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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 30, miércoles 5 de marzo de 2014

Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados, podrá interponerse recurso de reposición ante el Tesorero de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Yaiza, a veintitrés de enero de dos mil catorce. EL TESORERO ACCIDENTAL, Maximino Nieves Perdomo. 1.812 ANUNCIO 1.983 NOTIFICACIÓN DE LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES El Tesorero de este Ayuntamiento, HACE SABER: Que no ha sido posible practicar la notificación de la diligencia de embargo de fecha 19/07/2013 abajo indicada, la misma se intentó el 20-09-2013 y el 2309-2013 y se devuelven por el personal de reparto por los motivos <AUSENTE> y <AUSENTE>, según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS PALMAS y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Yaiza, con el fin de citar a D./Da. CONDE*GARCIA, LUIS con DNI 013876413, domiciliado en CALLE ESPAÑA, NÚMERO 429 RES. LOS CLAVELES, en calidad de Acreedor del deudor que más abajo se detalla o a su representante para ser notificado por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 109 y siguientes y 160 de la Ley General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999 de 13 de enero); debe comparecer en la oficina de Recaudación Ejecutiva sita en la Plaza de los Remedios número 1, de Yaiza, en el plazo máximo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP, con el fin de efectuar la

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notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que les afecta; con la advertencia de que si, transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. DILIGENCIA: En esta Unidad de Recaudación se tramitó expediente administrativo de apremio contra el deudor D. ORIENTAL PLAYA SA, con NIF A58356213, por los siguientes débitos: IMPUESTOS/BIENES INMUEBLES URBANA, BASURA, IMPUESTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS, TRIBUTOS VARIOS Y COSTAS. Considerando que el deudor no ha solicitado la alteración del orden de embargo de sus bienes y que esta Administración desconoce la existencia de otros bienes de su propiedad que pudieran figurar con prelación a los inmuebles en el artículo 131 de la Ley General Tributaria, SE DECLARAN EMBARGADOS; los inmuebles propiedad del deudor que a continuación se describen por los siguientes débitos: Principal: 781.380,78 euros; Recargo: 156.274,57 euros; Intereses de demora: 130.719,18 euros; Costas presupuestadas: 320.512,36 euros; TOTAL: 1.388.886,89 euros. RELACIÓN DE BIENES EMBARGADOS ORIENTAL PLAYA SA - Titular del 100 % Coeficiente de Propiedad 100% PLENO DOMINIO BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. - Acreed Hip GIORGELLI, ALEJANDRO GUSTAVO - Acreedor HERMANOS RAMIREZ RAMIREZ, S.L. - Acreedor TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Acreedor CONDE GARCIA, LUIS - Acreedor TAELCO COMERCIAL 2003, S.L. - Acreedor AGENCIA TRIBUTARIA - Acreedor URBANA. Complejo urbanístico, compuesto de planta sótano comunitario, con una superficie construida


