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Cusco, martes 19 de abril de 2016 COMUNICADO

EDICTO JUDICIAL

Constructora Mech S.R.L. Comunica a la colectividad en general lo siguiente: Los proveedores de Constructora Mech S.R.L. en la obra: “Conservación y Operación de los Bienes de la Concesión Urcos-Inambari (contrato-2015)” ubicada en el Tramo 2 de la Carretera Interoceánica Sur Perú -Brasil, Región Cusco, Ejecutada por la mencionada empresa; que tengan deudas pendientes por pagar. Acercarse a la oficina central ubicada en la Av. Los Incas # 1500-Wanchaq-Cusco. Para que se le sean canceladas del 09/04 al 30/04/2016. 09/04 al 30/04/2016. F/. 26177

En el segundo Juzgado de Paz letrado de la Provincia de la Convención que Despacha la Señora Jueza Angela Joanna Cornejo Valderrama, bajo la actuación de la Especialista legal Mariela Velásquez Gutiérrez se viene tramitando el Proceso N° 011-2016, seguido por DOMINGA VARGAS VALENZUELA, sobre Sucesión Intestada de que en vida fue VICTOR SERRANO PINARES fallecido en la Ciudad de Quillabamba Distrito de la Santa Ana de la Provincia de la Convención, Departamento del Cusco, el día 07 de junio del 2007, lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 27de enero del 2016. ANGELA JOANNA CORNEJO VALDERRAMA JUEZ 15-18-19/04/2016 B/. 29858CE

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por BANCO AGROPECUARIO - AGROBANCO contra EVARISTO PANTOJA TTITO expediente N° 01427-2014-0-1001-JR-CI-02 sobre EJECUCION DE GARANTIA, el SEGUNDO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO – Sede Central a cargo del Juez Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo, asistido por el Especialista Legal Saida Chiun Manco, ha dispuesto SACAR A REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes inmuebles: A) Predio Rústico denominado Lloquechayoq, ubicado en el sector Lloquechayoq, distrito de Huanoquite, provincia de Paruro, departamento del Cusco, con Área 0.3133 Has, con Unidad Catastral 82137, inscrito en la Ficha N° 47171 y continúa en la Partida N° 03000882 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco. VALOR DE TASACIÓN: US$. 6,313.04 (Seis Mil Trescientos Trece y 04/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$. 4,208.69 (Cuatro Mil Doscientos Ocho y 69/100 Dólares Americanos), que representa las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA a favor del Banco Agropecuario – AGROBANCO hasta por la suma de S/. 11,077.00 Nuevos Soles, inscrito en el Asiento D00004 de la Partida N° 03000882. DIA Y HORA DEL REMATE: El viernes 29 de Abril de 2016 a horas 09:30 A.M. B) Inmueble vivienda ubicado en el Centro Poblado Huanoquite, Mz. B, Lote 14, distrito de Huanoquite, provincia de Paruro, departamento del Cusco, Área 181.69 m2, inscrito en la Partida P31023935 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco. VALOR DE TASACIÓN: US$. 24,493.41 (Veinticuatro Mil Cuatrocientos Noventa y Tres con 41/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$. 16,328.94 (Dieciséis Mil Trescientos Veintiocho con 94/100 Dólares Americanos), que representa las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA a favor del Banco Agropecuario – AGROBANCO hasta por la suma de S/. 57,581.02 Nuevos Soles, según consta en el Asiento 0003 de la Partida N° P31023935. DIA Y HORA DEL REMATE: El viernes 29 de Abril de 2016 a horas 10:00 A.M. LUGAR DEL REMATE: En las instalaciones de la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco ubicado en Av. El Sol N° 239, distrito provincia y departamento del Cusco. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), adjuntando el arancel judicial consignando el número de expediente y juzgado respectivo, original y copia de DNI. LOS HONORARIOS del Martillero Público serán de cargo del adjudicatario, conforme a la Ley N° 28371 y cuyo monto está establecido en el Art. 18° del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al I.G.V. y se cancelarán finalizado cada remate. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: ROBERTO CARLOS BAUTISTA LIZARBE Martillero Público con Registro N° 326. CELULAR: 945-683848 – RPM #945683848. 6VCES-14-15-18-19-20-21-IV-16 B/V 38688 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. Nº 255-2016-CI seguido por ISABEL RAMOS LAURA sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue Cosntantino Huaycho Atao, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 12-04-2016 3VCES-15-18-19-IV-16 B/V 38694 EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 140-2015, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 02 del 08-01- 2016: “ ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUSTINA CUSIQUISPE FLORES SOBRE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA ACTOTA EN EL EXTREMO DE LA ANOTACION MARGINAL QUE LA DECLARA FALLECIDA EN LA VIA DEL PROCESO NO CONTENSIOSO; Estando a lo previsto por el articulo 754 del Código Procesal Civil cúmplase con publicar el extracto de la presente resolución por el termino de tres días hábiles en el Diario El Peruano y en el Diario Judicial El Cusco, a costa de la parte actora.- DECLARANDOSE IMPROCEDENTE el extremo del petitorio que solicita la cancelación de la partida de defunción Nro. 79 de fecha 07 de Diciembre de 1964, reservándose su derecho de acudir en la vía respectiva. H. S.” Firma y sello del Señor Juez Gudriel Diaz Usca y Secretaria Eliana Vera Huaranca. Calca, 14 de abril del 2016. 3VCES-15-18-19-IV-16 B/V 38703 EDICTO JUDICIAL EXP. N° 02558-2015-0-1001-JM-CI-01, Primer Juzgado Mixto Wanchaq, demandante CESAR FELIPE GARCIA TURPO, sobre prescripción adquisitiva de dominio, se ha resuelto: ADMITIR la demanda en la vio del Proceso ABREVIADO interpuesta por, CESAR FELIPE GARCIA TURPO contra MECÁNICA AUTOMOTRIZ LAGARTO Y contra quien lo represente, sobre PRESCRICPION ADQUISITIVA DE DOMINIO de propiedad vehicular del automóvil de placa N° JG-4632 marca Volkswagen , año 1972 N° de serie BE211286, N° de motor BF508272 de color blanco con un peso neto de 0.790 TN. NOTIFÍQUESE al demandado por EDICTOS conforme a lo previsto por el Artículo 165º del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; además de cumplirse con la publicación de edictos judiciales conforme lo prescribe la norma en su artículo 506º del Código Procesal Civil, se dispone la publicación de la misma por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los Artículos 167º y 168º del mismo Código, para efectos de la absolución de la demanda dentro del plazo previsto por Ley.- Fdo. Yábar.- Juez.- Fdo. Prado Secrt.- Wanchaq, 15 de enero del 2016.WALTER PRADA CHIPAYO SECRETARIO JUDICIAL 15-18-19/04/2016 B/. 29850 EDICTO Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq se viene tramitando la causa N° 2559-2015- CI, se ha dispuesto publicar un extracto del auto admisorio de la demanda: Resolución N°04 de fecha dieciocho de enero del año dos mil dieciséis SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda formulada por CESAR FELIPE GARCIA TURPO contra ANTONIO PAZ SOLDAN VARGAS y JUAN CARLOS BETH GUERRERO sobre PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIO CONSISTENTE EN LA PROPIEDAD vehicular del automóvil de placa n° IG-8821 marca Volkswagen año 1972 serie 1122175709 motor AC-003887 de color guinda peso neto 0.760TN lo que se pone en conocimiento para los fines consiguiente.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad.- H.S.- Media Firma y sello del señora Juez Doctora Nelly Consuelo Yabar Villagarcia .- Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta ,- Lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 7 de marzo del 2016. CRISALTA SALAZAR YAUTA SECRETARIA JUDICIAL 15-18-19/04/2016 B/. 29850

EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abg. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso Nº 304-2016-0-1001-JP-FC -02 solicitada por Mercedes Huaman Quispe sobre PRESTACION DE ALIMENTOS se ha dispuesto la notificación mediante edicto judicial la Rs. 1 AUTO ADMISORIO: Wanchaq, 16 de marzo del 2016: que resuelve: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MERCEDES HUAMAN QUISPE en representación de su menores hijos Carlos Daniel y Sarai Fiorela Terrones Huaman contra HERNAN TERRONES CASTRO sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS en la VIA DEL PROCESO UNICO, córrase traslado de la demanda al demandado, y habiendo presentado declaración jurada de no conocer el domicilio actual del demandado por el plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse rebelde. Debiendo el demandado cumplir con lo dispuesto en el artículo 565 del Código Procesal Civil. Dese por ofrecidos los medios probatorios, notifíquese conforme a ley al demandado en el domicilio real señalado por la actora. Habiendo presentado la recurrente declaración jurada de no conocer el domicilio actual del demandado CUMPLASE con la notificación por edicto del auto admisorio al demandado Hernán Terrones Castro bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal por el diario judicial de la circunscripción por el periodo de 03 días, sin perjuicio NOTIFIQUESE al demandado en el domicilio que obra en su hoja de inscripción de la RENIEC. H.S.”, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 07 de abril del 2016. 3VCES-18-19-20-IV-16 B/V 38718 EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 00142-2015-0-1001-SP-CI-0l, que se viene tramitando en la Sala Civil de Cusco, seguido por FLOR DE MARÍA YABAR DIAZ, apoderada de SELMA MILAGRO POMPILLA IWAMOTO y WILLY EDUARDO VILLALTA LUGLIO, sobre reconocimiento de sentencia emitida en el extranjero; se dispuso publicar la Resolución N° 03, de 21 de octubre de 2015. VISTOS: los autos para emitir la resolución final, se tiene de la solicitud de folio veintidós al veinticuatro, presentada por doña Flor de María Yábar Días en su condición de apoderada de SELMA MILAGRO POMPILLA IWAMOTO y WILLY EDUARDO VILLALTA LUGLIO, acompañando los recaudo s de ley y medios probatorios correspondientes, en la que solicita ante la Sala Civil, el reconocimiento de la resolución expedida en el extranjero, consistente en una sentencia de divorcio a efecto de que tenga pleno reconocimiento y eficacia en nuestro país, con los fundamentos de hecho y derecho que ella contiene, la que admitida a trámite por auto de folio veinticinco, de fecha siete de setiembre de dos mil quince fue notificada a las partes conforme a ley, llevándose a cabo la diligencia de actuación y declaración judicial de acuerdo al mandato contenido en la resolución número uno, siendo su estado el de emitirse la presente resolución final. RESOLVIERON: Declarar FUNDADA la solicitud presentada por don doña FLOR DE MARÍA YÁBAR DÍAS en su condición de apoderada de SELMA MILAGRO POMPILLA IWAMOTO Y WILLY EDUARDO VILLALTA LUGLIO, sobre reconocimiento de sentencia de divorcio expedida en el extranjero, en consecuencia, DECLARARON que tiene fuerza legal en el Perú, el certificado de sentencia de divorcio de fecha trece de octubre del año dos mil once, expedida por el Tribunal de Asuntos Familiares de China filial de Sakura, el que declara disuelto el matrimonio existente entre don SELMA MILAGRO POMPILLA IWAMOTO Y WILLY EDUARDO VILLALTA LUGLIO. Publíquese la presente resolución mediante edictos de ley, para el efecto mediante Secretaria de la Sala expídase los mismos. DISPUSIERON que consentida y ejecutoriada sea la presente resolución se remitan los partes correspondientes al Registro Nacional de Identidad y Estado Civil- RENIEC, a la Zona Registral No. X - Sede Cusco, para su inscripción en el Registro Personal, Al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y Departamento de Cusco, al Consulado General del Perú en Japón, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, para los fines legales consiguientes. Tómese Razón y Hágase Saber.- S.S. QUISPE ALVAREZ.- FERNANDEZ ECHEA.DELGADO AYBAR. Ante mí de lo que doy fe. ESPEJO ROSELL-Secretario de Sala. 2VCES-18-19-IV-16 B/V 38714 EDICTO JUDICIAL SEÑORES: HEREDEROS LEGALES DE FELICIANO HUAMAN TAMBOHUACSO: Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor, Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00259-2016-0-1001-JR-CI-03, seguido por CRISOLOGO PUMA ALVAREZ, OBLIGACIÓN DE, HACER consistente en OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA contra los HEREDEROS LEGALES DE FELICIANO HUAMAN TAMBOHUACSO; en el que mediante Res. 02 de fecha 07-04-2016, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso SUMARÍSIMO la demanda instada por CRISOLOGO PUMA ALVAREZ, sobre OBLIGACIÓN DE HACER consistente en OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA del documento de Donación de fecha treinta de agosto del año mil novecientos ochenta y nueve del terreno de aproximadamente de más de una hectárea (10,600 mts2) del predio denominado Tancarniyoc que tiene las siguientes colindancias con el Este con los terrenos del señor Feliciano Huaman Tambohuacso, por el Oeste con la propiedad de Nicolás Arenas, por el Norte con los terrenos de Nerio Escobar y por el Sur con los terrenos de Conafovicar, contra los HEREDEROS LEGALES DE FELICIANO HUAMAN TAMBOHUACSO; en consecuencia córrase traslado por el término de CINCO DÍAS, bajo el apercibimiento de Ley. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 165º y 435º del Código Procesal Civil, notifíquese por edictos a la sucesión hereditaria demandada, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo el actor recabar los edictos para su publicación. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. A sus antecedentes los anexos de su referencia. AL OTROSI DIGO.- TENGASE por facultada a la Abogada que autoriza..H. S.Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 14 de Abril de 2016. PAMELA DISIREE ALTAMIRANO MAYCA SECRETARIA JUDICIAL 18-19-20/04/2016 B/. 29864 EDICTO La Unidad de Investigación Tutelar- Cusco viene tramitando investigación tutelar por presunto estado de abandono a favor de los siguientes niño(a)s V adolescentes: MARIA DEL ROSARIO JARA TAYPE (02 meses de edad) Exp. 143-2016, ISMAEL YAURI ATASI (02 meses de edad) Exp. 059-2016, BRAYAN PATIÑO MOLINA (20 días de edad) Exp.113-2016, ALEXIS PUMA HUAMANI (4 meses de edad) Exp. 014-2016, MIGUEL ANGEL MEZA GUIZADO (06 años de edad) Exp. 077- 2016, SEBASTIAN JERONIMO CONDORI HUAMAN (09 meses) Exp. 1882015, RUTH KARINA NAYZA MAMANI QUINCHO (13 años de edad) Exp.207-2014; disponiendo NOTIFICAR a sus progenitores V/o cualquier otro familiar o responsable de los mencionados tutelados a fin de que se apersonen en el término de 05 días a la UIT -Cusco, sito en la Urb.


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