Dos Mil Catorce (2014), Instrumentado por el Ministerial JUAN ROSA GARCIA, Alguacil del Primer Tribunal Colegiado del Juzgado Primera Instancia del Distrito Nacional, contentivo de DENUNCIA a los EMBARCADOS DEL PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO, todos estos actos han sido registrados en la OFICINA del REGISTRADOR DE TITULOS DE SANTO DOMINGO, en fecha 02 de Enero del 2015, a las 11:54 a.m. La Persiguiente ha fijado la primera puja en QUINIENTOS SESENTAY CINCO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO PESOS ORO CON 80/100 (RD$565,524.80). Suma ésta que es el principal prestado, vencidos hasta el 30 de diciembre del 2014, sin perjuicio de los intereses vencidos y por vencerse, honorarios, gastos del procedimiento de ejecución, conforme a la ley. Todo subastador deberá depositar el Diez (10%) del precio de la Primera Puja en la Secretaria del Tribunal.

LIC. DORIS M. SEGURA MATOS, Abogada de la Persiguiente. Publicación Autorizada por LIC. DORIS MAGALY SEGURA MATOS, Abogada de la Persiguiente. Tel. 809-598-4575, Cel. 829-961-4245. FC 315115

AVISO DE NUEVA FECHA PARA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

JIMÉNEZ & ASOC. Oficina de abogados y notaria C/Restauración No.145, Santiago, Rep. Dom.

AVISO DE NUEVA FECHA PARA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad a las disposiciones del artículo 169 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del 2011, se informa el aplazamiento para el día JUEVES que contaremos a VEINTISEIS (26) del mes de MARZO del año DOS MIL QUINCE (2015), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), por ante la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, sito en la Avenida Ramón Matías Mella esquina Calle Altagracia, Sector Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Apartamento No. 4-A-6, TERCER NIVEL, BLOQUE A, EDIFICIO 4, del condominio RESIDENCIAL MIRADOR NORTE, matrícula No. 0100104449, con una superficie de 95.00 metros cuadrados, construido dentro del ámbito de la Parcela 87-E-1, del Distrito Catastral No.18, ubicado en el Distrito Nacional (actual Municipio Santo Domingo Norte)”. El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA (continuadora jurídica de la Asociación Noroestana de Ahorros y Préstamos para la Vivienda), entidad constituida de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5897 del 14 de mayo del 1962 y sus modificaciones, con su asiento principal y oficinas en la Avenida 27 de Febrero No. 218, Ensanche El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales a los infrascritos. En perjuicio del señor PABLO DOMINGO DEL CARMEN DE LA CRUZ, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, con domicilio declarado en la Avenida Hermanas Mirabal, Residencial Mirador Norte, apartamento 4-A-6, Sector Villa Mella, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0104038-4. La venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUARENTIUN PESOS CON 83/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,264,041.83), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha veintisiete (27) del mes de agosto del año dos mil catorce (2014). Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015). Licdos. Olivo A. Rodríguez Huertas y Flavia Berenise Brito -Abogados del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría

De conformidad con las disposiciones del artículo 169 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del 2011, se informa el aplazamiento para el día JUEVES que contaremos a DOCE (12) del mes de MARZO del año DOS MIL QUINCE (2015), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), por ante la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, sito en la Avenida Las Palmas esquina Calle Tercera, Edificio No.52, segundo piso, Urbanización Reparto Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Parcela 196-D-236, y sus mejoras, del Distrito Catastral No. 03, Parcela que tiene una superficie de 425.97 metros cuadrados, matrícula No. 3000041373, ubicada en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo (actual Municipio Santo Domingo Oeste)” El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) por la ASOCIACIÓN LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, entidad constituida de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5897 del 14 de mayo del 1962 y sus modificaciones, con su asiento principal y oficinas en la Avenida 27 de Febrero No. 218, Ensanche El Vergel, de esta ciudad de Santo Domingo, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales a los infrascritos. En perjuicio de los señores BUENAVENTURA DE LEÓN SURUN y NIORKA LIZA ANTONIA QUEZADA PÉREZ DE DE LEÓN, dominicanos, mayores de edad, empleados privados, casados entre sí, domiciliados y residentes en la Calle Cul de Sac No.5 casi esquina Calle 20, Urbanización Reparto Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos.001-1091498-3 y 001-07470791. La venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS CON 92/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$6,670,235.92), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha treinta y uno (31) del mes de octubre del año dos mil catorce (2014). Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015).

