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Cusco, lunes 11 de abril de 2016 PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por JAVIER MAURICIO GALLEGOS MONTEAGUDO y ROXANA ORTEGA CASTRO contra VICTOR ISIDRO MESTAS NEYRA y ELENA PILAR QUISPE YANA DE MESTAS; sobre Ejecución de Garantias, Expediente N° 00821-2005-0-1001-JR-CI-02, el Segundo Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo del Señor Juez Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo, con intervención del Especialista Legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, ubicado en: CALLE SAPHY NRO. 844, DISTRITO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (360.00 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE SAPHY DE 10.30 ML, POR LA DERECHA CON PROPIEDAD DE TERCEROS CON 36.00 ML, POR EL FONDO CON AV. DON BOSCO DE 10.00 ML Y POR LA IZQUIERDA CON PROPIEDAD DE TERCEROS DE 36.00 ML Y QUE CORRE INSCRITO EN LA PARDDA ELECTRÓNICA Nº11006446 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN (COMERCIAL): S/2 853,757.33 Soles. BASE DE REMATE: S/1 902,504.89 Soles, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento 02 de la Ficha 24478, hasta por la suma de US$ 66,000.00. EMBARGO: en el Asiento 03 y 08, hasta por la suma de S/24,000.00, a favor del Banco de Materiales- Unidad Operativa del Cusco. AMPLIACION DE HIPOTECA: en el Asiento D00005, se ratifica y extiende la hipoteca inscrita en el Asiento 02 a favor de los esposos JAVIER MAURICIO GALLEGOS MONTEAGUDO y ROXANA ORTEGA CASTRO DE GALLEGOS hasta por la suma de US$ 80,000.00. ANOTACION DE DEMANDA: en el Asiento D00007, en los seguidos por ROXANA ORTEGA CASTRO DE GALLEGOS contra VICTOR ISIDRO MESTAS NEYRA y Otro, sobre Ineficacia de Acto Jurídico. INEFICACIA DE ACTO JURIDICO (Acción Pauliana): en el Asiento D00009, mediante Sentencia, Resolución 53 de fecha 22.4.2008 declara la ineficacia del acto jurídico contenido en la escritura pública de Anticipo de Legitima. Se deja constancia que los acreedores respecto de los cuales es ineficaz el acto señalado son Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro. EMBARGO: en el Asiento D00010, hasta por la suma de US$ 35,000.00, a favor de Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro de Gallegos. EMBARGO: en el Asiento D00012, se dispuso variar la medida cautelar inscrita en el Asiento D00010, hasta por la suma de US$ 400,000.00, a favor de Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro de Gallegos. Todas inscritas en la Partida Electrónica N° 11006446 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: miércoles 04 de mayo de 2016, a horas 09h00 am. Que se verificará en la Oficina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol Nro. 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 9990987011 correo electrónico: asdel_v@hotmail.com. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, es decir no menos de la suma de s/ 285,375.73 Soles, en cheque de gerencia, negociable, a su nombre deben presentar original y copia del Arancel Judicial (tasa judicial) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos IGV, de conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley Nro. 27728 del Martillero público y se cancelan al término de la subasta. Cusco,26 de enero de 2016. Dr. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO 6ves-05-06-07-08-11-12-iv-16 b/v 38530 PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Empresa Agroindustrial y Comercial Arriola e Hijos S.A. contra Augusto Román Serrudo sobre Ejecución de Garantías, Exp. Nº 477-99, el Juzgado Mixto de La Convención Quillabamba, a cargo del Sr. Juez Dr. Waldir Urruchi Zúñiga, y Especialista Legal Dr. Roosvelt Osorio Román, ha ordenado sacar a remate público lo siguiente: 1. PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en la esquina de las Calles Urpipata y el Pasaje La Balsa, Lote 10, de la Manzana “Z”, en la Asociación de Vivienda 4 de Noviembre, Zona Sur, Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco, con un área de 266.00 mts2, Inscrito en la Partida Nº 11003408, de la Zona Registral N° X, sede Cusco; Oficina Registral Cusco. 2.- TASACIÓN: US $. 38,617.80 (Treinta ocho mil seiscientos diecisiete y 80/100 Dólares Americanos). 3.- BASE DEL REMATE: US $. 25,745.20 (Veinticinco mil setecientos cuarenta y cinco y 20/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes de la tasación. 4.- AFECTACIONES: Embargos.- Inscritos en los asientos 03, D00001 Y D00002 de la Partida N° 11000833 (Partida Matriz) del Registro de Predios de la Oficina Registral del Cusco. 5.- FECHA DEL REMATE: 14 de Abril del 2016 a las 10.00 de la mañana. 6.- LUGAR DEL REMATE: Hall del poder Judicial, sito en Jr. Espinar 148 Quillabamba, Cusco. POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; deben presentar original y copia del Arancel Judicial por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios de la Martillera: Pública son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de Conformidad con el Artículo 18º del D.S. Nº 008-2005. JUS y la ley del Martillero Publico. Función encargada del remate MARIA ANGELA ZEBALLOS ALVA, con Reg. Nº 142, mazeballos@gmail.com Cel. 998706190. MARIA ANGELA ZEBALLOS ALVA Martillera publica

MONICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL 05-06-07-08-11-12/04/2016 B/. 29781 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Canas, que despacha el Dr. Ulises Villena Ramírez se tramita el Proceso N° 1-2016-CI, sobre declaración de muerte presunta del menor LIONEL ARON BANDA CACERES, seguido por ANDRES BANDA QUISPE, la misma que se tramitará en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; con citación del Representante del Ministerio Público. y señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, hora exacta, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Nanci Carolina Quispe Valencia .. Lo que se publica para los fines consiguientes de ley.Canas, 06 de abril de 2016 3VCES-07-08-11-IV-16 B/V 38568 EDICTO JUDICIAL El Juzgado Mixto de la Provincia de Anta, Que despacho la Dra. Cosuelo Camacho Zambrano, bajo la actuación de la Especialista Patricia velenza Olivera, En el Proceso Civil Nro. 13-20 16-C, RESUELVE: ADMITIR la presente demanda instada por JUANA CCAÑIHUA QUISPE, sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, de quien en vida fue MARIO FLORES QQUELLON, contra la Sucesión de quién en vida fue MARIO FLORES QQUELLON y ELISABETH FLORES JIMÉNEZ; y con citación del representante del Ministerio Público; en su virtud admítase a trámite en la Vía del PROCESO ABREVIADO; Para la notificación de los probables sucesores de quien en vida fue MARIO FLORES QQUELLON, publíquese el extracto de la presente resolución con la finalidad de que se apersonen en el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Lo que se publica para fines de ley. Anta, 14 de Marzo del 2016. 3VCES-07-08-11-IV-16 B/v 38578 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 02409-2015-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por JOSE GUSTAVO FLORES ALTAMIRANO e HILDA MARGOT REVILLA DE FLORES contra EDGAR VALENTIN SALAS SOTOMAYOR, JIM EDWARD SALAS BUENO Y LOS HEREDEROS DE LA Q.E.V.F. CARMEN BUENO CASAS DE SALAS sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, veintidós de Enero de dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta, disponiéndose la notificación a los colindantes JUSTO ADRIAN BARRIONUEVO MUJICA, LUISA FELIPA ROSELL DE OCAMPO y la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO representada por la PROCURADORA PUBLICA MUNICIPAL, debiendo tramitarse en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO; en tal virtud, confiérase traslado a los demandados por el PLAZO DE DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Y estando a lo previsto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese mediante edictos el extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días.- Disponiéndose la notificación por tres días a la Sucesión demandada mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano”, con el fin de que se apersonen sus sucesores dentro del plazo de CUARENTA y CINCO DIAS conforme a los alcances del artículo 492° del Código Procesal Civil.- H.S.- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco,31 de marzo del 2016. 3vces-08-11-12-iv-16 b/v 38602 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección del Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 45-2016, seguida por MANUELA CCALLO DE TTITO sobre SUCESIÓN INTESTADA de ALFREDO TITO ALFREDO, tramitada en la vía del proceso No Contencioso, se publica para los fines de ley. San jerónimo, 29 de marzo del 2016. 3vces-08-11-12-iv-16 b/v 38601 EDICTO ANTE LA NOTARIA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITO EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 - CUSCO; LAS PERSONAS DE LIVIA ZORAIDA MUÑOZ QUISPE, NAZARIA DINA MUÑOZ DE VEGA CENTENO, MARTHA OLGA MUÑOZ DE CUEVAS, AURIA ANTONIETA CAMERO VIUDA DE MUÑOZ, JEAN EDWARD MUÑOZ CAMERO, ROCIÓ MUÑOZ CAMERO, MERY MUÑOZ CAMERO y ZULMA MUÑOZ CAMERO; HAM CELEBRADO UNA ESCRITURA PULICA DE RECTIFICACION DE AREA UNILATERAL DEL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, DENONINADO CASA N° 1065 DE LA CALLE ALMUDENA DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, POR LO QUE EN CUMPLIMIENTO DE LA NORMA LEGAL Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ART. 923 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVIL, CONCORDANTE CON LO ART. 20 Y SIGUIENTES DEL REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO DE PREDIOS CONCORDANTE A SU VER CON EL CXV AVO PLENO REGISTRAL QUE DISPONE QUE PROCEDE LA RECTIFICACIÓN DE ÁREA LINDEROS Y/O MEDIDAS PERIMÉTRICAS, EN MERITO A ESCRITURA PÚBLICA OTORGADA POR EL PROPIETARIO ACOMPAÑADA DE LA DOCUMENTACIÓN A QUE SE REFIERE EL ART. 20 DEL


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