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INFORMACIÓN GENERAL
Cuenca, miércoles 18 de julio de 2018 www.elmercurio.com.ec
El CNE, cesado por unanimidad El Informe de Investigación establece que los vocales incumplieron parámetros de evaluación como: legitimidad del cargo, cumplimiento de funciones, debida gestión de recursos públicos, transparencia y evaluación ciudadana.
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l Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio (Cpccs-t) cesó ayer en funciones a los cinco vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE) por incumplir igual número de parámetros de evaluación que pusieron “en riesgo la institucionalidad del país”. La resolución aprobada por unanimidad determina el cese de funciones del vocal Mauricio Tayupanta y terminar la prórroga en el cargo de: Nubia Villlacis ((presidenta), Ana Marcela Paredes (vicepresidenta), Paúl Salazar y Luz Haro desde noviembre del 2017. Ellos tienen tres días hábiles para presentar el recurso de
Revisión, a partir de la notificación, e igual número de días subsiguientes para que el pleno del Cpccs-t resuelva en última y definitiva instancia.
Evaluación El Informe de Investigación elaborado por la Comisión Técnica dentro del proceso de evaluación establece que los referidos vocales incumplieron los parámetros que tienen que ver con: la legitimidad del cargo, cumplimiento de funciones, debida gestión de recursos públicos, transparencia y evaluación ciudadana. En primera instancia, el documento revela que los vocales del CNE fueron elegi-
Quito.- Con fundamento en el informe de investigación elaborado por la Comisión Técnica, el Consejo de Participación Ciudadana cesó en sus funciones a los cinco vocales del Consejo Nacional Electoral. API dos por el Cccps cesado, organismo que no gozaba de independencia y en un proceso irregular en cuanto tiene que ver con la calificación de los postulantes y en el cumplimiento de la ley. Se refiere a la valoración de los méritos y probidad de los candidatos al CNE, entre ellos Nubia Villacís, que fue puntuada con la máxima calificación con un tít u lo en Comunicación y Desarrollo y que lo relacionó al Derecho Electoral, Democracia, Gestión Pública y afines contraviniendo el Constitución el principio de meritocracia que debe regir la selección de los servidores públicos. En el tema de la valoración de pr obid ad , e l I n for me advierte que los consejeros P aú l S a l a z a r y M au r ic io Tayupanta tenían conflicto de
intereses por tener una vinculación estrec ha con el Ejecutivo. Mientras que Haro y Villacís no acreditaron una conducta proba al haberse declarado previamente como mestiza y posteriormente como indígena y montubia en ese orden, en un concurso en el que se beneficiaron con la selección por reconocerse con estos grupos.
Ilegalidad En cuanto al cumplimiento del proceso de designación, el Cpccs-t indica que los concursos efectuados en el 2008 y el 2014 para elegir a los vocales del CNE se registraron “inconsistencias” en las veedurías y en la comisión ciudadana. Por lo que, el órgano electoral “se encuentra ilegalmente constituido” por la posesión de
Nicaragua: Ortega toma el control de Masaya tras intenso bombardeo Managua.- (EFE).- El Gobierno de Nicaragua tomó ayer el control de la ciudad de Masaya tras un intenso bombardero, de más de 7 horas, realizado sobre la comunidad indígena de Monimbó, y que dejó al menos 3 muertos. “Cayó Masaya, todo está en silencio, los chavalos debieron abandonar las trincheras y huir, sus armas eran demasiado pesadas”, dijo a Efe una integrante del Movimiento 19 de Abril Masaya. La Asociación Nicaragüense P ro Derec hos Humanos (ANPDH) confirmó la muerte de al menos 3 personas durante el ataque: un policía, un menor de 15 años, y una mujer que estaba en la acera de su casa. La ANPDH cree que el número de víctimas podría ser mayor, pero todavía no es posible ingresar a la ciudad porque permanece cercada por las “fuerzas combinadas” del Gobierno, integrada por policías, antimotines, parapolicías, paramilitares y grupos
Managua.- Masaya, fue hasta ayer, el lugar de resistencia de quienes luchan para echar del poder a Daniel Ortega. EFE afines al presidente Daniel Ortega fuertemente armados. Monimbó, cuya población únicamente se defendió con morteros caseros, era una de las comunidades que mayor resistencia había opuesto a Ortega desde el estallido social de abril, que ha cobrado más de 351 vidas. “Masaya no te derrotaron ni caíste, cobardes armados que se sienten orgullosos de asesinar inocentes te asediaron por dos