Licdos. Olivo A. Rodríguez Huertas y Flavia Berenise Brito -Abogados del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Calle Benito Moncion No.158, Gazcue, Santo Domingo Ad-Hoc. Avenida Las Palmas, Calle Rosario No. 545, Plaza J.M., Urbanización Galaxia, Municipio Santo Domingo Oeste FP 71453

CELOSIAS DEL CARIBE, S.A. (CELCASA)

Capital Social Autorizado: RD$1,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$1,000,000.00 R.N.C. Número: 1-01-72644-1 Registro Mercantil número: 12792SD Domicilio Social: Calle Rafael J. Castillo No. 71, Ensanche la Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.

Aviso de Transformación En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008, modificada por la Ley 31-11, (en lo adelante, la Ley), se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convocada la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad CELOSIAS DEL CARIBE, S.A. (CELCASA), para el día dieciocho (18) del mes de marzo del año dos mil quince (2015), a las diez horas de la mañana, (10:00 a.m.) en el domicilio social, ubicado en la Calle Rafael J. Castillo No. 71, del Ensanche la Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a fin de conocer del Proyecto de Transformación de la misma en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). El referido proyecto fue elaborado por el suscrito y propuesto a los socios de la sociedad en fecha doce (12) el mes de febrero del presente año dos mil quince (2015), y contiene las razones que lo justifican, los trámites a observar durante el indicado Proceso de Transformación y el Proyecto de los nuevos Estatutos Sociales que regirán la sociedad en caso de aprobarse dicho Proyecto. A continuación se transcribe un extracto de los puntos más relevantes del indicado Proyecto: a) La nueva denominación social de la sociedad será CELOSIAS DEL CARIBE, S.R.L. (CELCASA); b) El domicilio social se mantendrá sin modificación en Calle Rafael J. Castillo No. 71, del Ensanche la Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; c) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; d) El objeto social se mantendrá invariable; e) El ejercicio social no cambiará: será anual y cerrará el 31 del mes de marzo de cada año; f) El Capital Social será fijado en la suma de UN MILLON DE PESOS DOMINICANOS (RD$1,000,000.00), íntegramente aportado y pagado, dividido en VEINTE MIL (10,000) cuotas sociales, iguales, acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una con un valor nominal de CIEN PESOS DOMINICANOS (RD$100.00), las cuales no podrán representarse por medio de títulos negociables, ni denominarse acciones o interés; g) Las cuotas sociales serán libremente transmisibles entre socios, entre ascendientes y descendientes, y por vía de sucesión o en caso de liquidación de comunidad de bienes entre esposos; pero no podrán ser cedidas a terceros extraños a la sociedad sin el consentimiento de la mayoría de los socios que representen, por lo menos, las tres cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales, conforme al procedimiento establecido por la ley; h) La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de hasta seis (6) años; los gerentes podrán ser reelegidos indefinidamente y ejercerán sus funciones mientras no hayan sido sustituidos; i) Frente a los socios, la gerencia podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad; frente a los terceros, la gerencia estará investida con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad, bajo reserva de los poderes que la ley les atribuye expresamente a los socios; j) Las actos y actuaciones de los Gerentes serán vinculantes y obligatorios para la sociedad, aún cuando dichos actos y actuaciones no se relacionen con el objeto social, a menos que se pruebe que el tercero tenía conocimiento de que el acto o actuación era ajeno al objeto social o que no podía ignorarlo dado las circunstancias; y k) Todas las decisiones colectivas de la sociedad serán tomadas por los socios reunidos en Asamblea o por consulta escrita o por su consentimiento unánime contenido en un acta con o sin necesidad de reunión presencial. Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del Proyecto de Transformación y de los nuevos Estatutos Sociales, así como el Balance Especial y el Informe del Comisario de Cuentas requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, se encuentran actualmente a su disposición en el domicilio social, hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la transformación. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015).

EDDY ADONIS CESAR AUGUSTO REYES GOMEZ, Presidente CELOSIAS DEL CARIBE, S.A. (CELCASA). FC 315153


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