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de ocho mil novecientos cuarenta y un metros seis decímetros cuadrados, de los que, tres mil doscientos cincuenta y nueve metros, ochenta y un decímetros cuadrados corresponden a zonas nobles y cinco mil seiscientos ochenta y un metros, veinticinco decímetros a zonas de servicios; noventa villas de planta baja, de ciento treinta metros cuadrados construidos cada una, que hacen once mil setecientos metros cuadrados; y otras dos villas, también de planta baja, situadas en el eje principal del acceso proyectado, con una superficie construida, cada una, de ciento dos metros, setenta y cinco decímetros cuadrados, destinadas, esta dos últimas, a recepción, dirección y administración del complejo, que hacen una superficie de doscientos cinco metros, cincuenta decímetros cuadrados construidos. Todo lo cual hace una superficie construida de veinte mil ochocientos cuarenta y seis metros, cincuenta y seis decímetros cuadrados. La superficie de instalaciones deportivas al aire libre, ocupa tres mil ciento veinte metros cuadrados a través de la zona de recepción común a todo el conjunto, ubicada junta al lindero Norte, y mediante escalinata de tres tramos, se accede al distribuidor central, sito en planta sótano, con acceso a la zonas nobles, salones, bares y comedorrestaurante, contiguo a ellos está el núcleo de piscina y solarium y la zona de juegos infantiles y deportiva, squash, pistas de tenis, etc. Tanto en los espacios de recepción, sitos en planta baja, como en el distribuidor en planta sótano, existe una cubierta plana y esférica en tres niveles, que delimita un ámbito espacial singular, con ajardinamiento interior, que constituye el núcleo vital del complejo turístico, como distribuidor de las circulaciones interiores a las diversas zonas nobles proyectadas. A la zona de servicios se accede mediante una rampa situada al Noroeste del ámbito de ocupación del subsuelo, con un espacio distribuidor al aire libre o patio, desde el que se accede al aparcamiento, almacenes, cuarto de baldes, zona de personal de servicios, cocina, cuarto de contadores, grupo electrógeno, cuarto de máquinas e instalaciones, lavandería, etc. En el entorno del espacio bajo rasante, se ubican varios accesos peatonales en talud. Dicha edificación se ubica en un terreno de forma irregular, constituido para las parcelas 14 y 15 de la Urbanización Montaña Roja, en Montaña Roja, del municipal de Yaiza, que una superficie de NOVENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y METROS CUADRADOS Y linda al Norte con vial que lo separa parcelas 57 y 58 y de zona verde; al Sur, vial

que lo separa de las parcelas 13 y 16 y de zona verde; al Este con zona verde y al Oeste vial que lo separa de la parcela 25. Esta finca tiene en su interior un vial muerto. Registro de la Propiedad: REGISTRO PROPIEDAD DE TÍAS; Tomo: 984; Libro: 101; Folio: 7; Finca: 8832; Incrip.: 1. Referencia Catastral: Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento de Yaiza. En cumplimiento de lo dispuesto los artículos 76 y 83 del Reglamento General de Recaudación, se notificará esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, en su caso, y si corresponde a los cotitulares, terceros poseedores y acreedores y se expedirá, según previene el artículo 84 de dicho Reglamento, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad, llevándose a cabo las actuaciones pertinentes y remisión en su caso de este expediente a la Tesorería del Ayuntamiento para que dicte acuerdo de enajenación, todo ello en cumplimiento de los artículos 172 de la Ley General Tributaria y 101 del Reglamento General de Recaudación. Yaiza, a lunes, veintisiete de enero de dos mil catorce. EL TESORERO ACCIDENTAL, Maximino Nieves Perdomo. 1.820-A

ANUNCIO 1.984 NOTIFICACIÓN DE LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES El Tesorero de este Ayuntamiento, HACE SABER: Que no ha sido posible practicar la notificación de la diligencia de embargo de fecha 19/07/2013 abajo indicada, la misma se intentó el 31-07-2013 y el 3107-2013 y se devuelven por el personal de reparto por


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los motivos <DESCONOCIDO> y <DESCONOCIDO>, según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS PALMAS y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Yaiza, con el fin de citar a HERMANOS RAMÍREZ RAMÍREZ SL con DNI B9999999, domiciliado en CTRA CUESTA RAMÓN S/N, NAVE A, en calidad de Acreedor del deudor que más abajo se detalla o a su representante para ser notificado por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 109 y siguientes y 160 de la Ley General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999 de 13 de enero); debe comparecer en la oficina de Recaudación Ejecutiva sita en la Plaza de los Remedios, número 1, de Yaiza, en el plazo máximo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que les afecta; con la advertencia de que si, transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. DILIGENCIA: En esta Unidad de Recaudación se tramitó expediente administrativo de apremio contra el deudor D. ORIENTAL PLAYA, S.A., con NIF A58356213, por los siguientes débitos: IMPUESTOS/BIENES INMUEBLES URBANA, IMPUESTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS, TRIBUTOS VARIOS, BASURA Y COSTAS. Considerando que el deudor no ha solicitado la alteración del orden de embargo de sus bienes y que esta Administración desconoce la existencia de otros bienes de su propiedad que pudieran figurar con prelación a los inmuebles en el artículo 131 de la Ley General Tributaria, SE DECLARAN EMBARGADOS; los inmuebles propiedad del deudor que a continuación se describen por los siguientes débitos: Principal: 781.380,78 euros; Recargo: 156.274,57 euros; Intereses de demora: 130.719,18 euros; Costas presupuestadas: 320.512,36 euros; TOTAL: 1.388.886,89 euros.

