Enrique Díaz
Gestor Estratégico de Riesgos enrique.diaz@seprev.com.mx
seguridad Delincuencia organizada
E
l concepto “delincuencia organizada” fue empleado por primera vez por el criminólogo norteamericano Jonh Ladesco en 1929, para designar a las operaciones delictivas provenientes de la mafia, cita un boletín informativo en la página web de la Procuraduría General de la República.
Dicho concepto es utilizado en los medios de comunicación masiva para hacer referencia de las “células”, “grupos” o “vínculos” que existe entre los delincuentes para efectuar actos ilícitos casi siempre con el registro de hechos violentos. Analizando lo anterior parecieran que estas agrupaciones delictivas muchas veces trabajan productivamente utilizando sus recursos de la manera óptima para lograr su propósito; aunque tarde o temprano la Ley les pide cuentas. Está establecido que solo el Congreso de la Unión podrá legislar en esta materia y en consecuencia solo las autoridades federales podrán perseguir este tipo de criminalidad. Para lograr que la aplicación de la justicia se lleve a cabo conforme a derecho y salvaguardando la seguridad de las personas, menciono a continuación algunas de las medidas legales que se aplican contra los presuntos delincuentes: *Todo acusado de delincuencia organizada enfrentara el juicio en prisión preventiva. *Se podrá decretar arraigo hasta por 40 días pudiéndose prorrogar hasta 80, cuando lo solicite el Ministerio Publico. Al elevar a 80 días a rango constitucional se erradica la práctica común de abogados de
delincuentes peligrosos, que alegan violación a la Constitución y obtienen la libertad de sus defendidos. *Cuando la seguridad de los testigos o victimas lo requiera, el juez podrá decidir si su identidad es resguardada. *También el juez podrá decidir si el juicio se llevará a cabo a puerta cerrada. *Habrá beneficios para inculpados que colaboren con la autoridad en la investigacion y persecución de delitos. Están definidos claramente los tipos de bienes de los cuales el juez podrá decretar la extinción de dominio o con-
fiscación en favor del Estado, dejando a salvo la posibilidad de impugnar la decisión por quienes puedan demostrar que son propiedades legitimas. Con esta extinción de dominio se busca debilitar la poderosa base económica de la delincuencia organizada. Los acusados y sentenciados por delincuencia organizada enfrentaran el proceso y las sentencias en cárceles especiales de alta seguridad y no tendrán el derecho de cumplir su sentencia en una cárcel cercana a su domicilio.