LA LIBERTAD
Edictos
Cartelera de
CINE CINELAND PANAROMA
ASASSIN´S CREED - 2D 2:15 - 4:30 - 6:45 - 9:00 P.M. MONSTER TRUCKS - 2D 4:45 - 7:00 - 9:15 P.M. EL PASEO 4 - 2D 2:40 - 4:50 - 7:00 -9:10 P.M. ANIMALES FANTASTCOS Y DONDE ENCONTRARLOS - 2D 4:15 - 9:30 P.M.
6:50 - 8:50 - 9:10 P.M.
ROYAL FILMS MULTICINE METROCENTRO
¿USTED NO SABE QUIEN SOY YO? 2 - 2D 11:15 AM - 1:45 4:25 - 6:55 - 9:40 P.M
ASSASSINS CREED 3:40 - 6:20 - 9:00 P.M.
ASSASSINS CREED - 3D 12:10 - 3:20 - 6:25 - 9:20 P.M.
EL PASEO 4 7:00 - 9:20 P.M.
CINE COLOMBIA MULTIPLEX BUENAVISTA
SING: VEN Y CANTA! 2:00 - 4:30 P.M. ¿USTED NO SABE QUIÉN SOY YO? 2 2:15 - 4:35 - 6:55 - 9:15 PM
SING:VEN Y CANTA 2D 2:30:00
CINEMARK GRAN N PLAZA DEL SOL
ROYAL FILMS MULTICINE PORTAL DEL PRADO
MOANA UN MAR DE AVENTURAS - 2D 1:00 - 4:05 P.M.
ASSASSINS CREED 3:40 - 6:20 - 9:00 P.M.
ROGUE ONE - 2D 2:20 - 5:35 - 9:15 P.M
EL PASEO 4 2:15 - 4:35 - 6:55 - 9:15 P.M.
SING VEN Y CANTA - 2D 2:40 - 6:20 - 9:50 P.M.
PASAJEROS 7:00 - 9:40 P.M.
PASAJEROS - 3D 7:20 - 10:10 P.M.
SING: VEN Y CANTA! 2:00 - 4:25 P.M.
EL PASEO 4 - 2D 12:25 - 3:05 - 5:05 - 6:00 7:50 - 8:50 - 10:20 P.M.
¿USTED NO SABE QUIÉN SOY YO? 2 1:50 - 2:10 - 4:10 - 4:30 - 6:30 -
MONSTER TRUCKS - 3D 11:35 AM - 2:30 - 5:30 - 8:05 P.M.
Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Barranquilla Sector Simón Bo lívar EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COM PETENCIAS MULTIPLES DE BARRANQUILLA POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO SE EMPLAZA DENTRO DEL PRO CESO DE PERTENENCIA No 1800- 2016 PROMOVIDO POR HERMENEGILDO GUTIERREZ LO PEZ Y PERSONAS INDE TERMINADAS DE CONFORMI DAD CON EL ARTICULO 375 DEL CODIGO GENERAL DEL PRO CESO, SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE URBA NO (Parqueadero o Garaje No 23) UBICADO EN LA DIRECCION CARRERA 64B No 86-160 apar tamento 302B UNIDAD RESI DENCIAL EDIFICIO TAHITI DE BARRANQUILLA DEBEN LOS INTERESADOS COMPARECER A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS 15 DIAS SIGUIENTES DEL VENCIMIENTO DEL EMPLA ZAMIENTO- PUBLÍQUESE EN UN DIARIO AMPLIA CIRCU LACION NACIONAL- LA LI BERTAD- TIEMPO- ESPECTA DOR - HERALDO. INCLUYASE ESTE EMPLAZAMIENTO EN EL CONTENIDO DE LA VALLA PUBLICITARIA O EL AVISO ARTÍCULO 375 DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO. BA RRANQUILLA - ENERO 18 DEL 2017. SECRETARIA, SANDRA JULIO MORALES. JUZGADO DIECISÉIS CIVIL DEL CIRCUITO BARRANQUILLA - ATLÁNTI CO INFORME SECRETARIAL Doy cuenta a la Señora Juez del presente proceso, en el cual se solicita emplazamiento en memo rial fechado 19/12/2016. Sírvase proveer. Barranquilla, 13 de enero de 2017. ALBERTO MARIO OSPINO SOTO, El Secretario. JUZGADO DIECISÉIS CIVIL DEL CIRCUITO. Barranquilla, Veintiséis (26) de Enero de Dos Mil Diecisiete (2.017). Visto el an terior informe secretarial y el me morial que antecede al despacho. CONSIDERA Que es procedente lo solicitado por el apoderado de la parte demandante, razón por lo cual se accederá a el emplazamien to solicitado de OLT LOGISTICS SAS y así se dejará constancia en la parte resolutiva de esta provi dencia. En consecuencia el despa cho, RESUELVE: 1. Ordénese el emplazamiento de OLT LOGIS TICS SAS de conformidad con el artículo 293 y 108 del C.G.P., para efectos de que se notifique la pro videncia de fecha 3 de noviembre de 2016 dentro del proceso verbal instaurado por LEASING BAN COLOMBIA S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO contra OLT LOGISTICS SAS, radicación 2016-00507. Dicho emplazamien to se surtirá mediante la inclusión de los nombres de los demandados en un listado que se publicará por una sola vez en un medio de amplia circulación nacional. 2. Para cum plir con lo anterior, la publicación debe realizarse en el diario El He raldo o LA LIBERTAD en día do mingo. NOTIFÍQUESE Y CÚM PLASE, MARTHA PATRICIA CASTAÑEDA BORJA, La Juez