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RELACIÓN DE BIENES EMBARGADOS ORIENTAL PLAYA, S.A. - Titular del 100 % Coeficiente de Propiedad 100% PLENO DOMINIO BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. - Acreed Hip GIORGELLI, ALEJANDRO GUSTAVO - Acreedor HERMANOS RAMIREZ RAMIREZ, S.L. - Acreedor TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Acreedor CONDE GARCIA, LUIS - Acreedor TAELCO COMERCIAL 2003, S.L. - Acreedor AGENCIA TRIBUTARIA - Acreedor URBANA. Complejo urbanístico, compuesto de planta sótano comunitario, con una superficie construida de ocho mil novecientos cuarenta y un metros seis decímetros cuadrados, de los que, tres mil doscientos cincuenta y nueve metros, ochenta y un decímetros cuadrados corresponden a zonas nobles y cinco mil seiscientos ochenta y un metros, veinticinco decímetros a zonas de servicios; noventa villas de planta baja, de ciento treinta metros cuadrados construidos cada una, que hacen once mil setecientos metros cuadrados; y otras dos villas, también de planta baja, situadas en el eje principal del acceso proyectado, con una superficie construida, cada una, de ciento dos metros, setenta y cinco decímetros cuadrados, destinadas, esta dos últimas, a recepción, dirección y administración del complejo, que hacen una superficie de doscientos cinco metros, cincuenta decímetros cuadrados construidos. Todo lo cual hace una superficie construida de veinte mil ochocientos cuarenta y seis metros, cincuenta y seis decímetros cuadrados. La superficie de instalaciones deportivas al aire libre, ocupa tres mil ciento veinte metros cuadrados a través de la zona de recepción común a todo el conjunto, ubicada junta al lindero Norte, y mediante escalinata de tres tramos, se accede al distribuidor central, sito en planta sótano, con acceso a la zonas nobles, salones, bares y comedorrestaurante, contiguo a ellos está el núcleo de piscina y solarium y la zona de juegos infantiles y deportiva, squash, pistas de tenis, etc. Tanto en los espacios de recepción, sitos en planta baja, como en el distribuidor en planta sótano, existe una cubierta plana y esférica en tres niveles, que delimita un ámbito espacial singular, con ajardinamiento interior, que constituye


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el núcleo vital del complejo turístico, como distribuidor de las circulaciones interiores a las diversas zonas nobles proyectadas. A la zona de servicios se accede mediante una rampa situada al Noroeste del ámbito de ocupación del subsuelo, con un espacio distribuidor al aire libre o patio, desde el que se accede al aparcamiento, almacenes, cuarto de baldes, zona de personal de servicios, cocina, cuarto de contadores, grupo electrógeno, cuarto de máquinas e instalaciones, lavandería, etc. En el entorno del espacio bajo rasante, se ubican varios accesos peatonales en talud. Dicha edificación se ubica en un terreno de forma irregular, constituido para las parcelas 14 y 15 de la Urbanización Montaña Roja, en Montaña Roja, del municipal de Yaiza, que una superficie de NOVENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y METROS CUADRADOS y linda al Norte con vial que lo separa parcelas 57 y 58 y de zona verde; al Sur, vial que lo separa de las parcelas 13 y 16 y de zona verde; al Este con zona verde y al Oeste vial que lo separa de la parcela 25. Esta finca tiene en su interior un vial muerto. Registro de la Propiedad: REGISTRO PROPIEDAD DE TIAS; Tomo: 984; Libro: 101; Folio: 7; Finca: 8832; Incrip.: 1. Referencia Catastral: Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento de Yaiza. En cumplimiento de lo dispuesto los artículos 76 y 83 del Reglamento General de Recaudación, se notificará esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, en su caso, y si corresponde a los cotitulares, terceros poseedores y acreedores y se expedirá, según previene el artículo 84 de dicho Reglamento, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad, llevándose a cabo las actuaciones pertinentes y remisión en su caso de este expediente a la Tesorería del Ayuntamiento para que dicte acuerdo de enajenación, todo ello en cumplimiento de los artículos 172 de la Ley General Tributaria y 101 del Reglamento General de Recaudación. Yaiza, a lunes, veintisiete de enero de dos mil catorce. EL TESORERO ACCIDENTAL, Maximino Nieves Perdomo. 1.820-B