meses, solo fue una batalla porque la guerra y la libertad la ganará Nicaragua. Gracias por ser el corazón de Nicaragua”, dijo en sus redes sociales un habitante monimboseño tras el ataque. De manera simultánea los simpatizantes de Ortega celebraron el ataque y agradecieron a la Policía nicaragüense. El ataque ocurrió un día después de que el jefe de la “Operac ión L impieza” en
Masaya, Ramón Avellán, afirmó que cumplirían las órdenes de Ortega y su esposa, la vicepresidenta Rosario Murillo, “al costo que sea”. “La voz de nuestro presidente y la vicepresidenta, de ir limpiando estos tranques (bloqueos) a nivel nacional, y esa petición de la población de Monimbó, que es nuestro Monimbó, que sigue siendo nuestro, y nuestra Masaya, vamos a cumplirla al costo que sea”, afirmó Avellán, a través de medios del Gobierno. Avellán cumplió su palabra a pesar de los llamados de las organizaciones humanitarias locales, de la Unión Europea, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), del nuncio apostólico Stanislaw Waldemar Sommertag, del cardenal Leopoldo Brenes, entre otros, para que detuviera el ataque. “El pueblo de Monimbó y Masaya han sido masacrado”, dijo un miembro del Movimiento 19 de Abril Masaya, en mensaje de audio. (I)
Ana Marcela Paredes en clara violación del artículo 20 del Código de la Democracia. En este caso, añade que el CNE inobservó que debía principalizar al consejero suplente correspondiente al concurso principal y en razón del puntaje de méritos acreditados. De acuerdo con el Informe de Investigación, el CNE, dentro del proceso de selección del Cpccs (cesado), se negó a publicar información respecto de los postulantes y omitió valorar los conflictos de intereses en los que estos se encontraban incursos, lo que “puso en riesgo la institucionalidad del país”, pues finalmente el organismo (Cpccs) es el que elige a las autoridades de control. En otra parte del informe de 300 páginas, se establece también que el CNE incurrió en omisión en la entrega de for-
mularios para pedidos de consultas populares opuestas a sus propios intereses. También incumplió la ley al dejar sin personería jurídica al Movimiento Ruptura de los 25 y al MPD; así como la no entrega de asignaciones estatales al movimiento Pachakutik y la negativa de inscripción de la directiva de Izquierda Democrática sin informes motivados. Otra “inconsistencia” tiene que ver con el manejo de recursos públicos en dos contratos irregulares con las empresas SCI y Mongar, autorizadas por la titular del CNE. A l final del Informe, se determina “violaciones” perpetradas por el CNE en contra de grupos de oposición al movimiento Alianza PAIS a ese entonces liderado por Rafael Correa. Quito.- (ANL)-(I)
Fomentará el manejo de minería responsable Q uito.- ( EF E).- Ecuador fomentará el manejo responsable de la activ idad minera mediante un Convenio de Cooperación I nter inst it u- c iona l que beneficiará a la pequeña industria, se informó ayer en un comunicado. El acuerdo, alcanzado con la Cámara de la Pequeña Minería del Ecuador (Capemine), permitirá asistencia técnica, capacitación, evaluación de proyectos, intercambio de experiencias y formulación de propuestas, según la nota de prensa. El ministerio considera que es importante la organiza-
ción de talleres, seminarios, cursos, encuentros y cualquier otro tipo de capacitación a escala nacional, que tenga como objeto el fortalecimiento y desarrollo de la pequeña minería. Henry Troya, viceministro de Minería, destacó en el acto en el que firmó el documento que la pequeña miner ía representa el c uar to componente en generación de exportaciones del país, y que por ello se trabaja “por u na miner ía económicamente rentable, ambientalmente sustentable y socialmente sostenible”, a decir del comunicado. (I)
LA NOTARIA QUINTA SUPLENTE DEL CANTON CUENCA PROVINCIA DEL AZUAY Pone en conocimiento del público en general que mediante escritura celebrada ante la Notaria Quinta del cantón Cuenca, el 13 de junio del 2018. En la que los Ex cónyuges, CARLOS RIGOBERTO MOCHA SAGUAY y ZOILA BEATRIZ GUAMANRRIGRA VIZHCO, proceden a liquidar los bienes de la Sociedad Conyugal; quienes tienen legalmente disuelta la sociedad conyugal mediante sentencia de divorcio dictada por orden del señor Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Niñez y Adolescencia de Cuenca, el 22 de marzo del 2018 y marginada en la Dirección Provincial de Registro Civil del Azuay, archivada con el N.º 663, NUT: 2018621178 el 09 de abril de 2018. Las adjudicaciones se encuentran detalladas en el texto de la escritura de liquidación de bienes, de fecha 13 de julio del 2018.