DIARIO LA LIBERTAD CARRERA 53 #55-166 Barranquilla
RAD. 08001311008-2016-0031200 REF. JURISDICCIÓN VOLUN TARIA JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA. BARRANQUILLA EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE FA MILIA, POR MEDIO DEL PRESENTE CITA Y EMPLAZA Al señor MANUEL DE JESÚS PATERNINA GUERRA, persona mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 8.666.355 de Barranquilla, de quien se desco noce su paradero desde el día 31 de enero de 1976 y quien tuvo su último domicilio en esta ciudad, para que comparezca a este Despa cho por sí o por medio de apode rado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARE CIMIENTO de fecha 26 de julio de 2016, impetrada por la señora EMILCE DEL SOCORRO YEPES CARMONA. Igualmente se previe ne a todas las personas que tengan noticias del ausente MANUEL DE JESUS PATERNINA GUERRA para que lo informen al Juzgado. Para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 97 Inciso 2 del Código Civil Colom biano, se inserta un extracto de la demanda, el cual se determina así: ... “ ADMÍTASE la presente demanda de JURISDICCION VO LUNTARIA DE DECLARACIÓN DE MUERTE FICTA O PRESUN TA POR DESAPARECIMIENTO del señor MANUEL DE JESÚS PATERNINA GUERRA, hombre, mayor de edad identificado con la cc No. 8.666.355 de Barranquilla -Atlántico-, promovida por la se ñora EMILCE DEL SOCORRO YEPES CARMONA, mujer, ma yor de edad identificada con la cc No. 32.616.579 expedida en Barranquilla a través de apodera do judicial. Tramítese la presente demanda por el procedimiento de JURISDICCION VOLUNTARIA, Artículo 584 del Código General del Proceso. Ofíciese a la Fiscalía de la Nación solicitando se informe si existe reporte de desaparición del señor MANUEL DE JESÚS PATERNINA GUERRA, o si existe algún reporte con su nombre en la red de cadáveres y desaparecidos SIRDEC, si aparece en el registro nacional de desaparecidos RND y si activaron los mecanismos de búsqueda urgente MBU; a la direc ción de Impuestos Nacionales para que informen si el mencionado apa rece registrado como sujeto obliga do a declarar; al Departamento de Migración de la Policía Nacional para que informen si el menciona do presenta movimientos migra torios a partir del 31 de enero de 1976 y al INPEC para verificar si se encuentra recluido en algún centro carcelario del país. Se ordena hacer una publicación un (1) día domingo en uno de los periódicos de mayor circulación en el último domicilio conocido del ausente como EL HERALDO o LA LIBERTAD y en una radiodifusora con sintonía en eselugar como CARACOL o RCN, que contenga a) la identificación de éste, el último domicilio conocido del desaparecido y el nombre de la parte demandante y b) la preven ción a quienes tengan noticias de él, para que lo comuniquen al Juzga do, y con sujeción al artículo 2° del Artículo 97 del Código Civil tres veces por lo menos debiendo correr más de cuatro meses entre cada citación. Efectuadas las publicacio nes mencionadas, por secretaría del despacho se realizará el Registro Nacional de personal emplazadas que lleva el Consejo Superior de la Judicatura, incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las par tes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. Cumplido lo anterior, sin que se tenga noticias del paradero del desaparecido, se le designará curador ad litem. Noti fíquese al Ministerio Público de la presente demanda. Se libra el pre sente edicto en Barranquilla, a los ( ) días del mes de del año y copia del mismo se le entregará a la parte interesada para su publicación. LEONOR KARINA TORRENE GRA DUQUE, Secretaria
LA LA LAND: CIUDAD DE SUEÑOS 1:30 - 4:20 - 7:10 - 10:00 P.M. EL PASEO 4 7:00 - 9:15 P.M. ASSASSIN’S CREED 1:40 - 4:10 P.M. ¿USTED NO SABE QUIÉN SOY YO? 2 12:45 - 3:00 - 5:15 7:30 - 9:40 P.M. ¡SING! VEN Y CANTA 1:10 - 2:05 - 3:40 4:30 - 6:10 P.M. MONSTER TRUCKS3:20 1:55 - 4:15 P.M.
