X Jornada Ética y Lucha Anticorrupción

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Ética y lucha anti corrupción Compendio de las disertaciones presentadas durante la X "Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción"


Ética y lucha anti corrupción Compendio de las disertaciones presentadas durante la X "Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción"


ÉTICA Y LUCHA ANTICORRUPCIÓN

ÉTICA Y LUCHA ANTICORRUPCIÓN Compendio de las disertaciones presentadas durante la X "Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción"

Edición

Arq. Gustavo Di Costa

Diseño Gráfico Lautaro Lupi

Esta publicación ha sido elaborada por el CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL (CPIC) en el marco de su estrategia de divulgación de temáticas de interés para la industria de la construcción y la sociedad en su conjunto. La reproducción total o parcial de esta obra, por cualquier medio, requerirá autorización expresa del editor. Queda hecho el depósito que establece la Ley Nº 11.723.

Un considerable esfuerzo en tiempo, dedicación y capacidad profesional ha sido aplicado a la redacción de este libro. El lector acepta y comprende que no se ha expresado ni está implícita ninguna garantía del autor ni del CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL (CPIC) sobre los resultados de aplicar las consideraciones incluidas en el texto. El lector reconoce explícitamente que asume la responsabilidad de las aplicaciones inspiradas en el contenido de este libro y que debe verificar la realidad y seguridad de las mismas. Edición digital. Septiembre de 2023.

X Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción Ética y lucha anticorrupción : compendio de las disertaciones presentadas durante la X Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción / compilación de Gustavo Di Costa. - 1a ed adaptada. Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Consejo Profesional de Ingeniería Civil, 2023. Libro digital, PDF Archivo Digital: online ISBN 978-987-48999-2-7 1. Ingeniería Civil. I. Di Costa, Gustavo, comp. II. Título. CDD 306.2071

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Índice

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AGRADECIMIENTOS “Un trabajo conjunto” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Ing. Civil Luis Perri

“Renovado interés” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC)

PRÓLOGO “Hacia una ética sostenible” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Ing. Civil Enrique Sgrelli

PRESENTACIÓN “Presentación” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC)

INTRODUCCIÓN “Ética profesional” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .27 Ing. Civil Carlos Alfaro

PRIMER PANEL: “Dilemas éticos en el ejercicio profesional” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .31 “La responsabilidad profesional en la práctica” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 Ing. Civil Aníbal Tolosa. Profesor Titular Ordinario de la Facultad Regional Buenos Aires de la Universidad Tecnológica Nacional

SEGUNDO PANEL: “Control de la corrupción en las contrataciones públicas y Compliance: Control de la corrupción en las organizaciones” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 “Corrupción en Contratos Gubernamentales” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 Dra. Susan Ackerman. PhD en Economía y Profesora Emérita de Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad de Yale, desde 1987

“El Registro de Integridad y Transparencia para Empresas como herramienta para las compras y contrataciones” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 Lic. Natalia Torres. Directora de Ética Pública de la Oficina Anticorrupción

“Práctica de Compliance: El rol del Compliance Officer en los Bancos Digitales” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 Lic. Jacqueline J. Silvarredonda. Responsable de Cumplimiento Regulatorio de Openbank

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TERCER PANEL: “Educación en valores éticos” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .69 “La universidad entre la formación profesional, la educación en valores y la responsabilidad social” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .71 Dr. Paulo Andrés Falcón. Abogado, especialista en Ciencias Políticas con proyección en Argentina y América Latina

“Construyendo profesionales” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80 Federica Cortegoso Vignoni. Representante de ANEIC, Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil

"Construyendo profesionales" (continuación) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84 Dra. Erica Pedruzzi. Directora de la Maestría en Derecho de los Negocios de la Universidad de San Andrés

CUARTO PANEL: “Corrupción y sociedad” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .91 “El Estado de Derecho en Argentina y acciones para prevenir la corrupción” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93 Ing. Emilio Colón. Pasado presidente del Consejo Mundial de Ingenieros Civiles (WCCE)

“El daño colateral en la Ley de Responsabilidad Penal y Transparencia: Ley 27.401” . . . . . . . . . . . . . . . 101 Dr. Rubén J. Silvarredonda. Consultor en Compliance

“La sociedad y los medios frente a la corrupción” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 109 Dr. Diego Cabot. Prosecretario de Redacción del Diario La Nación

CONCLUSIONES Dr. Ing. Carlos Augusto Vallet . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 121 Integrante de la Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC)

COROLARIO Convenio entre la Oficina Anticorrupción y el Consejo Profesional de Ingeniería Civil . . . . . . . . . . . . . . . 129

ACERCA DE LOS DISERTANTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 131

AUTORIDADES DEL CPIC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139

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Agradecimientos

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Un trabajo conjunto El presente texto compila las distintas presentaciones sucedidas en la “X Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción". La obra habilita, por lo imprescindible y actual de su temática, una oportuna reflexión. Ante el trabajo conjunto llevado a cabo para concretar el proyecto de esta edición, expreso mi agradecimiento a los integrantes del CPIC, a su Mesa Directiva, y particularmente, a los miembros de la Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción del CPIC, por su firme compromiso para con la organización, ininterrumpida, de las Jornadas ELAC. Seguidamente, dejo constancia del reconocimiento a todas y todos quienes, directa o indirectamente, brindaron sus esfuerzos -desinteresadamente- para lograr el nivel esperado en las distintas Jornadas ELAC. Finalmente, agradecemos a los diseñadores, traductores, redactores, y demás involucrados, quienes lograron, una vez más, obtener la calidad habitual en la colección de textos que nuestro Consejo pone a disposición de sus matriculadas, matriculados y la sociedad. A todas y todos, muchas gracias. ___ Ing. Civil Luis Perri Presidente del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) Invierno de 2023

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Renovado interés Desde la Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC) del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), todas y todos sus integrantes, deseamos expresar nuestro agradecimiento a las y los disertantes de la “X Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción", quienes brindaron apasionadamente sus conocimientos para iluminar una temática que nos ocupa y preocupa. En paralelo, expresamos nuestro agradecimiento a todas y todos quienes participaron de la edición del presente texto, el cual rememora cada una de las mencionadas presentaciones. ___ Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC) Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) Invierno de 2023

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Prólogo

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Hacia una ética sostenible

La ética para la sostenibilidad se basa en los derechos fundamentales, cuyo objetivo impulsa promover la dignidad humana como uno de sus más preciados valores, condición imprescindible para reconstruir la naturaleza intrínseca del ser humano con el ambiente. Este concepto potencia el cuidado y reconocimiento de las relaciones humanas, donde la moral encuentra suficiente sustento en la calidad de las personas, estimadas de esa manera primero, para luego, transformarse en protagonistas profesionales. El vislumbramiento del pacto moral y transparente entre las personas, habilita un estímulo esencial, en nuestro caso, para lograr el crecimiento de la industria de la construcción. En ese sentido, la ingeniería civil está llamada a asumir su rol como decisor y creador de los debidos reconocimientos, alentando a los profesionales, más allá de su género e identificación, para que puedan ver facilitado su trayecto disciplinar, sin estimarse excluidos o discriminados en forma alguna. Se busca crear un valor sostenible, sin estereotipar o calificar por tendencias étnicas, religiosas, o de cualquier otra índole. En suma, nuestra profesión, la ingeniería civil y todas las ocupaciones afines, son destinadas a presentarse ante la sociedad, objeto de sus logros y alcances, como un verdadero referente ético. Por ello, desde el Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), de Jurisdicción Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, adoptamos las mejores prácticas, de óptima y transparente gestión y cumplimiento, trabajando junto a nuestros colaboradores en intensivas campañas de formación y comunicación, con el fin de alcanzar a matriculadas y matriculados, conjuntamente con las fuerzas vivas, de la ingeniería civil y las disciplinas del sector, para adoptar siempre la decisión más íntegra en su diario quehacer. Se define a la sostenibilidad como la capacidad de satisfacer necesidades actuales sin comprometer a las futuras. Pero una mirada integral de lo sostenible aprecia, además, cualidades de integridad, moralidad y responsabilidad.

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El paso de las primeras décadas del siglo XXI delega ciertos claros mensajes. Uno de ellos, descripto con contundencia en los organigramas operativos de empresas y compañías, tanto públicas como privadas, explicita la muerte del “Líder Tradicional”. La cultura “Compliance” amerita comprender el nuevo rol del líder imbuido de actos, procederes y pensamientos morales, emocionales y empáticos. El tradicional desempeño del liderazgo sesgado, disociado del reconocimiento de nuestros pares, colegas y allegados, despersonaliza las relaciones. En este escenario, corromperse, tomar lo impropio, fomentar procederes desacertados, no resulta sorpresivo, al no poseer caras visibles aquellos quienes sufrirán las consecuencias del desfalco. No por casualidad, muchos de los actos antiéticos, detallados pormenorizadamente en los expedientes judiciales en curso, se dan especialmente, en el marco de la obra pública. Al drenar recursos de todos, de la comunidad, hacia las arcas personales del corrupto, el delito no se deriva en ninguna persona o grupo en particular. Sin embargo, no abreva en exageración alguna la frase dicha en una de las “Jornadas de Ética y Lucha Anticorrupción CPIC”, por el Dr. Alejandro Fargosi, consejero de la Magistratura de la Nación entre 2010 y 2014, cuando sentenció: “La corrupción mata”. La corrupción, el delincuente, mata, daña, prohíbe, inhibe e invisibiliza a la sociedad y a sus congéneres cuando decide tomar lo ajeno. Y tiene alto costo, tanto aquí como en el mundo, como señala en esta versión una de las disertantes de la presente edición. Se trata del mayor y más escandaloso acto de desprecio por la prosecución de la vida, por el respeto al mérito y al esfuerzo, consagrando un pésimo ejemplo, más digno de la pícara malicia del Viejo Vizcacha que de la nobleza de Martín Fierro. Como comunidad, como responsables de una disciplina de “interés social”, ingenieros e ingenieras civiles y afines, debemos sincerar cuál de los dos personajes surgidos de la pluma de Don José Hernández, iluminarán nuestro discurrir por la profesión. ¿Haremos propios los consejos del Viejo Vizcacha (“Hacete amigo del juez…”), o del sacrificado y honesto Martín Fierro (“Jamás llegues a parar a donde veas perros flacos”)? ¿Aceptaremos la apuesta de la trabajadora hormiga o el seductor atajo propuesto por la díscola cigarra?

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Entiendo que el principal valor de las "Jornadas CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción", como la décima edición del año 2022, documentada detalladamente en el presente texto, se solidarizan con nuestros principios y pensamientos, al exhibir, sin medias tintas, las razones y consecuencias de un flagelo, lamentablemente, enraizado en distintas esferas de nuestro país.

Claramente, el homenaje a todas las víctimas de la corrupción, presentes y pasadas, reclama la activa participación de absolutamente todos y todas, para abrigarnos ante el calor de la luz de un nuevo amanecer, viéndonos reflejados en las llamas solidarias de la transparencia de correctos procederes. Ing. Civil Enrique Sgrelli Presidente honorario del Consejo Profesional de Ingenierí a Civil (CPIC) Invierno de 20233

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Presentación

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Presentación Hacemos entrega del ejemplar en versión papel y digital correspondiente a la X Jornada de Ética y Lucha Anticorrupción del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), llevada a cabo el día 9 de noviembre de 2022 en el Auditorio Ing. Civil Jorge Sciammarella de esta institución de manera presencial y virtual, con el objeto de permitir la mayor cantidad de asistentes a la misma. La X Jornada se ha articulado con un contenido que mantiene los objetivos de las jornadas de años anteriores, con la participación de profesionales que son actores sociales tanto en temas referentes a lo específicamente técnico-ingenieril como en aspectos educativos y con un alto compromiso personal e institucional. Como en otros años, los expositores mostraron ser poseedores de un vasto conocimiento en los temas abordados, siendo en su mayoría gestores de acciones en la lucha contra la corrupción en su ámbito específico, y otros, investigando y/o exponiendo episodios de referencia allí justo donde abordar el tema ético origina cuestionamientos, sanciones, impunidad, o simplemente, un acalorado debate.

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De esta manera, la estructura de la X Jornada abarcó los siguientes ejes temáticos: •

DILEMAS ÉTICOS EN EL EJERCICIO PROFESIONAL: Dar conocimiento a los conflictos éticos en el Ejercicio Profesional individual frente a las responsabilidades que atañe el mismo, y su interpretación en el ámbito judicial a través de los informes periciales y de las sentencias de los jueces.

CONTROL DE LA CORRUPCIÓN EN LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS y COMPLIANCE/CONTROL DE LA CORRUPCIÓN EN LAS ORGANIZACIONES: De qué manera las empresas y organizaciones dan cumplimiento a la legislación vigente para erradicar casos de corrupción. Cómo ésta influye negativamente en las relaciones interempresariales. Los principales inconvenientes y los atajos de la ley. Las disertaciones expusieron los trabajos desarrollados por la Oficina Anticorrupción respecto a la temática y el rol del compliance en Entidades Bancarias.

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EDUCACIÓN EN VALORES ÉTICOS: Los conceptos de Ética, Anticorrupción y Transparencia deben estar presentes en los ámbitos educativos. Precisamente, la Comisión se pregunta: ¿Cómo aborda el ámbito universitario esta temática?


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Para ello, hemos invitado a disertar a exponentes del ámbito universitario y de la educación superior para que se difundan cuáles son los proyectos, programas, y logros que tuvieron, tienen y tendrán con relación a estos temas. Así, las exposiciones versaron sobre la “construcción” de profesionales en una universidad que involucre la educación en valores y la responsabilidad social. •

CORRUPCIÓN Y SOCIEDAD: Quién mejor que un actor de la sociedad civil, cualquiera fuera su ámbito de acción, para disertar sobre estructura institucional, comportamiento ciudadano, eficacia de la ley, impunidad, hechos de corrupción y dar a conocer su visión del tema. En esta oportunidad, se ofrecen las disertaciones sobre la norma ISO 37.001, y la Ley anticorrupción 27.401, junto al aporte de un periodismo comprometido con la causa.

De esta manera, nuevamente gracias al compromiso de los expositores unido junto al trabajo fecundo desde el CPIC, llega este constante aporte a los matriculados y al público en general. Se ofrecen entonces, de una manera didáctica y referencial, instancias y acciones que la sociedad tiene para lograr un País cada vez más comprometido y consustanciado con la trascendencia del comportamiento ético de sus actores.

Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC) Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) Invierno de 2023

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Introducción

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Ética profesional La ética profesional surge como una irrenunciable necesidad dentro del ejercicio de la ingeniería civil y las disciplinas afines. Los orígenes de la ética, se remontan en el tiempo en una suerte de retrospectiva de 24 siglos atrás, cuando Aristóteles reflexiona, sistemáticamente, acerca de sus efectos. Sin prejuicios ni límites, su búsqueda de la verdad ha impulsado un legado aún vigente, el cual resulta determinante para la interpretación del accionar humano hasta nuestros días, especialmente, en las sociedades y culturas occidentales. La preocupación de los profesionales y las sociedades modernas sobre el bien, sobre los estímulos verificados en el accionar profesional sano y honesto, desnaturaliza el escándalo producido por los abusos morales y el desempeño corrupto. Desde el hogar, verdadera célula social, los padres y madres procuran inculcar valores humanos en sus descendientes a los fines de modelar “personas de bien”; hombres y mujeres con suficiente probidad para potenciar cualidades superadoras, capaces de dotar al ámbito comunitario de resultados plausibles, dignos de imitarse y replicarse. Esta preocupación por el mal, el ansia por lograr el triunfo del bien, el deseo unánime de procrear buenas personas, apostar por que el ser humano logre mejorarse a sí mismo, aprovechando la inmensa potencialidad del bien subyacente en la naturaleza, ayudándose los unos a los otros, en comunidad, conforma un trabajo colectivo, y al mismo tiempo, de fuerte impronta personal. Esta línea de pensamiento potencia a la Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC) de nuestro Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), de Jurisdicción Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a llevar a cabo, anualmente, la organización de las Jornadas encargadas de convocar, desde hace diez años, ininterrumpidamente, a una serie de calificados oradores, responsables de ayudar a la disciplina de la ingeniería civil, las profesiones afines y toda la sociedad, a reflexionar sobre las diversas temáticas, normas y valores morales necesarios de contemplarse durante el ejercicio de la profesión, a partir de un comportamiento transparente. Diversos autores acuerdan en adjudicar a la ética cuatro principios, rectores de las men-

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cionadas Jornadas ELAC: Beneficencia, capacidad, autonomía y justicia. El presente texto “ÉTICA Y LUCHA ANTICORRUPCIÓN: Compendio de las disertaciones presentadas durante la X Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción”, llevada a cabo el pasado miércoles 9 de noviembre de 2022, en formato presencial, reúne el pensamiento de sus protagonistas, quienes a partir de sus conocimientos, experiencias y saberes, con gran generosidad, colaboran a elevar el pensamiento sobre un verdadero flagelo, el cual, con lamentables y sobrados ejemplos, pueblan las páginas de los medios gráficos de comunicación y repercuten en el aire de los programas periodísticos radiales y televisivos. Dejando a su paso una estela de desgracias y pobreza, esta última tanto material como humana, la falta de ética circula por las instituciones de nuestra sociedad carcomiendo a su paso las bases de entidades, empresas y profesionales, cuya probidad constituye la última línea de defensa para preservar la salud de nuestras disciplinas y la garantía de su desempeño ante la sociedad beneficiaria de sus resultados. Por ello, las autoridades de este Consejo, en sus distintas gestiones encargadas de conducir sus destinos, han entendido y comprenden la enorme trascendencia de garantizar el desempeño de las citadas Jornadas, cuyo único límite se encuentra en las posibilidades físicas de su implementación. Este libro constituye una palpable prueba de lo hasta aquí afirmado. La demanda social respecto de evitar, dentro de la industria de la construcción, en particular, actos impropios y corruptos, trasciende el mero sumario de comprobadas acusaciones, reclamando una sentida autocrítica y pedido de exculpación, ante el cúmulo de oprobios ocasionados al hacer privar mezquinos beneficios individuales en contra del bienestar social. Ello se traduce en que, irónicamente, las obras encargadas de llevar agua en calidad y cantidad suficiente, vías seguras de tránsito y cobijo en viviendas confortables, brinden como resumen, niños y niñas con “hambre de agua”; una importante cantidad de muertes en accidentes viales provocados por rutas en mal estado; y cerca de 3.500.000 unidades de déficit habitacional. Los recursos económicos “distraídos” de las arcas públicas y privadas no resuelven los problemas de nuestra sociedad, originando una endemia cuasi-histórica, vergonzante y reprobable. Es nuestro firme deseo, que este nuevo texto conforme un aporte el cual libere las mentes y construya, a partir de sus puntos de vista, una barrera capaz de detener acciones maliciosas, fomentando un desempeño profesional honesto, transparente e íntegro.

Ing. Civil Carlos Alberto Alfaro Invierno de 2023

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Primer Panel “Dilemas éticos en el ejercicio profesional”

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“La responsabilidad profesional en la práctica” Ing. Civil Aníbal Tolosa Profesor Titular Ordinario de la Facultad Regional Buenos Aires de la Universidad Tecnológica Nacional

El título de la presente ponencia, “La responsabilidad profesional en la práctica”, surgió a partir de un fallo judicial producto de una catástrofe, una verdadera tragedia, ocurrida en el año 2007 en la provincia de Chubut, en el ámbito de la ingeniería civil, donde un grave accidente ocasionó la muerte de un cierto número de personas. Con posterioridad al siniestro, se llevó a cabo un juicio. El mismo se desarrolló enteramente, obtuvo un fallo de primera instancia, una apelación ordinaria, una apelación extraordinaria y un recurso de hecho.

La idea de interiorizarme me llevó a leer cada instancia descripta, y esta ponencia es el resultado de dicho análisis. Existe un detalle pormenorizado, un artículo vinculado con este tema el cual fue publicado en las XX Jornadas Argentinas de Ingeniería Estructural, organizadas por la Asociación de Ingenieros Estructurales (AIE), disponible en Internet. Para aquellos lectores interesados en obtener alguna precisión mayor respecto de los fallos y demás cuestiones, las cuales no serán detalladas en esta ponencia, pueden consultar el mencionado documento. En su texto, el fallo de primera instancia expresa: “El personal se encontraba colocando las losetas del techo utilizando un andamio colgante. Siendo, aproximadamente, las 16 horas colapsó la estructura del mismo, provocando la muerte de once trabajadores y ocasionando lesiones a otros dos”. Continúa el fallo: “La tragedia mencionada se habría producido por fallas en el cálculo estructural. Concretamente, no fue especificada la soldadura necesaria. El cordón de soldadura realizado era insuficiente para transferir los esfuerzos tangenciales necesarios”.

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Frente a esta situación, la acusación declaró lo siguiente: “Que el accidente se produjo porque las personas a cargo del proyecto y cálculo del sistema de apuntalamiento, los ingenieros FC (dueño de la empresa contratista) y LL (profesional a sueldo de la empresa contratista) obraron con impericia en su profesión”. En definitiva, entre todas las personas intervinientes, la acusación identificó como responsables al dueño de la empresa y al profesional a sueldo quien trabajaba para dicha empresa. La defensa de cada acusado trabajó de diferente manera. Los abogados defensores del ingeniero FC, el dueño de la empresa, sostuvieron que su defendido “No lo hizo”. Por su parte, los abogados defensores del ingeniero LL, empleado a sueldo de la empresa, sostuvieron que su defendido “No era el responsable”. Esas fueron las dos posturas desde la defensa: uno “no lo hizo” y el otro “no era responsable”. ¿Qué consideró el Juez interviniente? El Juez estimó que el ingeniero LL, el empleado de la empresa, era “responsable de la memoria de cálculos del sistema de apuntalamientos”, y en tal carácter, “al controlar el correspondiente plano, omitió verificar si, además de consignado el tipo de soldadura, se encontraba especificada adecuadamente”. En este contexto, el Juez decidió condenar al ingeniero LL por considerarlo el “autor material y responsable del delito de homicidio culposo y lesiones culposas”; rechazar la imputación contra el ingeniero FC, o sea, el dueño de la empresa, al no estimarlo responsable de la ejecución de la memoria de cálculo y los debidos controles sobre la misma. Por otro lado, decidió no condenar ni imputar al Representante Técnico, al Jefe de Obra, al Director de Obra, al Cliente, al Contratista Principal, al Subcontratista, ni a nadie, por los hechos sucedidos. En definitiva, a todas las demás personas que no fueron identificadas por la acusación, el Juez de primera instancia no las consideró, no las imputó y no las condenó. Así finaliza el desarrollo de la totalidad del proceso judicial.

Desde el punto de vista de la ingeniería civil, vale preguntarse si este fallo resulta o no razonable. Para responder esa pregunta, resulta propicio recordar algunas cuestiones. Por ejemplo, lo expresado por el Decreto-Ley 7887, del año 1955, en su Artículo 93, donde afirma: “La función del Representante Técnico consiste en asumir la responsabilidad que implica una construcción, una instalación o la provisión de equipos y/o materiales para construcciones e industrias. En consecuencia, el Representante Técnico deberá preparar los planes de trabajo, supervisar asiduamente la marcha de los mismos, responsabilizarse por los planos, cálculos, planillas, etcétera, de estructuras, instalaciones, etcétera; preparar toda la do-

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cumentación técnica necesaria como especificaciones, confección de subcontratos, etcétera, coordinar a los distintos subcontratistas, proveedores, etcétera”. Paralelamente, resulta de interés conocer lo normado por el mismo Decreto-Ley respecto de las funciones relativas, desarrolladas en relación de dependencia, lo cual se encuentra en el Artículo 4. Dice así: “Tareas realizadas en relación de dependencia: Salvo convenio en contrario, no corresponde el pago de honorarios al profesional, funcionario o empleado a sueldo público o privado, por las tareas específicas que debe desarrollar, que deba ejecutar en función del cargo que desempeñe. Tampoco al ayudante o colaborador de otro profesional, cuando no asuma la responsabilidad técnica o legal por las tareas que le fueran encomendadas al titular”.

En definitiva, la parte más importante del Artículo 4, en mi opinión, es aquella que sentencia: “Salvo convenio en contrario no corresponde el pago de honorarios”. Sería interesante saber qué comprenden los honorarios aludidos, los cuales no corresponde pagar. Ello se define en el Artículo 2, del mismo Decreto-Ley, al expresar: “Definición de honorarios: Los honorarios constituyen la retribución por el trabajo y responsabilidad del profesional en la ejecución de la tarea encomendada, e incluyen el pago de los gastos generales de su oficina relacionados con el ejercicio de su profesión. Los gastos originados por la encomienda de una tarea profesional deben ser abonados por el comitente, independientemente de los honorarios”. Por ende, queda claro que, según el Decreto-Ley 7887, el arancel de honorarios, Artículo 2, el honorario es la retribución que se da por “el trabajo y su responsabilidad”. Podemos concluir entonces, cuando una persona cobra honorarios, cobra por su trabajo y responsabilidad, mientras que, si una persona cobra un sueldo o un salario, se le retribuye únicamente por su trabajo. Resulta interesante conocer la letra del Decreto 1099/84, conocido como “Código de Ética”, el cual, en su Artículo 2.1.1.2, dice: “Son deberes éticos de todo profesional no ejecutar actos reñidos con la buena técnica, aun cuando pudiere ser en cumplimiento de órdenes de autoridades, mandantes, o comitentes”. Me parece muy interesante tener en cuenta el párrafo anterior, porque en este Decreto el deber ético del profesional relacionado con “no ejecutar actos reñidos con la buena técnica” no está vinculado a cualquier persona, esta específicamente identificado a que personas está dirigido quienes, en definitiva, son “las autoridades, mandantes o comitentes”. No son ni jefes, ni son empleadores; son “autoridades, mandantes y comitentes”. ¿Por qué razón se especifica de esa manera? Entiendo que ello se puede observar en forma mucho más clara en el próximo artículo.

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El mismo Decreto 1099/84, en su Artículo 2.1.1.10, sentencia: “Son deberes éticos de todo profesional oponerse como profesional y en carácter de consejero del cliente, comitente o mandante, a las incorrecciones de éste en cuanto atañe a las tareas profesionales que aquel tenga a su cargo, renunciando a la continuación de ellas si no puede impedir que se lleven a cabo”. La siguiente sentencia resulta sumamente interesante porque este “deber ético” de todo profesional “renunciar a la continuación de las tareas, si no puede impedir se lleven a cabo cuestiones incorrectas” no está dirigido a cualquier profesional, sino a aquel profesional en carácter de consejero del cliente, no de empleado de un jefe. ¿Por qué razón? Porque el empleado del jefe, si realiza mal una tarea o contrario al criterio y/o los intereses del jefe, tendrá una sanción más vinculada con el ámbito laboral que con el profesional. En este Decreto, este artículo es sumamente claro en cuanto a que es el carácter del profesional como consejero del cliente, consejero del comitente o consejero del mandante lo que obliga éticamente. Así las cuestiones, ¿cuál fue la opinión del juez al respecto?

