Derechos y garantía, ensayos críticos, Ramiro Ávila Santamaría

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DERECHOS Y GARANTIAS_Pensamiento juridico 1 26/03/12 13:11 Página 299

Cultura jurídica y la enseñanza del derecho

como si este fuera autónomo, tuviera consistencia propia y se hallara por encima y fuese ajeno a la dinámica social”.46 El compromiso es, pues, con la verdad y con la justicia.47 La cultura emancipatoria por oposición a la inquisitiva tendría otras características, que brevemente describiremos. El culto es a la sustancia. Las formas procesales y de procedimiento, para tomar decisiones, dirigir un juicio o elaborar una ley son una garantía para el cumplimiento del fondo.48 Las formas solo tienen sentido si contribuyen a la realización del fin. El fin no puede ser otro que la realización de los derechos humanos, luego atrás de cada norma, expediente, libro, lo que encontramos es seres humanos de carne y hueso a quienes se les respeta o no sus derechos. Desde esta perspectiva, siendo los destinatarios del derecho todas las personas que vivimos y nos interrelacionamos en sociedad, el lenguaje del derecho debería ser sencillo y transparente. Los abogados deberíamos dejar atrás nuestra mentalidad burocrática y ser respetuosos con el tiempo y con las necesidades de la gente. El juez dejaría de ser este gran manager de expedientes escritos y asumir sus funciones para evitar la delegación de competencias. El conocimiento, transmisión y aplicación del derecho debería ser más horizontal y democrático. Me imagino que debe existir una ruptura parecida a la que existió en el siglo XVI cuando se promovió la reforma protestante, y, entre otras cosas, se afirmó que la biblia no requería, para su comprensión, de intermediarios y que se la podía leer directamente. Algo así debe pasar con la ley. Pensar que la ley puede y debe ser leída y entendida por las personas y no solo por los abogados. La delegación divina, que hablábamos antes, en un estado constitucional de derechos, debe ser, en el peor de los casos, una delegación de la soberanía popular. Los juristas, estudiantes y profesores deberíamos ser activos, promotores de cambio y profundamente comprometidos. Esto, por supuesto, no se debe 46 Monesterolo, Graciela y otro. Propuesta de un rediseño curricular y de una metodología innovadora para la formación profesional en la Facultad de Jurisprudencia de la PUCE, p. 135. 47 Carbonell, Miguel. La enseñanza del Derecho. México, D.F., Editorial Porrúa/Universidad Autónoma de México, 3a ed., 2008, pp. 66 y 68. 48 Binder, Alberto. El incumplimiento de las formas procesales: elementos para una crítica ala teoría unitaria de las nulidades en el proceso penal. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2000. 299


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