INFORME SECRETARIAL: PROCESO: EJECUTIVO DEMANDANTE: COOPERATI VA MULTIACTIVA J.N. ASO CIADOS DEMANDADO: ALVARO DE JESUS SALCEDO QUIROZ Y OTRO RADICACION: 800141890022016-00654-00 Señor Juez, a su despacho el pre sen te Ejecutivo promovido por COO PERATIVA MULTIACTI VA J.N. ASOCIADOS, con NIT. 900.623.300-3 contra los señores ALVARO DE JESUS SALCE DO QUIROZ, identificado con CC. 8.722.437 y DORA ISA BEL MARCHENA FABREGA, identificada con CC. 22.376.638 informándole que la parte deman dante presentó escrito solicitando notificación a uno de los deman dados por edicto emplazatorio. Sírvase proveer. Barranquilla, 24 de enero de 2017, La Secretaria, CLARA INES CURE M. JUZGA DO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES.- Barranquilla, vein ticuatro (24) de enero de dos mil diecisiete (2.017). Visto y consta tado el informe secretarial que an tecede, y revisado el expediente se observa que la solicitud de noti ficación al demandado ALVARO DE JESUS SALCEDO QUIROZ por edicto emplazatorio, presen tada por el apoderado judicial del demandante, Dra. LIDYS FIGUE ROA FERNANDEZ, se sustenta en el hecho de desconocerse el nuevo domicilio del demandado ALVARO DE JESUS SALCEDO FERNANDEZ; de igual forma, se allega certificación expedida por la empresa de mensajería, donde se manifiesta que el demandado no reside en tal dirección. En vir tud de lo anterior y conforme a lo dispuesto en el artículo 291, nume ral 4°, y artículo 108 del Código General del Proceso, este Despa cho; RESUELVE: 1°-Ordénese el EMPLAZAMIENTO del señor ALVARO DE JESUS SALCEDO FERNANDEZ, identificado con C.C. 8.722.437, conforme lo regla el artículo 293 del Código General del Proceso, en virtud a que el de mandante manifiesta desconocer su domicilio para la notificación personal. El emplazamiento se ha rá mediante inserción del nombre del citado demandado, con indi vidualización de este proceso en listado que se publicará en día do mingo, en un medio de comunica ciones escrito, ya sea Diario La Li bertad o El Heraldo de esta ciudad. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE WILBERTO POLANCO VILLA FAÑE, JUEZ. Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples De Barranquilla Sector Simón Bolívar INFORME SECRETARIAL RADICACIÓN No 08001-141 89 001- 2016 -00753-00 Al despacho la presente deman da con solicitud de EMPLAZA MIENTO, para lo de su ordena miento. Barranquilla- Febrero 13 DE 2017. SANDRA JULIO MO RALES, SECRETARIA JUZGADO PRIMERO DE PE QUEÑAS CAUSAS Y COMPE TENCIAS MULTIPLES -Barranquilla, Fe brero 13 de 2017 - En la forma establecida en el artículo 293 del Código General del proceso emplácese a C.I. ASESORIAS & SUMINISTROS DE LA COS TA S.A.S, ASUDECOS Nit 900.635.711-9 para que dentro de los quince (15) días después de la publicación comparezca HACER VALER SU DERECHO en este juzgado. Hágase la publicación por una sola vez, de manera oral en una de las emisoras básicas de las cadenas del orden nacional RCN O CARACOL RADIO o en un me dio escrito (Periódico) de mayor circulación Nacional- Diario LA LIBERTAD y/o EL HERALDO.Necesariamente día domingo. Si el emplazado no se hace presente ante el juzgado durante el término del emplazamiento se le nombra rá CURADOR AD LITEM, con quien se surtirá la Notificación. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, RAFAEL CASTILLO GONZÁ LEZ, JUEZ
CENTRO DE SERVICIOS DE LOS JUZGADOS DE EJECU CION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA JUZGADO SEPTIMO DE EJE CUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE EL JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA ha señala do el día Quince (15) de Noviem bre de 2017 a las 09:30 a.m., con el fin de llevar a cabo audiencia de remate del bien inmueble embar gado, secuestrado y avaluado, distinguido con matrícula inmobi liaria No. 040-84084, dirección CL 34 # 42-28, Of. F7 o 607, de Barranquilla, de propiedad de la demandada ESENETH CASTRO SOTO. Avaluado en la suma de $59.632.500,00, siendo postura admisible la que cubra el 70% de la base del avalúo del bien objeto de remate. Del proceso EJECUTI VO con radicación 08001-40-03018-2012-00497-00 promovido por EDIFICIO PASEO BOLIVAR - NIT 802.019.735-8 contra ESE NETH CASTRO SOTO - C.C. 26.753.991, que cursa en el JUZ GADO SEPTIMO DE EJECU CION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA Como secuestre designado de di cho inmueble aparece el señor MANUELA SEGUNDA VEGA TIRADO, quien se puede localizar en la dirección Cra 8F # 36B-69, Piso 2, de esta ciudad. El porcenta je que debe consignarse para hacer postura, será del 40% del avalúo respectivo. La licitación comenza rá a las 09:30 a.m., en la cual el Se cretario o el encargado de realizar lo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los inte resados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá conte ner además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuan do fuere necesario. Trascurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo que será base de la licitación, previa consignación del porcentaje legal de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 14 de Febrero de 2017, y copia de él se entregan al interesado par su publicación en un periódico de amplia circulación local con antelación no inferior a diez (10) días la fecha señalada para el remate. BRYAN DE JESUS MENDOZA ROCHA Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secreta riales. JUZGADO TERCERO LABO RAL BARRANQUILLA - ATLANTI CO EDICTO EL JUZGADO TERCERO LA BORAL DE BARRANQUILLA, ATLANTICO EMPLAZA: Al Re presentante Legal de CURTIEM BRES BUFALO S.A.S., para que dentro del término legal de quince (15) días, comparezca por sí o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de demanda de fecha proferido al interior del proceso Ordinario Laboral promo vido por LUIS CARLOS HERRE RA CANTILLO, contra CUR TIEMBRES BUFALO S.A.S. Y OTROS. Se previene al emplazado que si vencido el citado término le gal no ha comparecido al proceso, se le designará curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos del articulo 318 del C. de P.C., se libra el presente edicto, el cual se deberá publicar por una sola vez, un día domingo, en el periódico El Heral do o La Libertad, hoy diez (10) de Febrero del año 2017. CARLOS FREYLE CAICEDO, SECRETA RIO.
EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COM PETENCIAS MULTIPLES DE BARRANQUILLA POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO SE EMPLAZA DENTRO DEL PRO CESO DE PERTENENCIA Nº 01003-2016 PROMOVIDO POR INGRID CASTRO RODRIGUEZ Y OTROS CONTRA LUZ MA RINA CABRERA ABENDAÑO Y PERSONAS INDETERMINA DAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 375 DEL CODI GO GENERAL DEL PROCESO, SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA CARRERA 15 SUR Nº 69-18 DE BARRANQUILLA DEBEN LOS INTERESADOS COMPARECER A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS 15 DIAS SIGUIENTES DEL VENCIMIENTO DEL EMPLA ZAMIENTO. PUBLÍQUESE EN UN DIARIO AMPLIA CIRCU LACION NACIONAL - LA LI BERTAD - TIEMPO - ESPECTA DOR - HERALDO. INCLUYASE ESTE EMPLAZAMIENTO EN EL CONTENIDO DE LA VALLA PUBLICITARIA O EL AVISO ARTICULO 375 DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO. BA RRANQUILLA - FEBRERO 13 DEL 2017. SECRETARIA, SAN DRA JULIO MORALES Juzgado Primero de Familia Oral del Circuito Barranquilla - Atlántico 2016-00536 SUCESION INFORME DE SECRETARIA Señora Juez, a su despacho el pre sente proceso informándole que la parte demandante subsanó la falta advertida en proveído anterior. Sír vase proveer. Barranquilla, enero 19 de 2017. CRISTIAN JESÙS TO RRES BUSTAMANTE, SE CRETARIO. JUZGADO PRIME RO ORAL DE FAMILIA. Barran quilla, diecinueve (19) de enero de dos mil diecisiete (2017). Visto el anterior informe secretarial y re visado el expediente, se observa que efectivamente, la parte deman dante aporta los registros civiles de nacimiento autenticados de los pretendidos herederos y defunción del causante. Ahora, si bien se allega una partida eclesiástica de matrimonio de los señores GUI LLERMO CAÑAS GUTIERREZ y ROSA HELENA CALDERIN VA LENCIA, se tiene que dicho acto solemne se realizó en el año 1940, por lo que se hace necesario que se registre civilmente el matri monio y se aporte el correspondie te registro, tal como lo establece el artículo 101 del Decreto 1260 de 1970, normativa que derogó la ley 92 de 1938, ya que para la fecha de la unión no se encontraba vigente la anterior ley 153 de 1887. De igual manera, no se allega la prue ba de la unión marital que, según se afirma, existió entre los señores GUILLERMO MANUEL CAÑAS GUTIERREZ y CARMEN SOFIA CARRILLO GUERRA. Por las anteriores circunstancias, en el pre sente auto de apertura sólo se reco nocerá la calidad de herederos de quienes tienen el reconocimiento paterno expreso del finado. En mé rito de lo expuesto y al encontrarse reunidos los requistos legales de conformidad con lo normado por los artículos 490 y 491 del C.G.P., el Juzgado RESUELVE: 1. DECRÉTESE abierto y radica do en este Juzgado el proceso de SU CESIÓN INTESTADA, del señor GUILLLERMO MANUEL CAÑAS GUTIERREZ, persona fallecida el 17 de julio de 2010 en Barranquilla, ciudad de su último domicilio. 2. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 490 del C.G.P., emplácese a todos los que se crean con derecho a intervenir en el presente proceso sucesorio, mediante la inclusión de las par tes del proceso, su naturaleza y la designación de este juzgado, en un listado que se publicará por una sola vez en un medio escrito, como EL HERALDO o LA LIBERTAD. La publicación se hará en día do mingo y el interesado allegará al proceso copia informal de la pági na respectiva del periódico donde se hubiere anunciado el listado. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación, y la correspondiente inscripción en el Registro Nacional de Apertura de Procesos de Sucesión. 3. RE CONOCER como herederos a los señores JAIME ANTONIO, CAR MEN SOFIA y GUILLERMO MANUEL CAÑAS CARRILLO, en su condición de hijos del cau sante, quienes aceptan la herencia con beneficio de inventario. 4. NO ACCEDER a reconocer como he rederos a los demás demandantes, hasta tanto aporten la prueba de su calidad, de conformidad con lo explicado en la parte motiva. 5. DECRETAR con base en el artícu lo 480 del C.G.P., el embargo de los bienes inmuebles identificados con Matrícula Inmobiliaria No. 040-444532, 040- 441639 y 040441640 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta ciudad, propiedad del finado. 