Diario Castellanos 01 12

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SUCESOS

JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2016

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Caso Micaela Bordino: Condenaron a Jonatan Díaz a prisión perpetua El veredicto fue leído por el Tribunal integrado por los jueces Osvaldo Carlos, Alejandro Mognaschi y José Luis García Troiano ante una sala colmada de personas. Tras conocerse la sentencia los padres de Micaela se abrazaron entre sollozos por entender que se había hecho justicia; mientras los padres del condenado también rompieron en llanto. Hubo un trabajo muy profesional de los empleados de la Oficina de Gestión Judicial y del personal policial encargado de la seguridad. (Por Nilo Peretto) Las 22 sillas ubicadas en la Sala Nº 3 del edificio de Tribunales de nuestra ciudad no alcanzaron para colmar las expectativas ue había generado la lectura del veredicto en el juicio sustanciado por la muerte de Micaela Bordino en el que se encontraba imputado su esposo Jonatan Díaz. Fabián Bordino y Mónica López -padres de la víctima- se ubicaron en los dos primeros asientos detrás de los fiscales Guillermo Loyola y Ángela Capitanio. En el otro extremo -detrás de los defensores Raúl Domenella y Pablo Mosconi y de su propio hijo- se sentaron Héctor Díaz y Estela Pintos. En medio de ellos -casi como una especie de barrera de contención- los cuatro periodistas que cubrieron la audiencia (únicamente los representantes de Rafaela Noticias y Diario CASTELLANOS no faltaron a ninguna de las convocatorias); y luego una gran cantidad de mujeres jóvenes de diferentes instituciones

locales que luchan día a día contra la violencia de género. En el resto de la sala -debidamente distribuidos- efectivos policiales (hombres y mujeres) para evitar cualquier tipo de reacción ante la lectura de la sentencia.

El veredicto Tras explicar que únicamente se iba a dar a conocer la parte resolutiva ya que para los fundamentos los magistrados se tomarán los tiempos que marca el Código Procesal Penal de Santa Fe, a las 8.10 el presidente del Tribunal, Dr. Osvaldo Carlos decía textualmente: "Este Tribunal, integrado por los doctores Alejandro Mognaschi (a la derecha); José Luis García Troiano (a la izquierda) y quien les habla, disponemos la apertura de la audiencia de lectura de la parte resolutiva del fallo en la causa caratulada 'Jonatan Ariel Díaz s/homicidio doloso calificado, identificado con el

Respeto absoluto (N.P) Como no podía ser de otra manera, el clima era tenso en el comienzo y durante todo el desarrollo de la audiencia donde los jueces del Tribunal Pluripersonal iban a leer la sentencia contra Jonatan Díaz. Como señalábamos en la crónica principal de esta misma página, una buena parte de la sala estuvo ocupada por jóvenes mujeres de diferentes instituciones locales que luchan día a día contra la violencia de género. El temor era que ante una sentencia condenatoria -como se dio- hubiese alguna expresión de satisfación o algún festejo que pudiera alterar la tranquilidad y el orden que debe guardarse en un acto de semajante naturaleza. Sin embargo nada de eso ocurrió y todos, de manera absoluta, mostraron un respeto elogiable ante la satisfacción de unos (los padres de Micaela) y ante el dolor de otros (los padres de

Jonatan Díaz). Y aunque esto no pudo ser confirmado, trascendió que el día anterior hubo un encuentro en Fiscalía donde se repasó de manera pormenorizada las normas de conducta que debían mantenerse dentro del recinto. Además, el hecho de no poder llevar ni remeras ni pancartas identificatorias de cada movimiento. Salvada esa situación todo se desarrolló de manera normal. Párrafo aparte para la excelente predisposición de la secretaria del Tribunal, la Dra. Viviana Mazzola y de todo el personal interviniente de la Oficina de Gestión Judicial durante el desarrollo del juicio, tratando de salvar inmediatamente cualquier situación que pudiera ocurrir. Lo mismo para los policías que durante todo el juicio realizaron dentro y fuera de la sala una tarea encomiable para brindar seguridad.

