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EL MERCURIO
LOCAL
Manta, Lunes 17 de Octubre 2016
I
Ministerio de Educación, del Interior y Policía Nacional, los grandes soportes
“ESCUELAS SEGURAS”…
¡Réplica Manta está a la vanguardia!
Estudiantes, padres de familia, Policía Nacional, en feria de Seguridad Ciudadana.
Dra. Fátima Pérez Bravo, rectora de la Unidad Educativa del Milenio Réplica Manta, colocando chaleco a brigadista escolar.
Marco Tulio Serrano, EM.“Una educación formada en principios y valores es lo que nos da la seguridad de una Patria libre y soberana como la que estamos trabajando en estos momentos. Hoy, se siente la presencia del caminar unido, Ministerio de Educación, del Interior y Policía Nacional, quienes cada día están ayudándonos para que nuestra juventud camine con valores, principios, con seguridad y protección”. Así lo manifestó la doctora Fátima Pérez Bravo, rectora de la Unidad Educativa del Milenio Réplica Manta, durante la inauguración del programa de “Escuelas Seguras” y feria de la Seguridad Ciudadana realizada en esta institución educativa. Quien añadió que la mejor protección que pueden tener los niños, es el amor que le prodigan sus padres. La convivencia familiar llena de afecto, confianza y respeto es esencial para el bienestar de los hijos,
convirtiéndose su casa en una coraza de protección, en un refugio. Con el proyecto que tiene el Ministerio de
Educación, de Policía y del Interior, “Escuelas Seguras”, en beneficio de la integridad de los estudiantes, expresó su agradeciendo quienes les están brindado una extraordinaria ayuda para que las instituciones educativas y los estudiantes puedan avanzar con seguridad y protección. También se trabaja con brigadas de estudiantes y padres de familia, los mismos que participan alrededor de las instituciones educativas precautelando el bienestar de los niños, salvaguardando la salud física y emocional de los pequeños. En esta acción de prevención trabajan los maestros del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE), en la que capacitan a los niños. Por otra parte, es esencial trabajar con los padres de familia. Alertando a los padres de familia acerca del peligro que acecha a los niños. Indicando que si un
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA CITACIÓN JUDICIAL A los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Segundo Juan Reyes Delgado; y, por representación de Segundo Juan Reyes Cárdenas y José Lizandro Reyes Cárdenas y a los presuntos interesados, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil de Manta, por sorteo de Ley, le ha tocado conocer demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio cuyo extracto y auto es como sigue:ACTOR: MARIA DEL PILAR BARCIA DELGADO, DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes Segundo Juan Reyes Delgado; y, por representación de Segundo Juan Reyes Cárdenas y José Lizandro Reyes Cárdenas y presuntos interesados TRÁMITE: Ordinario.JUICIO: No: 13337-2016-00818 CUANTÍA: Indeterminada.ABG. DEFENSOR: Ab. Héctor Enrique Silva Rodríguez OBJETO DE LA DEMANDA: La actora manifiesta en su demanda que es posesionaría real de un lote de terreno que es parte del terreno heredado por los demandados, y que esta parte del bien del cual está posesionada está situado en el Barrio Las Acacias del cantón Manta, y que tiene los siguientes medidas y linderos: POR EL FRENTE: Calle pública con doce metros y cincuenta y dos centímetros, (12,52); POR ATRÁS: Con Calle Pública y con once metros y treinta centímetros (11,30); POR EL COSTADO DERECHO: Con Veintinueve metros y noventa y nueve centímetros (29,99) y calle pública frente al Barrio Buena Vista; POR EL COSTADO IZQUIERDO: Con Veintinueve metros y Noventa y Ocho Centímetros y propiedad de los Herederos Reyes Cárdenas, teniendo un área total de (356,75) metros cuadrados. Que, desde el día 1 de enero del año 1999, ha mantenido la posesión del predio singularizado anteriormente, de forma tranquila, continua, esto es de manera ininterrumpida, pacífica y pública, posesión material ejercida como amo, señora y dueña por más de diecisiete (17) años hasta la presente fecha de presentación de la demanda. Ampara su demanda en lo tipificado en los artículos 603, 715, 2398, 2392, 2393, 2410, 2411 del Código Civil vigente. Solicita que en sentencia se la declare titular del derecho de dominio del bien inmueble descrito a su favor, por haberse operado la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio. JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Holger Antonio Rodríguez Andrade, Juez de la Unidad Judicial Civil de Manta, quien en auto de calificación de fecha Manta, miércoles 3 de agosto del 2016, las llh08, acepta la demanda al trámite Ordinario, y ordena que se cite a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Segundo Juan Reyes Delgado; y, por representación de Segundo Juan Reyes Cárdenas y José Lizandro Reyes Cárdenas y a los presuntos interesados, por la prensa, concretamente en el periódico denominado Diario El Mercurio, que se edita en esta ciudad de Manta, por ser el de amplia circulación en este cantón, en tres días distintos. Se hace conocer a los demandados que transcurrido veinte días desde la última publicación comenzará el término que tienen para contestar la demanda o deducir sus excepciones. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes. Manta, 12 de Octubre del 2016 Abg. Mariana Elizabeth Moreira Cedeño Secretaria de la Unidad Judicial Civil de Manta
Autoridades del Ministerio de Educación, del Interior y Policía Nacional, docentes de la institución educativa.
pequeño se apoya en las drogas, es porque está huyendo de una realidad, una triste y grave situación que se vive en su hogar, probablemente. Adicionalmente en la Unidad Educativa Réplica Manta, se está trabajando con un proyecto de
inteligencia emocional. Resaltando que el niño cuando carece de afecto es fácil presa, para esa gente sin conciencia que induce a los pequeños a caer en las drogas. Por tal razón, Réplica Manta ha aceptado este desafío, de proteger a sus es-
tudiantes. Sin embargo, este trabajo también debe hacerse desde el hogar, labor que les corresponde a los padres. Ellos, deben convertirse en los mejores amigos de sus hijos, en sus confidentes, concluyó.
