MIERCOLES 30 NOVIEMBRE 2016 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Artículo 42 de la Ley de Divorcio No. 1306Bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: La Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, en sus atribuciones, dicto la sentencia civil No. 0143416, del treinta (30) del mes de septiembre del año dieciséis (2016), cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: AD MITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Francisco José Ramírez Lozano y Marcelle Cristina Penzo Columna, en consecuencia homo loga el acto de estipulación de divorcio 616, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional, el Lic. Francisco González Mena, en fecha 25/05/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: OTORGA la guarda y el cuidado de la menor Sara Luisa Ramírez Penzo, a cargo de su madre, Marcelle Cristina Penzo Columna. TERCERO: FIJA en la suma de veinte mil pesos (RD$20,000.00), la pensión alimentaria que tendrá que pagar Francisco José Ramírez Lozano, la cual pagará en manos de la madre, Marcelle Cristina Penzo Columna. CUARTO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspon diente pronunciar el presente divorcio. (Firmado por la jueza Daisy Miguelina Abreu Urbáez. Secretaria Rosa Encarnación Ferreras) Que en fecha dieciséis (16) del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016) hemos procedido a pronunciar el divorcio entre los señores Francisco José Ramírez Lozano y Marcelle Cristina Penzo Columna por ante el Oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 00004 de registro de DIVORCIO, Folio 0173, Acta No. 000330, del año 2016. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los treinta (30) días del mes de Noviembre del año 2016.
Lic. Cristóbal PérezSiragusa C. Abogado FC339994
AVISO DE PERDIDA DEL CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certifi cado Financiero No. 1258411, expedido por el Banco BHD, por un valor de apertura de CUATRO MILLONES TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE PUNTO SETENTA Y OCHO PESOS DOMINICANOS (RD$4,037,227.41), y de un valor a la fecha de CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL CIEN TOS SETENTA Y SEIS PUNTO CERO NUEVE PESOS DOMINI CANOS (RD$4,729,176.09), a nombre de JUAN B. CASTILLO SOTO, Cédula No. 00100044411. La presente publicación se realiza para los fines de Ley correspondiente.
En cumplimiento de lo que dispone el Art. 92, párrafo III de la Ley No. 108 05 de Registro Inmobiliario y Artículo 86 del reglamento General de Registro de Titulo, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) inscrito en el Registro de Títulos del Departa mento de La Vega el día 22 de agosto del año 1991, bajo el Núm. 111, Folio 28, del libro de inscripciones No. 52, propiedad del Sr. VICTOR LEONARDO ARIAS RODRIGUEZ, con una superficie de 1,999.00 metros cuadrados que ampara sus derechos de propiedad dentro del ámbito de la Parcela No. 49, del Distrito Catastral 03, ubicada en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega. Declarante la Sra. LETICIA DEL CARMEN CASTILLO DURAN. (RC6149PC2/3)
FC 339467
Perdida De Certificado Financiero No. 2174, De Fecha 15 De Julio De 1988, Por Un Monto De Rd$10,000.00 Del Banco Nacional De La Vivienda (BNV) Ahora Banco Nacional De Las Exportaciones (Bandex), A Nombre De ELPIDIA GOMEZ Y NURYS BETANCES GOMEZ. FC339697
LIC. RODOLFO MARTINEZ C. ABOGADO APODERADO. FC339987
En cumplimiento de lo que dispone el Art. 92, párrafo III de la Ley No. 108 05 de Registro Inmobiliario y Artículo 86 del reglamento General de Registro de Título, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) inscrito en el Registro de Títulos del Departa mento de La Vega el día 9 de diciembre del año 2002, bajo el Núm. 837, Folio 24, del libro de inscripciones No. 96, emitido el 26 de diciembre del año 2002, propiedad del Sr. SANTIAGO CANELA DURAN, con una superficie de 4,088.50 metros cuadrados que ampara sus derechos de copropiedad dentro del ámbito de la Parcela No. 810, del Distrito Catastral 03, ubicada en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega. Declarante la Sra. LETICIA DEL CARMEN CASTILLO DURAN. (RC6149PC3/3)
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.872715, expedido por el Banco BHD S. A., a favor de la señora ANNA MARIA CAP PUCIO Y/O DELIO DOMINIQUE, en fecha 9 del mes de Octubre del 2006, por la suma de US$100,000.00. La presente publicación es autorizada por los infrascritos abogados apoderados en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).