número de CUIJ 21061861030 en la que se encuentra imputado Jonatan Ariel Díaz, DNI 32613622, prontuario policial Nº 161980 de la Sección 'IG' de la Unidad Regional V, y decimos qué: En nombre del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe este Tribunal resuelve condenar a Jonatan Ariel Díaz, argentino, nacido el 17 de octubre de 1986 en la ciudad de Escobar, provincia de Buenos Aires, hijo de Héctor Rubén Díaz y Estela Mabel Pintos, domiciliado en calle Zanetti 95 de la ciudad de Rafaela, casado, instruído, empleado, como autor responsable del delito de Homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género, agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con tenencia indebida de arma de fuego de uso civil, Arts. 79, 80 inc 1º y 11º, 41 bis, 189 bis -segundo apartado primer párrafo-, 45 y 55 del Código Penal, a cumplir la pena de prisión perpetua con más accesorias legales y costas del proceso, Art. 29 inc. tercero del Digesto de fondo. Segundo: Ordenar que cobrado firmeza este fallo se proceda al decomiso de los elementos secuestrados y puestos a disposición de este Colegio de Jueces. Tercero: disponer la extracción del registro pertinente a la declaración de Natalia Soledad Funes, de conformidad a lo solicitado por el señor fiscal Dr. Guillermo Loyola y remitir los mismos al Ministerio Público de la Acusación a los fines pertinentes. Agréguese el original, protocolizece la copia, hágase saber, líbrense los oficios y las notificaciones correspondientes y remítase a la Unidad de Control de Gestión".

Llantos de ambos lados Mientras el presidente del Tribunal daba a conocer la sentencia, los primeros en romper en llanto fueron los padres de Micaela, quienes entre sollozos se abrazaban entendiendo que finalmente se había hecho justicia por la muerte de su hija. Del otro lado, en tanto, Héctor Díaz y Estela Pintos, también se abrazaron sin entender qué estaba sucediendo ya que ellos

CASTELLANOS

Los jueces decretaron la condena a perpetua por unanimidad.

siempre proclamaron la inocencia de sus hijos. Tras la lectura del fallo y mientras comenzaba a desalojarse la sala, hubo algunos reclamos subidos de tono por parte de la madre de Díaz hacia los magistrados que también se retiraron de la sala. Afuera, todavía conmocionados, Fabián Bordino y Mónica López solo atinaban a pronunciar palabras entrecortadas ante los micrófonos, teléfonos celulares y cámaras de televisión. Minutos después y cuando los abogados defensores expresaban su disconformidad con la decisión del Tribunal y adelantaban aún antes de conocer los fundamentos de la medida que el fallo iba a ser apelado, la madre de Jonatan Díaz sufrió un importante shock nervioso que derivó en gritos y llanto desconsolado, alterando la tranquilidad del edificio de Tribunales.

Conferencia de prensa Ya en la sede de la Fiscalía Regional Nº 5 y ante los medios de prensa, los fiscales manifestaron su conformidad con la condena resuelta y valoraron que "los magistrados entendieron que se dieron todas las calificantes, fundamentalmente, la violencia de género". Por otra parte, los funcionarios del

MPA hicieron hincapié en que "si bien los testigos y vecinos hicieron aportes, fueron trascendentales las pruebas científicas, fundamentalmente las realizadas por el Médico Forense -Rodolfo Arancibia- y por el perito balístico -Diego Palmucci-. En la escena del hecho había solo dos personas, la víctima y el victimario, y lo que pudimos corroborar es que la muerte de la mujer no fue producto ni de un autodisparo ni de un disparo accidental", sostuvieron. Loyola y Capitanio precisaron que "descartados el autodisparo y el accidente -que fueron las hipótesis de la Defensa del condenado-, surgió entonces que el disparo fue hecho por otra persona. Y con la víctima había una sola persona, que era Díaz". Los fiscales concluyeron que "el lugar de la cabeza en el que ingresó la bala, la dirección del proyectil y la distancia desde la que se realizó el disparo (a 17 centímetros) permitieron confirmar que es imposible que haya sido la misma víctima la que disparó el arma". Por otra parte, indicaron que "el revólver utilizado es muy antiguo, y el gatillo tiene una dureza excesiva que requiere cierta fuerza para accionarlo que no es posible que la víctima haya ejercido".


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