ANUNCIO 1.985 NOTIFICACIÓN DE LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES El Tesorero de este Ayuntamiento, HACE SABER: Que no ha sido posible practicar la notificación de la diligencia de embargo de fecha 19/07/2013 abajo indicada, la misma se intentó el 30-07-2013 y el 3007-2013 y se devuelven por el personal de reparto por los motivos <DESCONOCIDO> y <DESCONOCIDO>, según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS PALMAS y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Yaiza, con el fin de citar a D./Da. TAELCO COMERCIAL 2003, SL con DNI B0000000, domiciliado en CTRA ARRECIFE A YAIZA KM 3, PLAYA HONDA, en calidad de Acreedor del deudor que más abajo se detalla o a su representante para ser notificado por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 109 y siguientes y 160 de la Ley General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999 de 13 de enero); debe comparecer en la oficina de Recaudación Ejecutiva sita en la Plaza de los Remedios número 1, de Yaiza, en el plazo máximo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que les afecta; con la advertencia de que si, transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. DILIGENCIA: En esta Unidad de Recaudación se tramitó expediente administrativo de apremio contra el deudor D. ORIENTAL PLAYA SA, con NIF A58356213, por los siguientes débitos: IMPUESTO S/BIENES INMUEBLES URBANA, IMPUESTOS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, BASURA, TRIBUTOS VARIOS Y COSTAS.


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Considerando que el deudor no ha solicitado la alteración del orden de embargo de sus bienes y que esta Administración desconoce la existencia de otros bienes de su propiedad que pudieran figurar con prelación a los inmuebles en el artículo 131 de la Ley General Tributaria, SE DECLARAN EMBARGADOS; los inmuebles propiedad del deudor que a continuación se describen por los siguientes débitos: Principal: 781.380,78 euros; Recargo: 156.274,57 euros; Intereses de demora: 130.719,18 euros; Costas presupuestadas: 320.512,36 euros; TOTAL: 1.388.886,89 euros. RELACIÓN DE BIENES EMBARGADOS ORIENTAL PLAYA, S.A. - Titular del 100 % Coeficiente de Propiedad 100% PLENO DOMINIO BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. - Acreed HipG IORGELLI,ALEJANDRO GUSTAVO - Acreedor HERMANOS RAMIREZ RAMIREZ, S.L. - Acreedor TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Acreedor CONDE GARCIA, LUIS - Acreedor TAELCO COMERCIAL 2003, S.L. - Acreedor AGENCIA TRIBUTARIA - Acreedor URBANA. Complejo urbanístico, compuesto de planta sótano comunitario, con una superficie construida de ocho mil novecientos cuarenta y un metros seis decímetros cuadrados, de los que, tres mil doscientos cincuenta y nueve metros, ochenta y un decímetros cuadrados corresponden a zonas nobles y cinco mil seiscientos ochenta y un metros, veinticinco decímetros a zonas de servicios; noventa villas de planta baja, de ciento treinta metros cuadrados construidos cada una, que hacen once mil setecientos metros cuadrados; y otras dos villas, también de planta baja, situadas en el eje principal del acceso proyectado, con una superficie construida, cada una, de ciento dos metros, setenta y cinco decímetros cuadrados, destinadas, esta dos últimas, a recepción, dirección y administración del complejo, que hacen una superficie de doscientos cinco metros, cincuenta decímetros cuadrados construidos. Todo lo cual hace una superficie construida de veinte mil ochocientos cuarenta y seis metros, cincuenta y seis decímetros cuadrados. La superficie

