6 NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. RAFAEL MANCCO VARGAS Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Primer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Ignacio Ortega Mateo y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la Causa Penal N° 582-2014-26, seguido contra RAFAEL MANCCO VARGAS por la presunta comisión del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA, en la modalidad de PELIGRO COMÚN, sub. Tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD representada por la PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE WANCHAQ; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - - - - -- RESUELVE: (...)CITAR A JUICIO ORAL para el día SIETE DE ABRIL del dos mil quince a horas diez de la mañana (hora exacta) en la décima sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado RAFAEL MANCCO VARGAS, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real en la APV. Chincheros B-2 del barrio de Santa Ana-Cusco y en Prolongación Los Arces Cooperativa Ingenieros s/n. del distrito de Cayma-Arequipa (consignados en la acusación escrita,y auto de enjuiciamiento), sin perjuicio de hacer otra notificación a su domicilio procesal de la Av. Micaela Bastidas N° 657-D WanchaqCusco.- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Rafael Mancco Vargas, se le ha venido notificando en los domicilios reales antes mencionados, donde al parecer ya no vive o radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo colegir que éste ignora sobre la acusación y consiguiente juzgamiento que pesan en su contra; por tanto siendo incierto e ignorándose su domicilio actual, se DISPONE: que al imputado RAFAEL MANCCO VARGAS, se le emplace y notifique también...mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial del Cusco. (...) Cusco, 06 de octubre de 2014. Firmada: Especialista Legal Aurelio Román Villacorta. 3VZ 10.13.14.X.14 CPJ. EDICTO PENAL Especialista Judicial : Cleofe Huamán Ancco. Materia : Penal- contra el Patrimonio- Usurpación. EXPEDIENTE No. 00081-2011-78-1014-JR-PE-01 JUZGADO MIXTO, LlQUlDADOR y UNIPERSONAL DE QUlSPICANCHI. Se pone en conocimiento que los Reo Contumaz JOSÉ ELMERT QUlSPE GUZMAN y JOSÉ FRANCISCO MONTALVO CUBA son procesados por la comisión del delito de contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación en agravio de Nancy Jara de Tagle y otro, proceso que se viene tramitando en el Juzgado Mixto, Liquidador y Penal Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 01 de octubre de 2014. EDICTO PENAL Especialista Judicial : Cleofe Huamán. Materia : Contra la Seguridad Pública- Conducción en Estado de Ebriedad. EXPEDIENTE No. 00050-2013-43-1014-JR-PE-01 JUZGADO MIXTO, LIQUlDADOR y UNIPERSONAL DE QUlSPICANCHI. Se pone en conocimiento que el Reo Ausente FREDY HUAMANI ZA V ALA es procesado por la comisión del delito de contra La Seguridad Pública-Delitos de Peligro ComúnConducción en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad, proceso que se viene tramitando en el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de Quispicanchi. Urcos 29 de setiembre del año 2014. Firmada: Especialista Judicial : Cleofe Huamán Ancco. 3VZ 10.13.14.X.14 CPJ. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 00158-2014-66-1 001-JR-PE-06 SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) Acusado(s): ALEX ALVARO LEON YUCRA AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL Resolución No. 01. Cusco, dieciocho de agosto Del año dos mil catorce. VISTO los actuados judiciales remitido por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Juez Penal del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 3510, 3520 y 3530 del Código Procesal Penal, esto es, que ha efectuado el control de la acusación directa en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo. SEGUNDO: El delito que va a ser materia de juzga miento por este Juzgado Unipersonal es el seguido contra ALEX ALVARO LEON YUCRA, por la presunta comisión del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar sub. tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio del menor de iniciales RYLH representado por su progenitora Gladys Mariela Huacallo Farfán, previsto y sancionado por el primer párrafo del