Procedimiento impugnación

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Procedimiento impugnaci贸n


Presentación ¿Dónde?

Audiencia impugnación

Acciones posteriores

Comunicación a partes involucradas

Acciones previas

FIN

Audiencia de prueba (244)

Agendamiento audiencia de impugnación


Subdirección de garantías y juicio • MISIÓN: Es misión de esta área la ejecución de las políticas y estrategias de gestión del proceso penal dispuestas por el Director, teniendo a su cargo la dirección, organización, coordinación y control de las responsabilidades y procesos de trabajo de las unidades dependientes, en toda materia que no sea impugnación. (P. 9 Manual de Funciones)


Subdirección de impugnación • Las áreas proyectadas poseen idénticas funciones a las de las áreas ya descriptas de la Subdirección de Gestión de Garantías y Juicio, pero orientadas específicamente al proceso de impugnación, el cual tiene una dinámica de trabajo, plazos y objetivos diferentes del proceso penal “común”. (P.24 Manual de Funciones)


¿Quién recibe la solicitud? • En los casos de las Audiencias solicitadas para la etapa de Impugnación del proceso, las mismas se tramitarán por la OGA de la Subdirección de Asistencia a Impugnación de la OFIJU de la I circunscripción judicial (Protocolo de Agendamiento de Audiencias. Punto VIII.a. segundo párrafo, página 4).


Procedimiento de impugnación • Presentación: – ¿Ante Garantías y Juicio o ante Impugnación directamente?

• Información necesaria para la audiencia: – Escrito de interposición – Resolución sobre prueba (si hubiere) – Registros de la audiencia donde se tomó la decisión impugnada

• Presentación – Desde los protocolos el tema parece resuelto. Es necesario revisar y definir.

• Información: – Definir el formato de recopilación de la información para el TI


¿Cuándo agendar? • Como regla general, los tiempos internos para agendar una Audiencia no deben superar el día hábil de recibida la solicitud. Quedan exceptuadas las Audiencias a realizarse dentro de las 24 horas… (Punto X.F Protocolo de Agendamiento, página 8)


Contenido del pre protocolo • Recepción (necesidad de definir) • S.I. verifica intervención anterior de jueces • S.I. designa jueces y fija audiencia – Audiencia se realiza en OFIJU Local: • • • •

Comunicación entre S.I y OFIJU para coordinar recursos Realizar comunicaciones pertinentes Coordinar movilidad y viáticos de los jueces Comunicación formal a OJL (vía mail a casilla de la OGA o vía pase del sistema informático)

• S.I. Instruir a las partes: todos los pedidos sobre el recurso concreto a la S.I. Sugerencia: se podría hacer un “instructivo” con los datos útiles de la S.I. que podríamos “pegar” en la última comunicación que le hagamos las O.J.L. a las partes


Contenido del pre protocolo • S.I. Remitir a los jueces designados la información para la audiencia. Sería bueno que esto fuera sistemático y no ha pedido de los jueces, porque nos evitaría que, a último momento, nos lo pidan al momento de la realización de la audiencia • Audiencia. O.J.L. comunica confección de acta y agregado de datos en el sistema informático a la S.I. (vía mail o pase informático). Consignar en el acta el lugar en que se hallaban cada una de los jueces y partes. • Una vez firme la decisión del Tribunal de impugnación, se hará saber de dicha firmeza a la O.J.L., para poder continuar con la tramitación. sería bueno que quedara a cargo de la SI o de la O.J.L. el cambio de la situación de la persona en el sistema: cuando se envía a la S.I. , que sea la O.J.L. que lo cambia a situaciòn IMPUGNACION; cuando se reenvie a la O.JL. sea la S.I. que lo cambie a CONDENADO/SOBRESEIDO/ ETC. Esta situación permitiría a la S.I. poder listar y controlar cuales personas asociadas a los legajos están bajo su órbita.


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