El magistrado aclara su criterio en su fallo de primera instancia, donde dice: “El Decreto-Ley 7887/55 no resulta aplicable al presente”. Entiendo, y esta aclaración corre por mi exclusiva cuenta, que desestima el mencionado Decreto-Ley, no porque se trate de una ley nacional la cual no fue refrendada por la provincia donde ocurrió el accidente y el juicio se desarrolló, sino porque “el artículo cuatro señala, expresamente, que en los casos de relación de dependencia entre el profesional y el comitente, no resulta aplicable la ley, salvo que el primero asuma expresamente su responsabilidad por las tareas encomendadas por el titular, circunstancia que en el presente caso no se haya acreditada, por tal motivo, dicho argumento debe ser rechazado.” Para el Juez de esta causa, no resulta aplicable el Decreto-Ley, salvo en el caso donde el empleado asuma, explícitamente, su responsabilidad por las tareas encomendadas por parte del titular. Su Señoría arriba a dicha conclusión en base a lo enumerado en el Artículo 4, vamos a revisarlo nuevamente. Dice: “Tareas realizadas en relación de dependencia”. Pero vale destacar la frase que manifiesta: “salvo convenio en contrario, no corresponde el pago de honorarios al profesional empleado a sueldo”. El Artículo 4 revela que, salvo convenio en contrario, lo que no corresponde es el pago de honorarios, pero nada dice respecto de la no aplicación del Decreto-Ley. La diferencia conceptual es notoria, y en ese sentido, cabe suponer que el Juez de primera

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instancia hizo una lectura muy desafortunada de las mencionadas cuestiones, perjudicando enormemente al profesional a sueldo juzgado en ese momento. Las demás instancias confirmaron el fallo de la primera instancia, sellando la suerte del ingeniero sentenciado. Entiendo, desde el punto de vista de la ingeniería civil, la falta de razón del fallo emitido, invitándonos el mismo a reflexionar acerca de sus futuras consecuencias. Siguiendo la lógica de este veredicto señalado, a un profesional empleado a sueldo podrían caberle responsabilidades técnicas y/o legales, pero al mismo tiempo, carecer del debido poder de decisión demandado por su perfil profesional. Supónganse el siguiente escenario: Un profesional empleado a sueldo por una empresa determina la necesidad de llevar a cabo un ensayo específico, o desarrollar una particular investigación, demandando ello la consulta a un especialista local o del exterior… ¿contará con la suficiente libertad para implementar las instancias descriptas? Si se trata de un empleado a sueldo, difícilmente trabaje con la suficiente independencia para desempeñar las acciones necesarias, pues carece de poder. Sin embargo, para el Juez de nuestro caso, el empleado ostenta la responsabilidad, conformando una dinámica cuestionable a la luz de los posibles escenarios reales. Por otro lado, se presenta el perfil profesional del Representante Técnico. Según la lógica del fallo analizado, un Representante Técnico podría desentenderse del saber profesional y de las condiciones de trabajo de su equipo, ya que, si hay algún problema, la responsabilidad no es suya. Entonces ¿por qué razón el Representante Técnico debería preocuparse por incorporar dentro de su equipo a los mejores perfiles técnicos, a los mejores profesionales, organizando un adecuado ámbito laboral, si en definitiva, ante un problema severo, el responsable será el ejecutante de la tarea y no el representante técnico, el cual en el caso estudiado, ni siquiera fue imputado? Por otro lado, es acorde pensar, desde el punto de vista del contratista, el dueño de la empresa, en función del fallo, que siempre podría preferir al profesional más barato, independientemente de sus conocimientos, capacidades, o experiencias, pues ello permite reducir costos y ser económicamente más competitivo, por ejemplo, en una licitación, frente a otros competidores quienes suman costos superiores. Entonces, me parece a mí que la lógica de este fallo lleva a una dinámica que no protege a la sociedad: ni a los profesionales y ni a los que no son profesionales. Porque, que desagradable ¿no? Dirigirse a una estructura, a un edificio o a lo que fuere,

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hecho dentro de lo que es la ingeniería civil, cuando uno sospecha que quienes participaron de su ejecución, de alguna manera, están respondiendo a la lógica que surge del fallo que acabamos de compartir… O sea: la mayor responsabilidad la tiene el que menos poder de decisión tiene, mientras que la menor responsabilidad la tiene el que mayor poder de decisión tiene. Esto en general no es algo que funcione bien, y pone en riesgo a la sociedad, lo cual es algo que no nos gusta. El tema no resulta menor, pues este caso sienta jurisprudencia y puede ser tomado como referencia válida por parte de un buen número de jueces a lo largo del país para dictar distintas sentencias de similar escala.

¿Deja tranquilo este fallo a los ingenieros e ingenieras civiles? Estimo una respuesta negativa por parte del lector. Yo creo que no. Creo que algo debería hacerse y, dentro de ese “algo”, deberíamos empezar a tratar de identificar algunas cuestiones que no están tan claras. Deberíamos empezar a ponernos de acuerdo entre nosotros, los profesionales, a dialogar acerca de que es lo que queremos, que es lo que pensamos, como identificamos un buen ejercicio profesional, con que reglas… Entonces, en ese sentido, propongo algunas preguntas disparadoras que a mí me parecieron interesantes pero que no necesariamente van a ser compartidas por todos. Por ejemplo, ¿estamos todos de acuerdo que es obligatorio encontrarse matriculado para ejercer profesionalmente? Personalmente, respondo positivamente a la pregunta formulada, de hecho, me encuentro debidamente matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC). Pero, entiendo, un buen número de profesionales ejercen la disciplina sin contar con su matrícula.

Formulo una nueva pregunta: ¿Estamos todos de acuerdo en que nadie puede argumentar el “haber obrado de buena fe” si, para una tarea profesional, contrata un profesional sin matrícula? Ofrezco mis dudas al respecto… Por ejemplo, yo no conozco a nadie que sufra alguna afección y que vaya a un médico que no está matriculado. Porque la pregunta sería ¿Por qué no está matriculado? ¿Alguien se animaría a tratarse con un médico que no esté matriculado?

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Eso que es imposible de pensar en el ámbito médico, en el ámbito de la ingeniería civil aparentemente no hay un consenso claro. Otra pregunta: ¿Estamos todos de acuerdo que el riesgo de contratar un profesional no matriculado lo asume principalmente quien lo contrata? Independientemente de la obligación derivada en el profesional, se verifica una responsabilidad para quien, contando con la alternativa de emplear a profesionales matriculados, opta por uno o una sin matrícula. ¿Coincidimos todos que el riesgo lo asume quien toma esa decisión, o no? Nueva consulta: ¿Están ustedes de acuerdo de que es quien elige a que profesional contrata, y saca provecho de ello (porque de repente resulta muy económico, o de repente hace proyectos muy audaces) debería también ser corresponsable de los errores cometidos, aunque quien elige no sea profesional?

Personalmente, no lo tengo claro… entiendo a este aspecto necesario de ser sometido a debate. Ahora, vale consultar: ¿Concordamos en implementar instancias de revisión y control adicionales puesto que, en general, la ingeniería civil no asume la urgencia de la medicina? Dentro del desarrollo de nuestra profesión, podemos implementar tantas instancias de revisión como consideremos necesario, reduciendo el riesgo de manera notoria. Ahora bien, minimizar el riesgo mediante instancias adicionales de control y verificación representa un costo. Quien decide no implementar dichos plazos de comprobación, y se beneficia con el consecuente ahorro, debería ser visto como corresponsable de los errores provocados, aunque no se trate de un profesional del área. Concretamente, el beneficio del ahorro permanece en los bolsillos de aquel encargado de tomar las decisiones, sin caber la pregunta de si esa persona es profesional o no lo es. Entonces, si esa persona ostenta los beneficios del ahorro, puede asumir en paralelo, la corresponsabilidad consecuente ante la toma de una errada decisión. Arribo a este interrogante: ¿Estamos todos de acuerdo en que los profesionales matriculados pueden cobrar tanto honorarios como sueldo o salario? Se trata de distintas formas de remuneración, y como vimos, el honorario involucra el trabajo y la responsabilidad; mientras el sueldo y el salario implican solo el trabajo. Eso ¿lo tenemos claro, o no? y ¿acordamos o no con ello?

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Otra pregunta valiosa ¿Estamos todos de acuerdo que no es posible atribuir una responsabilidad profesional a un profesional empleado a sueldo? Por lo ya visto en los párrafos anteriores, si se trata de un empleado a sueldo, cobra efectivamente un sueldo y no percibe honorarios. Y, si no cobra honorarios, evidentemente no se le está pagando por la responsabilidad. Si no se le está pagando por la responsabilidad ¿Se le puede atribuir una responsabilidad como ocurrió justamente en el caso analizado en esta presentación? Nueva consulta: ¿Estamos de acuerdo en que los profesionales matriculados pueden ofrecer sus servicios en forma autónoma y cobrar por ellos un salario, si hacen solamente el trabajo, o los honorarios, si cobran tanto por el trabajo como por la responsabilidad? O sea: un mismo profesional autónomo que trabaja en forma independiente, podrá cobrar solamente por el trabajo (en ese caso sería que cobra un salario) o podrá cobrar honorarios (donde cobra por su trabajo y su responsabilidad). Lo sentenciado no se encuentra tan claro entre la comunidad de la disciplina: Algunos ingenieros civiles suponen que un profesional siempre cobra honorarios y jamás percibe, por ejemplo, un salario.

En lo personal, no estoy seguro de dichas afirmaciones… sería oportuno discutirlo en el corto plazo. Además: ¿Estamos de acuerdo en que la definición de servicios brindada por el decretoley 7887/55 respecto de los croquis preliminares, anteproyecto, proyecto, dirección de obra, consulta y estudio, se encuentra superada y debería actualizarse? El citado decreto-ley cumplirá, próximamente, 70 años. Ha llegado a mi conocimiento un documento del Centro Argentino de Ingenieros (CAI), el cual, en los alcances de ingeniería, habla de ingeniería conceptual, ingeniería básica, ingeniería básica extendida, ingeniería de detalle, conceptos disociados del vigente decretoley. ¿Es posible integrar, por ejemplo, este tipo de alcances a la luz de un proceso judicial? ¿No resulta imprescindible actualizarlo? También, deberíamos pensar si las figuras descriptas en el decreto-ley 7887/55, como Director de Obra, Representante Técnico y Especialista, resultan ser escasas y deberían ampliarse. Particularmente, entiendo son limitadas. En ese sentido, me pregunto si las nuevas figuras a generar deberían diferenciar, claramente, el proyecto de la obra, e identificar, sin dudas, los intereses representados en cada caso.

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Dentro de los usos y costumbres, el representante técnico defiende los intereses de la empresa constructora, mientras el director de obra atiende los derechos del comitente. Pero ello no se describe claramente en el decreto-ley, siendo imprescindible aclararlo. Por otro lado, los nuevos perfiles disciplinarios a crearse deberían asumir roles y responsabilidades claramente establecidos, sin dejar dudas de quién cubre cada aspecto, y cuando el mismo no se corrobora, descubrir a ciencia cierta al profesional responsable del incumplimiento. Introduzco un nuevo disparador: ¿Consensuamos la obligatoriedad, de cada proyecto, de declarar la nómina de profesionales encargados de llevarlo adelante, estableciendo indudablemente, el rol desempeñado por cada uno?

¿Cuántas obras conocemos las cuales no definen con precisión a sus responsables directos? Creo que es muy importante aclarar el rol de cada uno porque, en el caso analizado, condenaron al ingeniero LL (que era un empleado) por su rol especial de “ingeniero a cargo del equipo técnico de la empresa”. El "ingeniero encargado del equipo técnico de la empresa" no es un rol establecido en el Decreto-Ley 7887/55: Es como esas medallas, esas grandes insignias que le dan ciertas empresas a algunos de sus empleados. Y todos suponemos que cuanto más grande es la insignia, más responsabilidad debe tener quién la tiene. Por eso, lo ideal sería que eso se encuentre aclarado sin duda alguna. En ese sentido, yo me pregunto, por ejemplo, si la forma adecuada de determinar el rol de cada profesional en un proyecto u obra es mediante las encomiendas profesionales presentadas previamente ante los consejos respectivos. Cuando un profesional presenta una encomienda, en la misma se clarifican los roles y responsabilidades de cada actor interviniente en una obra en especial, logrando la ventaja adicional de la verificación de la misma por parte de un consejo profesional. Cabe recordar que los consejos profesionales, primero, confirman que esa matrícula es válida y vigente. Seguidamente, corroboran la legalidad de los alcances del título en función de la tarea a efectuar. ¿Estamos o no de acuerdo en ese aspecto? Siguiente pregunta para pensar: ¿Acordamos que, al tramitar las encomiendas profesionales, el cliente debería poder acceder voluntariamente, y a su costo, a un seguro proporcional al valor del proyecto u obra declarado, con cláusula de no repetición a favor de los profesionales intervinientes?

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Este sensible punto se menciona recurrentemente, sin mayores avances a la fecha. En algún momento, deberíamos crear una mesa de diálogo para discurrir sobre los puntos anteriores, definiendo su pertenencia respecto de la profesión, estimulando una amplia discusión sobre cada ítem. ¿Acordamos vincular los honorarios convenidos con el monto máximo de un hipotético reclamo? Cuando presentamos a un comitente un presupuesto, su obra, en función de los honorarios a percibir, siempre es vista como sencilla, irrelevante y pequeña. A la hora de los reclamos, la misma obra adquiere faraónicas escalas. Entonces, si son faraónicas para reclamar, son también faraónicas para definir los honorarios y viceversa... ¿verdad? Tras el decreto de desregulación económica, todo lo relativo al arancel de honorarios no se encuentran vigentes. Pero podría establecerse alguna forma de vincular, razonablemente, el monto de los honorarios con el máximo valor de un hipotético reclamo. ¿Qué acción tomamos desde la disciplina con todo lo descripto hasta aquí?

Debemos imaginar un ejercicio profesional acorde a los tiempos actuales. Primero, es necesario discutir estos temas y muchos otros, de modo de identificar cuál es la postura más conveniente, tanto para los profesionales como para la sociedad en su conjunto. No debemos dejar a nadie afuera para arribar a escenarios verdaderamente convenientes. Como último punto, sería ideal contar con una nueva ley responsable de regular las cuestiones ya enumeradas en forma clara e inequívoca, posibilitándole a cualquier persona identificar las responsabilidades asociadas a cada rol profesional, obteniendo una completa imagen en relación a lo esperado de ese profesional al momento de ejercer esta hermosa profesión.

Para finalizar, deseo arribar a ciertas inquietudes y sus conclusiones. La primera: En mi conocimiento, los diplomas habilitan el ejercicio profesional. En Argentina, los diplomas otorgados no son solamente académicos, siendo también, habilitantes. Por ello, cuando un profesional se matricula en nuestro país en su consejo profesional, no le toman un examen como sí ocurre en otros lugares del mundo. Ahora bien, solo contando con el título habilitante y la correspondiente matrícula es que el interesado se encuentra legalmente habilitado para ejercer la profesión, y así lo continuará

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haciendo en tanto y en cuanto mantenga la matrícula vigente. Esto se logra no solo honrando las obligaciones de la matriculación, sino también, comportándose de manera ética para no perder el derecho a permanecer matriculado. La segunda: El rol de “Jefe de Obra” no existe en el decreto-ley 7887, por ende, no son claras sus atribuciones. Habitualmente, el Jefe de Obra brinda su trabajo para el responsable, para el Representante Técnico, respondiendo a los intereses de la empresa constructora, y en tal sentido, el responsable es el Representante Técnico. Pero esto es una interpretación, ya que no está suficientemente aclarado por la ley. Ahora, la pregunta es ¿el jefe de obra cobra honorarios o un salario? Si cobra salario no es responsable. Si percibe honorarios resulta ser responsable, pero debería cobrar honorarios y mantener la capacidad de decisión para asumir la responsabilidad delegada. Toda esta disquisición es prematura, ya que cuando uno debe definir los honorarios que ese rol cumple, detectamos que no tiene herramientas ni siquiera referenciales porque el decreto-ley 7887/55, como ya afirmamos, no considera al Jefe de Obra, por ende, nada expresa sobre sus derechos. Un tercer punto es el relativo a cómo formalizar los cambios necesarios. Primero deberíamos nosotros, los ingenieros civiles (no solo de este consejo profesional, sino también de todos los demás consejos profesionales de la Argentina) discutir temas como los que propuse y seguramente muchos otros para llegar a algún tipo de consenso. Si nosotros, los ingenieros, no nos ponemos de acuerdo, es difícil que un Congreso nos atienda. Una vez que nosotros tenemos un consenso (el cual, seguramente, no dejaría conforme a nadie pero que idealmente debería ponernos en un lugar mejor del actual) se debería hacer el camino de la política. En definitiva, hablar con las distintas bancadas, con los diferentes bloques para saber cuál podría llegar a interesarse en un proyecto de este tipo y, en ese sentido, me parece a mí que un elemento muy importante favorable a nuestra postura tiene que ver con que la ingeniería civil está en todos lados, todo el mundo vive en una casa, todo el mundo atraviesa un puente, todo el mundo cuando va al baño espera que el funcionamiento del sistema sanitario sea correcto, con lo cual, es difícil escapar a la ingeniería civil, y por ello, es muy fácil de demostrar que una buena ley capaz de regular el ejercicio profesional, beneficia a toda la sociedad. El cuarto y último punto es el relativo al caso del accidente presentado. Luego de algunas gestiones facilitadas por el CPIC puede acceder a los fallos. Al leerlos experimenté dos sensaciones: preocupación e indignación. Tuve la posibilidad de tomar contacto y conversar con el ingeniero condenado. Le pregunté si la defensa había utilizado los argumentos expuestos en esta ponencia. El profesional sentenciado me respondió textualmente: “Se dijo todo, todo esto que vos decís, se dijo todo, pero cayó en saco roto…” En ese sentido, cuando pensamos en el

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enorme peso de la empresa contratista y el cliente final, contra el peso de ese ingeniero, tengo la sensación de que hay una cuestión de fondo, que tiene que ver con que la ley tiene muchos años, quedó desactualizada y tal vez no es lo clara que debería ser, pero esa es una opinión mía, nada más.

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Segundo Panel “Control de la corrupción en las contrataciones públicas y Compliance: Control de la corrupción en las organizaciones”

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“Corrupción en Contratos Gubernamentales” Dra. Susan Ackerman PhD en Economía y Profesora Emérita de Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad de Yale, desde 1987

Los ingenieros civiles ostentan una posición única para detectar posibles casos de corrupción en proyectos de construcción. Pueden ser testigos de prácticas fraudulentas, como la manipulación de presupuestos, el uso de materiales de baja calidad o la falta de cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud.

Especialmente, voy a detenerme en la corrupción en los contratos de gobierno. Obviamente, existen muchos otros ámbitos donde la corrupción se manifiesta, pero es la obra pública con financiamiento del Estado donde se registran los indicadores más importantes, a nivel mundial, de sucesos fraudulentos. Es importante tener en cuenta que la corrupción puede adoptar muchas formas, desde sobornos y coimas hasta la manipulación de contratos y licitaciones, e involucrar a individuos y organizaciones tanto del sector público como del privado. En general, la corrupción implica un abuso de poder en beneficio propio o de terceros, y ocasiona negativas consecuencias para la economía, la sociedad y el ambiente. En cuanto a la afirmación "el sistema me obligó a hacerlo", es cierto que la cultura de corrupción y la falta de controles adecuados pueden generar un ambiente propicio para el florecimiento de actitudes antiéticas. Sin embargo, cada individuo tiene la responsabilidad de actuar moralmente y cumplir con las leyes y regulaciones, incluso, cuando el entorno resulte desafiante. En última instancia, la corrupción no puede justificarse simplemente diciendo "el sistema me obligó". En ocasiones, lo mencionado se aprecia como una suerte de “salida fácil”, pero resulta clave, especialmente, en un país como Argentina, reflexionar severamente

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respecto del control de la corrupción en las contrataciones encaradas por parte del Estado nacional. El Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) de Transparencia Internacional, mide la percepción de la corrupción en el sector público de distintos países, utilizando una escala desde el 0 (muy corrupto) al 100 (muy transparente). El citado índice no mide la cantidad o magnitud de actos deshonestos en sí, sino la percepción de ciudadanos y expertos sobre la corrupción en un país. Se trata de una herramienta útil para analizar la situación en diversas naciones a efectos de formalizar distintas comparaciones. En el último IPC publicado en 2021, Argentina se ubicó en el puesto 78 sobre 180 países con una puntuación de 42/100, indicando una percepción de corrupción en el sector público la cual representa un problema significativo. El Índice de Percepción de Corrupción de Transparencia Internacional, se basa en encuestas llevadas a cabo a expertos en temas éticos y a empresarios, y no en datos objetivos y cuantificables. Por lo tanto, es una medida subjetiva, la cual no necesariamente, refleja la realidad de la corrupción en cada país. Sin embargo, puede ser útil para comparar la percepción de corrupción entre diferentes países, identificando tendencias a lo largo del tiempo. Si en la encuesta nos detenemos en los registros respecto de la corrupción urbana en América Latina, la cual incluye tanto a las personas que pagan sobornos para obtener servicios, como a la corrupción en la construcción de infraestructura urbana, la escala va en sentido contrario.

Allí Argentina ocupa un espacio relativamente estable, al menos, en comparación con Panamá, Bolivia y Ecuador. En paralelo con los mencionados países, Argentina se ve relativamente mejor en términos de corrupción urbana, aunque todavía hay mucho trabajo por hacer para combatirla en la construcción de infraestructura, junto con otros sectores. Resulta notable reconocer que las inmoralidades suceden en múltiples niveles y en diferentes relaciones entre personas y entidades. En el caso de la ingeniería civil, es posible enfrentarse a sucesos deshonestos en la obtención de contratos y en la materialización de proyectos para el gobierno, así como también, en las relaciones con empresas privadas y proveedores. En esos casos, nos vemos forzados a implementar adecuadas medidas para prevenir la corrupción en todas esas áreas. De acuerdo a distintas fuentes, la corrupción en la contratación pública es elevada en países donde existe una mayor privatización de servicios públicos. Esto puede deberse a que

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la privatización, a menudo, implica la transferencia de poder y responsabilidad del gobierno a empresas privadas, incrementando las oportunidades para la proliferación de actos deshonestos si no se establecen adecuados controles y efectivas regulaciones. La ausencia de ética profesional acarrea graves consecuencias para la calidad y eficacia de los proyectos de ingeniería y construcción. Como es posible intuir, puede llevar a que los costos sean demasiado altos y los proyectos se encuentren sobredimensionados o ser extremadamente riesgosos. La corrupción deriva en una falta de transparencia y responsabilidad en la ejecución del proyecto, socavando la confianza del público, y poniendo en tela de juicio la seguridad de las personas. Los ingenieros e ingenieras civiles desempeñan un trascendental papel en la prevención de estos problemas, al promover proyectos diseñados y ejecutados de manera adecuada y responsable, con un enfoque en la calidad, en lugar de sus ganancias personales.

Existe un patrón consistente relativo a sobrecostos y aumentos en los proyectos de infraestructura. Ello puede constituir un indicio de la influencia de un marco antiético en la planificación y ejecución de los proyectos. Los sobrecostos presentan un impacto negativo en la calidad de las obras y en su resultado final. Es interesante apreciar ciertos proyectos icónicos, los cuales han presentado problemas con los costos y la corrupción. La Presa Hoover (EEUU), por ejemplo, fue construida en la década de 1930 y, en ese momento, fue la más grande del mundo, pero al mismo tiempo, motivó una gran controversia debido a los costos excesivos y las acusaciones sobre actos reñidos con la moral. En cuanto a los Juegos Olímpicos, existen preocupaciones sobre sus excesivos costos, el posible cohecho en la selección de las ciudades anfitrionas, y en la construcción de instalaciones deportivas y de alojamiento para los atletas y visitantes. La sobreestimación de los costos de un proyecto, puede ser vista por los tomadores de decisiones, como una barrera para la aprobación de una determinada obra. A menudo, los ingenieros civiles pueden verse tentados a subestimar los costos para hacer que el proyecto parezca más atractivo. Pero ello puede conducir a negativas consecuencias, como retrasos en el proyecto, mayores costos de construcción, y en algunos escenarios, incluso, la cancelación del proyecto debido a conflictos financieros.

Entonces ¿cómo se produce la corrupción?

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Probablemente, nos encontremos familiarizados con distintas situaciones, pero muchas veces, la deshonestidad anida en las mismas especificaciones técnicas de las obras. ¿Qué tipología de emprendimiento va a desarrollar el Estado? ¿Cómo fue diseñado el proyecto? ¿Presenta trabajos integrados, los cuales pueden ocultar posibles sobornos, grandes pagos al convertirlo en un proyecto de propósito particular, donde resulte extremadamente difícil comparar los precios con otros referentes del mercado? En muchos casos, las licitaciones y contrataciones están sujetas a políticas y regulaciones responsables de limitar el número de empresas participantes. Esto puede dar lugar a una competencia limitada, y favorecer a empresas específicas, las cuales, mantienen relaciones cercanas con los burócratas encargados de la licitación, o donde se exige un soborno para garantizar que una específica empresa obtenga el contrato, determinando una competencia desleal e incrementando los costos de obra. Desafortunadamente, países como Nigeria se constituyen en un claro ejemplo de corrupción en la licitación y ejecución de ciertos proyectos. Allí las empresas desempeñan un papel activo en la selección de las obras donde desean trabajar y en la determinación de los términos y condiciones de las mismas, conllevando a un proceso de licitación injusto y poco transparente, brindando como resultado final, obras con notorios sobrecostos y muy baja calidad. En esos casos, la evaluación de la oferta se encuentra totalmente distorsionada, debido al pago de sobornos a distintos funcionarios públicos. También, puede darse el caso donde una empresa le pague a otra compañía para que abandone el proceso de licitación, o para que su competidora ofrezca una oferta demasiado alta, quedando así descalificada del concurso de precios.

