ELOY ALFARO POLÍTICAS ECONÓMICAS
POLÍTICAS SOCIALES
C
on mucha razón, el historiador Jorge Núñez Sánchez señala lo siguiente:
Que si bien Eloy Alfaro vino de una matriz ideológica liberal y, en sentido general, puede ser clasificado dentro del liberalismo de su tiempo, no es menos cierto que integró la vanguardia ideológica del radicalismo, un movimiento político de corte social demócrata, que por entonces emergía en América Latina y que luego daría lugar a la formación de los Partidos Radicales en varios países sudamericanos194.
Es que Alfaro no solo tuvo la visión sobre una necesaria modernización de tipo capitalista para Ecuador, sino una clara y consecuente visión social. Ese es el punto que lo define a él, a sus compañeros y a su proyecto político como radical; y, además, el que lo diferencia del liberalismo tradicional y frente a los “placistas”, que finalmente rompieron con el proyecto del radicalismo liberal, lo enfrentaron y buscaron entronizar en el Estado otro proyecto político, que fue obtenido precisamente a raíz del asesinato del Viejo Luchador y de varios de sus compañeros. Por tanto, la política social de los gobiernos de Eloy Alfaro debe considerarse, de una parte, como un componente central del proyecto alfarista general; pero, de otra, como el complemento de las políticas económicas. También aquí se observa la necesidad de hablar de una “economía política” del alfarismo y no simplemente de una “economía” que, al estilo de los neoliberales del presente, aísla y abstrae los procesos sociales. Lo que primero se advierte es que, con el triunfo revolucionario, no solo se modificó el poder en el Estado, sino la misma institucionalidad estatal. Ella quedó expresada en las dos Constituciones liberales de 1897 y 1906, en las cuales quedaron garantizados y completos los derechos individuales, es decir, de carácter civil y político (derechos de “primera generación”), porque ninguna de las dos Constituciones anotadas consagró los derechos sociales o de segunda generación (trabajo, etc.) que recién se los encuentra en la Constitución de 1929, obra de la Revolución Juliana. Fueron garantizadas las libertades de expresión, de opinión, de imprenta y de cultos, el derecho a la propiedad privada y al libre ejercicio profesional, la libertad para establecer instituciones educativas, el libre comercio y la libertad de industria, la inviolabilidad 194 Jorge Núñez Sánchez, (Estudio introductorio y selección), Eloy Alfaro. Escritos Políticos, Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, Quito, junio 2011, p. 10. 133