Unidad Judicial Civil Palacio de Justicia de Manta Extracto Judicial A los HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del causante señor "JORGE ENRIQUE MEDRANDA CHÁVEZ, LOURDES IRENE PERALTA PONCE y TITO WALTER MEDRANDA ALCIVAR, se les hace conocer que en esta Unidad Judicial Civil de Manabí, con sede en esta ciudad de Manta, por sorteo de Ley, le ha tocado conocer demanda en Juicio ESPECIAL de EXPROPIACIÓN cuyo extracto y auto es como sigue: ACTOR: ING. JESÚS VICENTE LOOR VALDIVIESO, EN CALIDAD DE DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL EN MANABÍ DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del causante señor JORGE ENRIQUE MEDRANDA CHÁVEZ, LOURDES IRENE PERALTA PONCE y TITO WALTER MEDRANDA ALCIVAR N° DE CAUSA: 13337-2016-00981 CUANTIA: USD $1.407.835,54 OBJETO DE LA CAUSA: La actor manifiesta que el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en sesión extraordinaria, llevada a cabo el día 15 de junio de 2016, "... conocieron los Memorandos No: IESS-DG-2016-1027-M, IESS-PG-2016-0878-M, IESS-DNIE-2016- 0420-M; IESS-DNIE-2016-0609-M, IESS-DSGESIF-2016-1335-M, IESS-SDFSS-20162402-M, en los que presenta el informe Técnico-Legal, la certificación presupuestaria, así como la necesidad de declarar de utilidad pública el bien inmueble de Manta, mismo que se señala presenta las mejores condiciones para poder construir el nuevo Hospital de Manta en virtud de que el que existía en esta ciudad se vio gravemente comprometido en razón del terremoto sufrido el 16 de abril de 2016. En virtud de la información y documentación referida, los Miembros de Consejo Directivo resolvieron de manera unánime autorizar a la Dirección General o su Delegado la declaratoria de utilidad pública del bien inmueble de Manta detallado en los memorandos señalados anteriormente, para lo cual se debe ejecutar de conformidad a lo determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento y demás ordenamiento jurídico aplicable". La Declaratoria de Utilidad Pública está contenida en Resolución Nro. IESS-DG-2016-0004-R de 15 de junio de 2016, que resolvió: "... Art.1.-Declarar de utilidad pública con fines de expropiación y ocupación inmediata, el terreno de propiedad del señor Jorge Enrique Medranda Chávez y actualmente de sus herederos sus hijos señores: Washington Enrique Medranda Peralta, Carlos Alberto Medranda Peralta, Freddy Enrique Medranda Peralta, César Oswaldo Medranda Peralta, Carmen Narcisa Medranda Peralta, Jorge Antonio Medranda Peralta, José Alejandro Medranda Peralta, Jaime Darío Medranda Peralta, Ricardo Orlando Medranda, Nelly Yolanda Medranda García, Tito Walter Medranda Alcívar y Viviana Nataly Medranda Pisco, predio de una superficie total 42.000,00 metros cuadrados, conformado por dos lotes: Lote A: 30.000,00 m2. (150x200)m y Lote B: 12.000,00 m2 (75xl60)m, denominado "MANAPEZ", con claves catastrales No. 2170102000 y 2170103000 respectivamente, ubicado en las vías de primer orden, avenida Manta-Montecristi y avenida interbarrial, parroquia Tarqui, cantón Manta, provincia de Manabí. La expropiación del inmueble se hace como cuerpo cierto incluido las construcciones existentes por el valor total de UN MILLÓN CUATROCIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO 54/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $1.407.835,54) de acuerdo al avalúo efectuado por el Director de Avalúos, Catastro y Registros del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Manta. Fundamenta su demanda de expropiación en los artículos 781, 782, 783, 784, 785, 786, 787, 788, 794, 796, 797 y 798 del Código de Procedimiento Civil; Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y los artículos 62 y 63 del Reglamento de la Ley antes citada. Además en aplicación del Decreto Presidencial No. 1001 de 17 de abril de 2016. Solicita que en sentencia se declare a su favor la Expropiación del bien inmueble antes descrito más construcciones existentes en el mismo. JUEZ DE LA CAUSA: Dra. Nilda Sofía Aguinaga Ponce, quien en Auto de fecha Manta, viernes 22 de julio del 2016, las 16h40, avoca conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Manta, y ordena que se cite a los HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del causante señor JORGE ENRIQUÉ MEDRANDA CHÁVEZ, LOURDES IRENE PERALTA PONCE y TITO WALTER MEDRANDA ALCIVAR, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Manta, con sujeción a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, ya que el señor Ing. Jesús Vicente Loor Valdivieso, en calidad de Director Provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social en Manabí, manifiesta bajo juramento que le es imposible poder determinar la individualidad, el domicilio o residencia actual de los demandados. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación de señalar domicilio legal para recibir sus notificaciones correspondientes, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario podrán ser declarados en rebeldía. Lo que se publica para los fines de Ley. Manta, Agosto 18 del 2016
Abg. Carlos Antonio Mafla Zamora SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL – MANTA