En otras palabras, los propios postores se confabulan en un anillo de licitación para compartir los beneficios. El problema de la corrupción no se limita solo a la etapa de licitación y adjudicación del contrato, sino que puede suceder durante la ejecución del mismo. Ello ocurre cuando las empresas intentan reducir los costos mediante la utilización de materiales y mano de obra de menor calidad, instalando en zona de riesgo la seguridad de la construcción y promoviendo fallas estructurales a largo plazo. Se verifican múltiples casos donde se sobornan a funcionarios para que los mismos pasen por alto ciertos problemas, obtener permisos adicionales o cambios en el proyecto que les permitan sumar ganancias adicionales. La sucesión de hechos inmorales durante el cumplimiento del contrato, conduce a proyectos de menor calidad y más costosos, con negativas consecuencias para la economía y la sociedad en general.

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El llamado “Caso Odebrecht”, constituye un evidente ejemplo de corrupción en la ejecución de proyectos de construcción en América Latina. La empresa brasileña fue acusada de sobornar a funcionarios gubernamentales y políticos para obtener contratos en diferentes países de la región, incluyendo Argentina. Descubierta, la compañía llevó a cabo un acuerdo de culpabilidad con las autoridades de los EEUU, en el año 2016, abonando una multa de más de 2.600 millones de dólares. Desde entonces, se han abierto investigaciones en varios países de la región y procesado a un considerable número de políticos y empresarios por su papel en el escándalo. Este caso ha demostrado la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de proyectos. La operación de Kickback de Odebrecht era muy sofisticada, y se extendió por varios países de América Latina. La empresa utilizó una variedad de tácticas para sobornar a funcionarios y obtener contratos lucrativos, incluyendo la creación de una división especializada en sobornos, junto con el uso de cuentas secretas en el extranjero para canalizar el dinero ilícito. En forma paralela, utilizó empresas a modo de fachada para ocultar las sumas deshonestas y manipular los procesos de licitación para asegurarse de que ganaran los contratos. Todo ello derivó en una amplia investigación y la condena de varios funcionarios y ejecutivos de la empresa. La división de operaciones estructurales de Odebrecht utilizaba un sofisticado esquema de sobornos a través de cuentas bancarias secretas abiertas en paraísos fiscales. En lugar de entregar, directamente, maletas de dinero, la empresa utilizaba intermediarios y empresas fachada para canalizar los sobornos. Esto dificultaba la detección del ilícito por parte de las autoridades. La empresa utilizaba un sistema de contabilidad paralela conocido como "Departamento de Operaciones Estructuradas", a efectos de registrar los pagos ilegales.

El sistema le permitía a Odebrecht ocultar los sobornos de los controles contables, tanto internos como externos. No obstante, en el caso Odebrecht, se sabe que utilizaban un esquema de sobornos para obtener contratos en varios países de América Latina, incluyendo Brasil, Perú y Venezuela. Según las investigaciones llevadas a cabo, la firma pagaba sobornos a funcionarios gubernamentales y políticos, a cambio de la adjudicación de contratos y la aprobación de proyectos.

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Se descubrió acabadamente la utilización de cuentas offshore y empresas fantasma para ocultar el dinero oriundo de los sobornos y llevar a cabo transacciones ilegales. En cuanto a las ganancias de Odebrecht, se estima un ingreso de más de 3.300 millones de dólares en ganancias ilícitas, durante un período de 15 años, gracias a este esquema de corrupción, convirtiéndose en uno de los mayores escándalos de la historia empresaria en América Latina. Ahora bien, el hecho de que la empresa haya construido proyectos exitosamente no significa, necesariamente, que el proceso de licitación haya sido justo y transparente, ni que las obras en sí mismas constituyan la mejor solución para las necesidades del país.

La corrupción en la licitación y cumplimiento de contratos, a menudo, lleva a proyectos sobrevalorados y mal diseñados Insisto en este punto, aunque Odebrecht construyó proyectos de infraestructura de calidad, el soborno y la corrupción en la obtención de contratos afectan la confiabilidad de los procesos de licitación y, por lo tanto, llevan a la asignación de contratos a empresas las cuales no ofrecen la mejor relación calidad-precio. Aunque Argentina puede no parecer tan afectada, en comparación con otras naciones, no se descarta la posibilidad de actos deshonestos en algunos de los proyectos en los cuales la empresa brasileña participó en el país. Es difícil obtener conclusiones definitivas de estos datos, al combinarse distintos factores influyentes en la cantidad de sobornos reportados en diferentes naciones. Es posible que en algunos países se haya detectado y reportado más corrupción respecto de otros, o los esquemas de malversación resulten más complejos y perfeccionados en algunos lugares sobre otros. Los datos presentados son solo una muestra de los beneficios informados por Odebrecht en ciertos proyectos, siendo factible que la corrupción en distintas obras no haya sido detectada o reportada. Las ingenieras e ingenieros civiles, junto con las demás profesiones del sector, llevan adelante un crucial papel en la reforma del gobierno y en la lucha contra la corrupción, en la ejecución de obras públicas y privadas. La ingeniería civil debe ser garante de diseños y ejecuciones sumamente respetuosas de las normas y regulaciones vigentes, evitando cualquier tipo de soborno o trato ilícito capaz de influir en el proceso de toma de decisiones. Para ello, los profesionales deberán encontrase convenientemente actualizados y capacitados en cuestiones éticas, y comprometidos con el cumplimiento de estándares morales en su desempeño.

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Los ingenieros pueden trabajar con organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales para desarrollar y aplicar políticas de transparencia y responsabilidad en la ejecución de los distintos proyectos. Los Consejos y Colegios profesionales deben interesarse en apoyar reformas impulsadas por el Estado en la lucha contra la corrupción, a través de su liderazgo y participación, promoviendo mejores prácticas y estándares éticos en la industria de la construcción. En última instancia, la ingeniería asegurará altos estándares éticos y trabajará para fomentar la integridad y transparencia de su industria. Ahora bien, ¿cómo pueden las normas profesionales complementar y ampliar los programas anticorrupción? La profesionalización incluye un compromiso ético y la responsabilidad de garantizar un trabajo transparente. Los ingenieros e ingenieras civiles, observarán las regulaciones y normas pertinentes a los intereses de los involucrados, incluidos los ciudadanos y las comunidades locales. La transparencia y rendición de cuentas, son fundamentales para garantizar un proceso de contratación justo y libre de corruptelas. Esto puede incluir la implementación de medidas como la publicación de información sobre los contratos y los pagos, la creación de órganos de control y supervisión independientes, y la promoción de la participación ciudadana, asegurando la transparencia en todas las etapas del proceso de contratación.

El monitoreo del comportamiento de las empresas resulta primordial para garantizar la integridad en los procesos de contratación. En el caso de Argentina, se suman organismos encargados de supervisar la actividad de las empresas, como la Oficina Anticorrupción y la Unidad de Información Financiera, junto con determinadas regulaciones y leyes responsables de fijar los requisitos de transparencia y prevención en la contratación pública. A nivel internacional, diversas instituciones, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), trabajan en la lucha contra el flagelo y promueven la adopción de medidas preventivas en todo el mundo. De esta manera, los gobiernos y las empresas se someten a auditorías y evaluaciones por parte de organizaciones independientes, capaces de garantizar el cumplimiento de los estándares éticos. Los abogados pueden verse involucrados en actividades corruptas, especialmente, en re-

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lación con el asesoramiento a empresas, sobre cómo evadir la ley o llevar a cabo transacciones ilegales. Como los ingenieros, los abogados actuarán con ética y profesionalismo, a efectos de garantizar la transparencia y cumplimiento de las distintas leyes y regulaciones. La adecuada supervisión de la profesión legal, resulta esencial para garantizar el respeto por las obligaciones éticas y morales.

Las sociedades de ingeniería, como el CPIC, cumplen un destacado rol en la promoción de la ética y la integridad en la profesión. Dichas sociedades observarán y respetarán códigos de conducta claros, implantando las normas éticas entre sus miembros y proporcionando orientación sobre cómo la disciplina puede identificar y denunciar actividades deshonestas. Celebro esta invitación a reflexionar sobre la problemática, al entender como una de las obligaciones morales de las asociaciones profesionales, brindar capacitación y educación continua entre sus miembros, y la comunidad toda, sobre cuestiones relacionadas con la responsabilidad social. Las comunidades de ingeniería, pueden colaborar con otras organizaciones, como los organismos reguladores y los gobiernos, a efectos de desarrollar políticas y prácticas promotoras de la integridad en la industria de la ingeniería. Estas organizaciones, al mismo tiempo, cooperarán en investigaciones y denuncias de corrupción, estableciendo la aplicación de sanciones y medidas disciplinarias contra los miembros que infrinjan las normas éticas. En última instancia, la responsabilidad de prevenir la corrupción en la ingeniería recae en los propios ingenieros e ingenieras, encargados de mantener elevados estándares éticos, demostrando su valentía al denunciar actos impropios cuando sean detectados. La ética y la integridad representan valores fundamentales de la ingeniería civil, y deben ser apoyados por todas las partes interesadas, incluidos los consejos y colegios profesionales, los gobiernos, las empresas y la sociedad en general. En cuanto a las licitaciones con un único postor, se efectivizará una exhaustiva revisión para determinar la existencia de indicios de corrupción o falta de competencia. Se contabilizan claros ejemplos sobre especificaciones manipuladas para favorecer a una empresa en particular, limitando la competencia e incrementando las posibilidades de sobornos. Es importante que las especificaciones técnicas se escriban de manera justa, habilitando así la participación de múltiples empresas y garantizando la selección de la oferta más adecuada para el proyecto.

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Como en cualquier profesión, existen individuos y empresas capaces de actuar de manera poco ética y deshonesta. Sin embargo, la mayoría de los profesionales y empresas de ingeniería son éticas y honestas. Trabajan arduamente para garantizar obras y proyectos seguros, sostenibles y beneficiosos para sus comunidades. En síntesis, los ingenieros e ingenieras civiles ostentan la responsabilidad de asegurar proyectos diseñados y materializados de manera competente, con un enfoque en el bienestar social y ambiental. Serán responsables de denunciar cualquier actividad corrupta o fraudulenta detectada en su labor, apoyando así la transparencia e integridad en la industria de la ingeniería civil. La profesionalización de la ingeniería no solo implica habilidades técnicas, sino también, un fuerte compromiso con la moral y la responsabilidad social.

“El Registro de Integridad y Transparencia para Empresas como herramienta para las compras y contrataciones” Lic. Natalia Torres Directora de Ética Pública de la Oficina Anticorrupción

¿Qué entendemos por corrupción, no necesariamente, en cuanto a su definición en términos jurídicos? ¿Cuáles son los delitos que la componen, a efectos de ponderar el fenómeno? En la Oficina Anticorrupción, nos hicimos esas preguntas para pensar políticas de integridad. Resulta clave reflexionar sobre la corrupción en función de una serie de definiciones muy generales, las cuales, visualizan al fenómeno como una evaluación costo-beneficio, llevada a cabo por parte de un funcionario, a la hora de decidir respecto de un determinado curso de acción. Sin embargo, esas decisiones no operan en el vacío. Allí radica la trascendencia de pensar a la corrupción como un fenómeno situado, emplazado en un específico contexto, en el marco de un particular entramado institucional.

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Detectamos algunas cuestiones para definir si entendemos a la corrupción como un abuso de poder, entonces ¿cuáles son las relaciones de dominación capaces de explicar sus impactos diferenciados?

Ciertamente, a menudo se asocia a la corrupción con el sector público, pero la misma también puede ocurrir en el sector privado. De hecho, la corrupción en el sector privado puede ser igualmente dañina, o incluso más nociva, que la corrupción en el sector público, al provocar un impacto directo en los consumidores y en la competencia del mercado. Atento a lo explicitado, hemos desarrollado una herramienta capaz de sumar activos en la generación de integridad entre el ámbito público y privado, específicamente, en los procesos de compras y contrataciones. Se trata del “Registro de Integridad y Transparencia de Empresas” (RITE), una iniciativa de la Oficina Anticorrupción Argentina con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PENUD), la cual busca fomentar la adopción de prácticas empresariales responsables y éticas, incorporando herramientas para que las empresas puedan gestionar los riesgos de corrupción y mejorar su desempeño en términos de transparencia. El RITE es un instrumento voluntario, donde pueden inscribirse las empresas interesadas en demostrar su compromiso con la integridad y la transparencia. Para suscribirse, las compañías deben completar un formulario en línea y proporcionar información sobre sus políticas, prácticas y controles internos en materia de integridad. Entre las prácticas evaluadas, se encuentran la existencia de políticas anticorrupción, el monitoreo de las relaciones con funcionarios públicos, el cumplimiento de las leyes y normativas aplicables, la transparencia en la gestión de fondos públicos y privados, la protección de los derechos humanos y laborales, entre otras. Las empresas inscriptas en el RITE son evaluadas por la Oficina Anticorrupción de Argentina, siendo pasibles de recibir un sello de "Empresa con Integridad y Transparencia". Dicho sello será utilizado en la promoción de los productos y servicios de la compañía, asumiéndose como un positivo factor en la toma de decisiones de los consumidores y de otras firmas. En resumen, el Registro de Integridad y Transparencia de Empresas (RITE), conforma una herramienta para fomentar la transparencia e integridad en el sector privado, promoviendo la adopción de prácticas empresariales éticas y responsables. El RITE da cuenta, de manera oficial, que una empresa oferente del mercado posee un Programa de Integridad. Hasta la aparición del citado registro, la empresa interesada manifestaba, mediante una declaración jurada, la existencia de su Programa de Integridad.

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Pero las diversas unidades de compra de los distintos organismos públicos, no tenían muchas herramientas para analizar la información provista por las empresas. Es decir, ¿los programas declarados resultaban suficientes?, puesto que los mismos se adecuan al riesgo y realidad organizacional de cada empresa. Gracias al Registro de Integridad y Transparencia de Empresas (RITE), sabemos si una compañía ha evaluado sus riesgos, si cuenta con un Código de Ética, si desarrolla capacitaciones, si manifiesta un claro compromiso con la alta dirección en cuanto a la tolerancia cero en temas de corrupción, la efectivización de actividades de debida diligencia entre las empresas, entre sus terceras partes, y si consideran un canal de denuncia para recibir reclamos en relación a las citadas cuestiones. Ciertamente, una pequeña empresa no dispondrá de un Programa de Integridad similar al de una empresa multinacional, básicamente, porque sus riesgos son diferentes. Ante los distintos peligros, cada empresa, en función de su escala, aplicará la mejor manera de enfrentarlos. El trabajo se llevó a cabo mediante una colaboración amplia, a fines de asegurar que el RITE sea eficaz, justo y bien aceptado por todas las partes interesadas. Esa cooperación ayudó a garantizar una propuesta coherente con las mejores prácticas internacionales, en cuanto a la lucha contra la corrupción y la promoción de la transparencia empresarial.

Contar con criterios uniformes y consensuados resulta clave para evaluar, de manera justa y equitativa, los Programas de Integridad de las empresas. Estos criterios se aplican como una guía para aquellas compañías, las cuales, aún no han avanzado en el desarrollo de políticas y programas de integridad, brindándoles una orientación y un camino a seguir para mejorar su desempeño en ese ámbito. El RITE se transforma en un verdadero “socio estratégico” de aquellas empresas las cuales no cuentan con recursos suficientes para contratar a una consultora. El cuestionario y la caja de herramientas proporcionados por el Registro de Integridad y Transparencia de Empresas (RITE), orientan eficientemente a las compañías para avanzar en el desarrollo de su propio Programa de Integridad. Al mismo tiempo, colabora con aquellas empresas que cuentan con un Programa de Integridad, a efectos de evaluar su eficacia y mejorar, continuamente, su implementación. Al ingresar en la plataforma del RITE, nos solicitará detalles respecto del tipo de empresa constituida en cuanto a su escala (pequeña, mediana, grande). Luego, nos consultará el tipo de actividad, nivel de ventas y personal ocupado.

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Seguidamente, nos consultará cuál es el registro de clasificación deseado, por ejemplo, Programa de Integridad, y si queremos asentarlo en la base o evaluarlo. Claramente, para inscribir a una empresa en el RITE, solo es necesario contar con la voluntad de desarrollar un Programa de Integridad, y avanzar en su concreción.

¿Por qué es importante el Registro de Integridad y Transparencia de Empresas? El Registro de Integridad y Transparencia de Empresas (RITE) resulta crucial por varias razones: Fomenta la cultura de la integridad: La inscripción en el RITE puede servir como incentivo para que las empresas desarrollen e implementen efectivos Programas de Integridad. Al reconocer públicamente a las empresas que cumplen con ciertos estándares de integridad y transparencia, se fomenta una cultura empresarial más ética y responsable. Mejora la imagen de la empresa: Al inscribirse en el RITE, una compañía optimiza su reputación y credibilidad ante los clientes, proveedores, inversionistas y otros actores del mercado. Ello aumenta la confianza en la empresa y, por lo tanto, mejora su competitividad. Facilita el acceso a contrataciones públicas: La inscripción en el RITE puede ser un requisito para participar en licitaciones y contrataciones públicas. Al cumplir con los estándares de integridad y transparencia exigidos por el Registro, las empresas acceden a oportunidades de negocio en el sector público. Contribuye a la lucha contra la corrupción: Al promover y reconocer a las empresas que implementan Programas de Integridad adecuados, se reduce la corrupción y el riesgo de prácticas empresariales ilegales y perjudiciales para la sociedad. De esta manera, el RITE contribuye a la lucha contra la corrupción, promoviendo un entorno empresario más justo y equitativo. En resumen, el Registro de Integridad y Transparencia de Empresas, fomenta la cultura de la integridad, mejora la imagen de la empresa, facilita el acceso a contrataciones públicas y contribuye a la lucha contra la corrupción. Estamos trabajando para sumar al RITE nuevos módulos, uno de Género, uno de Ambiente y uno de Derechos Humanos. La actual integridad empresarial abarca mucho más que solo la lucha contra la corrupción. La perspectiva de género y los derechos humanos, son componentes clave a incorporarse en los Programas de Integridad de las empresas. La perspectiva de género suma un enfoque de igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres, y la promoción de la diversidad y la inclusión en la empresa.

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Las compañías deben considerar cómo sus políticas y prácticas presentan un impacto diferente en hombres y mujeres, y tomar medidas para prevenir la discriminación y la desigualdad de género en el lugar de trabajo. Por ejemplo, implementando políticas de igualdad salarial, imponer la diversidad en la contratación y la promoción, y prevenir el acoso sexual y la violencia de género. Por su parte, la inclusión de una perspectiva de derechos humanos implica el profundo respeto de esos derechos esenciales en todas sus operaciones y relaciones comerciales. Ello propone estimar cómo sus actividades promueven un impacto en los derechos humanos de sus trabajadores, proveedores, clientes y las comunidades donde operan, y tomar medidas para prevenir y remediar cualquier impacto negativo. Por ejemplo, disponiendo políticas de derechos humanos, llevar a cabo evaluaciones de impacto en derechos humanos, y establecer mecanismos de denuncia para que los empleados, junto con otros actores, denuncien cualquier violación de sus derechos. Para ser verdaderamente íntegras, las empresas deben incorporar una perspectiva de género y de derechos humanos en sus Programas de Integridad, tomando medidas para prevenir y remediar cualquier impacto negativo en dichos ámbitos. De esta forma, la integridad empresarial es vista como un compromiso con la sociedad en su conjunto, y no solo como una respuesta a los riesgos de corrupción.

La identificación de situaciones dilemáticas, constituye un paso crucial en la implementación de políticas preventivas en una empresa. Dichas situaciones pueden incluir conflictos de intereses, escenarios de presión o coerción, o cualquier otro marco donde los empleados, o la empresa, puedan enfrentarse a decisiones éticamente complejas. Es importante que los empleados permanezcan capacitados para identificar y abordar las mencionadas situaciones dilemáticas de manera efectiva. Ello implica proporcionarles las herramientas y la formación necesarias para reconocer los riesgos éticos y tomar decisiones informadas, creando un ámbito seguro donde sea posible plantear sus inquietudes y recibir asesoramiento para la toma de decisiones éticas. Por lo tanto, debemos establecer un canal de consulta y un marco de referencia el cual proporcione orientación y apoyo a los empleados en la resolución de situaciones dilemáticas. Esas acciones incluyen la creación de una red de asesores éticos o un comité de ética, responsable de brindar orientación y apoyo a los empleados en la toma de decisiones morales difíciles, junto con la implementación de políticas claras, efectivamente comunicadas. Es interesante conocer la existencia de diversas herramientas y estrategias implementadas para fomentar la integridad y transparencia, tanto en el sector privado como en el público.

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La estrategia nacional de integridad, el sistema de monitoreo de las actividades privadas y las herramientas para atender situaciones dilemáticas dentro del poder ejecutivo, brindan ejemplos de ello. Los Consejos y Colegios profesionales, junto a los líderes empresariales, deben involucrarse en esas iniciativas y comprometerse para fomentar una cultura de integridad y transparencia en sus empresas. Las herramientas propuestas desde la Oficina Anticorrupción de nuestro país, conforman un excelente canal para facilitar la interacción entre el sector privado y el gobierno en los temas de transparencia.

El interés demostrado por el CPIC, es un buen primer paso en la dirección correcta. La articulación entre todas estas herramientas y estrategias, resultará clave para lograr un significativo impacto en la promoción de la integridad y transparencia en el sector privado y en el sector público. Continuaremos trabajando, en conjunto, para desarrollar políticas preventivas eficaces y fomentar una cultura ética y responsable en las empresas.

“Práctica de Compliance: El rol del Compliance Officer en los Bancos Digitales” Lic. Jacqueline J. Silvarredonda Responsable de Cumplimiento Regulatorio de Openbank

¿Qué significa desempeñarse como Compliance Officer? Es la persona encargada de establecer las políticas y procedimientos vigentes para que la empresa u organización, cumpla con la normativa vigente, y además, establezca una cultura de cumplimiento. Esta definición solo sirve para atenuar la curiosidad ante un perfil profesional no tan conocido, pero en realidad, resulta sumamente austera en sus alcances. Un Compliance Officer es un o una profesional encargado de supervisar y garantizar que una empresa cumpla con las leyes y regulaciones aplicables, así como con las políticas y procedimientos internos.

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Este rol se ha vuelto cada vez más importante en los últimos años, debido a un mayor escrutinio regulatorio, junto con la creciente conciencia sobre la importancia de la ética empresarial. Las responsabilidades del Compliance Officer varían según el tamaño y la específica industria de la empresa, pero su trabajo, típicamente, incluye:

Desarrollar y mantener programas de cumplimiento normativo. Supervisar el cumplimiento de políticas y procedimientos internos. Identificar y evaluar los riesgos de cumplimiento normativo y desarrollar planes para mitigarlos. Proporcionar capacitación y educación a los empleados sobre políticas y procedimientos de cumplimiento. Investigar y responder a las denuncias de incumplimiento. Mantener registros y reportar regularmente al equipo ejecutivo y al Consejo de Administración.

En general, el rol del Compliance Officer es clave para garantizar que una empresa opere de manera ética y cumpla con las leyes y regulaciones vigentes. Al trabajar de manera proactiva para identificar y abordar los riesgos de cumplimiento normativo, el Compliance Officer colabora al prevenir posibles sanciones legales y reputacionales, protegiendo a la empresa y a la totalidad de sus integrantes. Si sintetizamos aun más el concepto, podemos afirmar que su objetivo, la razón de ser del rol del Compliance Officer, es “siempre estar un paso adelante”. Conforma una gran “torre de control” dentro de la organización, al supervisar cada uno de los procesos de la gestión, permaneciendo con los “ojos bien abiertos”. Adicionalmente, gestiona la totalidad de los registros, junto con todos los procesos, formalizando un preciso análisis de datos. Hoy en día, los datos nos hablan y debemos hacer que ellos trabajen en nuestro beneficio. Si bien el Compliance Officer tiene un papel importante en asesorar a los líderes de la organización, también es cierto que su trabajo involucra a toda la empresa y a todos sus empleados.

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El objetivo principal del Compliance Officer es garantizar que la empresa cumpla con las leyes y regulaciones normadas, así como con las políticas y procedimientos internos, y para lograrlo, es necesario que todos los miembros de la organización se encuentren comprometidos con este objetivo. Atento a ello, el Compliance Officer trabajará de manera cercana con todos los departamentos de la empresa, desde la alta dirección hasta el personal de nivel operativo, y brindará recomendaciones y orientación en todo momento. El Compliance Officer, en paralelo, asegurará se brinde capacitación y educación adecuadas a todos los empleados, siendo así capaces de comprender las políticas y procedimientos de cumplimiento de la empresa. Una parte fundamental del trabajo del Compliance Officer, radica en la capacitación y formación de todos los miembros de la organización en cuanto a las políticas y procedimientos de cumplimiento normativo y ético de la empresa. Esto incluye no solo a los líderes y empleados de nivel operativo, sino, además, a los contratistas y proveedores de la empresa. La capacitación y formación es clave para asegurar que todos los miembros de la organización comprendan y cumplan las políticas y procedimientos, lo cual, a su vez, reduce el riesgo de incumplimiento normativo y mejora la reputación de la empresa. El Compliance Officer debe desarrollar y ofrecer programas de capacitación efectivos y accesibles para todos los miembros de la organización, y permanecer disponible para responder preguntas y proporcionar asesoramiento en todo momento. En paralelo, trabajará para fomentar una cultura ética y de cumplimiento en la organización, lo cual implica promover la transparencia, la responsabilidad y el compromiso con el cumplimiento normativo y ético en todos los niveles de la empresa. Como docente, el Compliance Officer se reserva un papel importante en la formación de esta cultura ética y de responsabilidad en la promoción de los valores de la empresa, en relación a la integridad, la ética y el compromiso social. El monitoreo del programa de cumplimiento conforma una parte fundamental del trabajo del Compliance Officer. El objetivo es asegurar que dicho programa resulta efectivo en la prevención, detección y corrección de incumplimientos normativos y éticos en la organización. Para ello, el o la profesional establecerá mecanismos de monitoreo y seguimiento continuo del programa de cumplimiento, a través de la periódica revisión de las políticas y procedimientos, la evaluación de los controles internos, y el análisis de los potenciales riesgos de la organización; implementando habituales evaluaciones internas y auditorías, capaces de detectar posibles fallas o áreas de mejora en el programa de cumplimiento. Insistimos en este punto, el trabajo del Compliance Officer es transversal, al interactuar

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en estrecha colaboración con los departamentos clave de la empresa, incluyendo el área legal, de recursos humanos, de finanzas y de operaciones, para recopilar y analizar la información relevante para el monitoreo y seguimiento del programa de cumplimiento. Además, se mantendrá actualizado sobre los cambios en las leyes y regulaciones responsables de afectar el programa de cumplimiento, aplicando los necesarios ajustes. Por otra parte, el siglo XXI ha descartado de plano el paradigma de la Banca Tradicional y ofició la instalación del concepto de Banca Digital, la cual ha revolucionado la forma en que las personas manejan sus finanzas, posibilitando que los servicios financieros se encuentren disponibles para una audiencia mucho más amplia y diversa. La tecnología habilita a los clientes transacciones y operaciones bancarias llevadas a cabo desde cualquier lugar y en cualquier momento, mejorando la experiencia y accesibilidad a los servicios financieros.

