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48 indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ VELASQUEZ CUENTAS ALFARO HERRERA CONSTANCIA: Se notificó con el tenor de la resolución que precede a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar, quien enterada firmó, lo que se anota para los fines consiguientes del caso. -------------------------------------------YENNY MARGOT DELGADO AYBAR Juez Superior. Sala Civil de Cusco 14-15-16/06/2016 CPJ Sala Penal Liquidadora En Adición De Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial De Cusco. EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02020-2016-81-1001-JR-PE-01. SALA PENAL LlQUIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado de la Sala Penal Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza a la acusada MARISOL COAQUIRA XHIRINOS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 01 de julio de 2016 a horas 11 :00 a.m., la misma que se verificara en la Sala de audiencias de la Sala Penal Liquidadora en adición de funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 2020-2016-81, seguido en contra de la referida imputada, por la presunta comisión del delito de trata de personas, en agravio de la menor de iníciales S.A.H. Cusco 10 de junio del 2016. 15-16-17/06/2016 CPJ Sala Penal Liquidadora En Adición De Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial De Cusco EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02019-2016-42-1001-JR-PE-01. SALA PENAL LI UIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado de la Sala Penal Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado JOEL NIEBLE HUALLPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 01 de Julio de 2016 a horas 09:00 a.m., la misma que se verificara en la Sala de audiencias de la Sala Penal Liquidadora en adición de funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 2019-2016-42, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de Violación Sexual, en agravio de la menor de iníciales S.B.Q. Cusco 10 de junio del 2016. 15-16-17/06/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO ACUSADOS: FREDDY VARGAS QUIJADA E ISAAC HUAMANTUPA CCAHUANA El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco en adición de funciones Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Ambientales, en el proceso N° 00761-2014-13-1001-JR-PE-O1, seguido contra FREDDY VARGAS QUIJADA y OTROS, por la presunta comisión del delito ambiental, en su modalidad de delito de RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA EN INFORME en agravio del Estado representada por la Procuraduría Publica Del Ministerio del Ambiente, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. María del Pilar Sánchez Vargas, emplaza a los acusados FREDDY VARGAS QUIJADA E ISAAC HUAMANTUPA CCAHUANA, con el tenor de la siguiente la Resolución Nro. 17 de fecha 10 de junio del 20 16, P ARTE RESOLUTIVA, SE RESUELVE: 1. DECLARA FRUSTRADA la audiencia de control de acusación por la inconcurrencia de los abogados particulares de los acusados Isaac Huamantupa Cahuana y Freddy Vargas Quijada, quienes a pesar de estar debidamente notificados conforme ha dado cuenta la especialista de audio. no han concurrido a esta diligencia. 2. REPROGRÁMESE esta audiencia para verificarse el DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A LAS 8:00 HORAS DE LA MAÑANA, EN LA SÉPTIMA SALA DE LOS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LOS JUZGADOS DEL CUSCO, dando se por notificado las partes presentes. 3. HÁGASE EFECTIVO el apercibimiento en autos y EXCLÚYASE A LOS ABOGADOS PARTICULARES DE LOS ACUSADOS ISAAC HUAMANTUPA CAHUANA y FREDDY VARGAS QUIJADA. Debiendo notificarse a estos mediante edictos judiciales para que designen un nuevo abogado defensor, en caso de no hacer en el plazo de 24 horas, desígnese simultáneamente abogado defensor publico para cuyo efecto deberá girarse el oficio correspondiente a la coordinación de la defensoría publica. 15-16-17/06/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL No. 2034-2015 SEXTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CUSCO - TURNO “A” ¬COMISARÍA DE SHAPY, -----------------------------------------------------------Secretario: Tomasa VILLAR V ARGAS Se cita, y emplaza al imputado Wilmer Yandy HUAMANI CCAHUANA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el acto de la Audiencia de Ley señalada para el día cuatro de julio del dos mil dieciséis, a horas seis de la tarde, en el proceso que se le sigue por Faltas Contra la Persona -LESIONES DOLOSAS, en agravio de Julia Nelly Calcine Corrido; con los apercibimientos decretados. Cusco, 09 de junio del 2,016