6. RECONÓCESE al Dr. DUGUID CHAR NEGRETE, como apodera do judicial de los herederos reco nocidos, en los términos y para los efectos a que se refiere el poder le galmente conferido. NOTIFÍQUE SE Y CÚMPLASE. LA JUEZA, OLGA BEATRIZ PINEDO VER GARA. JUZGADO NOVENO DE FAMI LIA ORAL DE BARRANQUI LLA LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DE FAMILIA ORAL DE BARRAN QUILLA, EMPLAZA De confor midad con el Código General del Proceso, Art. 108 y 586, en con cordancia con el Art. 61 del C.C., deban ser oídos o se crean con derechos a intervenir en el proceso de interdicción judicial promovido por la señora MARTHA LUCIA LLl NAS SEVERINI a favor de su madre CARMEN ALICIA SE VERINI DE LLlNAS, radicado 08001-31-10009-2016-00484-00, a través de apoderado judicial. La publicación se hará en un medio escrito de amplia circulación na cional o local, como El Heraldo o La Libertad en edición dominical. La interesada allegará al proceso copia informal de la página respec tiva donde se hubiera publicado el listado. Efectuada la publicación, la parte interesada remitirá una co municación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyen do el nombre del sujeto emplaza do, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y juzgado que lo re quiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicará la información remitida y el empla zamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publi cada la información de dicho regis tro. Se expide el presente EDICTO a los VEINTICUATRO (24) días del mes de NOVIEMBRE de Dos Mil Dieciséis (2016). CARMEN MÁRQUEZ VARELO, Secretaria
Barranquilla, Domingo 19 de Febrero de 2017 JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL ORAL DE MENOR CUANTIA BARRANQUILLA EJECUTIVO RAD. Nº 2015-0023100 folio Señor Juez. Informo a usted que la parte demandante manifiesta que desconoce el domicilio y la resi dencia de la parte demandada por lo que solicita el emplazamiento del demandado por el Art. 318 del Código de Procedimiento Civil. Barranquilla, Agosto 5 de 2016 LA SECRETARIA, BENlLDA CRIA LES RINCON JUZGADO NO VENO CIVIL MUNICIPAL Barranquilla, Agosto cinco (5) de dos mil dieciséis (2016). Visto el anterior informe secretarial y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 318 del C. de P. Civil, mo dificado Art. 30 de la ley 794 de 2003 el Juzgado RESUELVE Or dénese emplazar al señor(a) IVIS ZARACHE CARRASCAL Y JUAN MARTÍNEZ SANDOVAL, para que en el término de 15 días comparezca a este Juzgado, ubica do en la calle 40 No 44- 80 en el Séptimo piso del Centro cívico de esta ciudad, por sí o por medio de apoderado Judicial, a recibir Noti ficación del auto de Mandamiento de pago de fecha 26 de Agosto de 2015 dentro del proceso Ejecutivo seguido por RAMIRO GONZA LEZ ALVAREZ contra IVIS ZA RACHE CARRASCAL Y JUAN MAR TINEZ SANDOVAL Rad 2016-0023100 Se le previene al (os) emplazado (s) (a) IVIS ZA RACHE CARRASCAL Y JUAN MARTINEZ SANDOVAL que si transcurrido cinco (5) días con tados a partir de la expiración del término del emplazamiento sin que haya comparecido a notificarse, se le designará Curador Adlitem, con quien se surtirá la notificación.Para los fines indicado en el Art. 318 del C. de P.C. modificado por la ley 794 de 2003 en su Art. 30, copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publica ción por una vez dentro del mismo término en los diarios EL TIEM PO, EL HERALDO o LA LIBER TAD, el cual se publicará en el día Domingo.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE, EL JUEZ ALFONSO GONZA LEZ PONTON Juzgado Octavo Civil Municipal RADICACIÓN 2015 - 01048 JUZGADO OCTAVO CIVIL MU NICIPAL. BARRANQUILLA, DOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE (02/02/2017) ASUNTO: Pronunciación sobre solicitud de emplazamiento de los demanda dos. PREMISA NORMATIVA: Ley 794 de 2.003, que estableció la forma como se debe ordenar el emplazamiento, por tal razón re formó el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil y artículo 317 numeral 1º del código general del proceso. PREMISA FACTICA: La parte demandante a travès de apoderado, hizo entrega de la dili gencia de notificación de la parte demandada y solicita el emplaza miento, para lo cual. RESUELVE: PRIMERO: Ordéne se el emplazamiento del deman dado GUIRALYS GUISELL CA BRERA MENDOZA, de con formidad con lo establecido en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, para efecto de que se notifique (n) del auto fechado 28 DE ENERO DE 2016, proferido dentro del proceso EJE CUTIVO MIXTO promovido por BANCO DE OCCIDENTE S.A. a través de apoderado contra GUI RALYS GUISELL CABRERA MENDOZA, radicado bajo el Nº 080014003008-2015-01048-00. SEGUNDO: Dicho emplazamien to se surtirá mediante la inclusión del nombre del demandado en un listado que se publicará por una sola vez en un medio de amplia circulación nacional. TERCERO: Para cumplir con lo anterior la publicación deberá realizarse en el diario El Heraldo o LA LIBERTAD en día domingo. CUARTO: La carga procesal de emplazar a la parte demandada, se deberá cumplir en treinta (30) días, so pena de decretar desistimiento