En paralelo, surgen las Fintech como un nuevo jugador en el mercado financiero, alcanzando un notorio impacto en la industria. Las Fintech son empresas encargadas de brindar servicios financieros utilizando tecnología y herramientas digitales, e incluyen desde aplicaciones de pago hasta plataformas de préstamos y asesoramiento financiero. Las Fintech han atraído a muchos clientes por su facilidad de uso, conveniencia y precios competitivos, en comparación con los servicios financieros tradicionales. Sin embargo, al mismo tiempo, han surgido preocupaciones en torno a la seguridad y privacidad de los datos, así como a la regulación y supervisión de esas empresas por parte del Estado. Al igual que los bancos tradicionales, las Fintech permanecen sujetas a supervisiones por parte de los organismos reguladores financieros, como el Banco Central. Estas nuevas disposiciones, generan novedosos perfiles profesionales en el sector financiero y bancario, por ello, el rol del Compliance Officer comienza a verificar distintas ramificaciones. Surge, por ejemplo, el Compliance Regulatorio, quien tiene la responsabilidad de tomar la normativa y regulaciones aplicables a la entidad financiera y traducirlas en procesos y prácticas concretas dentro del banco. El objetivo principal del Compliance Regulatorio es asegurar el cabal cumplimiento por parte del banco de todas las leyes y regulaciones aplicables, estableciendo adecuados controles internos para garantizar el cumplimiento continuo. El Compliance Regulatorio se encarga, además, de la comunicación con las autoridades reguladoras y de supervisión, asegurando que la entidad bancaria proporcione información precisa y oportuna sobre sus prácticas y procedimientos.

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Luego, tenemos la rama de Prevención de Lavado de Activos. La misma constituye una importante vertiente del cumplimiento normativo en el sector financiero, y los profesionales encargados de ella, son responsables de implementar y monitorear las políticas y procedimientos diseñados para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo. La Unidad de Información Financiera (UIF), es el organismo encargado de coordinar las políticas y estrategias nacionales para prevenir y combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo en Argentina. Las y los profesionales encargados de la prevención del lavado de activos en las entidades financieras, se encuentran familiarizados con la normativa de la UIF, y trabajan en estrecha colaboración con ellos para cumplir con las regulaciones vigentes.

Por último, se suman los datos personales, los cuales son analizados por específicos operadores. En ese sentido, el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), ha transformado el enfoque en cuanto al tratamiento de los datos personales. El GDPR busca garantizar que las empresas y organizaciones manejen los datos personales de los ciudadanos de manera responsable y transparente. El reglamento establece una serie de atribuciones para los ciudadanos, tales como el derecho al acceso, rectificación, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos personales. En paralelo, impone obligaciones a las empresas y organizaciones que manejan datos personales, incluyendo la obligación de obtener el consentimiento explícito de los ciudadanos para procesar sus datos, y de notificar a la autoridad competente en caso de una brecha de seguridad. En general, el GDPR busca fomentar una cultura de protección de los datos personales y mejorar la privacidad de los ciudadanos, conformando un aspecto más de la ética y la conducta empresarial dentro del sector bancario y financiero. Ahora bien, la comunicación y colaboración entre los diferentes equipos y áreas es clave para el éxito del programa de Compliance. Los mencionados perfiles profesionales, deben trabajar de manera coordinada y en constante comunicación para asegurar que todas las áreas de la organización observen las normativas y políticas establecidas en el programa de Compliance. La eficiente comunicación ayuda a identificar situaciones dilemáticas y a prevenir riesgos en la organización.

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En el año 2018, se promulgó en Argentina, la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, también conocida como Ley de Responsabilidad Empresaria, una nueva ruptura de los tradicionales paradigmas. Esta ley establece la responsabilidad penal de las empresas por delitos cometidos por sus directivos, empleados y terceros en su nombre y beneficio, promoviendo sanciones como multas, clausuras, disolución de la empresa, entre otras. La ley tiene como objetivo, fomentar la prevención de delitos en el ámbito empresarial a través de la implementación de programas de Compliance y la adopción de medidas de control interno, alentando una cultura de integridad y transparencia en las empresas capaces de evitar la comisión de delitos, acotando el impacto de la corrupción en la sociedad. Vale destacar que la ley establece una serie de requisitos para que una empresa pueda ser eximida de responsabilidad penal en caso de una comisión de delitos, entre ellos, la implementación de un efectivo programa de Compliance y la colaboración activa con las autoridades en la investigación del hecho delictivo. Resulta interesante examinar el artículo 23 de la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, el cual establece la obligatoriedad de implementar un programa de integridad en las organizaciones. El mismo será diseñado, ejecutado, actualizado y monitoreado, de manera eficaz y adecuada, en base a las características de la empresa. Este programa debe contemplar medidas de prevención, detección y gestión de riesgos de comisión de delitos en el ámbito empresarial, siendo desarrollado de acuerdo a las mejores prácticas y estándares internacionales. Específicamente, la ley establece que la implementación de un Programa de Integridad puede ser considerada como un atenuante de la responsabilidad penal de la persona jurídica, en caso de cometerse delitos en su seno. Existen tres aspectos obligatorios dentro de un Programa de Integridad: Contar con un Código de Ética, asegurar licitaciones íntegras y administrar capacitaciones al personal.

Los citados tres elementos son obligatorios en un Programa de Integridad, según la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. El código de ética conforma una herramienta clave para promover una cultura de cumplimiento en la organización, mientras que las licitaciones íntegras y con procesos claros pueden prevenir situaciones de corrupción y fomentar la competencia justa. Una adecuada capacitación, asegura que todos los miembros de la organización permanezcan alineados con los valores y prácticas de integridad establecidos en el programa.

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Permítaseme incorporar un nuevo paradigma: El empleado millenial. La denominada “generación millennial” busca líderes capaces de brindar el ejemplo y vivan los valores predicados, no solo en el papel, sino en la práctica diaria. Para ellos, es importante que la organización presente un propósito, más allá del beneficio económico, y se preocupe por el impacto social y ambiental ocasionado. Por eso, es fundamental que el Programa de Integridad no solo se implemente, sino que se viva y transmita desde los altos cargos hasta el último colaborador de la organización. El sentido de pertenencia y la transparencia son cada vez más importantes para los empleados, especialmente, para la generación millennial. En ese sentido, el programa de Compliance conformará una eficaz herramienta para prevenir la corrupción y promover la integridad, y no simplemente, una formalidad cumplida por obligación. Las organizaciones demostrarán sus niveles morales y permanecerán siempre dispuestas a reevaluar y mejorar continuamente el programa, asegurando su eficacia y capacidad de adaptación ante los cambios en la normativa y en la misma empresa. Formalizaré, a partir de este punto, algunas conclusiones. 1. El perfil del Compliance Officer aportará un pensamiento analítico y permanecerá, constantemente, monitoreando el programa de cumplimiento, para detectar cualquier posible falla o desvío, accionando rápidamente en su corrección. Propondrá una visión holística y será un “jugador de toda la cancha”, vale decir, trabajará en colaboración con todas las áreas de la empresa para asegurar que el programa de cumplimiento se encuentre integrado y funcione correctamente. Deberá saber escuchar y estar al tanto de las necesidades y expectativas de los diferentes stakeholders de la organización. 2. El Data Analytics puede ser una herramienta muy útil en el ámbito del Compliance, ya que nos permite analizar grandes cantidades de información y detectar patrones o comportamientos sospechosos, los cuales, indican algún tipo de irregularidad o incumplimiento normativo. Además, con la llegada del metaverso, la inteligencia artificial y la digitalización de los procesos, el uso de la tecnología será cada vez más importante en el cumplimiento de los programas de integridad y prevención de delitos. 3. La colaboración y responsabilidad personal son claves para el éxito del programa de Compliance en cualquier organización. Cada miembro del equipo será consciente de su papel en la prevención y detección de riesgos, y estará comprometido con las políticas y procedimientos consensuados. 4. “No son los más fuertes quienes sobreviven ni los más inteligentes, sino los que se adaptan rápido al cambio”. La cita atribuida a Charles Darwin, creador de la Teoría de

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la Evolución, es muy adecuada para el mundo del Compliance. En un entorno en constante cambio, es importante administrar la capacidad de adaptarse rápidamente y tomar acciones adecuadas para mantener la integridad y ética en la organización. La capacidad de adaptación es clave para el éxito del programa de Compliance y para el cumplimiento de las regulaciones y normas aplicables.

En definitiva, el rol del Compliance Officer se ha vuelto cada vez más importante en un entorno empresarial cambiante y desafiante. En un mundo donde la regulación se está volviendo más compleja, y las expectativas de los clientes y accionistas son cada vez más elevadas, las empresas necesitan un enfoque riguroso y sistemático para garantizar el adecuado respeto hacia las normas y regulaciones en ejercicio.

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Tercer Panel “Educación en valores éticos”

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“La universidad entre la formación profesional, la educación en valores y la responsabilidad social” Dr. Paulo Andrés Falcón Abogado, especialista en Ciencias Políticas con proyección en Argentina y América Latina

El título de la presente ponencia es sumamente tentador para llevar a cabo una serie de afirmaciones, cuestionamientos y discusiones en torno a la educación en general, y a la idea de universidad, en particular; respecto de la manera en la cual se relaciona la formación de los estudiantes con el mundo laboral y profesional. Sin lugar a dudas, se abre ante nosotros un escenario amplio, integrador, sistémico, sobre dichas temáticas, entendiendo que, cuando hablamos de educación en valores, no solamente analizamos lo que deben aprender nuestros estudiantes en las universidades, sino también, desde una mirada integral, todo lo cual, nos lleva a poner en crisis el concepto de “currículum universitario”. Es decir, debemos aplicar una mirada que conjugue no solamente la posibilidad de los aprendizajes, sino también, las prácticas de enseñanza, las definiciones en términos de propuestas académicas, y la relación de dichas propuestas académicas con el mundo actual. Como una digresión respecto a lo escuchado, en esa necesidad de pensar a la formación en valores como un aspecto central de nuestro tiempo, debemos ser conscientes del porqué de las razones de la actualidad de las citadas temáticas. Claramente, las discusiones sobre el particular, ponen en relevancia la necesidad para la humanidad, no sólo para la Argentina sino a nivel mundial, de plantear una definición muy clara y contundente en contra de la corrupción, en contra de ciertas conductas destructivas del bien público, las cuales corroen los principios y valores sobre los que se sustentan nuestras sociedades. En esta lógica de miradas integrales, existe un segmento de la comunión universitaria con el cual resulta imprescindible trabajar: El profesorado, verdaderos baluartes de la enseñanza y transmisión de los diversos conocimientos.

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Resulta muy difícil pensar en dejar de lado ciertas apreciaciones relacionadas, por ejemplo, con un profesor universitario afirmando que no está mal adelantarse en la fila, especialmente, cuando quien lo hace, es un funcionario público. Claramente, adelantarse en la fila implica el rompimiento de determinadas pautas, ciertas reglas de conducta ética y moral y, eventualmente, si quien ello afirma es un funcionario público, dicha actitud podría ser considerada un delito en términos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, entre otros negativos aspectos. Esas afirmaciones, proviniendo de un profesor universitario, ciertamente, obligan a pensar, dentro de los claustros universitarios, acerca de la importancia de proponer una mirada capaz de amplificar la lógica de la educación en valores, en términos estrictamente formativos. El mundo actual conforma un universo en permanente transformación, con cambios cada vez más acelerados, cambios que generan incertidumbre. Incertidumbre para las universidades, muchas de ellas nacidas hace más de mil años, y fueron testigo de la forma en la cual el concepto de conocimiento fue cambiando a lo largo del tiempo. Pasamos de una ciencia de pretensiones neutrales a un cuestionamiento del neutralismo, de una neutralidad de la ciencia, para entender hoy, la necesidad de contextualizar al conocimiento en función de quienes trabajan en la generación de ese saber. La ciencia, como producto histórico, sociopolítico y económico, desarrolla un saber en relación a la ética, a la moral y al derecho, partiendo de la base de que los citados conceptos, relativos a la ética moral y al derecho, no solamente son analizados en clave filosófica, sino centralmente, deben motivar una profunda reflexión desde la perspectiva de las conductas de las personas.

Cuando hablamos de ética, no solamente nos referimos a un decálogo de buenas prácticas, sino también, nos enfocamos en las cuestiones propias de dichas prácticas. Eso nos lleva a la necesidad de pensar que las prácticas, en términos de generación de conocimientos, tienen consecuencias. Por ello, la imposibilidad de considerar a la ciencia, a la tecnología, a las innovaciones y a los desarrollos desde una perspectiva neutral, porque las prácticas en la generación de conocimiento y la aplicación de ese conocimiento, traen consecuencias. Una de las reacciones ante buena parte de las consecuencias a las cuales nos ha llevado la práctica de la humanidad, en relación a determinadas políticas, construcciones y desarrollos, anida en la denominada “Agenda 2030”. La Agenda 2030 conforma una necesidad del mundo para entender a la humanidad como parte del planeta, y de reaccionar, esperemos a tiempo, para poder promover los necesarios cambios y transformaciones en este mundo.

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Quienes trabajamos en educación, contamos con un particular Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) número 4, el cual nos invita y obliga a pensar a la educación en clave inclusiva, equitativa y de calidad, para garantizar diversas oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida.

No exclusivamente la educación para niñas, niños, jóvenes y jóvenes adultos, sino pensar a la vida entera como una instancia para la formación. El ODS número 4 concluye con una referencia para estimar a la educación en clave de universalidad. La sociedad actual se define como la comunidad del conocimiento, por lo tanto, trabajar en la generación del intelecto, de la enseñanza del discernimiento, de los aprendizajes, de la transferencia, y vinculación del saber, demanda permanecer a la altura de las circunstancias. ¿Por qué afirmo esto? porque las universidades, instituciones académicas donde la sumatoria de las mencionadas actividades se desarrollan, son llamadas a desempeñar su trascendental protagonismo. Una comunidad autodefinida como “sociedad del conocimiento”, constituye una agrupación de voluntades la cual pone al conocimiento en un podio sumamente destacado. De esta forma, las instituciones universitarias ostentan el mandato de animarse a ocupar el rol asignado, desempeñarlo desde una perspectiva especialmente protagónica, e insisto, entendiendo al mundo como una materia en cambio continuo, en transformación permanente. Un buen número de las mencionadas transformaciones encuentran destino en diversas innovaciones, desarrollos y generaciones, originados en las propias casas de estudio, representando a posteriori, un decisivo impacto en nuestras cotidianas vidas, a través de distintos cambios científicos y tecnológicos. Pensar que la institución universitaria, la cual suma mil años, de la misma manera, puede cumplir mil años más, constituye un razonamiento el cual deriva en estimar a la universidad imbuida de una peligrosa inercia. Comportarse de forma conservadora en un mundo de constante cambio, nos transforma en seres retrógrados y anacrónicos. Las universidades del siglo XXI, son llamadas a innovar, a cambiar y a mejorar. Uno de los desafíos necesarios de afrontar por parte de las universidades, si desean formar parte de este tiempo y de las discusiones y clima de ideas actuales, radica en enfrentar la lucha contra la corrupción, entendiendo a la propuesta académica como una figura de expresión de valores en sí misma.

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La negación de la formación ética, de modo preciso dentro de nuestros planes de estudio, constituye una toma de posición y, frente a ello, hay que hacer algo. Por esa misma razón, festejo que el Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) genere este espacio de discusión, e incorpore a la educación en el programa de temas a tratar. El valor del tratamiento de las mencionadas temáticas, confluye en una lógica capaz de relacionar conocimiento, ética, moral y derecho, visualizando la enorme distancia entre lo prescripto por las normas y las realidades prácticas y operativas.

Esto nos sucede especialmente a los educadores, y lo experimentamos a diario en nuestros quehaceres formativos con particular claridad. Hemos sido formados leyendo el libro de Carlos Santiago Nino, titulado: “Un país al margen de la ley”. Dicho texto, el cual podría comprenderse como un verdadero tratado de filosofía, en realidad, puede ser leído por cualquier persona, y entender así la distancia entre los valores, la ética, la moralidad, el derecho, y las prácticas, muchas veces, cotidianas. Por ello, pensar en transformar las universidades requiere cuantiosas dosis de rigurosidad, seriedad y compromiso. Dicha reflexión no transita, solamente, por fomentar algunas discusiones en torno al debate sobre si la ingeniería civil es una carrera la cual suma contenidos curriculares mínimos obligatorios.

Pensar en la enseñanza con valores, conduce seriamente a trabajar desde la transversalidad, con una mirada inter, multi, o transdisciplinaria. Cuando hablamos de valores, no nos referimos, exclusivamente, a la honestidad o a la honradez, puesto que invocamos una pluralidad de méritos demandados con fruición por la sociedad, pero al mismo tiempo, necesarios para los profesionales y peticionados, particularmente, para la sostenibilidad de los años venideros. Estamos hablando de valores relativos a la libertad, a la igualdad, específicamente, basados en la equidad. Convicciones afirmadas en la solidaridad, la fraternidad, el compañerismo, para formar parte activa de la denominada “Era Coop”. Esos alcances profesionales, esas actividades reservadas al título de ingeniero o ingeniera civil, fueron pensados solamente en clave de la persona capaz de detentar esas competencias. Pero el desempeño profesional siempre es colectivo, formando parte de un equipo. Esta “Era Coop” (era de la cooperación), destaca como nuevos valores la coordinación, la colaboración y requiere una formación distinta.

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No son necesarios los profesionales en clave de individuos aislados, sino profesionales con la capacidad de formar parte de algo que los trasciende.

Pensar en la educación, solamente, en relación a la ética y los valores, constituye una mirada necesaria, pero insuficiente. Debemos ser conscientes que, además, la educación como construcción social permanece atravesada por la política, sistema el cual experimenta una profunda crisis en términos de moralidad y ética. Estamos llamados a ser conscientes respecto que: La educación es portadora de proyectos políticos, por ende, en sus transformaciones, deberá mediar la claridad y la prudencia. Las universidades ostentan su autonomía. Cuentan con libertades académicas. La libertad de cátedra es garante y reservorio de la citada independencia. Aun así, creo fundamental entender la dificultad de pretender un cambio notorio, solamente, por el altruista y voluntarista acto de las universidades independientes. La academia constituye el último eslabón del sistema educativo, encarando la titánica tarea de transformar tan solo aquello denotado previamente en su deficiencia.

¿Por qué digo deficiente? Porque nuestro sistema educativo consolidó una sociedad profundamente creciente y demandante, en términos educativos, durante el siglo XX. Independientemente de los diversos momentos históricos y de las sucesivas crisis atravesadas por la sociedad argentina, nuestro pueblo creció en términos educativos durante el siglo XX, aspecto muy diferente en cuanto a lo transitado en el presente siglo XXI. El siglo que discurre consolidó, hasta la pandemia, un egreso en tiempo y forma del nivel secundario de uno cada dos chicos, es decir, un 50% de los y las alumnas en condiciones de finalizar sus estudios no lo hacían. De ese 50%, solamente un 25% alcanzaba la culminación del secundario al cabo de ocho años, mientras un 25% nunca concluye sus estudios secundarios. Ante este ya de por sí preocupante escenario, la irrupción de la pandemia del COVID-19, llegó para hacer estragos. La pandemia no solo configuró una compleja crisis sanitaria, sino también, significó una verdadera tragedia educativa. Nuestro sistema educativo perdió entonces cerca de un millón de chicos en los ciclos 2021 y 2022. Según cifras oficiales, en la actualidad, solo se recuperó a la mitad de los por entonces desertantes. Por ende, debemos ser conscientes de la existencia de una buena masa de posibles es-

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tudiantes del nivel superior quienes jamás arribarán al mismo, y, por lo tanto, permanecen fuera del sistema educativo. El mencionado conforma un grave problema social en términos de construcción de futuro. El sistema actual no solamente ha retrocedido por este abandono de la educación durante la pandemia, sino porque, a partir de la crisis sanitaria, hemos consolidado una graduación, en tiempo y forma, de dos de cada diez estudiantes. Es decir, durante las primeras dos décadas del presente siglo, reafirmamos una graduación del 50%, permaneciendo en un 20% en el nivel secundario. Impensado para la Argentina de los guardapolvos blancos, de las escuelas con maestras ávidas para la enseñanza de la lectura y escritura, encargadas, además, de ser portadores de una serie de valores y principios propios de la argentinidad.

De hecho, nuestro país es sumamente particular. Contamos con universidad antes de haber conformado un Estado-Nación. La Universidad nace antes que la propia Nación. La Argentina, en definitiva, no nació en el año 1853. Nuestro país vio la luz como tal con la aprobación de la Ley 1420, de educación común, obligatoria y laica; responsable de posibilitar que, justamente, la educación se constituya en una constructora de ciudadanía nacional. La universidad, inmersa en la sociedad del conocimiento, en una comunidad de creciente internacionalización, participa de procesos de expansión trasnacional de la educación superior. En paralelo, si la educación obligatoria está llamada a construir ciudadanía nacional en términos de principios y valores, requerimientos óptimos para formar parte del cuerpo ciudadano, la educación universitaria está convocada a construir ciudadanía global.

La educación superior es convocada para ello y, por lo tanto, proporcionará valores y principios superadores de la mera honradez y decencia. La problemática planteada demanda sumar acciones vinculadas al respeto, a la diversidad, a la pluralidad, a la posibilidad de pensarnos como parte de una sociedad global. El escenario es propicio para listar una serie de desafíos, cambios y transformaciones, los cuales se plasman en el plano institucional, curricular, en la esfera de las prácticas de nuestros profesores, especialmente si, además, se desempeñan como funcionarios públicos. Los cambios enumerados en esas condiciones nos obligan a repensar al segmento más relevante dentro del proceso, vale decir, el cuerpo de estudiantes, el estudiantado.

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Porque nuestras instituciones, consolidadas en el siglo XIX en términos de organización y funciones, arribaron a un modelo de facultades de gran porte, contando con planteles de docentes del siglo XX, quienes imparten conocimientos a estudiantes del siglo XXI, nativos digitales quienes demuestran permanentemente diversas formas de acceder al conocimiento y de comprender el mundo en el cual ellos van a desempeñarse.

Un mundo el cual propone una serie de incógnitas que nosotros, actualmente, desde la universidad, no somos capaces de resolver. Ello nos obliga a pensar, con mucha humildad, para entender que los estudiantes de hoy, una vez egresados, necesitarán resolver durante su vida activa profesional, problemas que todavía no existen. Aquí aparece nuevamente el concepto de universidad como una gran puerta giratoria, permitiendo continuamente, fomentar y alentar procesos de formación, recalificación y capacitación. El planteo nos conduce a asumir un posicionamiento ético, en relación al cambio social y el rol desempeñado por parte de las universidades para sostener una altruista visión de futuro. Para finalizar, deseo comunicar algunas experiencias de vida, pues firmemente creo que educar desde el cooperativismo, en todos los niveles e instancias de la instrucción, fomenta la participación, la inclusión y el bien común. Esta idea apartaría a muchos millones de personas de la pobreza y desalentaría la corrupción, al implicar esta forma de educación el impulso de los valores comunitarios. He nacido en la provincia de Misiones. Allí era mucho más importante la elección del presidente de la cooperativa de mi pueblo que del intendente. Eso se relacionaba, justamente, con el fomento de los vínculos solidarios. De todas formas, es fundamental entender que la educación es tan solo una parte del cambio necesario en términos de la imprescindible reconstrucción cultural a desarrollar en nuestro país. Educar en cooperativismo puede contribuir efectivamente, a la lucha contra la pobreza, pero necesariamente, son necesarias de crear y aplicar otras medidas en ese sentido, para no esperar de la educación resultados los cuales esa área no puede brindarnos. Un punto de inflación implica miles de personas derivadas por debajo del nivel de la pobreza, y aunque obtengan un doctorado, pueden seguir siendo pobres. Ahora bien, ¿cómo superar en las Américas la fragmentación de saberes para potenciar organizacionalmente la interdisciplinariedad y transversalizar la integridad y cultura hacia la universalidad del conocimiento?

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América Latina y el Caribe, como territorio, sus 36 países componentes, conforman la única región del mundo que no permanece integrada en un espacio educativo común. Comparativamente, el espacio europeo de educación superior trasciende, inclusive, a la Unión Europea, constituyendo un claro ejemplo de experiencias de convergencia educativa, de cabal integración educativa. América Latina y el Caribe no ha tenido la capacidad de integrarse de manera completa, si bien podemos afirmar que quienes han sido relativamente más exitosos, en ese sentido, son los países de Centroamérica, al contar con ciertos esquemas de evaluación y acreditación común para sus instituciones universitarias, sus programas y carreras de pregrado, grado y posgrado. Pero fuera de este caso, no resulta factible presentar logros en ese sentido, lo cual entiendo, no obedece a la pura casualidad.

