República bolivariana de Venezuela Vicerrectorado Académico Decanato de Ciencias Jurídicas y políticas Escuela de Derecho.
CUADRO COMPARATIVO
Alumna: Kathiuska Rodriguez Ci: 23.851.487 Modalidad: 100%Online Saia: E
DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
ELEMENTOS
DELITOS CONTRA LAS PERSONAS: EL HOMICIDIO SIMPLE
HOMICIDIO CALIFICADO Y HOMICIDIO AGRAVADO
HOMICIDIO CONAUSAL Y HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL
• Dolo o Intención de matar. • la ley no prevé atenuantes o agravantes . • Admite tentativa y frustración.
• Premeditación, alevosía, y traición. • Circunstancias especificas (parricidio, filicidio o conyugicidio, magnicidio..). • Dependiendo del medio y modo de perpetración. • Admite tentativa y frustración.
• Intención de matar, pero su acción no fue suficiente y muere por otra circunstancia no conocida. • no admite ni tentativa ni frustración. • Preterintencional: intenci ón de causar una lesión, pero produce la muerte.
• • • • •
No hay intención. Imprudencia. Negligencia. Ignorancia. No admite ni tentativa ni frustración
• Persuade a que se suicide. • Colabora para que materialice el suicidio. • Suicidio: Acto de matarse voluntariamente. • No admite tentativa o frustración,
SUJETOS.
Activo: El homicida Pasivo: Victima
Sujetos activo y pasivo calificados
Sujetos activo indiferentes
pasivo
Sujetos activo y pasivo indiferentes
Sujetos activo y pasivo indiferentes
OBJETOS.
• Derecho a la vida es el bien jurídico tutelado. • Producir la muerte a la victima
• Derecho a la vida es el bien jurídico tutelado. • Producir la muerte a la victima
• Derecho a la vida es el bien jurídico tutelado. • Producir la muerte a la victima
• Derecho a la vida es el bien jurídico tutelado. • Producir la muerte a la victima
• Derecho a la vida es el bien jurídico tutelado. • Producir la muerte a la victima
CARACTERÍSTICAS
y
HOMICIDIO CULPOSO
LA INDUCCIÓN Y AYUDA AL SUICIDIO:
PENALIDADES; ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL.
ATENUANTES Y/O AGRAVANTES
SEMEJANZAS
DIFERENCIA
• El artículo del establece pena de 12 años presidio.
405 C.P. una a 18 de
• Art: 406: 15 a 20 años de prisión a quien cometa el homicidio por medio de veneno o de incendio. • 20 a 26 años de prisión si concurrieren en el hecho dos o más delitos (hurto, secuestro). • 28 a 30 años de prisión para los que lo perpetren: ascendiente o descendiente, su cónyuge, o presidente. • Art. 407: La pena del delito previsto en el artículo 405 de este Código, será de 20 años a 25 años de presidio. Si se perpetren (a hermanos, funcionaros públicos.)
• Art 408: presidio de 7 a 10 años, en el caso del artículo 405, • Art.406: de 10 a 15 años. • Art.407: 8 a 12 años.
• Art 409:prisión de seis meses a cinco años. • Si del hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una sola y las heridas de una o más, con tal que las heridas acarreen las consecuencias previstas en el artículo 414, la pena de prisión podrá aumentar hasta ocho años.
• Art. 412: El que hubiere inducido a algún individuo a que se suicide o con tal fin lo haya ayudado, será castigado, si el suicidio se consuma con presidio de 7 a 10años". • Venezuela el suicidio no es considerado un delito.
• No admite atenuantes ni agravantes, si el homicidio fue simple e intencional
•
El resultado de la acción es la muerte, son delitos que se castigan.
El resultado de la acción es la muerte, son delitos que se castigan.
El resultado de la acción es la muerte, son delitos que se castigan.
El resultado de la acción es la muerte, son delitos que se castigan.
El resultado de la acción es la muerte, son delitos que se castigan.
Falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía, ventaja y traición
Se comete con alguno de los cuatro agravantes que son, premeditación, alevosía, ventaja y traición
Intención de matar pero su acción es insuficiente para producir la muerte. Preterintencional: La intensión es lesionar
No hay intención de matar ni lesionar, pero su acción produjo la muerte
Intención de que la persona por su cuenta se suicide.
ATE: Homicidio cometido bajo emoción violenta, emocional, preterintencional. • AGRA:alevosía, ensañamiento, sev icias graves o veneno. incendio, inundación, descarrilamiento, etc.
Es la misma persona quien se suicida.
Bibliografía: • http://www.monografias.com/trabajos91/guia-derecho-penal-ii/guiaderecho-penal-ii.shtml • http://derecho.laguia2000.com/derecho-penal/homicidio-simple • Contenido de la plataforma