tácito (artículo 317 numeral 1º C.G.P.) NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La Jueza, DIANA PATRICIA BERNAL MI RANDA. JUZGADO PROMISCUO MU NICIPAL SANTO TOMÁS AT LÁNTICO Radicado 08 685 40 89 001 2013 00230 00 EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SANTO TO MÁS - ATLÁNTICO HACE SA BER: Que en providencia de fecha Nueve (9) de abril de 2015, se de claró abierto y radicado el proceso de sucesión intestada de la finada ERLlNDA ROSA GRANADOS DE GRANADOS, fallecida el 23 de Febrero de 2001, siendo su últi mo domicilio el municipio de San to Tomás. Conforme a lo ordenado en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, emplácese a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en dicho proceso, en el diario La Li bertad o El Heraldo y una radiodi fusora local. Para los efectos antes indicados, se fija el presente edicto en un lugar visible de la Secreta ría del Despacho por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega a la parte interesada para su publicación en uno de los diarios antes citados y en una ra diodifusora local, por una sola vez. Santo Tomás, 30 de Noviembre de 2015. ANA MARÍA BELTRAN CASTRO, SECRETARIA JUZGADO SEPTIMO LABO RAL DEL CIRCUITO DE BA RRANQUILLA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEPTIMO LABO RAL DEL CIRCUITO DE BA RRANQUILLA (ATLANTICO), HACE SABER: Que por providen cia de fecha 1º de febrero de 2017, se ordenó el EMPLAZAMIENTO DE: LOS HEREDEROS INDE TERMINADOS DE LA SEÑO RA MAGALY SOFIA MONTES GONZALEZ C.C. # 22.353.735 (q.e.p.d.), lo anterior dentro del proceso ordinario laboral, radicado #08001310500720150049300, promovido por OLGA CECILIA CASTILLO DE CAMACHO, contra: COLPENSIONES y HE REDEROS INDETERMINADOS DE MAGALY SOFIA MONTES GONZALEZ, en alguno de los dos medios escritos de amplia circu lación nacional que seguidamente se designan: El Heraldo o La Li bertad. Dicha publicación se hará el día domingo. Se le informa al emplazado que conforme a lo regu lado en el artículo 29 del Código Procesal del Trabajo y de la Se guridad Social, por auto del 1º de febrero de 2017 se le designó cura dor ad litem. DAIRO MARCHE NA BERDUGO, SECRETARIO
Juzgado Octavo Civil Municipal RADICACIÓN 2015 - 01155 JUZGADO OCTAVO CIVIL MU NICIPAL. BARRANQUILLA, DOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE (02/02/2017) ASUNTO: Pronunciación sobre solicitud de emplazamiento de los demanda dos. PREMISA NORMATIVA: Ley 794 de 2.003, que estableció la forma como se debe ordenar el emplazamiento, por tal razón re formó el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil y artículo 317 numeral 1º del código general del proceso. PREMISA FACTICA: La parte demandante a travès de apoderado, hizo entrega de la di ligencia de notificación de la parte demandada y solicita el emplaza miento y reitera la petición, para lo cual. RESUELVE: PRIMERO: Ordéne se el emplazamiento del demanda do JOSE DE JESUS HEREDIA PIÑERES, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, para efecto de que se notifique (n) del auto fechado 24 DE FEBRE RO DE 2016, proferido dentro del proceso EJECUTIVO promovido por BANCO DE OCCIDENTE S.A. a través de apoderado con tra JOSE DE JESUS HEREDIA PIÑERES, radicado bajo el Nº 080014003008-2015-01155-00. SEGUNDO: Dicho emplazamien to se surtirá mediante la inclusión del nombre del demandado en un listado que se publicará por una sola vez en un medio de amplia circulación nacional. TERCERO: Para cumplir con lo anterior la publicación deberá rea lizarse en el diario El Heraldo o LA LIBERTAD en día domingo. CUARTO: La carga procesal de emplazar a la parte demandada, se deberá cumplir en treinta (30) días, so pena de decretar desistimien to tácito (artículo 317 numeral 1º C.G.P.) NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La Jueza, DIANA PATRICIA BERNAL MI RANDA. JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORAL DE BA RRANQUILLA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BA RRANQUILLA. HACE SABER: Que por auto de fecha 07 de Febre ro de 2017, se ordenó Emplazar a las PERSONAS INDETERMINA DAS, que se crean con derecho a intervenir en el presente proceso VERBAL (Declarativa de Pres cripción Extraordinaria Adquisi tiva Dominio Pertenencia) pro movida por MARTIN ELEAZAR MONTOYA VELEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.482.024, por medio de apodera do judicial Dra. CLARA ZABALA TORRES, portadora de la cédula de ciudadanía Nº. 22.394.457 y T.P. No. 13018 del C.S.J. contra la Sociedad INVERSIONES INEXPO S.A.S., representada legalmente por el se ñor EDUARDO ALONSO MAL DONADO BARROS distinguida con el NIT.: 900.369.871 y en