La región ha decidido no integrarse ni política, ni económica, ni socialmente. La historia de las Américas es de divergencias, no de convergencias. Por lo tanto, pensar que desde la educación se pueden resolver esas cuestiones, las cuales claramente trascienden las decisiones de tipo institucional de una universidad o un sistema educativo, configura un importante condicionante. Así las cosas, apreciamos, en relación a la posibilidad de vislumbrar algunas luces esperanzadoras, distintas iniciativas de tipo académico tendientes a la integración, al intercambio y a la cooperación, pero esas propuestas se relacionan más con esfuerzos institucionales los cuales, inclusive, sobrepasan las actividades públicas. Ejemplos como la Asociación de Universidades del Grupo Montevideo, Universidades Públicas del Cono Sur o el Grupo de Universidades Criscos (Zona Andina), conforman modelos donde se exploran algunas iniciativas y acciones vinculadas a trabajar conjuntamente, a partir del conocimiento sobre el otro y la posibilidad de reconocernos. Ese descubrimiento conjunto abre la posibilidad a la integración, al intercambio, la probabilidad de crecer conjuntamente. Nuestra región ofrece indicadores sumamente bajos en cuanto a desarrollo, comparativamente con otras regiones del mundo tras la pandemia del COVID-19, debido a ello, hago especial referencia al crecimiento conjunto. Una buena parte de esas situaciones se explican a partir del estudio de escenarios previos, relacionados con diversos desencuentros de índole política e institucional, repercutiendo en las esferas económicas, académicas y científicas. Una tarea importante, sumamente trascendente y enriquecedora, nos abre las puertas a la capacidad de instalar a la educación en la agenda pública. Celebro que este Consejo Profesional de Ingeniería Civil entienda la relevancia de las problemáticas derivadas de la transmisión de saberes, para debatirlos y obtener puntos de consenso capaces de revertir un cuadro de situación particularmente gravoso.

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Finalmente, instalo una pregunta: ¿Cómo se plantea, a nivel institucional, el manejo de la ética y la moral a nivel educativo, en una sociedad donde se inculca, desde el jardín de infantes, que confrontar al infractor es algo malo, donde no ser un delator es algo deseable? El tango “Cambalache” de Enrique Santos Discépolo, fue compuesto en 1934, suma hoy 89 años de vida, por ende, no constituye ninguna novedad este concepto: “El que no llora, no mama, el que no afana es un gil…”

El gran problema sobrellevado como sociedad radica, justamente, en fomentar o alentar una mirada contemplativa hacia situaciones objetivamente contrarias a nuestros valores y principios, los cuales, nos sostienen como sociedad. Por lo tanto, resulta crucial incorporar una palabra siempre insinuada alrededor de esta problemática: Hipocresía, vale decir “la puesta en escena de cualidades o sentimientos contrarios a los que verdaderamente se tienen o experimentan”. Debemos ser conscientes de los niveles de hipocresía de nuestra sociedad, declamante de ciertos valores los cuales no son llevados a la práctica. Una comunidad hábil para acomodar las normas en función de su conveniencia; que “escribe una cosa con la mano y la borra con la otra”. En su tema “Bienaventurados”, Joan Manuel Serrat dice: “Así ha sido desde que Dios echó al hombre del Edén, por confundir lo que está bien con lo que le conviene”. Resta encauzar entonces un enorme esfuerzo para convertir a la educación en un instrumento de cambio y transformación y, para ello, las instituciones educativas, especialmente las públicas, deben hacerse eco de un planteo de ejemplaridad, para educar desde el ejemplo, trasladando esa definición institucional a los programas formativos, ya sea en el pregrado, grado, posgrado, vale decir, en todos los niveles educativos. No necesariamente se impartirá la “Ética” como una asignatura con entidad propia, pero sí como un contenido transversal, a efectos de comenzar a transformar la educación en lo concreto, en la práctica cotidiana. Pero para eso, el currículum conformará una propuesta viva, demandando de los docentes a cargo la capacidad de llamar a las cosas por su nombre. Lo no expresado no existe, y al tomar contacto con los programas de enseñanza, ciertos temas permanecen invisibilizados, y por lo tanto, no se enseñan, inquiriéndonos en esos casos ¿cuál es la razón, motivo o circunstancia, por lo cual esos sustanciales temas no aparecen en nuestros planes de estudio? Expresamente, la falta de vocación de discutir los citados conceptos, en términos académicos, científicos, de generación de vinculación y transferencia por parte de las universidades, asume un compromiso preocupante si no se lleva al terreno de la práctica.

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Entonces, las universidades deben transformarse, incorporar la agenda 2030 a sus temáticas, motorizar políticas efectivas de innovación, representativas de impacto y, a partir de ello, mutar a las instituciones educativas en herramientas de transformación social.

De lo contrario, todo lo analizado hasta aquí terminará conformando una mera vanidad académica.

“Construyendo profesionales” Federica Cortegoso Vignoni Representante de ANEIC, Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil

Quisiera compartir en esta ponencia, la visión de las y los estudiantes de Ingeniería, en particular, y describir las prácticas llevadas a cabo las cuales colaboran, quizás indirectamente, a la lucha anticorrupción, haciendo foco en la educación en valores, colaborando y aportando de esta manera con nuestra sociedad.

Como estudiantes de ingeniería civil, percibimos una fuerte impronta en nuestra formación relativa con los conocimientos técnicos, con los saberes eminentemente teóricos de la disciplina. Administramos diversos conceptos emparentados con los vínculos e interacciones de los componentes estructurales, el impacto ambiental provocado por la construcción y vida útil de las obras proyectadas, entre muchos otros aspectos. Pero entendemos importante, también, analizar la mejor manera de aplicar estos conceptos a la realidad de las personas, en función de lograr una mejora sustancial en las condiciones de hábitat de nuestras sociedades. Constituye una verdad fáctica que las obras las materializan grupos humanos y profesionales de tipo interdisciplinarios, sumando un cuantioso número de voluntades quienes interactúan en el tiempo, en la vida útil de la obra. Para validar avances sanos y desarrollos significativos del trabajo en sí mismo, se deben estimar las demandas y necesidades de las personas involucradas, no solamente en la construcción de la obra, sino también, en la vida útil de la obra. Allí entran en juego las denominadas “habilidades blandas”, los “conocimientos sociales”. La interacción entre las distintas áreas, entre los diversos profesionales e idóneos y el impacto generado por cada acción llevada a cabo, no solo en la obra, sino en la totalidad de

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las personas implicadas, quienes experimentan y experimentarán en un futuro algún tipo de relación con la obra materializada, reclama un tipo de saber especial. Antes de percibirnos como profesionales, debemos apreciarnos como personas, promoviendo pilares desde la empatía, el compromiso, la comunicación y el compañerismo. De esta forma, entran en juego distintos espacios que, como el promovido en nuestra Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil (ANEIC), donde estimulamos un compromiso para contribuir con las mencionadas habilidades blandas, especialmente, desde el punto de vista socio-cultural, entendiendo debidamente documentadas las habilidades técnicas dentro de la formación académica. ANEIC potencia diferentes grupos de trabajo en diversos ámbitos, los cuales llevan a cabo todo tipo de actividades relacionadas o no directamente con la ingeniería civil, convocando a jóvenes de todo el país, portadores de distintas realidades, intereses, historias de vida; todo ello con el notable fin de impulsar y motorizar el crecimiento de ese espacio común de interacción humana y profesional. En este tipo de espacios se reconocen y aprenden las habilidades sociales antes mencionadas. Lo afirmado parte de mi propia experiencia, reconociendo el valor de comunicarse, de interactuar entre personas de diferentes ámbitos, entre estudiantes y entre profesionales. Educarse para hablar en público, aprender a expresarse, no sólo con la palabra sino también con las emociones, nos transforma y completa a nivel humano y disciplinar. El trabajo en equipo, pletórico de diversidades, nos obliga a reconocernos como entidades diversas, donde cada una de ellas puede aportar valor agregado al grupo y, por ende, a su producción. Asimilar y aprovechar desde la capacidad de liderazgo, la variedad de caracteres y habilidades, en todos los planos, constituye una herramienta funcional de extrema importancia, muchas veces, invisibilizada en los procesos formativos. Sin embargo, su peso es clave a la hora de arribar a prometedores resultados en la materialidad de una obra en sí. Los valores de los contenidos relativos al liderazgo resultan determinantes en cualquier proceso de formación en el siglo XXI, como proyección de futuro. Los ingenieros civiles deben asumir su rol decisivo a la hora de conducir los procesos de su materia, siempre valiéndose de las mejores herramientas. Un buen líder se destaca cuando conoce y sabe aplicar ciertas habilidades, como la escucha activa, la comunicación verbal y no verbal, cuando valora la diversidad y el desempeño de cada una de las personas integrante del equipo, potenciando sus habilidades, no solamente las técnicas, sino también, las sociales. Un líder no solamente sabe delegar tareas y resolver problemas. En su particular ADN, motiva constantemente a participar, a demostrar los conocimientos de cada participante,

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a dar lo mejor de uno mismo. Estos preceptos se verifican en nuestra Asociación de la mano de una permanente estimulación. La Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil (ANEIC), promueve la conformación de diferentes grupos de trabajos, integrados y responsables de potenciar un fuerte sentido de pertenencia.

En los eventos organizados, buscamos motivar una abierta participación, abriendo camino a escenarios de optimización y futuro, aunando valores humanos comunes sostenidos en base a fuertes pilares de empatía y compromiso. Sentimientos compartidos y depuradores de negativas acciones lindantes con la egolatría y el personalismo, recetas colindantes con desempeños corruptos. En el manantial del aprendizaje y la enseñanza abrevamos todos los participantes de la ANEIC. Se trata de un efecto boomerang, donde los saberes apropiados se comunican a otros, conformando la más noble de las tareas. Enseñar, de alguna manera, es sinónimo de eternidad, de futuro, de generosidad. Brindar un saber transforma en responsable a quien se apropia de ese conocimiento. Al permanecer fuera de la ignorancia, al contar con datos sobre un aspecto en particular, automáticamente, somos conscientes. Dicha consciencia es promovida a los jóvenes y futuros profesionales en los espacios de participación, donde los temas relacionados con la teoría y práctica de la ingeniería civil se transforma en una valiosa anécdota. Donde se promueven valores, no solo éticos, sino valores aplicados en la sociedad en general, conjuntamente con la responsabilidad de lograr su promoción en el ámbito académico, en las universidades, en realidad, se siembra en un campo fértil, cosechando generosos frutos.

ANEIC constituye, en suma, un espacio creado por estudiantes para estudiantes. Un ámbito el cual ha crecido notoriamente, siendo nuestro deseo, que las autoridades de las universidades afines, los claustros docentes y demás integrantes del universo educativo de la ingeniería civil y las disciplinas del sector, pudieran contemplar los logros del camino recorrido. Su participación resultará fundamental a efectos de potenciar esta Asociación de voluntades, la cual asume un compromiso eminentemente altruista y desinteresado. La vida universitaria puede resultar para los estudiantes compleja en sí misma, dadas las diversas problemáticas que los atraviesan. Las distintas actividades impulsadas y organizadas desde la ANEIC motivan un futuro promisorio, donde la ética se enarbola como la bandera más importante para garantizar ese mañana deseado por todas y todos.

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Espacios como el de ANEIC, dados los comentarios de los propios estudiantes participantes, colabora en alentar a continuar con la carrera. La acción de involucrarse, de formar parte, de prefijar objetivos comunes, garantiza una elevada moral y un respeto por el prójimo, el cual, sin dudas, se traducirá en profesionales más honestos, desde el punto de vista intelectual y ético. La universidad, el “universo”, nos enfrenta ante la posibilidad del intercambio y la horizontalidad de los conocimientos. Los mismos son explicitados por nuestros profesores, pero también, mucho se aprende entre compañeros, brindando experiencias y salteando los baches que la intrascendencia genera. En ese camino, los mejores ejemplos pueden detectarse, pero para ello, la mayor cantidad de los mismos deben presentarse ante nuestras disquisiciones. Las y los estudiantes reconocemos la importancia de espacios como los que ANEIC fomenta, especialmente, para intercambiar acciones y estrategias tendientes a llevar al plano de la práctica los conocimientos y saberes aprehendidos en los claustros, todos ellos de invalorable cuantía. En ese sentido, reconocimientos como el presente, donde una integrante de la ANEIC sea invitada a disertar en tan prestigioso evento, con profesionales destacados y expertos, nos llena de orgullo y obliga a redoblar esfuerzos ante la responsabilidad asumida. No solo se trata de fomentar el encuentro en la ANEIC. Es sumamente válida la participación en los Centros de Estudiantes o en las distintas Cátedras, valiosos ámbitos donde el entrecruce de ideas fomenta la empatía, el firme compromiso y el honesto desempeño.

Motivarnos y motivar a otras y otros puede marcar un verdadero “antes y después”, tanto en nuestras carreras como en nuestras propias vidas. Es parte del desarrollo ético de un profesional del ámbito de la ingeniería civil, o de sus disciplinas afines, el hecho de conocer más, de experimentar acciones concretas, evitando así caer en el facilismo y la mediocridad ofertado por el sendero corrupto. Desde la ANEIC, agradecemos la participación activa de este Consejo Profesional de Ingeniería Civil y de todas y todos sus integrantes, quienes participan de nuestros Encuentros Nacionales, un espacio federal de productiva sinergia donde debatimos interesantes temáticas, como, por ejemplo, el perfil de la ingeniería civil en el futuro. Un punto final, no menor, es el relativo a las temáticas tratadas en los programas de estudio, insisto con el concepto, sobreabundante en cuantía técnica, pero algo escaso en lo relacionado con los aspectos sociales de nuestra futura profesión. Mucho se ha dicho y escrito respecto de las formas de comunicar delicados aspectos como la corrupción y la ética profesional, en el camino de la formación del estudiantado.

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Pero entiendo trascendental la difusión concreta, de los valores, de las formas honestas de desarrollar nuestros conocimientos en favor de la sociedad, planteándolos desde un punto de vista práctico y realista.

Por eso, también insisto, lugares de encuentro estudiantil colaboran en esa educación en valores, y quizás, los hacen más indirectamente, aportando ideas para la lucha anticorrupción. Se trata de aspectos los cuales nos forman socialmente, logrando una suma de voluntades capaces de marcar el camino correcto para derrotar al flagelo inmoral. La totalidad de los temas relacionados con asumir, por parte de los estudiantes, el compromiso con ideas superadoras, las cuales se muestren totalmente despersonalizadas y hagan foco en el bien de todas y todos, de la sociedad, comprometerse con una causa repleta de positivos valores, constituye la suma de aspectos impartidos en esos ámbitos, los cuales entiendo, de imprescindible promoción. La motivación a participar, la comunicación entre profesionales y estudiantes, el compañerismo y la escucha activa, asumen valores poco explicitados en la tradicional formación universitaria. Los mismos, si bien son tratados en asociaciones estudiantiles como ANEIC, deberían formar parte de los contenidos modales de las distintas carreras de ingeniería, con especial foco en el ámbito civil, dada la importancia de interés público que la misma reviste.

“Construyendo profesionales” (Continuación) Dra. Erica Pedruzzi Directora de la Maestría en Derecho de los Negocios de la Universidad de San Andrés

Participar de espacios de debate en los cuales se construye conocimiento acerca de una temática tan profundamente compleja, como es la corrupción y las fallas en la ética profesional, personalmente, me resulta sumamente inspirador.

La educación no es una problemática particularmente presente en la agenda de los aspectos cruciales de la Argentina actual. Más aún, en lo relativo a las trayectorias profesionales.

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Este tipo de eventos resulta propicio para exponer diversas experiencias llevadas a cabo, respecto de la suprema utilidad de transmitir conocimientos morales, y acompañar de esa manera, la efectiva lucha contra la corrupción desde todos los niveles de la enseñanza, en mi caso, universitaria. Por lo mencionado, estimo prudente señalar el estado de nuestro país en relación con el denominado “Índice de Percepción de la Corrupción”, medido por Transparencia Internacional, al entenderlo como un válido punto de partida para testear la gravedad de la situación. Argentina ocupa, conformando 100 el mayor puntaje, el puesto 38. Es decir, tenemos un largo camino por recorrer para alcanzar niveles aceptables en nuestra lucha contra el flagelo de la corrupción.

De hecho, hemos retrocedido algunas posiciones en los últimos años. Habíamos logrado un avance hacia mejores estadios, pero últimamente, los resultados se han visto desmejorados. Nuestros países vecinos presentan un índice de percepción de la corrupción sensiblemente inferior al nuestro, como Uruguay y Chile, por ende, no podemos atribuir nuestras fallas a una situación regional, sino a la manera y modalidad del desarrollo de las acciones emprendidas. A partir del impacto de la corrupción en la región, y en particular en nuestro país, vale aportar algunas cifras detalladas en la encuesta de Transparencia Internacional. Resulta sumamente difícil calcular el costo de la corrupción, porque los indicadores no suelen ser tan claros. Obviamente, se trata de negociaciones y transacciones llevadas a cabo “por debajo de la mesa”, en espurios acuerdos, por ende, los valores económicos no resultan evidentes. No obstante, se estima que el costo de la corrupción supera el 5% del PBI global, lo cual equivale a 2.6 trillones de dólares. Estas son cifras dadas a conocer por Transparencia Internacional, respaldando la publicación de su índice del año 2021. Atento a ello, es factible inferir que equivale al 10% del costo total de formalizar negocios. Este es el enfoque por el cual afirmamos que la corrupción, básicamente, genera un costo adicional responsable de perjudicar, seriamente, a las distintas operaciones. De hecho, se asimila que hacer negocios en un país muestra un alto índice de percepción de corrupción, por oposición a otro con un índice inferior: equivale a un costo similar al 20% en concepto de impuestos adicionales.

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Evidentemente, la corrupción tiene un costo. La inmoralidad presenta un fuerte impacto en la manera de resolver negocios, conformando una de las obligaciones de todos aquellos involucrados en la educación, y de la sociedad toda, plantear eficientes líneas de trabajo para desandar el camino antiético. Puede representarse al avance de los actos inmorales con el “efecto dominó”, el cual ilustra la presente edición de estas Jornadas ELAC. De otra forma, las fichas continuarán cayendo unas sobre otras, y la corrupción seguirá asociándose con un suceso irremediable. Al respecto, podríamos adoptar una mirada pesimista u optimista con vista al futuro. Pero, sin proponer actos de futurología, y con mucho criterio, deberíamos continuar avanzando en recabar más información, y al mismo tiempo, visibilizar la problemática. Exponer actos corruptos y su tratamiento, constituye un valioso paso adelante, conformando en algún sentido, una adecuada manera de gestionar el cambio.

Una parte esencial de la visibilidad de la temática, de instalar en la agenda de nuestra patria la lucha anticorrupción, tiene que ver, sin lugar a dudas, con la enseñanza universitaria. Creemos y estamos totalmente convencidos, desde la Universidad de San Andrés y desde muchas otras universidades, en la oportunidad de aplicar oportunos cambios con mayor fuerza, formando profesionales con una determinante impronta moral, y el deseo de desarrollar sus acciones cotidianas, dentro de la profesión, de otra manera. Dicho cambio de mentalidad en los jóvenes profesionales, anula apreciar a la corrupción como un mal endémico, como una acción inevitable, más ligada a la imagen de un país al margen de la ley. Entender a la corrupción no como un mal insalvable, sino como un obstáculo, un escollo el cual trabaja erosionando tanto a la democracia como al estado de derecho, distorsionando los valores de mercado al imponer costos extras, conformará el faro capaz de iluminar los destinos de nuestra Nación. La cuantificación determinada por el trabajo de Transparencia Internacional en el informe descripto, intenta poner de manifiesto, con suma claridad, la gravedad del notable flagelo que encarna la corrupción en Argentina. Más allá de nombres propios y acciones puntuales, es abierta la invitación a todas y todos los Profesores y Docentes, a las y los referentes de los distintos ámbitos de la Academia, a formalizar un sincero cambio de mentalidad, a entender a la corrupción como un estorbo y no como un hecho inevitable. Trabajar en la transparencia del presente y el futuro, constituye nuestra obligación como educadores, y la única posibilidad para avanzar hacia una sociedad más justa y feliz.

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Por ello, nuestros estudiantes deben entender a la integridad como la exclusiva manera de generar negocios más beneficiosos. Un buen acercamiento hacia la normalidad de los procederes éticos encuentra al Compliance dentro del sector privado como una herramienta de prevención de la corrupción, tendiendo a la integridad de los acuerdos. Básicamente, tratamos de transmitir en el aula las consecuencias, más allá del corrosivo costo económico de la inmoralidad, del oprobio provocado por la ausencia de una indispensable cultura ética empresarial. Tratamos, esperanzados, que nuestros estudiantes comprendan, más allá de las sanciones legales, multas, inclusive en algunos casos, la quita de la personería jurídica; las consecuencias comerciales acarreadas por los actos de mala fe. Las mismas van más allá de lo estrictamente formal, al ocasionar cuantiosos perjuicios reputacionales, promoviendo clientes quienes repudian a la empresa y les quitan valor agregado a las marcas; o empleados los cuales niegan su ocupación, al provocarle vergüenza exponer al repudio el nombre de una empresa culpable de actos reñidos con la ética. La corrupción genera compañías las cuales pierden interesantes contratos al verse imposibilitadas de demostrar una sostenible conducta ética, aspecto cada vez más demandado por parte de nuestras sociedades, más allá de lo estrictamente normativo. Las leyes no faltan, muy por el contrario, existe una sobreabundancia de normas éticas, sustentadas por convenciones internacionales, orientadas a combatir la corrupción o promover la creación e implementación de programas de integridad. Sí se demanda que los citados conceptos permeen de lleno en cada uno de los protagonistas de las transacciones comerciales, en nuestro caso, comenzando desde la universidad. Por otro lado, por oposición con la citada ausencia de cultura ética empresarial, y sus nefastas consecuencias, explicitamos a nuestros estudiantes que toda acción moral, como contrapunto de lo ya mencionado, genera una mejora en la reputación de las organizaciones saludables, en términos de costos más competitivos. De esta forma, es factible acceder a los mercados, donde el sector financiero jugó un papel muy importante en la última década en términos de promover una conducta ética empresarial desde otro lugar.

Existe un consenso global respecto de una nueva manera de hacer negocios con diversas organizaciones, a las cuales no sólo se les exige el fin de lucro, sino también, un rol social mucho más relevante. Todo ello actúa en concordancia en este momento, imprimiendo a las organizaciones una cultura ética empresarial sólida, habilitándolas al acceso a mejores oportunidades de negocios y óptimas relaciones con la comunidad en general.

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Creemos, invariablemente, que la educación forma parte esencial del impostergable cambio en la mentalidad moral argentina. Daniel Erickson, director ejecutivo de Transparencia Internacional, afirmó recientemente: “El dato positivo, respecto de nuestro indicador de transparencia, es que los líderes pueden combatir la corrupción y promover la paz al mismo tiempo. Los gobiernos deben abrir los espacios para hacer partícipe al público en la toma de decisiones, desde activistas y empresarios hasta comunidades marginadas y grupos de jóvenes. En las sociedades democráticas, las personas pueden alzar sus voces para contribuir a erradicar la corrupción y exigir un mundo más seguro para todos nosotros”. Sin dudas, lo explicitado hasta aquí, y las intenciones del Consejo Profesional de Ingeniería Civil, al fomentar la organización de las presentes Jornadas, apunta a lo señalado por el director ejecutivo de Transparencia Internacional. Es decir, allí donde lo normativo no resultó eficaz, allí donde las organizaciones sociales todavía tienen mucho por hacer, la educación se vislumbra como uno de los pilares fundamentales para generar una positiva transformación. De hecho, sumo algunos ejemplos de dichas iniciativas. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cuenta con un programa llamado “Educación para la integridad”, orientado a los niveles iniciales. En los mismos, se enseñan los rudimentos de anticorrupción para instalar en los niños y las niñas la relevancia del tema. En paralelo, existe un programa de Naciones Unidas, del cual tuve el privilegio de participar en el diseño de algunos módulos, siendo convocados académicos de todo el mundo para reunirnos en la Universidad de Oxford. De esta forma, generamos material sobre las temáticas relativas a la ética y la corrupción, de uso libre y disponibilidad gratuita en todo el mundo. Este plan pone de manifiesto la importancia otorgada por las Naciones Unidas a la educación en la lucha contra la corrupción. En la Universidad de San Andrés, por tomar otro ejemplo, se incluyó como materia obligatoria, en todas las carreras de dicha casa de estudios, la asignatura “Ética profesional”. Se trata de un elemento fundante del rol a ocupar por los profesionales egresados de la Universidad de San Andrés, asumiéndose con esa convicción la idea de continuar acompañando el citado cambio de mentalidad. En particular, la Universidad de San Andrés fue la primera en incorporar “Compliance” como materia optativa en su Facultad de Derecho, dentro de la carrera de Abogacía. Sus estudiantes nos cuentan del gran diferencial otorgado por esta materia, ya que, a la hora de ser convocados para pasantías, al administrar cierta formación en Compliance, un elemento casi decisivo para ser incorporados, pueden demostrar esos conocimientos.

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Por ello, estamos muy contentos al comprobar que el camino trazado, en ese sentido, era el correcto. Además de la carrera de Abogacía, en la Maestría en Derecho de los Negocios, se incorporaron tres materias relacionadas con la temática. Una de ellas es obligatoria, “Responsabilidad penal de la empresa y Compliance”, junto con dos materias electivas: “Ética empresarial y Compliance anticorrupción” y “Auditorías jurídicas y de Compliance”. De esta forma, continuamos ofreciendo herramientas para traccionar el cambio desde nuestro lugar de educadores. En paralelo, desarrollamos una diplomatura conexa con el posgrado, por fuera de la educación de la Maestría de la carrera de Abogacía; abierta a otras profesiones, con lo cual, contribuimos a ampliar la temática a otras disciplinas en cuanto a una adecuada formación en Control y Assurance, Compliance y Gobierno Corporativo. Todos los esfuerzos son válidos a los fines de enfrentar, con las mejores armas, a la corrupción, para mejorar nuestro posicionamiento en los índices de transparencia internacionales. La educación en valores es esencial en todos los niveles de educación, en particular desde la educación inicial.

Y cada uno, desde su lugar, puede contribuir al cambio de mentalidad social frente a la corrupción.

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Cuarto Panel “Corrupción y sociedad”

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“El Estado de Derecho en Argentina y acciones para prevenir la corrupción” Ing. Emilio Colón Pasado presidente del Consejo Mundial de Ingenieros Civiles (WCCE)

La prevención de la corrupción dentro de la industria de la construcción en Argentina, ha sido identificado como uno de los responsables de grandes pérdidas económicas. Esta situación se ha dado por diferentes factores, como la falta de transparencia y control en los procesos de licitación y adjudicación de obras públicas, la falta de sanciones efectivas para los actos de corrupción, y la debilidad de los sistemas de control y fiscalización. La corrupción en la construcción puede manifestarse de diferentes maneras, como el pago de sobornos para obtener contratos, la malversación de fondos públicos destinados a obras de infraestructura, la utilización de materiales y equipos de baja calidad, y la evasión de impuestos y contribuciones sociales. Ello, particularmente, ha llamado la atención del Consejo Mundial de Ingenieros Civiles, a los fines de potenciar en Argentina, efectivas herramientas dentro de los sistemas gerenciales de la construcción, los cuales demostraron, en distintos lugares del mundo, una singular efectividad. La orientación de las problemáticas del siglo XXI, calan en lo profundo de la industria de la construcción, y en la sociedad, en temas como seguridad ocupacional, protección ambiental, control y aseguramiento de calidad, gerencia de proyectos, y específicamente, en aquellos sistemas de prevención de la corrupción.

