REGLAS OFICIALES DE BALONCESTO 2012
Abril 2012 Página 35 de 66
34.2
Penalización Se anotará una falta personal al infractor.
34.2.1
Si se comete la falta sobre un jugador que no está en acción de tiro: El juego se reanudará mediante un saque del equipo no infractor en el punto más cercano a la infracción. Si el equipo infractor está en situación de penalización por faltas de equipo, se aplicará el Art.41 (Faltas de equipo: Penalización).
34.2.2
Si se comete la falta sobre un jugador en acción de tiro, se concederá a ese jugador el siguiente número de tiros libres: Si el lanzamiento se convierte, será válido y, además, se concederá un (1) tiro libre. Si el lanzamiento desde la zona de dos puntos no se convierte, se concederán dos (2) tiros libres. Si el lanzamiento desde la zona de tres puntos no se convierte, se concederán tres (3) tiros libres. Si un jugador es objeto de falta mientras o justo antes de que suene la señal del reloj de partido indicando el fin del período o la señal del dispositivo de veinticuatro (24) segundos y el balón aún está en sus manos, la canasta, si entra, no será válida y se le concederán dos (2) o tres (3) tiros libres.
Art.35
Doble falta
35.1
Definición
35.1.1
Una doble falta es una situación en la que dos adversarios cometen faltas personales, uno contra otro, aproximadamente al mismo tiempo.
35.2
Penalización Se anotará una falta personal a cada jugador infractor. No se concederán tiros libres y el juego se reanudará del siguiente modo: Si, aproximadamente al mismo tiempo que la doble falta: Se logra un cesto de campo válido, o se convierte el último o único tiro libre, se concederá el balón al equipo que lo recibió para que realice un saque desde la línea de fondo. Un equipo tenía el control del balón o derecho a él, se le concederá el balón para que realice un saque en el punto más cercano al de la infracción. Ningún equipo tenía el control del balón ni derecho al mismo, se produce una situación de salto.
Art.36
Falta antideportiva
36.1
Definición
36.1.1
Una falta antideportiva es una falta de jugador que implica contacto y que, a juicio del árbitro, no constituye un esfuerzo legítimo de jugar directamente el balón dentro del espíritu y la intención de las reglas.
36.1.2
Los árbitros deben valorar las faltas antideportivas de manera coherente durante todo el partido y juzgar sólo la acción.