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de instalaciones deportivas al aire libre, ocupa tres mil ciento veinte metros cuadrados a través de la zona de recepción común a todo el conjunto, ubicada junta al lindero Norte, y mediante escalinata de tres tramos, se accede al distribuidor central, sito en planta sótano, con acceso a la zonas nobles, salones, bares y comedorrestaurante, contiguo a ellos está el núcleo de piscina y solarium y la zona de juegos infantiles y deportiva, squash, pistas de tenis, etc. Tanto en los espacios de recepción, sitos en planta baja, como en el distribuidor en planta sótano, existe una cubierta plana y esférica en tres niveles, que delimita un ámbito espacial singular, con ajardinamiento interior, que constituye el núcleo vital del complejo turístico, como distribuidor de las circulaciones interiores a las diversas zonas nobles proyectadas. A la zona de servicios se accede mediante una rampa situada al Noroeste del ámbito de ocupación del subsuelo, con un espacio distribuidor al aire libre o patio, desde el que se accede al aparcamiento, almacenes, cuarto de baldes, zona de personal de servicios, cocina, cuarto de contadores, grupo electrógeno, cuarto de máquinas e instalaciones, lavandería, etc. En el entorno del espacio bajo rasante, se ubican varios accesos peatonales en talud. Dicha edificación se ubica en un terreno de forma irregular, constituido para las parcelas 14 y 15 de la Urbanización Montaña Roja, en Montaña Roja, del municipal de Yaiza, que una superficie de NOVENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y METROS CUADRADOS y linda al Norte con vial que lo separa parcelas 57 y 58 y de zona verde; al Sur, vial que lo separa de las parcelas 13 y 16 y de zona verde; al Este con zona verde y al Oeste vial que lo separa de la parcela 25. Esta finca tiene en su interior un vial muerto. Yaiza, a lunes, 27 de enero de 2014. Registro de la Propiedad: REGISTRO PROPIEDAD DE TÍAS; Tomo: 984; Libro: 101; Folio: 7; Finca: 8832; Incrip.: 1. Referencia Catastral: Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento de Yaiza. En cumplimiento de lo dispuesto los artículos 76 y 83 del Reglamento General de Recaudación, se notificará esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, en su caso, y si corresponde a los cotitulares, terceros poseedores y acreedores y se expedirá, según


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previene el artículo 84 de dicho Reglamento, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad, llevándose a cabo las actuaciones pertinentes y remisión en su caso de este expediente a la Tesorería del Ayuntamiento para que dicte acuerdo de enajenación, todo ello en cumplimiento de los artículos 172 de la Ley General Tributaria y 101 del Reglamento General de Recaudación.

se entenderá practicada a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. DILIGENCIA:

Yaiza, a lunes, veintisiete de enero de dos mil catorce.

En esta Unidad de Recaudación se tramitó expediente administrativo de apremio contra el deudor D. LANZASUR, SA, con NIF A35138270, domiciliado en URB COSTA DE PAPAGAYO, Esc 1 A, por los siguientes conceptos:

EL TESORERO ACCIDENTAL, Maximino Nieves Perdomo.

IMPUESTOS/BIENES INMUEBLES URBANA, BASURA Y COSTAS.

1.820-C

ANUNCIO 1.986 NOTIFICACIÓN DE LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES El Tesorero de este Ayuntamiento, HACE SABER: Que no ha sido posible practicar la notificación de la diligencia de embargo de fecha 18/07/2013 abajo indicada, la misma se intentó el 26-07-2013 y el 2607-2013 y se devuelven por el personal de reparto por los motivos <DIRECCIÓN INCORRECTA> y <DIRECCIÓN INCORRECTA>, según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS PALMAS y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Yaiza , con el fin de citar al deudor que más abajo se detalla o a su representante para ser notificado por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 109 y siguientes y 160 de la Ley General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999 de 13 de enero); debe comparecer en la oficina de Recaudación Ejecutiva sita en la Plaza de los Remedios número 1, de Yaiza, en el plazo máximo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que les afecta; con la advertencia de que si, transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación

Considerando que el deudor no ha solicitado la alteración del orden de embargo de sus bienes y que esta Administración desconoce la existencia de otros bienes de su propiedad que pudieran figurar con prelación a los inmuebles en el artículo 131 de la Ley General Tributaria, SE DECLARAN EMBARGADOS; los inmuebles propiedad del deudor que a continuación se describen por los siguientes débitos: Principal: 1.113.254,08 euros; Recargo: 222.650,82 euros; Intereses de demora: 237.806,00 euros; Costas presupuestadas: 472.113,27 euros; TOTAL: 2.045.824,17 euros. RELACIÓN DE BIENES EMBARGADOS LANZASUR, S.A. - Titular del 100% Coeficiente de Propiedad 100% PLENO DOMINIO AGENCIA TRIBUTARIA - Acreedor RUSTICA- Tierra situada en Montaña Roja, del término municipal de Yaiza, tiene una superficie de cinco mil metros cuadrados. Linda norte calle; al sur con zona verde; al este con calle; y al oeste con zona verde. Se conoce como parcela doscientos cuarenta y cinco del plan parcial de costa de Papagayo. Registro de la Propiedad: REGISTRO PROPIEDAD DE TIAS; Tomo: 1,051; Libro: 107; Folio: 147; Finca: 9.922; Incrip.: 1. Referencia Catastral: LANZASUR, S.A. - Titular del 100% Coeficiente de Propiedad 100% PLENO DOMINIO AGENCIA TRIBUTARIA - Acreedor RÚSTICA. Tierra situada en Montaña Roja, del término municipal de Yaiza, tiene una superficie de


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cinco mil metros cuadrados. Linda norte zona verde; al sur con zona verde; al este con zona verde; y al oeste con calle. Se conoce como parcela doscientos cuarenta y seis del plan parcial de costa de Papagayo. Registro de la Propiedad: REGISTRO PROPIEDAD DE TÍAS; Tomo: 1.051; Libro: 107; Folio: 148; Finca: 9.923; Incrip.: 1. Referencia Catastral: LANZASUR, S.A. - Titular del 100% Coeficiente de Propiedad 100% PLENO DOMINIO AGENCIA TRIBUTARIA - Acreedor RUSTICA. Tierra situada en Montaña Roja, del término municipal de Yaiza, tiene una superficie de cinco mil metros cuadrados. Linda norte zona verde; al sur con zona verde; al este con zona verde; y al oeste con calle. Se conoce como parcela doscientos cuarenta y siete del plan parcial de costa de Papagayo. Registro de la Propiedad: REGISTRO PROPIEDAD DE TÍAS; Tomo: 1051; Libro: 107; Folio: 149; Finca: 9924; Incrip.: 1. Referencia Catastral: Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento de Yaiza. En cumplimiento de lo dispuesto los artículos 76 y 83 del Reglamento General de Recaudación, se notificará esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, en su caso, y si corresponde a los cotitulares, terceros poseedores y acreedores y se expedirá, según previene el artículo 84 de dicho Reglamento, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad, llevándose a cabo las actuaciones pertinentes y remisión en su caso de este expediente a la Tesorería del Ayuntamiento para que dicte acuerdo de enajenación, todo ello en cumplimiento de los artículos 172 de la Ley General Tributaria y 101 del Reglamento General de Recaudación. Yaiza, a lunes, veintisiete de enero de dos mil catorce.

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 EDICTO CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 1.987 Procedimiento: Procedimiento Ordinario 344/2012. Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante: Bárbara González Ramírez. Demandados: Yeray Robaina Santana, Colegio Enrique de Osso y Fondo de Garantía Salarial. Abogado: Mohamed El Hajoui El Hajoui. Doña Belén González Vallejo, Secretaria Judicial de este Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el número 344/2012, en materia de Reclamación de Cantidad, a instancia de Bárbara González Ramírez, contra Yeray Robaina Santana, Colegio Enrique de Osso y Fondo de Garantía Salarial, se ha acordado citarle mediante edictos dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 19.03.14, a las 09:10 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo se le requiere para que concurra al acto al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Y para que sirva de citación en legal forma a Yeray Robaina Santana, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de febrero de dos mil catorce.

EL TESORERO ACCIDENTAL, Maximino Nieves Perdomo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

1.819

1.786

LA SECRETARIA JUDICIAL.


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