Lo citado se basa en cuatro pilares funcionales con la lucha anticorrupción: Los Valores, el Estado de Derecho, la Ética y el Profesionalismo. En cuanto a los valores, los mismos permanecen en función de la familia, la sociedad y la educación.

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El Estado de derecho se relaciona, básicamente, con la forma en la cual los gobiernos construyen y delimitan su andamiaje de reglas sociales de justicia y convivencia. La ética constituye un tema siempre complejo. En los Estados Unidos y Puerto Rico, se plantea su enseñanza en los distintos niveles educativos, reparando en la necesidad de sostener la experiencia de los profesores y profesoras fuera del marco institucional de la educación. En cuanto al profesionalismo, se referencia con la labor de instituciones como el CPIC, o el caso de nuestro Colegio Profesional en Puerto Rico, donde contamos con una licenciatura obligatoria la cual debe renovarse cada cinco años, fomentando una suerte de educación continua.

En ese sentido, existen una serie de instituciones a nivel mundial ante las cuales las organizaciones mencionadas, y otras similares, pueden acudir a los fines de obtener informaciones precisas. Por ejemplo, el Global International Anti Corruption Center, responsable del trabajo de simplificación y sistematización de diversos programas sumamente efectivos a los fines de combatir la corrupción en todas sus formas. Paralelamente, vale destacar la labor del Consejo Mundial de Ingenieros Civiles, organismo que impulsa un Proyecto Mundial de Justicia, el cual emite un oportuno informe anual del Estado de Derecho. Transparencia Internacional es otro valioso aliado en la obtención de información respecto de las temáticas ético-morales, conjuntamente con la Federación Mundial de Ingenieros, la cual lleva adelante acciones de gran interés dentro del plano profesional. El sector de la industria de la construcción es sumamente amplio. Cubre no solamente a los profesionales, sino también, a los contratistas, gobierno, sistema financiero, bancos, compañías de seguros, inversores, organizaciones no gubernamentales, la Academia, y los medios masivos de comunicación. Abarca, en paralelo, un sistema de control de sobornos el cual, básicamente, opera internacionalmente, aunque algunos se apliquen, específicamente, en cada uno de los países. Si alcanza nivel internacional, se canaliza a través de organizaciones como la Convención contra la Corrupción de Naciones Unidas, la Organización Internacional de Estándares (ISO) o el US Foreign Corruption Practices Act (FCPA), de los Estados Unidos, puesto que muchas transacciones comerciales y bancarias de la construcción se canalizan a través de ese país, sometiéndolos así a determinados controles. La totalidad de los citados instrumentos y programas de prevención de la corrupción, requieren leyes efectivas y su pertinente aplicación. Sin ello, el sistema no puede funcionar, demandando sus componentes la implantación de medidas.

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Vale decir, no alcanza solamente con redactar y dictar leyes, sino, además, crear los canales adecuados para vehiculizar las acciones. Si las empresas y la ciudadanía, en general, no verifican una efectiva manera de implantar normas de sostenible cumplimiento contra la corrupción, no creará la empatía suficiente para respetarlas. Por ello, la crucial importancia de entender a la prevención de la corrupción como un asunto de gerencia, como una gestión de gerencia. La buena gerencia puede reducir, significativamente, la corrupción. En cuanto al Estado de Derecho, se puede dividir en una serie de principios fundamentales que lo definen, tales como la supremacía de la ley, la igualdad ante la ley, la seguridad jurídica, la protección de los derechos humanos y la separación de poderes, entre otros. Además, en la actualidad se han desarrollado diversos índices que buscan medir el grado de cumplimiento de esos principios en diferentes países, entre ellos el Índice de Estado de Derecho de la organización World Justice Project, el Índice de Percepción de Corrupción de Transparency International, y el Índice de Gobierno Abierto de la Alianza para el Gobierno Abierto, entre otros. Estos índices son herramientas útiles para evaluar y comparar el desempeño de los países en relación con el Estado de derecho y la lucha contra la corrupción, identificando áreas de mejora y oportunidades de reforma. Sin embargo, es importante tener en cuenta que los índices por sí solos no son suficientes para generar cambios significativos en el Estado de derecho y en la lucha contra la corrupción. Es necesario que las mediciones se complementen con políticas y acciones concretas, enfocadas en fortalecer a las instituciones, promover la transparencia y la rendición de cuentas, y fomentar la participación ciudadana y el control social. El estado de derecho constituye los cimientos de las comunidades en cuanto a oportunidad e igualdad, verificándose diferencias de ese Estado de derecho entre países y regiones, dependiendo obviamente, de las diversas idiosincrasias socio-culturales. La colaboración interdisciplinaria es la forma más efectiva para avanzar en ese Estado de derecho. Los responsables del cumplimiento de los principios básicos de cualquier estado de derecho son los gobiernos y sus funcionarios y agentes, quienes administran y hacen cumplir las leyes. Pero dichas leyes deben observar, en paralelo, el accionar de esos gobiernos, sus funcionarios y agentes.

Las leyes son claras, disponibles, estables y ecuánimes, protegiendo los derechos fundamentales, incluyendo la salud de las personas, la propiedad y todo otro derecho humano a la convivencia socioambiental. El acceso a la justicia se provee mediante adjudicadores competentes. Ello promueve un sistema judicial eficiente, el cual es capaz de permanecer al día con los distintos temas

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de referencia, explicitando válidas decisiones judiciales, para que la sociedad pueda entender cuáles son los puntos morales y éticos intransigentes. El sistema debe contar, entonces, con una efectiva representación legal y oficiales judiciales con suficientes cantidades de recursos, todo ello, puesto al servicio de la comunidad a la cual sirve, garantizando la universalidad del trato para todas las personas, indistintamente de sus ideologías, razas y capital económico. El denominado Índice de Estado de Derecho, conforma un instrumento de evaluación para apreciar la forma en la cual distintos factores pueden desarrollarse en diversos países. Este trabajo se lleva a cabo, básicamente, encuestando a la población de tres ciudades principales, efectuando el censo personas expertas, oriundas del país evaluado, conformando un útil “termómetro para medir la fiebre de la corrupción”. Los resultados generales afirman: “Las leyes tienen que ser claras, publicadas y estables”; “Debe haber orden y seguridad: Los derechos fundamentales de cada país serán claramente definidos”; “El gobierno será transparente, y el cumplimiento de las reglamentaciones, no solamente será observado por la ciudadanía, sino también, por todas las ramas del Estado”; “Que exista un acceso rápido y equitativo a la justicia civil, resultando efectiva la justicia penal”. El puntaje general de Argentina en la encuesta de Estado de Derecho se redujo 3,7% en el Índice de 2022. Ocupa el lugar 56 dentro de 139 países y jurisdicciones en el mundo.

Argentina cayó una posición en su clasificación global. El puntaje de Argentina lo ubica en la posición 13 dentro de 32 países en la región de América Latina y el Caribe, y en la 12 de 40, entre países de ingreso mediano alto. Las tendencias específicas para Argentina incluyen un severo deterioro en las dimensiones que miden los límites al poder gubernamental, la ausencia de corrupción, el cumplimiento efectivo de regulaciones y el acceso a la justicia civil. En la región de América Latina y el Caribe, el país con el puntaje más alto es Uruguay (en el lugar 25 de 139 países), seguido de Costa Rica y Chile. Los tres países con los puntajes más bajos en la región son Nicaragua, Haití y la República Bolivariana de Venezuela (en el lugar 139 de 139 países). La existencia y la fortaleza de los controles institucionales, son fundamentales para prevenir la corrupción y garantizar el Estado de derecho. Los tres poderes del Estado (ejecutivo, judicial y legislativo) representan funciones y responsabilidades específicas, las cuales deben ser respetadas y que, cuando trabajan de manera equilibrada, pueden limitar el poder de cada uno y evitar la concentración excesiva en manos de un solo sector o persona.

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Cuando se erosionan los poderes de gobierno o se reducen los controles institucionales, se pueden generar condiciones propicias para la corrupción, ya que puede haber menos supervisión y posibilidades de sancionar a los corruptos. Por lo tanto, es importante que las instituciones encargadas de garantizar el Estado de derecho y prevenir la corrupción mantengan su independencia y su capacidad para actuar de manera efectiva. Esto implica, por ejemplo, contar con un poder judicial independiente y bien financiado, y con un poder legislativo con capacidad de control y fiscalización del ejecutivo. También es importante que existan mecanismos adecuados de transparencia y acceso a la información pública, así como la participación ciudadana en la toma de decisiones y en la supervisión de las instituciones.

Ahora bien, ¿cómo puede Argentina mejorar sus posiciones en cuanto a los sostenidos índices de corrupción? Un primer paso, el cual han dado los países del mundo que mejoraron sus estándares morales como sociedades, radica en aplicar efectivas políticas de prevención. Vale decir: Los diversos sectores de la comunidad deben aplicar una severa política de prevención de la corrupción. El individuo se define por su ética, la cual ha aprendido en el seno de su familia y del sistema educativo. Tanto el gobierno como el sector privado tienen un papel fundamental en la prevención de la corrupción y el cumplimiento de las leyes. El gobierno debe liderar con el ejemplo y garantizar la aplicación efectiva de las políticas públicas que buscan prevenir y sancionar la corrupción, y también, promover una cultura ética en el servicio público. Por su parte, el sector privado es responsable de establecer políticas internas sólidas y efectivas para prevenir y detectar la corrupción en sus operaciones. Esto incluye implementar sistemas de cumplimiento y controles internos adecuados, así como establecer canales de denuncia y capacitación a los empleados sobre la importancia de la ética empresarial. En última instancia, la prevención de la corrupción requiere un esfuerzo conjunto de todos los actores sociales, tanto públicos como privados, y un firme compromiso con la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los principios éticos y legales. Los citados factores encuentran en el Compliance una herramienta precisa. Vale recordar que el Compliance es un conjunto de medidas y políticas internas que implementan las empresas y organizaciones para garantizar el cumplimiento de las leyes y

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normas éticas en sus operaciones; e incluye la creación de un código ético de conducta, la implementación de sistemas de control interno y auditoría, la realización de capacitaciones y programas de concientización para los empleados, y la implementación de mecanismos de denuncia y sanción para casos de corrupción y fraude. Ello requiere una suma claridad y transparencia en los procesos decisionales, pero no solamente desde el Estado, sino desde las empresas, y en nuestro caso, los ingenieros civiles, quienes practicamos la profesión, debemos concientizarlo especialmente. Es importante reclutar empleados con una ética sólida y una actitud comprometida con el cumplimiento de las leyes y las normas éticas. Los mismos deben ser capacitados en temas de ética y cumplimiento, incluyendo los requisitos legales y normativos aplicables a la industria de la construcción. Esto puede incluir capacitaciones en línea, seminarios y talleres presenciales. Por otra parte, las empresas dispondrán de un sistema de control interno y auditoría que permita identificar y prevenir cualquier riesgo de corrupción o fraude. Esto puede incluir la revisión de contratos y documentación, la implementación de procedimientos de gestión de riesgos y la realización de auditorías internas. Pero siempre, como afirmamos, las empresas establecerán políticas y procedimientos claros para garantizar el cumplimiento de las leyes y normas morales. Estas políticas deben incluir el código ético de conducta de la empresa, los procedimientos para denunciar posibles violaciones y las sanciones correspondientes. No es el caso de Argentina, pero en muchos lugares del mundo, los ingenieros e ingenieras civiles deben validar su accionar, a partir del cumplimiento cabal de los denominados “requisitos de licencia”, los cuales, tienen duraciones establecidas alrededor de los cinco años. Su reválida demanda una educación continua de carácter anual, pero la buena noticia es que la misma nos permite transitar la profesión a lo largo y ancho de 50 Estados y 5 territorios en los Estados Unidos, pudiendo así exportar nuestra licencia interjurisdiccionalmente. Las auditorías son una herramienta importante para detectar posibles situaciones de corrupción y asegurar el cumplimiento de las políticas morales. Estas auditorías pueden ser realizadas tanto por profesionales de la empresa como por entidades gubernamentales independientes. Es importante que las auditorías se efectivicen de manera periódica y sistemática, siguiendo una metodología clara y definida, documentándose todos los hallazgos y recomendaciones para su seguimiento y resolución. Además, es recomendable que las empresas cuenten con canales de denuncia internos para que los empleados puedan reportar situaciones de posible corrupción de manera confidencial y segura, a los fines de investigar y tomar medidas adecuadas en caso de ser necesario.

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En paralelo, se pueden implementar controles internos, como por ejemplo, la segregación de funciones y la revisión cruzada de las actividades, para evitar posibles conflictos de interés y aumentar la transparencia en las operaciones de la empresa.

En este contexto, cabe preguntarnos ¿cuál es la capacidad de los gobiernos para combatir la corrupción? La respuesta depende de varios factores, como la voluntad política, la existencia de instituciones eficaces y la implementación de medidas preventivas y sancionatorias. En primer lugar, es fundamental que los gobiernos tengan la voluntad política de combatir la corrupción y establezcan políticas públicas que fomenten la transparencia y la rendición de cuentas. Esto implica que los funcionarios públicos y los líderes políticos, asuman un compromiso ético y moral con la lucha contra la corrupción. En segundo lugar, es necesario contar con instituciones eficaces con la capacidad y los recursos para prevenir y combatir el azote. Esto incluye a los organismos de control interno y externo, las fiscalías y los tribunales de justicia, entre otros. En tercer lugar, es importante implementar medidas preventivas y sancionatorias que disuadan a los individuos y organizaciones de incurrir en actos de corrupción. Esto puede incluir la adopción de políticas de transparencia y acceso a la información, la regulación de los conflictos de interés, la implementación de sistemas de control interno y la aplicación de sanciones penales y administrativas. En definitiva, la capacidad de los gobiernos para combatir la corrupción depende de un enfoque integral, el cual incluya la voluntad política, la existencia de instituciones eficaces y la implementación de medidas preventivas y sancionatorias. Al respecto, existen varios modelos sumamente útiles, como la norma ISO 37001, un estándar internacional de gestión anticorrupción. La misma fue publicada en octubre del año 2016 y proporciona un marco para que las organizaciones establezcan, implementen, mantengan y mejoren un sistema de gestión anticorrupción. La norma ISO 37001 se basa en la aplicación de medidas preventivas y de control para ayudar a las organizaciones a prevenir, detectar y abordar la corrupción. El cumplimiento de la misma puede ser utilizado como una herramienta para demostrar el compromiso de una organización con la lucha contra el flagelo.

Finalmente, la información y los medios de comunicación son factores clave en la lucha contra la corrupción. La transparencia y el acceso a la información son herramientas importantes para detectar y prevenir la corrupción.

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Los medios masivos de comunicación, por su parte, desempeñan un papel fundamental en la exposición de casos de corrupción, en la creación de conciencia y en la promoción de la rendición de cuentas. Es cierto que la tecnología y las redes sociales han transformado la manera en que la información se difunde y se consume, representando, a su vez, un notable impacto en la lucha contra la corrupción. Por un lado, la tecnología y las redes sociales se constituyen en poderosas herramientas en favor de la transparencia y la denuncia de casos de corrupción, permitiendo que la información fluya de manera más rápida y visibilizando hechos ocultos en el pasado. Además, la colaboración y el trabajo en red pueden ser fundamentales para la prevención y el combate de la corrupción. Sin embargo, existen ciertos riesgos y desafíos asociados a las redes sociales, como la manipulación de la información y la proliferación de noticias falsas o "hechos alternativos", lo cual puede generar confusión y dificultades para discernir la verdad. Es importante tener en cuenta que las redes sociales pueden ser utilizadas para difundir mensajes emocionales, responsables de simplificar excesivamente la compleja trama asociada a la problemática, en lugar de abordarla de manera rigurosa y fundamentada. Estas Jornadas son sumamente útiles para difundir estos temas, colaborando al bien común.

La industria de la construcción ha sido identificada como un sector vulnerable a la corrupción en muchos países alrededor del mundo. Los proyectos de construcción, involucran grandes cantidades de dinero, licitaciones públicas, y una amplia gama de partes interesadas, oficiando un entorno propicio para la corrupción. Además, la complejidad de esos proyectos puede dificultar la identificación de irregularidades y la implementación de medidas efectivas de prevención y detección de corrupción. Por estas razones, es importante que se preste especial atención a la industria de la construcción en los esfuerzos para combatir la corrupción.

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“El daño colateral en la Ley de Responsabilidad Penal y Transparencia: Ley 27.401” Dr. Rubén J. Silvarredonda Consultor en Compliance

La famosa frase "alea iacta est", en latín, o "la suerte está echada", en idioma español, se le atribuye a Julio César al cruzar el río Rubicón en el año 49 aC, desafiando las órdenes del Senado Romano y desencadenando la guerra civil en Roma. La frase se ha convertido en un proverbio para referirse a una situación donde no existe vuelta atrás y se ha tomado una decisión irreversible.

El combate contra la inmoralidad implica una decisión sin retorno. La historia es muy antigua. El derecho anglosajón en el Common Law ha desarrollado herramientas legales para combatir la corrupción, como la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés) en los Estados Unidos, y la Ley de Soborno del Reino Unido. Estas leyes establecen penas severas para las empresas y los individuos involucrados en actos de corrupción en el extranjero. A raíz de ello, muchas empresas estadounidenses y británicas han implementado programas de compliance para prevenir y detectar actos de corrupción en sus operaciones internacionales. Veamos otro caso: Friedrich Karl von Savigny fue un jurista alemán, nacido en Fráncfort del Meno el 21 de febrero de 1779 y fallecido en Berlín el 25 de octubre de 1861, fundador de la escuela histórica del derecho alemana. Este jurista demostró que en el ámbito del derecho existen interpretaciones y puntos de vista encontrados, lo cual puede dificultar la toma de decisiones y la aplicación de las normas en la práctica. En mi campo, las ciencias económicas, aunque también pueden existir diferencias de opinión, hay un mayor énfasis en la objetividad y en la utilización de métodos empíricos para llegar a conclusiones. Por su parte, Otto Friedrich von Gierke, historiador del Derecho y político alemán, uno de los principales representantes de la Escuela Histórica del Derecho, sostenía que la sociedad no solo es un conjunto de individuos, sino también, muestra una personalidad colectiva y participa activamente en la creación y desarrollo del derecho. En su obra "Teoría de las Asociaciones", argumenta que las asociaciones son la unidad básica de la vida social y cada una de ellas presenta su propia personalidad jurídica, diferente a la de sus miembros individuales.

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Según Otto Friedrich von Gierke, la sociedad es una entidad viva y dinámica, la cual se desarrolla y evoluciona junto con el Derecho. Otra mirada la aporta la Foreign Corrupt Practices Act (FCPA), una ley estadounidense enfocada en la prevención de sobornos a funcionarios extranjeros por parte de empresas estadounidenses. La misma fue promulgada en el año 1977, siendo enmendada en distintas ocasiones desde entonces. La FCPA establece dos tipos de delitos: El soborno de funcionarios públicos extranjeros y la contabilidad inadecuada o la falta de controles internos en las empresas los cuales habilitan los mencionados sobornos. La citada ley establece sanciones civiles y criminales, conformando un verdadero modelo para normas similares en otros países, colaborando al establecer encuadres internacionales contra la corrupción empresarial. Ahora bien, ¿qué decisión tomamos cuando se debe punir a una persona jurídica? Porque si la responsabilidad es administrativa, generalmente se sigue un proceso de sumario administrativo, donde se investiga la presunta infracción y se determinan las sanciones correspondientes. En este caso, la sanción puede incluir una multa o la revocación de permisos o licencias necesarios para operar. En cambio, si la responsabilidad es penal, se inicia un proceso judicial donde se investiga y se determina si la persona jurídica ha cometido un delito.

En caso de dictarse la culpabilidad, se pueden aplicar sanciones penales, como multas o incluso la disolución de la empresa. Es importante mencionar que la responsabilidad penal de las personas jurídicas es un tema relativamente nuevo en muchos países, desarrollándose en la actualidad debates sobre cómo aplicar este tipo de sanciones de manera efectiva y justa. En paralelo, ¿qué sucede con la culpabilidad objetiva y subjetiva? La distinción entre culpabilidad objetiva y subjetiva se refiere a cómo se evalúa la responsabilidad penal de una persona. La culpabilidad subjetiva implica que una persona ha actuado con intención o conocimiento de que su acción era ilegal. La culpabilidad objetiva, por otro lado, se refiere a la responsabilidad de una persona por el resultado de sus acciones, independientemente de si tuvo la intención de causar ese resultado o no. En muchos sistemas legales, incluyendo el derecho penal de algunos países, la culpabilidad objetiva ha sido criticada por ser demasiado amplia en su alcance, llevando a la condena a personas sin intención de cometer un delito. Sin embargo, en otros sistemas legales, la culpabilidad objetiva se utiliza para aumentar la responsabilidad de las personas por sus acciones, especialmente, en casos de resultados graves o peligrosos.

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Las dos preguntas formuladas sirven de justo marco para introducirnos en nuestra Ley N° 27.401 o Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, sancionada en noviembre de 2017 y en vigencia desde marzo del año 2018. Esta ley establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos cometidos en su nombre o en su beneficio por parte de sus representantes legales o empleados, y formaliza sanciones capaces de incluir multas, decomiso de bienes, suspensión temporal o definitiva de actividades, entre otras. La Ley N° 27.401, establece, además, la necesidad de contar con un Programa de Integridad o Compliance para prevenir delitos y reducir el riesgo de responsabilidad penal de la persona jurídica. Chile implementó la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el año 2009, siendo uno de los primeros países en Sudamérica en hacerlo. Desde entonces, ha habido otros países en la región que han adoptado esta figura legal, como Colombia, Perú, México y Argentina, entre otros. En uno de los países mencionados, Perú, interviene la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), un órgano encargado de recibir, analizar y transmitir información sobre operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo a las autoridades competentes para su investigación y sanción, similar a la UIF de Argentina, establecida por la Ley Nº 25246.

Sin embargo, es importante ser firmes en la lucha contra la corrupción y tomar medidas efectivas para prevenirla y sancionarla. El ingreso de Argentina a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), requiere cumplir con ciertos estándares y normas internacionales en materia de gobernanza y transparencia, por ende, es crucial adoptar medidas para cumplir con los citados requisitos. Pero nuestro país aprobó, quizás tibiamente, el modelo chileno, si bien desde el año 2001 y con la supervención de la OCDE, se trabajaba en un grupo sobre la temática de la corrupción, Argentina optó por la aplicación de la responsabilidad penal. Chile, insisto en este punto, fue uno de los primeros países de América Latina en adoptar la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el año 2009, a través de la Ley N° 20.393. La normativa establece la posibilidad de sancionar a las empresas por delitos de corrupción, lavado de activos y financiamiento del terrorismo, entre otros. La ley chilena insta a las empresas a ser condenadas a multas, disolución, suspensión temporal o definitiva de actividades y otras sanciones previstas en el Código Penal. Además, dicta que para configurar la responsabilidad penal de una empresa, es necesario que el delito sea cometido por una persona la cual ostente un alto cargo o jerarquía en la

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organización, o haya sido posible por falta de supervisión o controles adecuados por parte de los órganos administrativos. La responsabilidad penal de las personas jurídicas en Chile ha tenido un importante impacto en la lucha contra la corrupción, siendo reconocida internacionalmente como un modelo a seguir en la región. Por ello, voy a adentrarme en la revisión de algunos de sus principales artículos. En primer lugar, la Ley chilena no define explícitamente el beneficio indebido, sin embargo, lo establece como el lucro o ventaja patrimonial que obtiene una persona natural o jurídica, en forma directa o indirecta, como resultado de la comisión del delito de corrupción. De esta forma, el beneficio indebido puede ser cualquier tipo de ganancia ilícita obtenida por la comisión de un delito de corrupción. En segundo lugar, la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el contexto de delitos contra la administración pública y fraude contra la administración pública se encuentra contemplada en la legislación de varios países. En Argentina, por ejemplo, la Ley Nº 27401 establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos de corrupción, también incluye delitos contra la administración pública y fraude contra la administración pública. Esto significa que las empresas pueden ser penalmente responsables por actos de corrupción cometidos en su nombre o beneficio, así como por actos de fraude o corrupción llevados a cabo por sus empleados o representantes en el desempeño de sus funciones. Se agrega aquí otro punto interesante, que nos cabe a los profesionales de las Ciencias Económicas: “El delito de balance falso”, el cual consiste en la presentación de balances, informes, documentos contables u otros instrumentos de naturaleza similar que contengan información falsa o inexacta, con la intención de engañar o defraudar a terceros o al Estado.

Este delito es considerado un delito contra la fe pública, al atentar contra la veracidad y la confianza responsables de inspirar los documentos contables. En el contexto de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el artículo 300 bis, establece que las personas jurídicas pueden ser responsabilizadas penalmente por la comisión de este delito, cuando el mismo se desarrollara en su beneficio directo o indirecto. En Argentina, existen pocos casos de sentencias por balance falso. En general, cuando se detectan irregularidades en los balances de las empresas, se suelen investigar y sancionar bajo otras figuras delictivas, como la defraudación o la falsificación de instrumento público. Sin embargo, la inclusión del delito de balance falso en la Ley de Responsabilidad Penal

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de las Personas Jurídicas es un avance importante en la lucha contra la corrupción y el fraude en el ámbito empresarial. Otro punto radica en el artículo 23 del Código Penal argentino, el cual establece las circunstancias de atenuación de la pena. Dichas circunstancias se refieren a situaciones como la confesión espontánea del delito, el arrepentimiento y la reparación del daño causado. Sin embargo, como mencioné previamente, en el caso de la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, las penalidades suelen ser agravadas en lugar de atenuadas, debido a la gravedad del delito y la necesidad de enviar un mensaje claro de “tolerancia cero contra la corrupción”. Si bien contar con un programa de cumplimiento normativo puede ser muy útil en caso de presentarse una situación de incumplimiento de la ley; vale destacar que en sí mismo, no es suficiente para eximir de responsabilidad a la persona jurídica. La Ley Nº 27401 establece que el programa de cumplimiento puede ser considerado como una atenuante de la responsabilidad penal, es decir, puede reducir la pena impuesta a la empresa. No obstante, dicho atenuante solo se aplicará si el programa de cumplimiento fue implementado de manera efectiva, es decir, si se demostró su correcto funcionamiento en el momento de registrarse el delito. Además, el hecho de contar con un programa de cumplimiento no exime a la empresa de su responsabilidad por el desfalco cometido. La empresa sigue siendo responsable de reparar el daño causado y de tomar las medidas necesarias para prevenir su ocurrencia en el futuro. En cuanto a la característica de un programa de integridad, vale explicitar algunos elementos clave como contar con un código de ética, manual de procedimientos, entrenamiento al personal y una línea de denuncias. Se destaca la importancia de la figura del compliance officer, encargado de supervisar y asegurar el cumplimiento de las normas éticas y legales por parte de la empresa. La posibilidad de establecer acuerdos o convenios con autoridades o instituciones, como una forma de demostrar el compromiso de la empresa con la transparencia y la integridad en sus operaciones, destaca la efectividad de un programa de integridad, la cual dependerá en gran medida, de la cultura ética de la empresa y de la voluntad real de cumplir con las normas y valores establecidos. Ahora bien, supongamos que formamos parte de un grupo económico y decidimos comprar cuatro o cinco empresas constructoras, ¿nos eximimos de algún problema precedente con la Ley Nº 27401?