contra de las PERSONAS INDE TERMINADAS. De conformidad con el Art. 375 del C. General del Proceso numeral 6, infórmese la existencia de este proceso a la Superintendencia de Notariado y Registro, al Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural (INCODER), A LA Unidad Administrativa Especial de Aten ción y Reparación Integral de Víctimas y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), para que, si lo consideran pertinente, hagan las manifestaciones a que hubiere lugar. Igualmente se orde na emplazar a las PERSONAS IN DETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir en el pre sente proceso y en especial sobre la prescripción extraordinaria que solicita la parte demandante del in mueble ubicado en la calle 48 No. 46-68 de esta ciudad, y distinguido con la matrícula inmobiliaria Nº. 040-1867 en los términos del Art. 108,293 y 375 numeral 7º, del C. General del Proceso, esta publica ción debe hacerse en un listado por escrito en un periódico de amplia circulación nacional o local como El Heraldo o La Libertad el día do mingo. Vencido dichos términos, se les designará CURADOR ADLlTEM, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Dado en Barranquilla a los 17 DE FEBRERO DE 2017. Cordialmen te, ALFREDO PEÑA NARVAEZ, SECRETARIO. Rad. Nº 201700021-00 EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la publi cación del presente edicto en el periódico, en el trámite Notarial tendiente a liquidar herencia del (la) (los) causante, JULIO OJEDA MARTINEZ, identificado (a) (os) con C.C. No. 8.727.102, quien (es) falleció (eron) 07 de Diciembre de 2010, siendo su último domicilio la ciudad de Barranquilla y el asiento principal de sus negocios. Este trá mite fue aceptado mediante ACTA No. 009 fecha 13 de FEBRERO del 2.017. En la cuál se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora local, por una sola vez, en cumplimien to a lo dispuesto por el artículo 3 NUMERAL 3 DEL DECRETO 902 de 1988. Para constancia se fija el presente EDICTO hoy 13 DE FEBRERO de 2.017 siendo las 8.00 A.M. RAFAEL MARIA GUTIERREZ RODRIGUEZ, NOTARIO SÉPTI MO DE BARRANQUILLA. JUZGADO TERCERO LABO RAL. BARRANQUILLA ATLANTICO EDICTO EL JUZGADO TERCERO LA BO RAL DE BARRANQUILLA, ATLÁNTICO EMPLAZA: Al señor ALMIR ARIZA MA RRIAGA Y OTROS, para que dentro del término legal de quince días, comparezca por sí o por inter medio de apoderado judicial a re cibir notificación personal del auto admisorio de demanda de fecha proferido al interior del proceso Ordinario Laboral promovido por PRODENVASES S.A.S, contra el señor ALMIR ARIZA MARRIA GA Y OTROS. Se previene al em plazado que si vencido el citado término legal no ha comparecido al proceso, se le designará cura dor ad-litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos del artículo 318 del C de P.C., se libra el presente edicto, el cual se deberá publicar por una sola vez, un día domingo, en el pe riódico El Heraldo o La Libertad, hoy 23 de Enero del año 2017. CARLOS FREYLE CAICEDO, SECRETARIO
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CENTRO DE SERVICIO DE LOS JUZGADOS DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE BA RRANQUILLA AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL CENTRO DE SERVICIOS DE LOS JUZGADOS DE EJE CUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA INFOR MA: Cumplidos los requisitos del art. 448 del C.G.P., el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE BA RRANQUILLA fija el 07 de marzo de 2017 a las 09:30 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien in mueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 040-408652, el cual se encuentra ubicado en la Ca lle 100 No. 42F-100 Torre 7 Apto. 204 de esta ciudad, de propiedad de la demandada, embargado en el presente proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, promovido por BANCO BBVA COLOMBIA S.A. CESIONARIO: ARMANDO RA FAEL ARIZA GONZALEZ, con tra DAISY SOFIA SAMPAYO CERPA, el cual se venía tramitando ante el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Barranquilla con Ra dicación No. 08-001-31-03-0142010-00116-00 (C14-0022- 13). Será postura admisible en el remate la que cubra el 70% del valor del avalúo dado a los bienes por rema tar. El bien inmueble a rematar está avaluado en la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($139.651.500,00 M/Cte.). Dicho inmueble se encuentra a cargo del secuestre JAVIER DE JESUS OJE DA HERNANDEZ, identificada con C.C. No. 8.718.981, quien puede ser localizado en la Carrera 18 No. 21-91, Tel. 3468500. Cel. 311 6554750; quien hace parte de la lista oficial de auxiliares de la justicia. Todo postor para ser ad