Reflexiones sobre el nuevo Código Civil y Comercial en la práctica profesional

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Reflexiones sobre el nuevo Código Civil y Comercial en la práctica profesional

No es una tarea imposible, pero seguramente, dependerá de una buena cantidad de personas.

percepción de la actividad en la sociedad en su conjunto.

Algunas con poder social, otras con responsabilidades políticas y muchas con conciencia técnica para evitar la continuación del daño. Tal vez, sean sólo unos pocos quienes muestren la genialidad y creatividad para encontrar las soluciones capaces de revertir la actual realidad.

Estas son obligaciones colectivas, de las cuales ya hemos hablado, pero no está de más reiterarlas para renovar, en cada acción, el mandato colectivo que la escribió e impuso en la norma.

El desafío ético y legal debería ser asumido por parte de la actual generación profesional. Repasemos el marco normativo general donde se mueve la actividad. Por un lado, encontramos la CN y los convenios internacionales que firma la Argentina como adherente, lo cual ostenta un orden superior en cuanto a la obligación de cumplimiento. En los hechos, son los gobiernos quienes, en general, tienen la última palabra en cuanto a su efectivización en cada lugar y tiempo histórico. Sabemos que se firmaron convenios para disminuir la contaminación de mares o evitar el efecto invernadero, los cuales en su mayoría, son tomados como orientadores de políticas públicas, pero hasta ahora no son verificables sus efectos, y sólo se ven como exigencias rutinarias en cualquier tramitación de privados. Se verifican ciertos avances en los textos municipales y en las leyes de promoción turística o en la política de subsidios energéticos, donde las citadas aspiraciones se convierten en hechos reales, tanto para ofertar, como al momento de adjudicar obras o concesionarlas a empresas de servicios. En esos casos, las aspiraciones generales del texto legal se materializan en marcar un rumbo, de aproximación a las metas propuestas en forma genérica. El profesional, a la hora de asesorar o proyectar, siempre debe considerar esas variables como firmes y de cumplimiento efectivo, tomando la rutina del estricto respeto por el marco legal y la postura ética de promover el bien común, la disciplina y la correcta

En este contexto, los desafíos de corregir el cambio climático impactan directamente en los agentes de la construcción. El avance de la sociedad y el desarrollo incesante de los siglos XIX y XX, han provocado daños al ecosistema los cuales deberán remediarse con ingenio y creatividad. Para ello se aunará la ciencia, la técnica y la práctica de manera de morigerar el efecto invernadero, la limpieza de los mares, asegurar la disponibilidad de agua dulce y acceder a la energía sustentable suficiente para continuar la evolución de nuestras sociedades. Los daños ocasionados son puestos en duda o cuestionados por algunos políticos de sociedades con responsabilidad directa en el daño, por acción u omisión. No hay mucho margen para seguir con el despilfarro energético y la contaminación de los cursos de agua y el planeta en general. La mitad de la población mundial sufre procesos de hambruna, o al menos, marginación de los beneficios de la ciencia y cultura del siglo XXI. En nuestro país, la proporción es más notable y conforma un desafío sustancial para Argentina. El cuerpo legal no establece parámetros capaces de medir los logros. La doctrina y los jueces, a través de sus sentencias, irán sentando jurisprudencia sobre lo que será cuestionable de cualquier conducta profesional antisocial, y este tema, de tan amplia difusión en la vida urbana de las grandes ciudades, es ya una imposición social, más allá de una norma legal que la exija. 123


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