Cusco, miércoles 15 de junio de 2016 15-16-17/06/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL No. 1578-2015 Secretario: Tomasa VILLAR VARGAS. Mediante el presente se notifica a la agraviada Marina QUISPE QUISPE, con la Resolución No. 5 -Auto Final por Desistimiento Tácito en el proceso seguido por faltas contra la persona en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de Jaime Percca Quispe, en su agravio. Se pone en conocimiento para los fines pertinentes. Cusco, 09 de junio del 2,016. 15-16-17/06/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL En el 3° JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se viene tramitando el Procedo 03006-2015-0-1001-JR-FT sobre VIOLENCIA FAMILIAR en el que se ha dispuesto la notificación de las partes QUISPE OJEDA, ALBERTO Y A YMA RA YME, KARINA con el auto que declara consentida las medidas de protección: DE OFICIO: De la revisión del proceso se aprecia que ha transcurrido en exceso el plazo concedido por ley, sin que las partes procesales hayan interpuesto recurso impugnatorio alguno contra las medidas de protección de fecha veintidós de enero del dos mil dieciséis pese a estar válidamente notificados, por lo que, se resuelve declarada CONSENTIDA. En consecuencia, el presente proceso pasa a la etapa de EJECUCIÓN en tal sentido. 1. REQUIERASE al denunciado ALBERTO QUISPE OJEDA a fin de que cese de todo tipo de violencia por parte del demandado, por lo que deberá abstenerse de agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, de efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, de proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios; Proceso que se tramita bajo la actuación de la Secretaria Judicial Joselin Pezo Hullpa Cusco, 07 de junio del 2016. 15-16-17/06/2016 CPJ EDICTOS En el proceso 2897-2015 sobre infracción contra la patrimonio en su modalidad de robo agravado que se sigue contra lo investigados OLAC, AFS y RPH seguido en agravio de Jair Alonso Flores y Vimar Sotelo, CON EL MAGISTRADO Edwin Romel Bejar Rojas, bajo al actuación de la secretaria Mónica M.Romero Pareja; se dispone la notificación por edictos a Alexandra Farfán Soria desde el autos de promoción, señalándose fecha para la audiencia de esclarecimiento de hechos el 24 de mayo a las 11:00 horas SE RESUELVE: 1. PROMOVER investigación por la INFRACCiÓN A LA LEY PENAL a favor de los adolescentes OSLY LEONCIO ALVAREZ CRUZ, ROCIO PALMA HUAMANÑAHUI y ALEXANDRA FARFAN SORIA de 16,17 Y 15 años de edad, como presunto autor de la infracción penal contra el PATRIMONIO en su modalidad de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los incisos 2, 4 Y 7 de la primera parte del artículo 189 del Código Penal, teniendo como tipo base el artículo 188 del citado cuerpo legaL, en agravio de JAIR ALONSO FLORES FIGUEROA y VIMAR ESPINOZA SOTELO. 2. DETERMINAR como CONDICiÓN JURíDICA de los adolescentes investigados la ENTREGA A SUS PROGENITORES YIO RESPONSABLES, debiendo concurrir a las audiencias y diligencias programadas por el juzgado bajo apercibimiento de variar su condición jurídica a la de internamiento en caso de incumplimiento, y denunciar penal mente a sus progenitores por el delito de resistencia y desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento. 3. ADMITIR los medios probatorios ofrecidos por el Representante del Ministerio Publico contenidos en el Caso Fiscal Nro. 905-2015. 4. Para fines de la presente investigación actúense las siguientes diligencias: a. Recábese la declaración referencial de los adolescentes investigados b. Recábese la declaración de los agraviados. c. Recábese la partida de nacimiento de los adolescentes investigados, debiendo girarse el oficio respectivo. d. Practíquese el informe multidisciplinario integral de los adolescentes investigados: i. Psicológico: ii. Social: y, iii. Educativo:, debiendo notificarse con el formato correspondiente al Equipo Multidisciplinario de esta Corte Superior de Justicia. e. Recábese el informe sobre los antecedentes de medidas socios educativos impuestos a los adolescentes investigados, debiendo girarse el oficiocorrespondiente. f. Recábese el Record de Denuncias de los adolescentes investigados, gírese el oficio a la Comisaría de Familia quien deberá informar en el plazo de cinco días bajo responsabilidad funcional. g. Actúense cuantas diligencias sean necesarias, tendientes al mejor esclarecimiento de los hechos. 5. REQUERIR a los adolescentes investigados y sus progenitores para que en el plazo de CINCO DíAS se constituyan en el equipo multidisciplinario para la realización de los informes solicitados; bajo apercibimiento de valorar su conducta Firma la secretaria, de lo que doy fe.¬ H.S. 15-16-17/06/2016 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02036-2016-54-1001-JR-PE-01. SALA PENAL LlQUIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado de la Sala Penal Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado MIGUEL ANGEL FIGUEROA MUÑIZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 01 de julio de 2016 a horas 10:00 a.m., la misma que se verificara en la Sala de audiencias de la Sala Penal Liquidadora en adición de funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 2036-2016-54, seguido en contra del referido imputado y otro, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado Peruano Cusco 10 de junio del 2016. 15-16-17/06/2016 CPJ ¬


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