Reglamento de becas Colegio Madre Paulina

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FUNDACIÓN EDUCACIONAL “COLEGIO MADRE PAULINA DE CHIGUAYANTE” O’HIGGINS ORIENTE Nº 5433 FONO – FAX 2356852 CHIGUAYANTE

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS FINANCIAMIENTO COMPARTIDO 2015 (Ley Nº 19532/97)

La Comunidad Educativa del Colegio Madre Paulina de Chiguayante, inspirada en su Proyecto Educativo Institucional,

quiere atender a las diversas necesidades que puedan

afectar a miembros del estamento de estudiantes.

En conformidad a lo dispuesto en el

artículo 24 /DFL Nº 2 de 1996 del Ministerio de Educación, se establece el siguiente Reglamento Interno de Asignación de Becas a los alumnos del Colegio Madre Paulina de Chiguayante.

Art. 1.‐ DE LAS BECAS El beneficio de la beca consiste en la exención total o parcial del pago mensual de la cuota de escolaridad por el periodo de un año Escolar, considerando el cobro de 10 mensualidades de Marzo a Diciembre. Dos terceras partes de las exenciones o becas se otorgarán atendiendo exclusivamente a las condiciones socioeconómicas de los alumnos y su grupo familiar. El tercio restante será de libre disposición del Colegio, factores

referentes

a su comportamiento

académico,

conductual

de acuerdo a u otros

que el

establecimiento estime conveniente. Sólo se otorgara una beca por grupo familiar entendiendo que los alumnos beneficiarios se encuentran incluidos en el porcentaje del 15% obligatorio. La beca tendrá vigencia sólo mientras las circunstancias del grupo familiar lo ameriten, siendo obligación de los padres informar cualquier cambio en su situación socioeconómica.

ART. 2.‐PROCESO Y FECHAS DE POSTULACIÓN a)

Podrán postular a esta Beca los alumnos regulares matriculados desde kínder a cuarto

medio del año 2015 (Se excluyen alumnos nuevos). b)

El apoderado debe retirar Formulario de Postulación a Beca en la oficina de recaudación

desde el 1° de Octubre hasta el 30 de octubre de cada año. (Se entregara comprobante de postulación).


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c) El apoderado debe entregar el Formulario de Postulación a Beca en oficina de recaudación durante todo el mes de noviembre (Dicho formulario debe ser completado por el jefe (a) de hogar e incluir los respaldos solicitados, de lo contrario la postulación será invalidada por falta de pruebas concretas, además se puede complementar la postulación con una carta escrita a mano o computador exponiendo su situación). d)

El resultado de la postulación a beca se comunicará directamente al apoderado del

alumno beneficiario a partir de la primera semana de marzo del año 2015. e) El recurso de apelación deberá interponerse por el apoderado(a) en el plazo de una semana desde la notificación del resultado, no más allá del mes de marzo. La apelación debe ser presentada por medio de una carta dirigida a dirección con los argumentos que justifiquen su situación actual y adjudicación de beneficio. f)

El resultado de la apelación será informado la última semana del mes de marzo siendo

el apoderado el encargado de acercarse al colegio para la notificación del resultado final. g)

Excepcionalmente se podrá admitir solicitudes en el transcurso del año escolar solo si se

trata de situaciones especiales, debidamente acreditadas las cuales serán evaluadas por la Comisión de Becas.

Art. 3. ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS A EVALUAR a) Condiciones de la vivienda y lugar de residencia que habita el grupo familiar. b) Antecedentes de Salud del grupo familiar. c) Ingresos y estabilidad laboral que realiza el Jefe de Hogar (nivel de escolaridad de ambos padres) d) Hijos estudiando y niveles que cursan, n° de hijos estudiando en nuestro Colegio. e) Ingreso Per cápita del grupo familiar.

ART. 4.‐ DE LAS CONDICIONES Y SU MANTENCIÓN Las condiciones socioeconómicas y la elección de los beneficiarios serán calificadas y efectuadas, respectivamente por una comisión formada por el Equipo Directivo y la Asistente Social asignada por el colegio, de acuerdo a los antecedentes expuestos por el apoderado. Para la mantención del beneficio es importante el compromiso de los padres y apoderados en el cumplimiento de responsabilidades propias de su rol, referido a su asistencia

y

participación en entrevistas personales, reuniones de apoderados, talleres educativos y escuelas para padres. Sin perjuicio de lo anterior el alumno debe poseer:


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a) b) c) d) e)

Buen rendimiento escolar. Buena disciplina, sin anotaciones negativas. Poseer como mínimo 90% de asistencia. Buena Presentación Personal Estar al día en el pago de la colegiatura

ART. 5.‐ CAUSALES DE LA PÉRDIDA DEL BENEFICIO. a) b) c)

La pérdida de la calidad de alumno regular. La falsificación o adulteración de los antecedentes presentados. La renuncia voluntaria al beneficio.

ART. 6.‐ DE LA CONFIDENCIALIDAD Toda la información contenida en el formulario de postulación y aquella referida sobre los alumnos beneficiarios de Becas, tendrá carácter reservado al igual que los criterios determinados para la decisión final revisada por la comisión caso a caso.

ART 7.‐ DE LA CONFIRMACIÓN El apoderado (a) deberá confirmar la beca a través de la firma de documentos

y

compromisos en la forma que defina el colegio. El no acudir en las fechas estipuladas será entendido como renuncia al beneficio, el que será reasignado entre otras postulantes Será de exclusiva responsabilidad

del apoderado y de todo el grupo familiar, mantener en

reserva la situación de asignación de becas. El monto de las Becas otorgadas deberá constar por escrito en la boleta de servicios

que

colegiatura.

se

otorgue

a cada Apoderado en el momento de cancelar la respectiva


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ART. 8.‐EXCEPCIONES DE POSTULACIÓN A este Fondo Solidario de Becas no podrán postular los hijos del personal contratado por la FUNDACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO MADRE PAULINA DE CHIGUAYANTE, ya que, ellos gozan de una exención de la colegiatura, según negociación interna.

ART. 9.‐ DE LA SOCIALIZACIÓN Copia del presente Reglamento Interno de Asignación de Becas, se

entregará en el

Departamento Provincial Educación, quedando este como documento legal. Otra copia se encontrara a disposición de los apoderados en Secretaría del establecimiento y en página Web,

previamente leído por la profesora jefe en la primera

reunión de apoderados correspondiente al mes de marzo de cada año, acto por el cual se da como por informada a la comunidad educativa.

Chiguayante, Septiembre de 2014


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