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Martes 24 de Marzo del 2009 Suplemento Registro Oficial – Nro. 555

No. 0097 LA DIRECTORA NACIONAL DE HIDROCARBUROS, ENCARGADA Considerando: Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos dispone que, la Dirección Nacional de Hidrocarburos es el organismo técnico - administrativo dependiente del Ministerio del ramo que controlará y fiscalizará las operaciones de hidrocarburos en forma directa o mediante la contratación de profesionales, firmas o empresas nacionales o extranjeras especializadas y velará por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y seguridad, sobre la base de los reglamentos que expida el Ministro del ramo; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y Prestación de Servicios por parte de la Iniciativa Privada y el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, el Director Nacional de Hidrocarburos, se encuentra legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución cuando así lo estime conveniente; Que, el último inciso del Art. 91 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, determina que la extinción del acto administrativo la podrá realizar la misma autoridad que expidiera el acto o quien la sustituya en el cargo, así como cualquier autoridad jerárquicamente superior a ella; Que, mediante acción de personal No. DARH-AS-2009-041, que rige a partir del 10 de febrero del 2009, se encarga la Dirección Nacional de Hidrocarburos de este Portafolio a la doctora Mónica Merino Orellana, hasta que se nombre al

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f.) Dra. Mónica Merino Orellana, Directora Nacional de Hidrocarburos, Enc. MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, a 27 de febrero del 2009.-f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentación.

No. 0098 LA DIRECTORA NACIONAL DE HIDROCARBUROS, ENCARGADA Considerando: Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos dispone que, la Dirección Nacional de Hidrocarburos es el organismo técnico - administrativo dependiente del Ministerio del ramo que controlará y fiscalizará las operaciones de hidrocarburos en forma directa o mediante la contratación de profesionales, firmas o empresas nacionales o extranjeras especializadas y velará por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y seguridad, sobre la base de los reglamentos que expida el Ministro del ramo; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y Prestación de Servicios por parte de la Iniciativa Privada y el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, el Director Nacional de Hidrocarburos, se encuentra legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución cuando así lo estime conveniente;

titular; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 28A de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, en concordancia con el artículo 91 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Resuelve: Art. 1.- Derogar expresamente la Resolución No. 0040 de 27 de enero del 2009, suscrito por el Ing. Fernando Robalino Vargas, en su calidad de Director Nacional de Hidrocarburos, encargado. Art. 2.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Que, el último inciso del Art. 91 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, determina que la extinción del acto administrativo la podrá realizar la misma autoridad que expidiera el acto o quien la sustituya en el cargo, así como cualquier autoridad jerárquicamente superior a ella; Que, mediante acción de personal No. DARH-AS-2009-041, que rige a partir del 10 de febrero del 2009, se encarga la Dirección Nacional de Hidrocarburos de este Portafolio a la doctora Mónica Merino Orellana, hasta que se nombre al titular; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 28A de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, en concordancia con el artículo 91 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Resuelve:

Comuníquese y publíquese. Dada en Quito, Distrito Metropolitano, 10 de febrero del 2009.

Art. 1.- Derogar expresamente la Resolución No. 0041 de 27 de enero del 2009, suscrito por el Ing. Fernando

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