- En la cual el señor, CARLOS RIGOBERTO MOCHA SAGUAY, toma y se adjudica, los bienes inmuebles descritos en los literales A y B, ubicado en los sectores rústicos denominados Cochapamba y Zuzun Cruz, de la parroquia Baños del cantón Cuenca, provincia del Azuay, inmuebles descritos en la Cláusula segunda de la escritura de liquidación.- A la señora ZOILA BEATRIZ GUAMANRRIGRA VIZHCO, Se toma y se adjudica el bien inmueble descrito en el literal C, ubicado en el sector rústico denominado Juyapa de la parroquia Baños de este cantón Cuenca. El inmueble descrito en el literal D, ubicado en el sector rústico denominado Cochapamba, de la parroquia Baños, de este cantón Cuenca provincia del Azuay, se adjudican los dos comparecientes en partes iguales, inmuebles descritos en la cláusula segunda de la escrita de liquidación.- De conformidad a lo dispuesto en el numeral 23 del Art. 18 de la Ley Notarial vigente, faculta a la Notaria disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de liquidación de los bienes de la sociedad conyugal. Previo el trámite previsto en dicha norma legal. Pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente los ex cónyuges CARLOS RIGOBERTO MOCHA SAGUAY y ZOILA BEATRIZ GUAMANRRIGRA VIZHCO, mediante la escritura celebrada ante la suscrita notaria ya citada, por el término de veinte días a contarse a partir de la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. - Cuenca a 16 de julio del año 2018. F) Abga. Rebeca Narcisa Campoverde Yánez, Notaria Pública Quinta Suplente del Cantón Cuenca. Ab. Narcisa Campoverde Yanez Notaria Quinta (S)– Cantón Cuenca
AM-22823-18
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
CITACION JUDICIAL
A: JONNATHAN JAVIER LLAPA VILLA, cuyo domicilio y residencia, bajo juramento se afirma es imposible determinar, se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca, en el Juzgado a cargo de la Dra. Mónica Sacoto Coello, dentro del Juicio No. 01333-2018-01528, se ha propuesto una demanda, la misma que en providencia y extracto dice: ACTOR: NATURALEZA: MATERIA: CUANTIA:
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ERCO” LIMITADA EJECUTIVO COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN $ 6.251,48
JUEZA PONENTE: Dra. Mónica Sacoto Coello.- 01333-2018-01528.- Cuenca, a 14 de marzo del 2018; las 8h07.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa por el resorteo practicado. Por cumplir con los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 347 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite a trámite en procedimiento ejecutivo previsto en los artículo 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos la demanda presentada por Héctor Enerco Fajarco en calidad de gerente y representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito ERCO LTDA, conforme justifica con la documentación que adjunta, contra Jonnathan Javier Llapa Villa, Clever Teodoro Llapa Pesantez, Elicia Piedad Villa Villa, Cristina Isabel Ochoa Durazno y Juan Pablo Fernandez Fernandez.- Cítese a los accionados en el lugar que se indica y en la forma determinada en el COGEP, para lo cual se adjuntará copia certificada de la demanda, el escrito que antecede, copia certificada del título de crédito adjuntos y este auto inicial, corriéndole traslado con la demanda propuesta en su contra para que en el término de quince días previstos en los artículos 355 en relación con el 333 del COGEP, cumplan con la obligación o contesten la demanda conforme prevén los artículos 351, 352 y 353 del código citado, bajo prevenciones de que de no hacerlo se pronunciará sentencia. En cuenta la cuantía, los lugares señalados para citación y notificaciones así como la autorización concedida. La diligencia de citación se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Sayausi, por medio de de secretaria confiérase el respectivo despacho. Agréguese a los autos la documentación presentada. Hágase saber.- F).- DRA. MÓNICA SACOTO COELLO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA.-OTRA PROVIDENCIA.- JUEZA: DRA. MONICA SACOTO COELLO 01333-218-01528.- Cuenca, 25 de junio de 2018; las 9h18.- Cítese al demandado Jonnathan Javier Llapa Villa, por la prensa, publicación que se realizará en uno de los diarios de amplia circulación. Hágase saber.- F).- DRA. MÓNICA SACOTO COELLO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA.Al citado se le previene de su obligación legal de señalar casilla judicial electrónica, casilla judicial o correo electrónico para posteriores notificaciones.- Cuenca, 26 de junio de 2018.AB. MELINA PESÁNTEZ ZÚÑIGA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
LM-28156-18 (P)