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PROLOGO (RAMIRO ÁVILA):Layout 1 25/02/10 9:20 Página xiv

R AMIRO Á VILA S ANTAMARÍA

cita, venta...), lo que ha permitido una intolerable discrecionalidad que ha llevado —como siempre— a una arbitrariedad del uso del sistema penal. En tercer lugar, las penas han sido desproporcionadas con relación al bien jurídico lesionado (que —entre paréntesis— es difícil de encontrarlo) y con relación a otros delitos (Bustos). No es difícil encontrar en cárceles de nuestros países pequeños traficantes o “mulas”, que se encuentran atrapados en el sistema penal de drogas por las mismas razones por las que estarían robando. Alguna vez uno de mis primeros clientes, que se encontraba por un gramo de cocaína que tenía en su talón, y a quien, con atenuantes, le pusieron 8 años de reclusión, me reclamaba diciendo que tiene la misma pena que su compañero de celda, que estaba preso por haber matado a una persona. Las leyes de drogas fueron pensadas en los grandes traficantes y en los carteles internacionales y fueron aplicadas a los traficantes minoristas y a los consumidores (Neuman). En cuarto lugar, se crearon bienes jurídicos abstractos, como la salud pública, que no resistían el análisis desde el principio de lesividad (Paladines). En sexto lugar, se aumentaron las agravantes (Camaño), que es una forma sutil de expandir el poder punitivo del estado. En quinto lugar, en términos procesales, se “pervirtieron” los procedimientos y se provocaron injusticias inaceptables (Bustos), las leyes sospecharon de los operadores de justicia, en particular de los jueces, y creyeron que los grandes traficantes a quienes se iba a juzgar iban a corromperlos, entonces se eliminó la libertad provisional por caución, se dispuso que todas las órdenes de libertad antes de ejecutarlas debían ser consultadas por el superior y se instituyó una práctica por la que se presumía la culpabilidad (in dubio pro sociedad, Zaffaroni) con el parte policial, que era prácticamente la sentencia. Los recursos de hábeas corpus, en los casos de drogas, se tornaron inadecuados e ineficaces. En cuanto a los consumidores, como se penalizó la tenencia y no se puede consumir sin tener droga, se presumió que eran traficantes y, en juicio con privación de libertad, debían probar que la droga la tenían para el consumo; es decir, sutilmente se penalizó el consumo. Se podría afirmar, como conclusión, que la regulación de drogas representó una involución al orden jurídico y, por tanto, una amenaza al estado constitucional de derecho (Camaño). Esos estándares internacionales para el control y represión de drogas se hicieron a espaldas de los estándares de derechos humanos que, paralelamente, se fueron desarrollando a nivel internacional y nacional. Lo que quiere

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