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“Hay una cantidad significativa de contribuyentes con deudas importantes”

El funcionario responde preguntas sobre el “Proyecto de ley que instaura un tratamiento especial transitorio de fiscalización, gestión y recuperación de deuda tributaria” de la cartera de deuda de la DGII mediante el cual la institución podrá declarar de oficio la prescripción de la deuda tributaria, cumpliendo con los requisitos establecidos en el proyecto de ley.

SD. Son 36,000 millones de pesos los que contribuyentes adeudan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), reveló a Diario Libre el ministro de Hacienda, José Manuel -Jochi- Vicente, al ser consultado sobre los detalles económicos que implica el proyecto de ley que sometió el Poder Ejecutivo que propone un tratamiento transitorio para la prescripción de deudas tributarias y amnistiar otras estatales. El proyecto se estudia en una comisión especial de la Cámara de Diputados, que agendó para hoy una reunión con Vicente y el titular de la DGII, Luis Valdez.

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¿Por qué se necesita esto?

La prescripción actualmente sólo la puede invocar el contribuyente. La DGII unilateralmente no puede hacerlo. Y en la actualidad existe una cantidad significativa de contribuyentes que presentan deudas importantes en donde los recargos e intereses superan con creces el monto del impuesto adeudado. Como el contribuyente no ha ejercido su derecho a la prescripción, la deuda se mantiene y dificulta el pago de impuestos corrientes. Esto se ha convertido en una dificultad importante para el cumplimiento voluntario de muchos contribuyentes, especialmente mipymes.

A modo de resumir las principales inquietudes que pueden surgir sobre la propuesta de ley, Vicente remitió a este periódico una serie de preguntas y respuestas, que se reproducen a continuación.

¿En qué consiste el proyecto de ley?

El proyecto de ley lo que busca es, entre otros, un procedimiento transitorio de gestión de una parte

3 ¿Quiénes se pueden acoger?

Contribuyentes que tengan deudas anteriores a 2015, inclusive, siempre que el contribuyente realice un pago único de la deuda correspondiente a 2016 en adelante. 

Lee la entrevista completa en diariolibre.com

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