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TC habla sobre «Libertad de Expresión y Redes Sociales»

SANTO DOMINGO.- El Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TCRD), organizó en coordinación con la Universidad Dominicana O&M, su quinto Coloquio Constitucional, en el que profesionales de diferentes ramas abordaron la «Libertad de Expresión y Redes Sociales».

La actividad que se llevó a cabo en el recinto Santo Domingo Este de la universidad, contó con la participación del magistrado emérito del TCRD, Hermógenes Acosta de los Santos; el profesor de la universidad anfitriona Manuel Mateo Calderón; el periodista Benjamín Morales, subdirector a cargo de las Operaciones Impresas y Digitales de Diario Libre y la directora de Comunicaciones del TCRD, Milagros Escarramán.

En su primer turno, el magistrado emérito Hermógenes Acosta de los Santos destacó que la dimensión constitucional del derecho a la libertad de expresión y del derecho a la información, se ha evidenciado desde la fundación de la República Dominicana.

«El artículo 23 de la Constitución del 6 de noviembre de 1844, establecía de manera expresa que todos los dominicanos tenían el derecho a imprimir y publicar sus ideas y eso ha sido una tradición en todas las constitu- ciones, que han garantizado esa libertad de expresión, que es una de las fundamentales» afirmó.

Resaltó que el artículo 49 de la Constitución vigente, establece el derecho a expresar las ideas sin censura previa, pero también señala de manera precisa las limitaciones de esa libertad fundamental.

La importancia del derecho a la libertad de expresión fue abordada por el profesor Manuel Mateo Calderón, quien afirmó que solo a través de ejercer ese derecho el ciudadano se convierte en «centinela de la buena administración y fortalecimiento de la democracia y en consecuencia, del Estado de Derecho».

Mateo Calderón dijo que la única forma que tienen los ciudadanos y las personas de contrarrestar el poderío estatal es utilizando el catálogo de derechos establecidos en Constitución, del artículo 37 al 67, entre los que se encuentra el de la libertad de expresión e información.

«Es a través de este derecho que el ciudadano puede, en primer lugar, solicitar informaciones de las instituciones del Estado; es a través de este derecho que el ciudadano puede criticar las decisiones de los funcionarios; es a través de este derecho que el ciudadano puede denunciar los actos de corrupción…», enfatizó.

Al referirse al impacto de las redes sociales en el ejercicio periodístico, el perio- dista Benjamín Morales afirmó que las redes sociales han cambiado el ritmo de trabajo y el manejo de la no- ticia en los medios de comunicación.

Junta Monetaria

Administraci N Monetaria Y Financiera

Aviso

Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria, mediante la Tercera Resolución de fecha 9 de febrero del 2023, autorizó la publicación para 昀nes de consulta pública con los sectores interesados, de la propuesta de modi昀cación integral al Reglamento de Subagente Bancario, aprobado por la Junta Monetaria mediante su Primera Resolución de fecha 14 de febrero del 2013.

Dicha propuesta de modi昀cación es parte de la implementación de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera 2022-2030, la cual adopta la actualización del modelo de subagencia bancaria como una iniciativa fundamental para continuar promoviendo un ecosistema de pagos dinámico y facilitador del acceso a los servicios 昀nancieros, proveyendo continuidad a las políticas adoptadas para alcanzar una mayor inclusión 昀nanciera en la República Dominicana.

En tal sentido, la citada propuesta incorpora elementos innovadores para la prestación de servicios de subagente bancario, procurando dar respuesta a las necesidades e innovaciones del mercado e incrementar la cobertura y capilaridad 昀nanciera. A tales 昀nes, dentro de las modi昀caciones más relevantes se destacan: i) permitir que personas jurídicas de objeto exclusivo, así como personas jurídicas públicas, puedan fungir como Subagentes Bancarios; ii) habilitar la 昀gura del Administrador de Subagentes Bancarios y, iii) permitir la apertura de cuentas de pago electrónico y básicas a través de los subagentes bancarios, así como la canalización de solicitudes de préstamos de bajo monto y su desembolso, por medio de estos.

Dicho documento se encuentra disponible en el portal electrónico del Banco Central, www.bancentral.gov.do, en la opción Normativa/Reglamentos en Proceso y en la página web de la Superintendencia de Bancos, www. sb.gob.do. Para la recepción de los comentarios y observaciones a la propuesta, se otorga un plazo de treinta (30) días contado a partir de la fecha de esta publicación. Las opiniones podrán ser remitidas al Banco Central y la Superintendencia de Bancos a los correos electrónicos 昀n.normativa@bancentral.gov.do y regulación@sb.gob.do

17 de mayo de 2023

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