articulo 1490 del Código Penal, conforme al estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL para el día DIEZ DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE a horas 11:00 A.M. (HORA EXACTA) en la PRIMERA Sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado ALEX ALVARO LEON YUCRA, asistido por Abogado de su elección o defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento de declarársele CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y disponerse su conducción compulsivo por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE ,en su domicilio real Villa El Paraíso B-17 Wimpillay, Santiago, Cusco (paradero final de carros Chocco - Wimpillay) y/o Cocabambilla -Echarati La Convención - Cusco ( Ficha RENIEC) y en su domicilio procesal ubicado en Calle Cabracancha N° 440 Cusco (ABOG. TEOFILO MENGOA CORONADO celular Nro. 974212141). 2.- EMPLAZAR a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente a todo el Juicio oral, considerándose los domicilios fijados en el auto de enjuiciamiento. 2.1. Notifíquese: Al señor FISCAL EDWIN ROAN ZUÑIGA, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalia Provincial Penal de Cusco, con domicilio procesal en la Av. Pedro Vilca Apaza 313 del distrito de Wanchaq. Con el apercibimiento de que en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas, requerir al Fiscal Superior en grado para que designe otro en su reemplazo. 2.2. Desígnese: Como Abogado del acusado ALEX ALVARO LEON YUCRA, al Dr. TEOFILO MENGOA CORONADO, con CAC 3392, con domicilio procesal en la Calle Cabracancha N° 440 Cusco, con celular 974212141. Bajo apercibimiento de ser reemplazado en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas {) tres sesiones no consecutivas, sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la intervención de otro abogado Defensor de Oficio conforme Dispone el artículo 359° inciso 5 del Código Procesal Penal. 2.3. Notifíquese: A la parte agraviada Gladys Mariela Huacallo Farfán en su domicilio real Camino Real LL-12, Ticatica, Cusco, Cusco, Cusco. Telf. 955719200, Y en su domicilio procesal Av. Micaela Bastidas N° 657 -D Cusco, Cusco, Cusco. (Dr. Ivan Estrado Herrero. Telf. 992955075). 3.- DISPÓNGASE la formación del EXPEDIENTE JUDICIAL de la presente causa al amparo de lo establecido en los artículo 136 y 137 del Código Procesal Penal y de los artículos 4, 5, 6, 7 Y 8 del Reglamento del Expediente Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa número 096-2006-CE-P J de fecha 28 de Junio del 2006, emitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en consecuencia cumpla la Especialista legal con formar el Expediente Judicial al cual deberán anexarse: 0.- los actuados relativos al ejercicio de la acción penal y de la acción civil deri-
Cusco, martes 14 de octubre de 2014 vada del delito; b.- las actas en que consten las actuaciones objetivas e irreproducibles realizadas por la Policía o el Ministerio Público, así como las declaraciones del imputado; C.- los informes periciales y los documentos; d.- las resoluciones expedidas por el Juez de la Investigación Preparatoria y, de ser el caso, los elementos de convicción que la sustenten; e.- las resoluciones emitidas durante la etapa intermedia y los documentos, informes y dictámenes periciales que hayan podido recabarse, así como de ser el caso, las actuaciones complementarias realizadas por el Ministerio Público. Asimismo PRECÍSESE: Que el CUADERNO DE DEBATE a formarse con el auto de citación a juicio y los registros que se realicen durante el juicio oral y demás resoluciones que se dicten hasta la sentencia, formarán parte del expediente judicial. 4.- PÓNGASE a disposición del MINISTERIO PÚBLICO Y LOS SUJETOS PROCESALES el EXPEDIENTE JUDICIAL por el plazo de cinco días en secretaria del Juzgado, a efecto de su revisión, eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza o la exclusión de alguna que no corresponde incorporar contempladas en el artículo 136 del Código- Procesal Penal. 5.- PRECÍSESE que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio. 6.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los sujetos procesales. Firmada: Especialista Judicial. Verónica Lidia Boza Berdejo. 3VZ 10.13.14.X.14 CPJ.