mitido como tal deberá consignar el Cuarenta por ciento (40%) del mencionado avalúo en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia a órdenes de la OFICINA DE EJECUCIONES CIVIL DEL CIRCUITO, cuenta No. 080012031015, de conformi dad con el artículo 451 del C.G.P., con indicación del número de radi cación del proceso, título que de berá exhibir junto con su oferta en sobre cerrado al momento de la lici tación. La licitación comenzará a la hora antes indicada y no se cerrará, sino después de haber transcurrido una hora dentro de la cual deberá presentar la oferta en sobre cerrado. El presente Aviso se publicará por una sola vez el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para esta diligencia por uno de los periódi cos de amplia circulación como El Tiempo, El Heraldo o El Especta dor o una radiodifusora local, para lo cual se debe aportar una copia informal del diario y la constancia del administrador o funcionario de la emisora sobre su transmisión, de conformidad con el artículo 450 del C.G.P. Barranquilla Noviembre Dieciseis (16) de Dos Mil Dieciséis (2016). ANA MARIA IGLESIAS NAVAS, SECRETARIA Juzgado Treinta y Uno Civil Muni cipal de Barranquilla Barranquilla-Atlántico. RAD 08001400303120160062900 EDICTO EMPLAZATORIO LA SUS CRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y UNO CI VIL MUNICIPAL DE BARRAN QUILLA, POR MEDIO DEL PRE SENTE CITA Y EMPLAZA A CLAUDIA GOMEZ LOZANO, FABIOLA GOMEZ LOZANO, LUIS ALBERTO GOMEZ LOZA NO y demás PERSONAS INDE TERMINADAS, que se crean con algún derecho a recibir notificación personal del auto admisorio de fe cha 20 de Octubre de 2016, dentro del PROCESO DE PERTENEN CIA POR PRESCRIPCION EX TRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, radicado bajo el No. 2016-00629 y promovido por NURY ESTHER MARENCO GARCIA, a través de apoderado judicial, contra CLAUDIA GO MEZ LOZANO, FABIOLA GO MEZ LOZANO, LUIS ALBERTO GOMEZ LOZANO, JANETH GOMEZ LOZANO y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho a intervenir. El bien inmueble identificados con matrí cula inmobiliaria No. 040-371012, ubicado en la calle 41 No. 43-148 Edificio Gómez Grisales, Local U, Oficina 201, en la ciudad de Ba rranquilla, con las siguientes me didas y linderos: Local U oficina (201): Esta área privada es desti nada para uso comercial o habita cional. Consta de cuatro (4) salones y un (1) baño. AREA PRIVADA: Cincuenta y ocho metros cuadra dos con noventa y un centímetros cuadrados (58.91 m2). ALTURA LIBRE: dos metros con cuarenta centímetros (2.40 metros). LINDE ROS Y MEDIDAS: NORTE: Mide diecisiete metros con noventa y un centímetros (17.91 metros), entre los puntos (6-8) en línea recta y linda con el muro de fachada que lo separa de la escalera de acceso al local comercial u oficina dos cientos uno (201) y vacío hacia el pato de uso privativo del local u oficina ciento uno (101) del primer piso. SUR: Mide dieciocho metros con veinte centímetros (18.20 me tros), entre los puntos (5-7) en línea quebrada y dimensiones sucesivas de 8.22.0.99 y 8.99 metros y lin da con el muro de fachada que lo separa del lote donde se levanta el edificio de propiedad horizontal y vacía hacia el patio de uso priva tivo del local u oficina ciento uno (101) ESTE: Mide dos metros con noventa y cinco centímetros (2.95 metros) entre los puntos (7-8) en lí nea recta y linda con el muro de fa chada que lo separa del vacío hacia el patio de uso privativo del local u oficina ciento uno (101) del primer piso; OESTE: Mide tres metros con noventa y cuatro centímetros (3.94 metros), entre los puntos (5-6) en lí nea recta y linda con el muro de fa chada que lo separa del vacío hacia el andén municipal en medio: y la calle cuarenta y uno (41); NADIR: linda con el local u oficina ciento uno en medio de la losa de entrepi so; CENIT: linda con la cubierta del edificio. A este local u oficina le corresponde además el espacio de escalera de acceso con un área de cuatro metros cuadrados (4.00 m2). Deberán concurrir al proceso a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, a reci bir notificación personal del auto admisorio. Se le advierte a todos los emplaza dos que si dentro del término seña lado no comparecen se les desig nará un CURADOR AD- LITEM, con quien se surtirá la notificación, se tramitará y proseguirá el proceso hasta su terminación. Para los efectos del artículo 108 del Código General del Proceso se entrega el presente EDICTO al interesado para que lo publique en día domingo en los periódicos EL HERALDO o LA LIBERTAD de la ciudad de Barranquilla o El Tiempo de Bogotá. Barranquilla, Febrero 08 de 2017. LORAINE REYES GUERRERO, Secretaria