DR. DANILO A. FELIZ SANCHEZ, Por sí y por la LICDA. ROSA E. VALDEZ ENC., AbogadosApoderados. FC 339662
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certifi cado Financiero No. 140050003514, emitido por Asociación La Ve ga Real (ALAVER), de fecha 12/05/2005, por valor de Ciento Noventa Mil Pesos (RD$190,000.00), a nombre de Constanza Agroindustrial, SRL. RNC 101140895. La presente publicación se hace para los fines de ley correspon diente. FC340000
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 749222196, emitido por BANCO POPULAR DOMINI CANO, en fecha 08 de septiembre del 2008, por un valor de RD$261,369.14 (doscientos sesenta y un Mil Trescientos Sesenta y Nueve con 14/00), a nombre de JUANA MERCEDES ALMONTE SAN CHEZ e ISABEL PICHARDO, cédula 00100489087 y pasaporte No. 495193482, respectivamente. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
En virtud de lo que establece el artículo 92, párrafo III de la Ley 10805 de Registro Inmobiliario y artículo 86, letra b, del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 9910293, expedido a nombre de Andrés Ruiz ma trícula No. 3000180357, SOLAR No. RBIS58, con una extensión superficial de 2,183 metros cuadrados, del D.C. No. 1 del Diarito Nacional.
LIC. GERMAN AMAURY VERAS HERNANDEZ, Abogado. FC 339995
FP 86302
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones legales vigente contenidas en el artículo 42 de la Ley 1306 bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha siete (7) del mes de noviembre del año 2016, La Primera Sala De La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, dictó La Sentencia Civil No. 01052016SCIV00177, la cual en su parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: RATIFICA, el Defecto pronunciado por este Tribunal, contra la parte demandada, señora ARELIS EVANGELINA LORA, en la audiencia del día 22 de junio del año 2016, por no ha ber comparecido, no obstante haber sido legalmente emplazada; SEGUNDO: DECLARA buena y valida la presente Demanda Civil de Divorcio por la causa Determinada de Incom patibilidad de Caracteres, intentada por el señor JUAN CARLOS HIERRO CUEVAS, en contra de su legitima esposa señora ARELIS EVANGELINA LORA, por haber sido hecha de conformidad con la ley; TERCERO: ADMITE el divorcio por la Causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores esposos JUAN CARLOS HIERRO CUE VAS y ARELIS EVANGELINA LORA; CUARTO: DISPONE, que el menor que lleva por nombre WENDEL JESUS, quede bajo la guarda de su madre la señora ARELIS EVANGE LINA LORA, hasta tanto adquiera la mayoría de edad; QUINTO: ORDENA al Oficial del Estado Civil de la 1era. Circunscripción de Barahona proceder al pronunciamiento del divor cio, entre los señores JUAN CARLOS HIERRO CUEVAS y ARELIS EVANGELINA LO RA, que se admite por medio de la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades legales; SEXTO: COMPENSA, pura y simple las costas del presente procedi miento, por tratarse de esposos en causa; SEPTIMO: COMISIONA, al Ministerial IVAN DA NILO ARIAS GUEVARA, Alguacil de Estrado de esta Primera Sala De La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, para que proceda a la presente Notificación. I, POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA Y FIRMA. MAXIMO MATOS FELIZ (juez), SANDRA BAEZ RAMIREZ (Secretaria). E) presente divorcio ha sido pronunciado y transcrita la sentencia por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Barahona, en fecha siete (7) del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), registrada bajo el Libro No. 00002, Folio No. 0079, Acta No. 000240, del año 2016. En la Ciudad de Barahona, República Dominicana, a los dos (28) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).
