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G LOBALIZACIÓN

DEL CONTROL PENAL , SISTEMA PENAL Y DROGAS EN

V ENEZUELA

la alocada política antidrogas sustituía delitos comunes principalmente violentos, pues han sido los que primordialmente conducen a la pena privativa, por “presos de la cruzada antidrogas”, constituida en su mayoría por supuestos que no ameritaban encarcelamientos y menos tan prolongados. Los dispositivos ideológicos insertados en la ley antidrogas, no sólo cumplían al pie de la letra el designio foráneo, sino que dramatizaban la respuesta innovando normas que ampliaban el espectro irracionalmente represivo y abusivo de la ley. De ese modo, se erigió una figura “comodín” denominada tenencia de drogas, variante más perversa de posesión, tenencia o detentación sugerida en los tratados y de la observada en otras legislaciones, que a la vez, aglutinó el mayor número de causas y encierros, y que consistía en perseguir a quienes portaran las sustancias prohibidas, pero no estuviere dirigida al tráfico, ni al consumo. Todo un acertijo. La incriminación del mero porte de cantidades exiguas o mínimas, permitía de esta forma, la imposición de la pena prácticamente sin pruebas. Los consumidores que no encajaban en la hipótesis del consumo terminaban condenados, así como muchos otros pequeños buhoneros o cualquier inocente, víctima de la represión. Insólitamente, un asunto que hubiere constituido un tema más de la agenda de prevención y control, se convirtió en el generador criminógeno de la “construcción local del problema drogas”, pero además en uno de los pivotes de la violencia delictiva, así como de variados efectos perversos contra los derechos, contra la política de seguridad ciudadana necesaria, demoledores del Estado de Derecho, y por tanto contrarias al desarrollo humano indispensable para hacer realidad un mundo más justo, equitativo y feliz. Durante la década de los ochenta, también los mundos de los sistemas penales y del control penal ofrecen otros panoramas y variables asociadas al desarrollo de la violencia, tanto institucionalizada como delictiva, que padecen los países de la región. Esa década puede ser observada como caracterizadora de un fenómeno de expansión del control penal propio de las décadas posteriores a la última posguerra, que Silva Sánchez25 describe como expansivo de la legislación, pero que sin duda, tiene expresiones mucho más complejas que las meramente normativas: se trata de la expansión del sistema penal en general que en medio de una de sus peores crisis de legitimidad, ensaya 25 Silva Sánchez, Jesús, “La expansión del Derecho Penal. Aspectos de la política criminal en las sociedades postindustriales”, Civitas, Madrid, 1999.

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