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D. Conclusión y Recomendaciones

El objetivo de esta política pública es prevenir los riesgos y proteger la integridad y dignidad de los niños, niñas y adolescentes ante el acceso y uso de Internet, y cuando tales vulneraciones sucedan, activar protocolos de atención para la protección, atención y reparación. Así, se desarrolla la política pública en cinco ejes:

• Medidas legales para garantizar los derechos digitales • Medidas técnicas y procedimentales para promover un acceso sano, seguro y constructivo a las TIC para proteger la integridad y dignidad • Seguimiento y control a través de la articulación y coordinación institucional • Fortalecer y consolidar capacidades • Estrategia comunicacional para impulsar una cultura de protección integral de las niñas, niños y adolescenteslxxii Pese a que ha existido difusión y sensibilización con respecto al ciberacoso,lxxiii en ninguno de los ejes de la política pública se lo aborda concretamente, sino de forma general, a través de distintos objetivos.lxxiv Finalmente, en materia penal, el 30 de agosto de 2021 entró en vigencia la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal para Prevenir y Combatir la Violencia Sexual Digital y Fortalecer la Lucha contra los Delitos Informáticos, que incluye al acoso escolar en la ley penal ecuatoriana como una contravención, por lo que se sancionará con medidas socioeducativas no privativas de libertad. Esta ley establece al acoso escolar como:

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toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza, incitación a la violencia, hostigamiento o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico que, de forma directa o indirecta, dentro o fuera del establecimiento educativo, se dé entre estudiantes niñas, niños y adolescenteslxxv

Así, se establece la diferencia con el acoso académico (que también se incluye a través de esta normativa en la ley penal), pues éste se configura si la víctima mantiene “una relación de poder asimétrica”lxxvi con la persona que le infiere los agravios descritos. De acuerdo con las disposiciones del Libro Cuarto del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, los adolescentes son penalmente inimputables, pero los que cometan infracciones tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal estarán sujetos a medidas socio-educativas por su responsabilidad de acuerdo con los preceptos de dicho Código.

El ciberacoso afecta a un alto porcentaje de niños, niñas y adolescentes, compromete su salud, bienestar emocional y trabajo académico, y se asocia con consecuencias duraderas que continúan hasta la edad adulta.lxxvii El creciente acceso a las Tics pone a los niños, niñas y adolescentes en riesgo de sufrir abusos en línea, lo que aumenta su vulnerabilidad al ciberacoso. Además, en línea o en persona, el acoso tiene un impacto grave tanto en la víctima como en el agresor. Ya en 2015 en el Ecuador, 1 de cada 5 estudiantes de entre 11 y 18 años era víctima de acoso escolar. lxxviii Así, a pesar de que han aumentado a nivel mundial los casos de cyberbullying por la imposición de las clases virtuales debido a la pandemia, en el Ecuador no se han generado instituciones, normativa ni políticas públicas actuales y acordes a la nueva realidad, por lo que es urgente que se generen mecanismos de protección para prevenir y abordar este problema que daña la salud mental de niños, niñas y adolescentes, poniendo en riesgo también su integridad y vida. Es importante destacar que este es un problema multicausal que se debe abarcar no solamente desde el Estado, sino también desde la familia, sociedad civil y empresas de Internet, lxxix pues debe ser posible tener redes sociales que nos conecten sin que impliquen riesgos para nadie, ni que expandan el odio alrededor del mundo.

La pandemia COVID19, al haber generado confinamiento y suspensión de las actividades educativas en modalidad presencial, ha producido, con seguridad, severos impactos en el relacionamiento entre niños y adolescentes en el ámbito escolar, ahora mediado por el uso de tecnologías de información y

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