LICDA. DEISDANIA RAMONA BELTRE B. y Dr. CIRO MOISES CORNIEL PEREZ Abogados apoderados FC339990
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las formalidades establecidas en la Ley 1306Bis, Modificada al efecto, se hace de público conocimiento lo siguiente: a) Que en fecha Veinticuatro (24) del mes de Agosto del año 2016, la Octava Sala para asunto de familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, dictó en sus atribuciones Civiles, una sentencia, cuyo dispositivo escrito textual mente así se expresa: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Héctor Dionisio Abreu y Chamel Guzmán Leonardo, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio Numero 592016, instrumentado por ante el notario público del Dis trito Nacional el Lic. Pedro Rodríguez Torres, en fecha 29/06/2016, transcrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado del menor Hamlet Jiménez Guzmán, a cargo de su madre la señora Chamel Guzmán Leonardo, según lo acordado en el acto de Conven ciones y Estipulaciones ante descrito. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil Correspondiente pronunciar el presente Divorcio. DADA Y FIRMADA, ha sido la Sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día dieciséis (16) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016); la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día Quince (15) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016); bajo el Libro letra C folio No. 28978. D) Que previo cumplimiento de las formalidades de ley, dicho divorcio, conforme a la sentencia que lo admite, fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Cir cunscripción del Distrito Nacional, habiendo sido inscrito en el Libro No.00018, Folio 0133, Acta No. 001736, en fecha Veintiún (21) del mes de Octubre del Año Dos Mil Dieciséis (2016).
LEGAL 05B
PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO DE ALQUILERES
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Aviso de pérdida de certificado de depósito de alqui leres según certificación No. 12600654695 del Banco Agrícola, de fecha 17/02/2015 del inmueble ubicado en la Prolongación Desiderio Arias 3er piso, No. 34, Apto. C2, Bella Vista, el cual tenía como inquilino al señor YDALISA DALILA FELIZ FOLCA, cédula 001 01895191, siendo el propietario de dicho inmueble el señor AMPARO CLAUDINA SANTOS LAJARA, cé dula 00119078871, con un depósito de RD$36,000.00.
En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 10805, sobre Registro Inmobiliario, por este medio se hare de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TITULO NO. 7188 (DUPLICADO DEL DUEÑO), EXPEDIDA POR EL RERISTRO DE TITULO DE SAN PEDRO DE MACORIS EN FECHA 25 DE JUNIO DEL 1971, EN FAVOR DEL FINADO BENITO CHARLES STEVENS, Que ampara e1 derecho de propiedad del inmue ble qua se describe a continuación LA PARCELA NO.84REFORMADA2AS, DEL DIS TRITO CATASTRAL No.2/5 DEL MUNICIPIO Y PROVINCIA DE LA ROMANA, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 2.00 AREAS, 69.00 CENTIAREAS, CON LOS SI SUIENTES LINDEROS AL NORTE: CALLE SEXTA; AL ESTE: CALLE PRIMERA; AL SUR: PARCELA NO. 84REFORMADA274; Y AL OESTE, PARCELA NO. 84267; CON TODAS SUS MEJORAS, ANEXIDADES Y DEPENDENCIA. En Santo Domingo, D.N., hoy día 30 de noviembre del 2016.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PERDIDA DE CHAPA
En cumplimiento de lo que dispone el Art. 92, párrafo III de la Ley No. 108 05 de Registro Inmobiliario y Artículo 86 del reglamento General de Registro de Titulo, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) correspondiente al Título Matricula No.3000199809, del primero de diciembre del 2015, propiedad del Sr. DOMIN GO PERALTA CRUZ, con una superficie de 2,088.05 metros cuadrados que ampara sus derechos dentro del ámbito de la Parcela No. 1, del Distrito Catastral 05, ubicada en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega. Declarante la Sra. LETICIA DEL CARMEN CASTILLO DURAN. (RC6149PC1/3)
Se hace de conocimiento público la pérdida de la PLACA L138704, MODELO NO. LN171L CRMDS, MARCA TOYOTA, CHASIS LN1710003237, ESTATUS TIENE OPOSICION, COLOR ROJO, AÑO DE FABRICACION 2000, PASAJERO 2, DATOS DEL PROPIETARIO FE LIPE MAXIMO DE LOS SANTOS CIPRIAN, CEDULA 05300392965. FC340006