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Cusco, miércoles 13 de agosto de 2014
Cusco, 30 de julio del año 2014. 1V-13-VIII B/V 33784 EDICTOS En el primer Juzgado de paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Dra. Lissette A. Sánchez D.M, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 00993-2014-0-1001-JP-CI-01, seguido por Urlando Camacho Molina, sobre Sucesión Intestada de quien en vida fuera doña Guillermina Molina Jara, fallecida el 13 de setiembre del 20123, distrito de Curahuasi- Apurímac. Lo que se publica para los fines de ley. Wanchaq, 30 de junio del 2014. 1V-13-VIII B/V 33784 EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A JHON GARAY SOSA. Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02846-2013-0-1001-JR-CI-03 seguido por Omar Gumersindo Guzman Yabar, sobre Prescripción Adquisitiva, contra Jhon Garay Sosa; en el que se ha dictado la Resolución Nro. 07 de 02-06-2014, en la que se dispone: “Por lo expuesto: Estando al juramento prestado y de conformidad a lo establecido por el artículo 165 del Código Procesal Civil, que dispone: “La notificación por edictos procederá cuando se trate de personas inciertas o cuyo domicilio se ignore. En este último caso, la parte debe manifestar bajo juramento o promesa que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de la persona a quien se deba notificar”, notifíquese al demandado Jhon Garay Sosa a través de edictos, para que dentro de treinta días de notificado se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, edictos que serán publicados en el diario judicial del Cusco y el diario oficial El peruano por el término de tres días, y contendrán un estracto de la demanda y el auto admisorio, así como la presente.”. DEMANDA: *Interpongo demanda de prescripción adquisitiva de bien mueble, PETITORIO: pido que su autoridad declare propietario al recurrente, del vehículo de placa de rodaje SZ-4483 inscrita en los registros públicos a nombre de Jhon Garay Sosa, con las características siguientes: 1. Categoría: Station Wagon, 2. Carrocería: Sedan: 3. Marca: Subaru, 4, Modelo: Impreza, 5. Año de fabricación: 1995,6. N! de Serie: GF1-003444, 7. Colo: Azul, 8. Nº de motor: EJ15-257581, 9.Tarjeta de Propiedad: Nº F 0037924, AUTO ADMISORIO: Resolución número 02 de fecha 02 de 20 de noviembre de 2013 en el que se dispone “”…ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por OMAR GUMERSINDO GUZMAN YABAR, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de mueble, contra JHON GARAY SOSA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía .... “- Fdo Juez Alfaro Tupayachi. Cusco, 07 de agosto de 2014. 3vec- 13-14-15-viii b/v 33783 EDICTO PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIO El 2DO Juzgado Civil de Cusco, que despacha el Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Esp. Legal Salustio Fernández Vergara, ha dispuesto la publicación del extracto del auto admisorio de la demanda en el Exp. N° 01 258-201 4-0-1001-JR-CI-02, seguido por ÁNGEL CUSTODIO CHÁVEZ BAÑARES sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de vehículo de Placa de Rodaje A6Q-092 contra VICTOR HUGO CARAZAS MAYANGA y LEONOR MUÑIZ BOBADILLA, debiendo SUSTANCIARSE en la vía del proceso ABREVIADO, en tal virtud CÓRRASE traslado a los demandados por el plazo de ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En atención a lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese mediante edictos un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días. H.S. Salustio Fernández Vergara Cusco, 07 de AGOSTO del 2014 3V-13-19-25-VIII B/V 33787
EDICTO DE NOTIFICACION Por ante en el Proceso Civil N° 00028-2014-0-1013- JM-CI-01 en los seguido por Rodolfo Alarcón Valdez y María presentación Baca de Alarcón contra la Sucesión de Luis Valencia Álvarez sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO tramitado en la vía del proceso abreviado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha la señora Magistrada Dra. María Antonieta Cano Pozo, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Silvana Cuadros Escalante, se ha dispuesto la PUBLICACION mediante edictos de la resolución N° 01 de fecha 01 de agosto del 2014 (Auto Admisorio de Demanda), para que LOS POSIBLES SUCESORES Y/O HEREDEROS LEGALES DE QUIEN EN VIDA FUE LUIS VALENCIA ALVAREZ a fin de que se apersonen al proceso y ocupen su lugar como sucesores procesales, resolución cuya parte resolutiva es: “ADMíTASE la demanda interpuesta por RODOLFO ALARCON VALDEZ y MARIA PRESENTACIÓN BACA DE ALARCON sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO en contra de la sucesión de LUIS VALENCIA ALVAREZ en la vía del proceso abreviado, en consecuencia córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de DIEZ DíAS para que conteste la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y tramitarse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados que indica. A sus antecedentes los anexos presentados. Estando a lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil se DISPONE la publicación de la presente resolución en el diario de mayor circulación y en el diario oficial el Peruano por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los Artículos 167 y 168 del C.P.C. .- HÁGASE SABER.-” Paucartambo, 07 de Agosto del 2014. 3V-13-19-25-VIII B/V 33782 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura JEFATURA PODER JUDICIAL DEL PERÚ JUSTICIA HONORABLE PAÍS RESPETABLE P.I Nº 88-2012 EDICTO La secretaria de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura –ODECMA- de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, pone en conocimiento del señor CARLOS QUISPE PACCO, que en el proceso disciplinario derivado del P.I. N° 88- en su actuación como Juez de Paz de Colquepata Provincia de Paucartambo, se han emitido las siguientes resoluciones N° 11 la que declara consentida la resolución Nº 10: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA. P.I. Nº : 88 - 2012 Investigada : Carlos Quispe Pacco. Motivo : Inconducta Funcional. CONSENTIDA. RESOLUCIÓN Nº 11. Cusco, 30 de julio 2014. Visto: el expediente del presente procedimiento disciplinario y, considerando; que por resolución Nº 10, de fecha 09 de junio 2014 que corre (a folios 93 a 97), este Órgano de Control, resuelve declarar la Responsabilidad Disciplinaria del señor Carlos Quispe Pacco en su actuación como Juez de Paz de Colquepata Provincia de Paucartambo, imponiéndole la medida disciplinaria de AMONESTACIÓN VERBAL, resolución que ha sido válidamente notificada vía Edicto conforme se tiene de las copias del Diario del Cusco de fecha 09, 10, 11, de junio del 2014, advirtiéndose que desde aquella fecha, la precisada resolución no ha sido materia de impugnación dentro del plazo señalado por el artículo 103º del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, modificado mediante Resolución Administrativa Nº 230-2012-CE-PJ; siendo por tanto, de aplicación al presente caso lo dispuesto por el artículo 212º de la Ley Nº 27444; en consecuencia, se DECLA-