EDICTO PENAL EXP. N° 01074-2014-75-1001-JR-PE-02 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Adalberto Román Gil, se notifica a la persona de IRMA MIRANDA PADILLA, Persona Jurídica ALCHENY SAC y al ciudadano chino ZUHAPING DAI con la siguiente resolución: Resolución Nro. 14 Cusco, siete de octubre Del año dos mil catorce. DADO CUENTA EN LA FECHA: Estando a la constancia que antecede emitida por el Juez que despacha este Juzgado; se dispone REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL fijándose para su realización el día VIERNES SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), diligencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales de Cusco, ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia - Cusco; NOTIFIQUESE a las partes en los domicilios procesales consignados en autos y mediante edictos. Firmada: Especialista Judicial. Marlene Sarayasy Gómez 3VZ 10.13.14.X.14 CPJ. NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 465-2011-61-1001-JR-PE-05, seguido en contra de Alcides Saldivar Arrambide, por la presunta comisión del delito contra la Libertad en la modalidad de la Libertad Sexual sub. tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de los menores de iniciales S.A.H y D.A.H. representada por su progenitora Epifanía Hilario Huamni, tramitado ante el Juzgado Penal Colegiado de Cusco, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado ALCIDES SALDIVAR ARRAMBIDE con la Nro. 1 de fecha 19-09-2014, SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL para el día EL DÍA TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE HORAS OCHO DE LA MAÑANA, (HORA EXACTA), la que se realizará en la CUARTA SALA DE AUDIENCIAS ubicada en el tercer piso del Palacio de Justicia. 2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente a todo el Juicio oral: 2.1. Notifíquese: Al acusado ALCIDES SALDIVAR ARRAMBIDE, en su domicilio real ubicado en la comunidad Campesina Huayura S/N del distrito de Tambobamba, provincia de Cotabmabas, departamento de Apurímac, y también se notifique mediante edictos en el diario judicial de la localidad y en el diario el Peruano por el plazo de ley; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su conducción compulsiva, para que concurra obligatoriamente en el día y hora señalado al juicio programado, asistido del abogado defensor que quiera designar voluntariamente o del abogado de oficio que al efecto se le designara. 2.2 Designar como abogado del acusado Alcides Saldivar Arrambide, defensor público MAYK PILARES RADO; con ICAC Nro. 3392, con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas N° 657-D, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; con número de celular es 974951686; bajo apercibimiento de ser reemplazado en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la intervención de otro abogado Defensor de Oficio conforme dispone el articulo 359 inciso 5 del Código Procesal Penal. 2.3. Notifíquese: al abogado Jhon Jeri Montalvo, Fiscal Adjunto de la Segunda Fiscalia Provincial Penal de Wanchaq, con domicilio procesal en condominio Huascar A-2 del distrito de Wanchaq, provincia y Departamento de Cusco; bajo apercibimiento de ser excluido del juicio en caso de inconcurrencia injustificada o se ausente de la audiencia o no concurra a dos sesiones consecutivas, y se requerirá al Fiscal jerárquica mente superior en grado designe a su reemplazo. 2.4 Notifíquese: a la progenitora de los menores agraviados S.A.H. y D.A.H., Epifania Hilario Huamani, domiciliada en el parque Industrial H-17 del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. (...) 6.- PRECISESE que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio y que el Colegiado esta integrado por los magistrados Miguel Ángel Castelo Andia, Marina Ines Supanta Condor y como ponente Héctor Muñoz Blas. 7.- NOTIFÍOUESE la presente resolución a los sujetos procesales. 3v. Firmada: Especialista Judicial. Yo/anda Vallenas Quiroga. 3VZ 10.13.14.X.14 CPJ. NOTIFICACION VIA EDICTO Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, que despacha el señor Juez Braulio Raúl Quispe Huillca, bajo la actuación de la Especialista Maria Eugenia Limeza Salas, ha presentado su requerimiento de acusación la Fiscalia Provincial Mixta de Paucartambo, en el incidente 12-2013-63-1013-JR-PE-01, seguido contra Aurelio Pazo Mamani, por la presunta comisión del delito contra la Administración Publica, en la modalidad de Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, sub. tipo Peculado Doloso en agravio de la Municipalidad Provincial de Paucartambo y de la Municipalidad Distrital de Colquepata, a la que se le dado providencia mediante resolución N° 1, la que se notifica a AURELIO PAZO MAMANI, por haberse dispuesto mediante resolución N° 9 de fecha 25 de Setiembre del año 2014. Resolución N° 09 Paucartambo, veinticinco de Setiembre Del dos mil catorce. PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. En tal virtud: 1. SUSPENDER la presente audiencia a solicitud del defensor de oficio de la Provincia de Paucartambo. 2. DISPONER la notificación de la resolución N° 1 al imputado Aurelio Pazo Mamani vía edicto en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario Judicial “El Cusco” por el plazo de tres días, para los fines consiguientes de ley. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia de Constitución en Actor Civil solicitada por la Municipalidad Distrital de Colquepata para el día JUEVES TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOS DE LA TARDE EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PAUCARTAMBO. Bajo apercibimiento de llevarse adelante con las partes que concurran. 4. NOTIFICAR con esta resolución al imputado Aurelio Pazo Mamani vía edicto en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario Judicial “El Cusco” por el plazo de tres días, para tal fin debiendo remitirse a la Administración de la Corte Superior de Justicia. Debiendo notificarse a las demás