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No, no es posible eximirnos de responsabilidad por acciones ocurridas antes de adquirir las empresas, incluso si se llevó a cabo una debida diligencia antes de la adquisición. La ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas establece la responsabilidad objetiva, ello significa que la empresa es responsable por cualquier delito cometido por sus empleados o terceros que actúen en su nombre, independientemente de si la empresa conocía o no de la actividad delictiva. Me interesa en este contexto, apelar a un ejemplo práctico: Supongamos que una empresa constructora debe resolver la capa asfáltica de una ruta, cuyo Pliego de Especificaciones Técnicas establece en 10 cm de espesor, viéndose tentada a aplicarla en 5 cm de espesor a fin de obtener una diferencia económica. Para ello apela a brindar un beneficio antiético a los inspectores para que “hagan la vista gorda”. Desde luego, cualquier acto que vulnere la transparencia y legalidad de la licitación y la obra en cuestión, para beneficiar indebidamente a la empresa constructora, puede ser considerado como un delito de corrupción. El ejemplo planteado conforma un claro caso de corrupción y cohecho, donde se intenta sobornar a los inspectores para obtener una ventaja ilegal en una licitación. Este tipo de conductas están claramente tipificadas como delitos en la ley y pueden acarrear consecuencias penales graves.

El cohecho, en la práctica, inicia con un 25% del valor en juego y luego se procede a una espuria negociación para establecer el valor adecuado para las partes. Cabe aquí lo explicitado en referencia al beneficio indebido, vale decir, cualquier tipo de ventaja o beneficio recibido de manera ilícita o inapropiada, quebrando la conducta ética o legalmente correcta. En el contexto de la corrupción, el beneficio indebido se relaciona con la obtención de beneficios económicos, políticos o de cualquier otra índole a cambio de realizar acciones lícitas o en contra del interés general. Volvamos a nuestro caso. Supongamos que quienes deben aprobar una capa asfáltica de menor espesor son cinco, pero un de ellos es Supervisor. Seguramente, dada su jerarquía, este último reclamará un porcentaje mayor. Si la capa asfáltica permite un ahorro, por ejemplo, de unos 120 millones de pesos y proponíamos un 25% de cohecho, la empresa retiene 30 millones y comienza a formalizar, contablemente, un “prorrateo” entre los participantes, reconociendo con mayores valores a los más importantes y quienes no lo son, pero participan de la estafa. Ahora bien, la pregunta es ¿qué profesional de las ciencias económicas se animará a firmar un documento donde obre esta verdadera estafa? Hablamos de un auditor externo o, el

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síndico de la comisión fiscalizadora de esta supuesta empresa constructora que conforma una sociedad anónima… En este punto, creo pertinente definir el concepto de “Daño colateral”, el cual se utiliza en la guerra como un eufemismo, un sofisma. El mismo se refiere a los daños indirectos o secundarios producidos como resultado de una acción o decisión, especialmente, en el contexto de una guerra o conflicto armado. A menudo, se utiliza como un eufemismo para minimizar o justificar la pérdida de vidas humanas, lesiones y daños materiales los cuales no formaban parte del objetivo principal de una acción militar. El término se popularizó durante la Guerra de Vietnam, donde se informó de manera habitual sobre el número de "daños colaterales" causados por las operaciones militares estadounidenses. Sin embargo, el término también se emplea en otros contextos, como en el ámbito legal o empresarial, para referirse a los efectos secundarios no deseados de una acción o decisión.

Personalmente, entiendo al “daño colateral” como el perjuicio causado por la acción o inacción en un proyecto llevado a cabo en distintos ámbitos de la vida civil, donde se requieren fondos públicos. Si recuperamos nuestro ejemplo, vamos a listar los “daños colaterales” de no colocar los 5 cm de capa asfáltica necesaria, dada la inobservancia de los controles pertinentes a cambio del cohecho ofrecido. La ley no contempla expresamente el concepto de daño colateral, pero en términos generales, se refiere al daño indirecto o consecuencial provocado como resultado de un acto ilícito. Es decir, no es el daño directo causado por la acción en sí misma, sino el daño extendido a terceros, ya sea de forma inmediata o a largo plazo. En el caso de la construcción de una carretera con una capa asfáltica insuficiente, el daño colateral podría manifestarse en accidentes de tránsito, reparaciones y mantenimientos adicionales, así como en daños personales y materiales a los usuarios de la carretera. Es importante tener en cuenta que, aunque el daño colateral no esté previsto en la ley de manera específica, sí puede ser considerado por el juez al momento de determinar la responsabilidad y el resarcimiento de los perjuicios causados. Estableciendo conclusiones, es necesario tomar en cuenta el daño colateral en la evaluación de las consecuencias de los actos de corrupción. Paralelamente, se debe reforzar la educación y concientización sobre la importancia de la ética en el ámbito público y privado. Es capital fortalecer los controles y la transparencia en los procesos licitatorios y de con-

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tratación. Por último, resulta crucial implementar medidas efectivas para prevenir, detectar y sancionar la corrupción, como la creación de sistemas de denuncia anónima y la protección de los denunciantes. La ley actual necesita ser mejorada y ampliada para abordar los diversos aspectos de la corrupción y los daños colaterales que puede causar. Es fundamental la colaboración internacional para la prevención y persecución de casos de corrupción transnacional. En resumen, se necesitan esfuerzos integrales y sostenidos para combatir la corrupción y sus consecuencias negativas en la sociedad. La complejidad y multicausalidad de los casos de corrupción requiere de peritos especializados y bien entrenados, responsables de evaluar correctamente los daños colaterales y el beneficio indebido en cada situación.

Una mayor inversión en la justicia colaborará con los recursos necesarios para llevar adelante las distintas investigaciones de manera eficaz y eficiente. La cooperación de los consejos profesionales es esencial para garantizar la transparencia y la ética en la práctica de las distintas profesiones. Los consejos pueden brindar capacitaciones, generar auditorías y sugerir normativas capaces de regular el ejercicio profesional, con el objetivo de evitar la corrupción y el beneficio indebido. Además, la colaboración de los profesionales en las investigaciones y juicios resultan cruciales para aportar pruebas y conocimientos especializados, imprescindibles para impulsar una resolución justa y acertada. En definitiva, la lucha contra la corrupción y el beneficio indebido es un trabajo en equipo que involucra a toda la sociedad y requiere el compromiso de los distintos actores, incluyendo a los profesionales y los consejos y colegios encargados de su regulación. En algunos países, existen programas de recompensas para motivar a las personas a denunciar casos de corrupción. Estos programas pueden ser efectivos para descubrir casos los cuales, de otra manera, no se conocerían, manteniendo y garantizando en secreto la identidad del denunciante para evitar represalias. Sin embargo, es importante considerar la factible generación de falsas denuncias con el fin de obtener la recompensa, por ende, se deben establecer mecanismos adecuados para verificar la veracidad de las delaciones. Finalmente, creo pertinente se lleve a cabo una reforma de la ley Nº 27401, dado que, por todo lo mencionado, entiendo, amerita un ajuste. No se trata de una mala Ley, pero quizás demande ciertas adaptaciones. Es común que las leyes necesiten ajustes y actualizaciones periódicas para adaptarse a los cambios y desafíos de la sociedad. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la

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reforma de una ley es un proceso demandante de tiempo, análisis y debate para garantizar que los cambios propuestos sean efectivos y justos. La definición moderna de "banquete" difiere de la original, referida a un encuentro social en donde se bebía. La palabra puede ser interpretada de diferentes maneras, pero en general, sugiere que nuestras percepciones y entendimientos de ciertos conceptos pueden cambiar con el tiempo y la evolución de la sociedad y su cultura. Existen amantes de la sabiduría, del honor y de la ganancia, pero muchas veces, omitimos en este listado a los corruptos. La corrupción puede ser vista como una búsqueda egoísta y deshonesta de ganancias personales, en contraposición a los ideales y frutos de la sabiduría y el honor.

“La sociedad y los medios frente a la corrupción” Dr. Diego Cabot Prosecretario de Redacción del Diario La Nación

Desde mi punto de vista y desde mi trabajo, me he dedicado más a lo fáctico respecto de lo teórico, pero en ocasiones, necesito formalizar un repaso por lo teórico para entender los sucesos. Se han presentado hasta aquí varios enfoques muy completos y teóricos sobre la cuestión regulatoria de la corrupción, pero deseo ir exactamente por otro lado, básicamente, por lo verificado desde el periodismo en cuanto a la problemática planteada. Permítanme explicitar la siguiente anécdota. Hace un tiempo, allá por el año 2019, me invitaron a concurrir al Coloquio de IDEA, encuentro empresario desarrollado anualmente, para exponer en base a la conocida investigación que llevé a cabo en el diario La Nación sobre “Los cuadernos de la corrupción”. En un encuentro previo al Coloquio, al cual habían asistido cerca de 100 CEOs de importantes compañías, se me ocurrió preguntar ¿quién de todos ustedes se enteró de la corrupción en Argentina a partir de mi investigación? Absolutamente nadie, ninguno de los participantes sentados a la mesa, levantó la mano.

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En este momento, también le preguntaría al lector: ¿Usted se enteró de la corrupción en nuestro país a partir de la investigación que yo hice? Si alguno levanta la mano, posiblemente, se trate de un extranjero de paso por nuestro suelo, y si no, permítanme no creerle, porque además soy desconfiado y una parte de mi sueldo en La Nación me lo pagan por desconfiar.

Entonces, cabe preguntarse si a la sociedad argentina le interesa, realmente, combatir la corrupción. Lamentablemente, es así y mi punto de vista puede fundamentarse desde abajo hacia arriba, desde arriba hacia abajo, desde los costados, desde donde queramos. Excúsenme de ser absolutamente injusto o justo con el poder y explicar esta situación diciendo: “Al poder en la Argentina no le interesa, en lo más mínimo, luchar contra la corrupción”. Cuando hablo del poder no hago foco, exclusivamente, en los políticos. Me refiero a las empresas, las cuales también, comparten el poder. Hablo de los sindicatos, solidarios con el poder. Me refiero a las denominadas organizaciones sociales, las cuales comparten el poder. Incluyo al periodismo, que también, forma parte del poder… El Estado argentino otorgó, recientemente, el 30% del presupuesto de la obra pública, un monto cercano a los 300 millones de pesos, a diversas organizaciones sociales, las cuales no tienen ni capacidad, ni ingeniería, ni inversión, ni capital de trabajo, ni ganas siquiera de construir. Sin embargo, el Estado les entregó, por decreto, el 30% del presupuesto destinado a la obra pública. Podría escribir una documentada nota sobre el tema, contando detalles y pormenores del asunto. Claramente, el otorgar el dinero desde el Estado de esta forma arbitraria y discrecional, más atenta a “quedar bien” con los dirigentes sociales, que con disponer adecuadamente los destinos de esos fondos, habilita un sinnúmero de actos corruptos, donde el dinero se esfuma con total facilidad. Entonces, desde el poder político en la Argentina no existe una intención clara y concreta de luchar contra la corrupción, como una decisión de Estado, como una cuestión estructural. La política se ha encargado, durante muchas décadas, de romper el link que la sociedad debería hacer con la corrupción, puesto que la misma, afecta la vida de cada uno de nosotros. La inmoralidad en el manejo de los recursos deriva en menos rutas, menos infraestructura, menos desarrollo social; hundiendo a nuestro país y a sus protagonistas en la más absoluta pobreza, no solamente económica, sino también, ética y humana.

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La medición de la pobreza no solo debe basarse en los ingresos, sino también, en el acceso a servicios básicos e infraestructura adecuada. Muchas veces, personas con ingresos que superan el umbral de la pobreza pueden encontrarse en situación de precariedad, debido a la falta de acceso a servicios esenciales como agua potable, electricidad, saneamiento básico, transporte, entre otros. Es importante tener en cuenta estos aspectos para abordar eficazmente la pobreza y mejorar la calidad de vida de las personas. Entonces, ese link que debería hacer la sociedad, respecto de que la corrupción afecta decisivamente la vida de cada uno de nosotros, se encuentra interrumpido. Nuestra sociedad no logra establecer ese vínculo entre la corrupción y su impacto en la vida cotidiana. Resulta clave tomar conciencia de que la corrupción no solo afecta la economía del país y la eficiencia del Estado, sino que acarrea graves consecuencias en la calidad de vida de las personas, especialmente, en los sectores más vulnerables. La falta de transparencia en el financiamiento de la política genera permanentes sospechas de inmoralidades y debilita la confianza de la ciudadanía en sus representantes. Los partidos políticos y los candidatos deberían verse interpelados en demostrar, de manera clara y detallada, el origen y el destino de sus fondos, sometiéndolos ante mecanismos efectivos para la fiscalización y sanción de irregularidades. Este puede ser un paso importante para prevenir y combatir la corrupción en la política, pero los argentinos hemos naturalizado el siguiente concepto: “Los funcionarios públicos que transitan por el poder no trabajan nunca más”. Pero ello, precisamente, constituye una sospechosa anomalía. Personalmente, si mañana abandonase mi trabajo debería buscar una ocupación alternativa para mantener a mi familia. Sin embargo, hemos naturalizado que los políticos dejan de trabajar y continúan sosteniéndose económicamente, con sueldos los cuales, claramente, no les habilitaron una capacidad de ahorro congruente con sus estilos de vida... El esquema político completo, no el de un gobierno en particular, no ha generado un sistema de financiamiento claro y concreto el cual permita conocer, exactamente, los costos implicados en el sostenimiento de una estructura política. En función de ello, todos suponemos que en esos lugares o nichos donde el Estado se comunica con el sector privado a través de algún tipo de contrato, ya sea de obra pública, de provisión, de concesiones u otros, genera un ámbito de beneficio personal para los políticos. Ese esquema el cual exhibe una anomalía política, conforma también, una anomalía empresarial. Existe una gran cantidad de sectores empresarios quienes se sienten muy có-

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modos en ese Estado, al mantener vigentes esos vidriosos canales verticales de financiamiento. En este contexto, el Estado se ha hecho presente, cada vez más, en la vida de todos los sectores sociales y económicos. Si yo les dijese que el Estado se retira como gran actor del mundo de la publicidad, posiblemente, se depure el mercado de los medios de comunicación, pudiendo ser muy pocos aquellos capaces de sostenerse económicamente. Si el Estado renuncia como gran contribuyente a participar en otros sectores, imagino, ocurriría exactamente lo mismo. Por ejemplo, en la industria de la construcción, retirándose de la obra pública. ¿Qué pasaría? Bueno, posiblemente, algunas empresas caerían por su propio peso. Se verifican algunos casos concretos, puntuales y extremos. Austral Construcciones, por ejemplo, inició su vida el 23 de mayo del año 2003 y finalizó su actuación el 11 de diciembre de 2015, coincidiendo exactamente, con el cierre de un periodo político. No existe arquetipo más evidente. La incursión del Estado conforma un punto clave y fundamental para el crecimiento o la subsistencia absoluta de la corrupción como gran tema en la Argentina.

Un aspecto absolutamente pendiente, lejano a la agenda política… En este punto, podemos trazar una simetría entre el retorno y la corrupción, pero esta última resulta ser muchísimo más omnipresente. La marcada presencia del Estado en la economía argentina, genera una relación poco transparente con los reguladores. En algunos casos, dichos reguladores pueden verse influenciados por intereses políticos o económicos, en lugar de tomar decisiones basadas en el interés público y la transparencia. Por ello, es crucial establecer mecanismos de control y transparencia en la relación entre reguladores y regulados, fomentándose instrumentos efectivos y justos. Quien hoy le habla al oído al regulador puede conseguir mañana un beneficio jamás obtenido de manera tan veloz compitiendo, de verdad, en el mercado. El exceso de regulación y la intervención del Estado en todos los ámbitos pueden generar problemas de corrupción y burocracia. Cuando se suman demasiados trámites y regulaciones, existen más oportunidades para que los funcionarios públicos, o los particulares, puedan aprovecharse de las situaciones y obtener beneficios a costa del sistema.

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La falta de transparencia y la complejidad de los procedimientos, dificultan la detección y prevención de distintas inmoralidades. Hoy por hoy, si la ingeniería civil desarrollara un buen lobby, lograría un tipo de cambio exclusivo: El dólar CPIC, mejorándoles su rentabilidad en un 50%...

Eso es hoy Argentina, un país el cual genera enormes regulaciones, muy personales, arbitrarias, donde el trato con el regulador mejora o empeora. Históricamente, nuestro país funcionó de esta manera, pero la sobrerregulación y falta de normas generales claras originan una situación de desigualdad en el cumplimiento de las normas y favorece a los negociados. El Estado supone una presencia reguladora efectiva, pero las normativas impuestas deben ser claras, sencillas y aplicables de manera justa y equitativa para todos los actores, con mecanismos de control y supervisión capaces de garantizar eficaces cumplimientos. Si le consultara a cada uno de ustedes por la situación impositiva personal, posiblemente, obtengamos tantos regímenes distintos como personas. Porque si alguno desarrolla tareas en el sector del petróleo, quizás no paga el impuesto a las ganancias, y otro ingeniero quien hace el mismo trabajo en un ámbito distinto, debe abonarlo. El trato con el regulador puede generar notables beneficios o perjuicios para empresas o particulares. Mientras el Estado continúe interfiriendo y ganando un desmedido poder dentro de una economía cada vez privada, más pequeña y dependiente, los nichos de corrupción se multiplicarán. Vale tomar la siguiente referencia para medir la cuantía del tema. En el año 2003, el Estado argentino representaba el 24% del PBI. Hoy representa el 45%, y dependiendo el tipo de cambio aplicado, podemos incluso, superar el mencionado porcentaje. Si en paralelo, observamos el crecimiento del parque de rutas argentinas de los últimos 30 años, apreciamos un ínfimo aumento. Gastamos más, pero hacemos menos. Es claro hacia donde se desvían esos fondos… El tamaño del sector público no es necesariamente un problema en sí mismo, ya que hay países con un sector público grande pero que funcionan eficientemente y proveen servicios de alta calidad a la población. El problema radica en la forma de administración del dinero público y en la falta de un plan de desarrollo claro el cual permita orientar el gasto hacia áreas prioritarias y estratégicas para el crecimiento económico y social del país.

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La marcada ausencia de transparencia en la gestión de los recursos públicos logra que el dinero destinado a programas y proyectos vitales, termine desviándose hacia intereses particulares, o simplemente, perdido en el camino. La comparación entre el tamaño del Estado en diferentes países debe tener en cuenta no solo el porcentaje del PBI que representa, sino también, el paquete de servicios y beneficios ofrecido a la población. La eficiencia y calidad de esos servicios, son los considerados en la evaluación del desempeño del Estado. Por ello, la corrupción quizás no asuma una razonable trascendencia entre los distintos sectores sociales, quienes vivencian urgencias mucho más tangibles respecto de la institucionalidad de los contratos o de la transparencia de los mismos. Arribamos a tres posibles conclusiones: Primero, la economía manda e influye en los gustos electorales, por fuera de los niveles de inmoralidad encarnados por los representantes partidarios. Segundo, existe un creciente descontento en la sociedad respecto a la falta de progreso en distintos ámbitos, así como en la calidad de los servicios recibidos a cambio de los impuestos abonados. Esto ha llevado a que cada vez más personas cuestionen el papel del Estado y la forma de gestión de los recursos públicos, y a exigir mayor transparencia y eficiencia en la administración gubernamental. Tercero, Argentina debería empezar a caminar hacia regulaciones más generales, las cuales consientan menos “confesionarios” para hablarle al oído a los distintos funcionarios.

Como nación, como sociedad, hemos perdido algunas valiosas oportunidades para legislar, de verdad, sobre temas de corrupción. Por ejemplo, el caso de los cuadernos afectó, prácticamente, a un gran porcentaje de las empresas e instituciones involucradas en la obra pública. Allí se podría haber avanzado en algún tipo de sistema como el aplicado en los Estados Unidos, donde las empresas e instituciones afectadas asumen sus culpas, presentan un plan de acción, pagan una multa y siguen funcionando, pero reconociendo sus hechos pecaminosos. Avanzar contra todos y tratar de meter presos a centenares de empresarios y funcionarios no representa una solución efectiva. Sin embargo, es importante habilitar medidas de prevención, control y sanción para evitar la corrupción y la impunidad. Hoy, transitamos una verdadera “entelequia judicial”, de final incierto, pero en lo administrativo, todas las empresas e instituciones continúan operando en el mercado, prácticamente, sin ningún tipo de problema. El proceso de una investigación y juicio puede tener un impacto en la imagen y reputación de un empresario, aunque sea absuelto posteriormente. Sin embargo, una sociedad ética

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establece mecanismos efectivos para prevenir la corrupción y castigar a quienes la cometen, sin importar su posición social o económica. No creo que hoy por hoy, las mencionadas configuren prioridades, ni para los funcionarios, ni para la política en general. En ese sentido, hay mucho por hacer. Es cierto que la justicia trabaja con las leyes otorgadas por el poder legislativo y ejecutivo, pero también, muestra un rol importante en la aplicación de esas leyes y en la interpretación de las mismas. La independencia y la efectividad del poder judicial es fundamental para el éxito de cualquier lucha contra la corrupción. Sin embargo, como mencionamos, la decisión política es clave para avanzar en este tema, ya que es necesario asumir un compromiso real de los gobiernos y los líderes políticos para llevar adelante planes de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción. Si bien la justicia permanece limitada por las leyes y recursos asignados por otros poderes del Estado, vale recordar que ostenta una responsabilidad fundamental al garantizar el cumplimiento de las leyes y proteger los derechos de la ciudadanía. En muchos casos, la justicia puede actuar de forma independiente y buscar la verdad, aunque esto puede requerir de un esfuerzo extra y enfrentar obstáculos políticos o institucionales. Como ciudadanos, nunca debemos perder una visión crítica de la justicia y de su papel en la sociedad, pero al mismo tiempo, reconocer su trascendental rol como garante de los derechos y libertades fundamentales. El sistema judicial argentino enfrenta desafíos y limitaciones, como la falta de recursos, la sobrecarga de trabajo y la lentitud en algunos procesos. Ciertas leyes y normas pueden ser interpretadas de manera permisiva para las defensas, dificultando la efectividad de la justicia. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la justicia es una parte fundamental del sistema democrático y es necesario continuar trabajando en mejorarla. La independencia del poder judicial, la profesionalización de los jueces y la modernización de los procesos son algunas de las medidas capaces de contribuir a fortalecer el sistema judicial y garantizar un acceso a la justicia más efectivo.

Estoy de acuerdo en que la política debe imponer el tema en la agenda y para que lo haga, la sociedad debe presionar. Muchas personas tienen preocupaciones inmediatas y urgentes, como llegar a fin de mes, pero estimo fundamental tener en cuenta la necesidad de abordar aspectos estructurales, responsables de afectar la vida de la sociedad a largo plazo.

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En última instancia, la clave radica en lograr un equilibrio entre atender las necesidades inmediatas y abordar los problemas estructurales para construir una sociedad más justa y equitativa. Cuando la corrupción se vuelve tan generalizada y sistemática, incluso aquellos que podrían denunciarla temen las represalias y las consecuencias negativas para su propia carrera o empresa. Esto es especialmente cierto cuando la corrupción se ha entrelazado tanto con el sistema que la mayoría de las personas siente una enorme frustración al no poder transformar la realidad.

Para que haya una verdadera lucha contra la corrupción, se necesitan cambios significativos en el sistema político y judicial. Ello demanda un fuerte liderazgo político y la participación activa y comprometida de la sociedad civil. También se necesitarían reformas legales y políticas que permitan una mayor transparencia y responsabilidad en el gobierno y las empresas. En la Argentina, la falta de ejemplos exitosos en la lucha contra la corrupción, ha llevado a una situación donde la sociedad no tiene confianza en la capacidad de la justicia para investigar y sancionar la corrupción, por lo tanto, no se denuncian casos. En otros países, como Brasil, ha habido casos exitosos donde los empresarios involucrados en sucesos antiéticos fueron efectivamente condenados y se ha logrado recuperar parte del dinero obtenido de manera ilícita. Por ello Brasil conforma un caso paradigmático, por su extensa historia de corrupción en la obra pública, en particular, relacionada con la empresa estatal Petrobras y la construcción de grandes obras como presas, carreteras y estadios para la Copa del Mundo. En los últimos años, Brasil ha llevado a cabo una serie de investigaciones y juicios, conocidos como “Operación Lava Jato”, que han llevado a la condena de políticos, empresarios y otros implicados en la corrupción relacionada con Petrobras y otros proyectos de infraestructura. Entre los condenados se encuentran el expresidente Lula da Silva y el empresario Marcelo Odebrecht. La Operación Lava Jato ha sido ampliamente elogiada por haber demostrado que nadie está por encima de la ley y al haber sentado un precedente para combatir la corrupción en Brasil y en otros países de América Latina. Sin embargo, también ha sido criticada por sus métodos, que incluyen el uso de delaciones premiadas y la prisión preventiva prolongada, y por su impacto en la economía del país debido a la suspensión de proyectos y el aumento de la incertidumbre para los inversores.

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En el mundo del poder y la política, la sospecha y la desconfianza son comunes. Pero vale recordar que la justicia se basa en el principio de presunción de inocencia, es decir, toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Puede haber sospechas, siendo necesario investigar y probar los hechos, pero no se puede condenar a alguien, simplemente, mediante sospechas o acusaciones sin pruebas contundentes. La justicia debe ser imparcial y seguir los procedimientos legales para garantizar los derechos de todas las personas involucradas en un caso. No obstante, ¿qué le importa a un empresario ser sospechado si no lo sacan de ninguna licitación, de ninguna compra?, ¿qué le importa a un funcionario ser sospechado, e incluso condenado, si se presenta igualmente a elecciones?... he allí ante nosotros, la sociedad, un problema sumamente serio. La sociedad argentina demanda resultados concretos en términos de justicia y castigo a los responsables de la corrupción. Sin embargo, también es importante tener en cuenta que en algunos casos la evidencia no es suficiente para demostrar la culpabilidad de una persona o entidad, y que en otros casos se aprecian factores capaces de dificultar, e incluso impedir, un juicio justo y equitativo. Además, es cierto que en Argentina a veces se minimizan los hechos de corrupción o se les quita importancia. Esto puede deberse a varios factores, como la polarización política, la falta de confianza en las instituciones, la marcada ausencia de transparencia en el manejo de la información, entre otros. La sociedad intenta entonces promover una cultura de la transparencia y la rendición de cuentas, para sumar confianza en que los casos inmorales serán investigados y sancionados adecuadamente. Por otra parte, siempre habrá sectores de la sociedad desconfiados respecto de las sentencias judiciales, sin importar la evidencia presentada o la objetividad del proceso. Sin embargo, esto no debería ser una excusa para no seguir trabajando en la lucha contra la impunidad y continuar generando procesos claros y transparentes, al tiempo de construir instituciones fuertes capaces de trabajar para proteger el Estado de Derecho y la justicia en nuestro país.

La confianza en la justicia no se logra de la noche a la mañana, pero es fundamental para construir una sociedad más democrática.

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Conclusiones

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Conclusiones Dr. Ing. Carlos Augusto Vallet Integrante de la Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC)

El paso del tiempo ha sido generoso en la valoración de ciertas instituciones, derechos y meros valores, transitados cuarenta años de democracia en nuestro país. Derechos Humanos, cuestiones relativas a la igualdad de género, la inclusión social, el respeto por el ambiente en términos de su cuidado y sostenibilidad, fueron visibilizados como aspectos inherentes a nuestro crecimiento como sociedad. En conjunto, las citadas cuestiones son fundamentales para el desarrollo de las sociedades y para garantizar un futuro próspero y justo para las generaciones presentes y futuras. Sin embargo, encienden señales de alarma fuertes retrocesos evidenciados en ciertos ámbitos como la educación, en función de su calidad y espectro de contención; el marcado deterioro y desigualdad sociales y como apreciaremos, la generalización de la corrupción. Desde ya, no se trata de un problema contemporáneo: A lo largo de la historia corrupción y abuso de poder abundan en diferentes sociedades y culturas, habiendo sido disparadores de episodios fundacionales de largas experiencias institucionales, que posteriormente significaran creación de leyes y sistemas de control para intentar prevenir y castigar esos actos.

El Rio de la Plata, desde la lejana época de dominación española en América Latina, fue centro de conductas habituales de corrupción y abuso de poder, en particular, en el contexto del comercio y su relación con el naturalizado contrabando. Razones no faltaban: el sistema de flotas y galeones, establecido por la Corona española para controlar el comercio entre América Latina y España, intentaba sin éxito monopolizar el tránsito y comercio de mercaderías, derivando en cantidad de prácticas corruptas, como el contrabando de mercancías de valor como el oro, la plata y el tabaco.

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Los funcionarios coloniales y los comerciantes establecidos en las ciudades portuarias, como Lima, Buenos Aires y Cartagena de Indias, participaron activamente en esas prácticas, lo que les permitía obtener ganancias ilícitas a costa del erario público y del comercio legal. Las conductas corruptas tuvieron un impacto negativo en la economía y el desarrollo de las colonias, ya que dificultaban el acceso a los recursos y mercancías necesarios para su crecimiento. El fallido derrotero del “crédito Baring”, durante el siglo XIX hasta inicios del Siglo XX, el proceso de diseño, licitación y construcción de los antiguos diques de “Puerto Madero” mostró la faceta visible de la corrupción en el ordenamiento estatal.

Certezas y mitos sobre la corrupción también están presentes en las curiosas esculturas del emblemático edificio del actual Ministerio de Acción Social de la Nación. Lo cierto es que se generó lentamente una costumbre local pacífica respecto a la falta de transparencia, impunidad que perduró, y lamentablemente, se profundizó en muchos ámbitos de la sociedad argentina hasta la actualidad. El fin del siglo XIX y los primeros años del siglo XX retratan palmariamente esas costumbres, plasmadas descarnadamente por el propio Enrique Santos Discépolo en su célebre “Cambalache”. Como acertadamente define la Real Academia Española, el concepto del vocablo corrupción consiste en el uso de lo común en beneficio propio, textualmente “…en las Organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho económico, o de otra índole, de sus gestores…”. Susan Rose Ackermann nos ha presentado en esta última Jornada otra interpretación integral del flagelo, para ella, corrupción significa “…El abuso del poder que nos ha sido confiado...” Esas dos definiciones conjugan cantidad de conductas llevadas a la práctica por parte del inconsciente colectivo público y privado. Continuamente, tropezamos con dichas prácticas grises, muchas de ellas, penalmente punibles. Como ya se manifestó, la etimología del vocablo “moral” proviene del latín “mores”, que significa costumbre, modo de vivir; es el carácter o la forma de ser de un individuo o de una sociedad.

Y esta práctica cotidiana en décadas, tal vez en siglos, se ha transformado en costumbre. Por ello, no ha sido descabellado plantear que existen numerosas sociedades cuyas “mores” (costumbres) se encuentran afectadas por este flagelo.

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Esta “costumbre” acerca de la “normalización de la corrupción” se ve en el tiempo acentuada por diferentes razones, como la falta de transparencia y rendición de cuentas, la debilidad de los sistemas de control y la impunidad de los actores corruptos. También, puede ser el resultado de la falta de una cultura de integridad y ética en la sociedad, donde se valore y promueva la honestidad y la responsabilidad.

Quizás sea incómodo aceptarlo, mirarnos al espejo y reconocerlo, pero una serie de indicios explicitan, con inocultable contundencia, que nos hallamos frente a una verdadera “moral de la corrupción”. Reconocer y poner “… sobre la mesa…” socialmente en evidencia este flagelo, en términos del acuerdo CPIC-GIACC, oportunamente signado, constituye el núcleo donde reside la razón de ser de estas Jornadas de Ética y Lucha Anticorrupción, que ya abarcan diez años de eventos consecutivos organizados desde la Comisión homónima del CPIC. La corrupción ha penetrado profundamente en nuestra sociedad, y visibilizarla constituye una primera manifestación efectiva de lucha para combatirla. Mas de cincuenta oradores asistentes desde la primera Jornada hasta el presente, demostraron desde ámbitos variados, y con diversos pensamientos, la posibilidad de paliar en principio, y disminuir significativamente en un futuro, este verdadero azote. Todos sus testimonios han sido resguardados y compilados cuidadosamente por parte de la Comisión de Publicaciones de nuestro Consejo, generando ejemplares como el que se presenta, los cuales reproducen con fidelidad esas disertaciones para que la palabra emitida sea sostenida en el tiempo, constituyendo un inestimable capital social, legado contemporáneo aportado por el CPIC. Los sucesivos volúmenes constituyen textos de consulta capaces de permitir a los interesados en la problemática, verificar las fundamentaciones de cada uno de los y las disertantes en torno a la materia, compilándose en cada edición de las Jornadas ELAC, nuevos conceptos, los cuales convergen en un factor común: la complejidad de una resolución de este problema social. Como intrincado dilema de raíces históricas, es un debate rechazado por amplios sectores influyentes de la sociedad, donde resalta la clase dirigente política y empresarial, dando lugar a un escepticismo acentuado (y así lo han reflejado expositores en esta última Jornada) que se podría resumir en la sensación generalizada de que “…al poder no le interesa tratar la temática en profundidad…”. Cuando hablamos de “poder”, nos referimos tanto al poder político en todas sus manifestaciones posibles dentro y fuera de la Organización del Estado, como el del sector privado, incluyendo a las organizaciones intermedias. Parece aquí conjugarse una rara ideología común, sin grieta alguna entre vastos sectores sociales: “…de eso no se habla, eso no se dice, eso no se toca…”

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Ciertamente, no existe el delito de “corrupción” en nuestro Código Penal, pero, sin embargo, nos hallamos ante un conglomerado de variadas conductas antijurídicas y culpables, cuya evolución (lamentable) en el tiempo, acentúa las zonas grises legales a efectos de su tipicidad jurídica y posterior punición. Cantidad de conductas comprendidas bajo el término “corrupción”, con repetición permanente en el tiempo y notable impunidad jurídica, han generado una “costumbre” social, francamente disruptiva, pero pacíficamente aceptada. Ha constituido, desde hace tiempo, un desafío para el CPIC contribuir a la exposición pública de este flagelo, mediante una creciente proactividad en el fomento de la educación en valores éticos, materializado a través de diversas acciones, entre las cuales, la publicación de este cuarto ejemplar de compilación de disertaciones de la X Jornada de Ética y Lucha Anticorrupción, constituye una herramienta de consulta inusual sobre los pensamientos, visión y acción de variados protagonistas de nuestra Sociedad.

Identificar el profundo problema de la generalizada corrupción como una temática de raíz “cultural”, constituye un tópico complejo y polémico, y así se ha visto reflejado en sucesivas exposiciones en estas Jornadas a lo largo de los últimos diez años. La educación es una herramienta fundamental para disminuir la corrupción. Invertir recursos, en la educación en valores éticos, aporta a la Sociedad una herramienta fundamental en favor de una mejora de sus costumbres cotidianas. A través de la educación en valores éticos, se contribuye a formar a la persona en conceptos de integridad, transparencia, y responsabilidad ciudadana, lo cual configurará en el tiempo una costumbre (moral) superadora.

¿Cuál es el momento ideal para el inicio de la educación en esos valores? ¿Es cierto que se “llega tarde” si se desea inculcar estos principios en la educación universitaria, por ejemplo, a través de los conceptos de Ética Profesional? Se debe insistir en incluir “ética” e “integridad” como parte de los planes de estudio desde edades tempranas. Los niños y jóvenes deben ser educados en valores éticos y principios que les permitan reconocer la importancia de la honestidad, la transparencia y la justicia en la sociedad desde las más básicas conductas iniciales que les planteen la disyuntiva moral a aceptar, sin ignorar el rol fundamental de la familia como “…la sede de la cultura de la vida…” (Laudato Si, 212). También, continuar apoyando, alentando y colaborando la creciente capacitación de los funcionarios públicos en temas de ética y transparencia. Es importante que los servidores públicos cuenten con una formación adecuada en esas áreas, para que puedan actuar con integridad y transparencia en su diaria labor.

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Por su parte, el Estado no podrá esquivar el reordenamiento de los mecanismos de control y sanción de la corrupción, y deberá tipificar conductas complejas actualmente no tratadas en el (viejo) Código Penal. La corrupción, la malversación y el cohecho significan acciones relacionadas con el uso indebido de los fondos públicos y la manipulación de procesos administrativos para beneficio propio o de terceros. Representan una amenaza para la sociedad en general, al socavar la confianza en las instituciones públicas y privadas, perjudicando decisivamente, al mismo tiempo, al bien común. Por ello es que consideramos asimismo fundamental: Facilitar el acceso de los ciudadanos a información y herramientas que les permitan denunciar prácticas corruptas, siendo realmente importante, que las instituciones públicas cuenten con suficiente capacidad para actuar y sancionar a los responsables. Promover la participación ciudadana en el control y seguimiento de las políticas públicas. La sociedad civil conforma un actor activo en la supervisión de la gestión pública, para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas. Fomentar una cultura de la legalidad y el respeto a las normas, donde la educación debe insistir en la importancia del cumplimiento de las leyes y normas, y la necesidad de respetar los derechos y deberes de los demás.

En palabras del sumo pontífice Juan Pablo II, "…La corrupción es el peor enemigo de la democracia y la libertad…”. Para el Papa Francisco, dado que “…El Derecho se muestra insuficiente debido a la corrupción, se requiere una decisión política presionada por la población. La sociedad, a través de organismos no gubernamentales y asociaciones intermedias, debe obligar a los gobiernos a desarrollar normativas, procedimientos y controles más rigurosos…” (Laudato Si 179). Este nuevo ejemplar, en definitiva, continua una permanente línea de nuestro Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) orientada a exponer socialmente el flagelo de la corrupción, y simultáneamente, involucrarse de manera activa capacitando a nuestros Profesionales y a todos aquellos que se sumen a las iniciativas del CPIC, en la actualización permanente en temas de integridad destinados al sector Público y Privado.

Es cierto lo que suponen los escépticos: la corrupción no se eliminará. Pero para mal de ellos, una acción ciudadana conjunta, persistente y de mediano y largo plazo la reducirá en términos tales que liberará a vastos sectores de la sociedad de un flagelo que degrada moralmente al ser humano, y simultáneamente, lo empobrece de modo vergonzante.

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Corolario

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Corolario Convenio entre la Oficina Anticorrupción y el Consejo Profesional de Ingeniería Civil

El Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), de jurisdicción nacional y de la ciudad de Buenos Aires, ha suscripto un convenio con la Oficina Anticorrupción (OA). Las partes acordaron la colaboración recíproca para la realización de acciones conjuntas que contribuyan a la difusión en la comunidad profesional del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE). El pasado lunes 10 de julio de 2023, la titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Verónica Gómez y el presidente del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), Ing. Civil Luis Perri, suscribieron un convenio que se enmarca en el fortalecimiento de la sinergia y el intercambio de experiencias entre el sector académico, empresarial, estatal y la sociedad civil.

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El citado acuerdo contempla la promoción y el apoyo a las capacitaciones efectuadas para interiorizar a los y las profesionales matriculados/as, en el funcionamiento y el contenido del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE), como así también, a las actividades educativas vinculadas a la integridad y la transparencia que organice el CPIC. Asimismo, dentro de los objetivos del convenio, se incluye el aporte de ambos organismos para el desarrollo de recursos de interés para el RITE, específicamente, para su caja de herramientas. El Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE), conforma una plataforma voluntaria, gratuita, federal, colaborativa, dinámica e interactiva. Fue impulsada por la Oficina Anticorrupción con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a los fines de contribuir a la mejora de los programas de integridad, el intercambio de buenas prácticas y la promoción de ambientes transparentes en negocios y mercados. Además de la titular de la OA y del presidente del CPIC, participaron de la firma del convenio el director nacional de Asuntos Estratégicos de la OA, Ing. Civil Nicolás Gómez; el coordinador de Políticas de Integridad de la OA, Leopoldo Giupponi; el asesor legal Dr. Diego Oribe y el Ing. Civil y abogado Carlos Augusto Vallet, ambos, en representación del CPIC.

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Acerca de los disertantes

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ACERCA DE LOS DISERTANTES

Acerca de los disertantes Mencionados por orden de aparición en el texto

Aníbal Tolosa Ingeniero Civil, Magíster en Ingeniería Estructural y Magíster en Docencia Universitaria. Profesor titular ordinario en la Facultad Regional Buenos Aires de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN). Durante varios años trabajó en el departamento de Estructuras Metálicas de la empresa Techint, Ingeniería y Construcción. En la actualidad, es profesor de las asignaturas “Análisis Estructural II” y “Construcciones Metálicas y de Madera” en la Universidad Tecnológica Nacional y vicedirector de la Especialización en Ingeniería Estructural que ofrecen las Facultades Regionales Avellaneda, Buenos Aires y General Pacheco de la UTN

Susan Ackerman Profesora emérita de la cátedra Henry R. Luce de Derecho y Ciencias Políticas y profesora titular de Derecho en la Universidad de Yale. Se especializa en economía política de la corrupción, reconocida particularmente por Corruption, Democracy and Development (Cambridge University Press, 1999, segunda edición con Bonnie Palifka, 2006; el cual ha sido traducido al español como Corrupción y Gobierno (Marcial Pons, 2019)). Fue durante un año investigadora visitante del Banco Mundial y

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miembro de la Iniciativa de Transparencia y Responsabilidad Financiera de las Naciones Unidas (FACTI). Escribe sobre formulación de políticas del poder ejecutivo y responsabilidad democrática. Su libro más reciente es Democracia y poder ejecutivo: Rendición de cuentas en la formulación de políticas en Reino Unido, Alemania y Francia (Yale University Press, 2021). Cuenta con un doctorado en economía de la Universidad de Yale

Natalia Torres Licenciada en Ciencias Políticas de la Universidad de Buenos Aires y graduada de la Maestría en Políticas Públicas en la University College London. Participó en diferentes iniciativas de investigación y docencia en la Universidad de Buenos Aires y en la Universidad Nacional de Tierra del Fuego. Trabajó en Poder Ciudadano y en el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), donde lideró la promoción del acceso a la información pública. Como consultora, desarrolló tareas para la Organización de Estados Americanos, UNESCO y el Instituto de Políticas de Derechos Humanos del Mercosur, entre otros. Fue Coordinadora de Políticas Públicas para la Mujer en el Municipio de Ushuaia. Actualmente, se desempeña como Directora Nacional de Ética Pública de la Oficina Anticorrupción de Argentina

Jacqueline Silvarredonda Licenciada en Relaciones Internacionales de la Universidad Católica Argentina (UCA). Cuenta con una Especialización en Administración de Instituciones Financieras, otorgada por la Universidad de Buenos Aires (UBA). Postgrado en Derecho Bancario. Certificación Internacional “Líder Profesional en Ética y Cumplimiento” otorgada por la International Compliance Certification. Responsable de Cumplimiento Regulatorio en Openbank

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ACERCA DE LOS DISERTANTES

Paulo Andrés Falcón Abogado, Especialista en Ciencias Políticas con Proyección en Argentina y América Latina. Especialista en Docencia Universitaria. Magíster en Gestión de la Educación Superior y Magíster en Diplomacia y Política Exterior, candidato a PHD. Es docente e investigador en diversas universidades argentinas y del extranjero. Cuenta con libros, publicaciones y presentaciones vinculados a educación, universidad y DDHH. Es habitual columnista en medios de comunicación sobre educación y universidad. Ha ejercido diversos cargos de gestión en Universidades Nacionales de Argentina, y participa en procesos de evaluación institucional, acreditación de carreras y aseguramiento de la calidad de la educación superior en instituciones de la región. Se desempeñó como Director Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación de la Nación Argentina. Es consultor de organismos internacionales relativos a la temática educativa. Actualmente, integra el Consejo Directivo de la Asociación de Universidades de América Latina y el Caribe para la Integración (AUALCPI). Es miembro del Consejo de Gobierno del Instituto Internacional de la UNESCO para la Educación Superior en América Latina y el Caribe (IESALC)

Federica Cortegoso Vignoni Estudiante avanzada de Ingeniería Civil en la ciudad de Mendoza, Argentina. Colabora con la Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil (ANEIC), Argentina, desde 2018, donde en el año 2020, fue delegada titular, y en 2021, formó parte de la Comisión Directiva como Vocal Suplente. Actualmente, ocupa el cargo de Vicepresidenta de la citada Asociación. También, formó parte de la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, entre 2019 y 2021, y desde 2020, colabora activamente como adscrita ad honorem en la misma Facultad, en las cátedras de Economía en la Ingeniería Civil y Organización de Proyectos y Obras

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Érica Pedruzzi Master of Laws (LLM) New York University School of Law, Estados Unidos. Abogada (UB) y profesional con Certificación internacional en Ética y Compliance (AAECUCEMA). Directora de la Maestría en Derecho Empresario y del Centro de Estudios Anticorrupción y co-coordinadora académica de la Diplomatura en Governance, Risk, Compliance & amp; Assurance en la Universidad de San Andrés, donde también es profesora en grado y posgrado. Champion y experta consultora en ética y anticorrupción del programa Educación para la Justicia de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Integrante del Consejo Asesor de la Oficina Anticorrupción para el Seguimiento de la implementación de las iniciativas incorporadas en el Plan Nacional Anticorrupción 2019-2023

Emilio M. Colon Pasado Presidente del Consejo Mundial de Ingenieros Civiles (WCCE). Posee un Doctorado y una Maestría en Ingeniería Ambiental del Rensselaer Polytechnic Institute en Troy, Nueva York, Estados Unidos; Bachillerato en Ciencias en Ingeniería Civil y Juris Doctor de la UPR. Es Ingeniero Consultor en recursos de agua, procesos de permisos y cumplimiento ambiental. Director de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico. Pasado Primer Vice Presidente de la Academia Panamericana de Ingeniería, donde es Académico Emérito. Es miembro del Consejo Asesor de la Global Infrastructure Anti Corruption Center (GIACC). Director de la Junta de Gobierno de la Caribe Federal Credit Union (y Pasado Presidente) y Presidente de la Junta de la Business Alliance Insurance Agency, ambas en Puerto Rico. Pasado Presidente del Consejo Internacional de la American Water Works Association y conferencista a nivel mundial en temas de la profesión de ingeniería, movilidad profesional, prevención de la corrupción, desastres naturales, recursos de agua, y medio ambiente, participando en diversos proyectos e iniciativas profesionales como el Proyecto Mundial de Justicia y el desarrollo y promoción de planes de acción para la prevención de la corrupción en la Industria de la Construcción a nivel mundial

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ACERCA DE LOS DISERTANTES

Rubén Silvarredonda Consultor en Compliance, Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Contador Público de la Universidad de Buenos Aires. Cuenta con un Postgrado Internacional en Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, otorgado por la Florida International Banking Association. Capacitador Certificado AML-OEA CICAD. Miembro de la Comisión de Delitos Económicos del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad Autónoma de Buenos Aires. Miembro de la Comisión de Integridad y Cumplimiento del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad Autónoma de Buenos Aires

Diego Cabot Abogado, graduado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Posgrado en Opinión Pública y Medios de Comunicación (Flacso, 2002). Magíster en Periodismo del periódico La Nación y la Universidad Torcuato Di Tella. Profesor permanente de la Maestría en Periodismo de La Nación y la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT). Profesor invitado del MBA de la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT). Profesor invitado en la Universidad de Buenos Aires, programa de postgrado sobre “Compliance”. Fue becario del Departamento de Estado de los Estados Unidos (2010). Es miembro del comité de selección y tutor de tesis del Máster en Periodismo de La Nación y la Universidad Di Tella (UTDT). Autor de los libros "Hablen con Julio" (2007), "El buen Salvaje" (2008), “Platos rotos" (2014), y “Los Cuadernos” (2018). Desde hace 15 años trabaja en el diario La Nación y, en la actualidad, es su Prosecretario de Redacción. El 31 de agosto de 2018, publicó la investigación "Los cuadernos de las coimas", el trabajo periodístico sobre corrupción público-privada más relevante de la historia del periodismo de investigación en Argentina

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Autoridades del CPIC

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Autoridades del Consejo Profesional de Ingeniería Civil

PRESIDENTE Ing. Civil Luis Enrique Perri

VICEPRESIDENTA Ing. en Construcciones Alejandra Raquel Fogel

SECRETARIO Ing. Civil Ignacio Luis Vilaseca

PROSECRETARIO Ing. Civil Jorge Ernesto Guerberoff

TESORERO Ing. Civil José María Girod

CONSEJEROS TITULARES Ing. Civil Mariana Corina Stange Ing. Civil Jorge Enrique González Morón Ing. Civil Horacio Mateo Minetto Ing. Civil Emilio Reviriego Ing. en Construcciones Carlos Gustavo Gauna

CONSEJEROS SUPLENTES Ing. Civil Pedro Ignacio Nadal Ing. Civil José Daniel Cancelleri Ing. en Construcciones Roberto Walter Klix

CONSEJERO TÉCNICO TITULAR MMO Guillermo Cafferatta

CONSEJERO TÉCNICO SUPLENTE MMO Humberto Guillermo Lucas

ASESOR CONTABLE Doctor Jorge Socoloff

ASESOR LEGAL Doctor Diego Martín Oribe

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE PUBLICACIONES Ing. Civil Luis Enrique J. Perri Ing. Civil Enrique Sgrelli Ing. Civil Victorio Santiago Díaz Ing. Civil Carlos Alberto Alfaro Ing. Civil Emilio Reviriego Ing. Civil Alberto Saez

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La ética profesional surge como una necesidad irrenunciable dentro del ejercicio de la ingeniería civil y las disciplinas afines. La debida preocupación de los profesionales y las sociedades modernas sobre el bien, sobre los estímulos verificados en el accionar profesional sano y honesto, amplifica el escándalo producido por los abusos morales y las prácticas corruptas. Esta línea de pensamiento, potencia e impulsa a la Comisión de Ética y Lucha Anticorrupción (ELAC) de nuestro Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), de Jurisdicción Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a llevar a cabo, anualmente, la organización de las Jornadas encargadas de convocar, desde hace diez años y continuadamente, a una serie de calificados oradores, responsables de ayudar a la disciplina y toda la sociedad, a reflexionar sobre las diversas temáticas, normas y valores morales necesarios de contemplarse durante el ejercicio de la profesión, a partir de un comportamiento transparente y responsable. El presente texto “ÉTICA Y LUCHA ANTICORRUPCIÓN: Compendio de las disertaciones presentadas durante la X Jornada CPIC de Ética y Lucha Anticorrupción”, llevada a cabo el pasado miércoles 9 de noviembre de 2022, en formato presencial, reúne el pensamiento de sus protagonistas, quienes, a partir de sus conocimientos y saberes, con gran generosidad, colaboran a elevar el pensamiento sobre un verdadero flagelo. Dejando a su paso una estela de desgracias y pobreza, esta última tanto material como humana, la falta de ética circula por las instituciones de nuestra sociedad carcomiendo a su paso las bases de entidades, empresas y profesionales, cuya probidad constituye la última línea de defensa para preservar la salud de nuestra industria, y la garantía de su desempeño ante la sociedad beneficiaria de sus resultados. Es nuestro firme deseo, que este nuevo texto conforme un aporte capaz de liberar las mentes y construya, a partir de sus puntos de vista, una barrera capaz de detener acciones maliciosas, fomentando un desempeño profesional y empresario honesto, transparente e íntegro.


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