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Varios

16 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales del proceso 10623-2013, que en extracto es como sigue: ACTORES: Lincoln René Ludeña Galán. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 10623-2013 JUEZA: Dra. YHELENNA ANGÉLICA LOJÁN ARMIJOS Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.- En lo principal estimase de clara y completa la demanda deducida por LINCOLN RENE LUDEÑA GALAN la que por reunir los requisitos puntualizados en la Ley, se la acepta al trámite Especial que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia y por el fallecimiento del señor CONSTANTE FELICISIMO LUDEÑA TORRES, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes con la intervención del perito que será designado oportunamente por la Unidad.- Cuéntese en éste proceso con las siguientes personas: 1).- Con el compareciente en la calidad de heredero universal que alega; 2) Notifíquese al señor Procurador Tributario de Loja y Zamora Chinchipe, al señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Loja, al señor Fiscal Dr. Alonso Carrión Rojas, Fiscal designado para esta Unidad. Funcionarios que se los notificarán por medio del Analista de Citaciones y Notificaciones en sus respectivos despachos, advirtiéndoles la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para efecto de sus futuras notificaciones en esta Unidad. 5).- Cítese a los herederos ausentes, desconocidos y presuntos del causante CONSTANTE FELICISIMO LUDEÑA TORRES en uno de los diarios de la localidad, en la forma que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. 6).- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial que señala la actora, así como la autorización que conceden a su Patrocinador, agréguese los documentos que adjunta.- En el término de 72 horas el actor presente documentación legal que justifique los créditos por cobrar, dado que a fojas 5 y 6 constan copias simples, sin mérito probatorio. Notifíquese. F) Dra. Yhelenna Angélica Loján Armijos, Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja. Particular que dejo constancia para los fines de ley. Loja, 25 de noviembre de 2013 Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA 89358 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del causante SEGUNDO PEDRO RÚALES GONZÁLEZ, que en extracto es como sigue: ACTOR: Miguel Ángel Rúales Abrigo DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos del causante SEGUNDO PEDRO RÚALES GONZÁLEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 2344-2013 JUEZ: Dr. Víctor Alberto Burneo Herrera EXTRACTO DEMANDA.- “El señor Miguel Ángel Ruales Abrigo comparece ante la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y a más de los generales de ley manifiesta: mi progenitor quien en vida fue Segundo Pedro Ruales González, falleció el 15 de diciembre del 2012, en Cuenca, pero su último domicilio fue en el barrio El Carmen de la parroquia Malacatos del cantón y provincia de Loja, donde fue sepultado y sin otorgar testamento, conforme lo justifico con el certificado que adjunto. Son interesados en la presente sucesión.- La cónyuge sobreviviente María Lucrecia Abrigo Zumba y sus hijos: Víctor Roque, Enma Yolanda, Olga Beatriz, Víctor Eduardo y Carlos Orlando Rúales Abrigo y el compareciente Miguel Ángel Ruales Abrigo. Por lo expuesto comparezco ante usted para solicitarle lo siguiente. 1.- Que se declare abierta la sucesión intestada del causante Segundo Pedro Ruales González. 2.- Que se realice el alistamiento y avalúo de los bienes con la intervención de peritos. 3.- Que se publique la demanda por la prensa local conforme lo dispone el Art. 82 del CPC. Me fundamento en lo dispuesto en el Art. 629 y siguientes del CPC invocado. Se contará con el señor Procurador Tributario de Loja, Agente Fiscal. El trámite es especial. La cuantía indeterminada. Como los herederos en mención se encuentran ausentes del Cantón Loja, pido se cite al señor Agente Fiscal que intervenga en este juicio, conforme lo dispone el Art. 631 ibidem. Adjunto copia de las cédulas de mi progenitora y de mis hermanos. Los bienes del difunto se encuentran ubicados entre los barrios El Carmen y Ladangui, perteneciente a la parroquia Malacatos del Cantón Loja. Mi madre como mis hermanos antes indicados habitan en la ciudad de Cuenca....”.- AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.- Loja, martes 12 de noviembre del 2013, las 08h16. VISTOS: Cúmplase con lo resuelto por el Superior en el ejecutorial que antecede. En lo principal por así haber sido considerada, de clara y precisa se califica la demanda deducida por Miguel Ángel Rúales Abrigo, por lo que se la acepta a trámite especial que le corresponde. En consecuencia se declara abierta la sucesión intestada del causante SEGUNDO PEDRO RÚALES GONZÁLEZ, desde el momento de su fallecimiento acaecido en el cantón Cuenca de la provincia del Azuay, el 15 de diciembre de 2012, disponiéndose se proceda al inventario y avalúo solemne de sus bienes, con la intervención del perito Ing. Homer Armando Loaiza Campoverde, sorteado a través del SATJE, a quien se dispone notificarlo en su domicilio y oficina ubicado en la calle Sucre 13-91, entre Catacocha y Lourdes en esta ciudad, teléfonos; 2578077, 2689317, celular 0992016863, para que comparezca a tomar legal posesión del cargo el día martes 19 de noviembre de 2013, a las 08H30, en la Sala 8 de esta Unidad Judicial con las prevenciones de orden legal, regulándose en cien dólares sus honorarios profesionales.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con el demandante en la calidad invocada; B) Con María Lucrecia Abrigo Zumba, cónyuge sobreviviente; C) Con sus hijos: Víctor Roque, Enma Yolanda, Olga Beatriz, Víctor Eduardo y Carlos Orlando Rúales Abrigo, a quienes, por afirmarse que

Loja, miércoles 27 de noviembre de 2013 se encuentran fuera de este cantón, se manda citarlos en la persona del señor Fiscal, en la forma establecida en el Art. 629 del Código de Procedimiento Civil; D) Con los herederos desconocidos y presuntos del predicho causante, que se manda citarlos por la prensa local en la forma señalada en el Art. 82 del mismo Código; E) Con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Loja; F) Con el Dr. Gabriel Paz Costa, Fiscal designado a esta Unidad Judicial; y, G) Con el señor Procurador Tributario de Loja. A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad para efecto de ulteriores notificaciones, previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico y autorización que le concede el compareciente a su patrocinador en el libelo de demanda. Tómese en cuenta la nueva casilla judicial y correo electrónico señalados a fs. 24 y la autorización que le concede a su nuevo defensor. En consecuencia notifíquese al profesional removido en la defensa.- Para las citaciones y notificaciones dispuestas en esta providencia, se dispone que pase el proceso a los analistas de citaciones y notificaciones.- HÁGASE SABER. F) Dr. Víctor Alberto Burneo Herrera, Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja”.- Lo Certifico.- Loja, 13 de Noviembre del 2013. Dr. Jorge Correa Valarezo SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA 89362 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes señores: LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ RUIZ Y MERCEDES DE JESÚS SARMIENTO ORTEGA, que en extracto es como sigue: ACTORES: MERCEDES JUDITH RODRÍGUEZ SARMIENTO, DOLORES VIRGINIA RODRÍGUEZ SARMIENTO, ESTHER JOSEFINA RODRÍGUEZ SARMIENTO, MARÍA GRACIELA RODRÍGUEZ SARMIENTO, JOSÉ AUGUSTO RODRÍGUEZ SARMIENTO, ROSA ESPERANZA RODRÍGUEZ SARMIENTO, LUISA ANTONIA RODRÍGUEZ SARMIENTO, ZOILA MELIDA RODRÍGUEZ SARMIENTO, MARIANA DE JESÚS RODRÍGUEZ SARMIENTO EN CALIDAD DE HEREDEROS; Y SANDRA CATALINA DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE APODERADA DE LUCRECIA MARGOTH DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Y EL SEÑOR LUIS HUMBERTO DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ. DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos de los causantes señores LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ RUIZ Y MERCEDES DE JESÚS SARMIENTO ORTEGA Y MARÍA ORFELINA RODRÍGUEZ SARMIENTO. OBJETO: Inventarios TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: No. 10357-2013 JUEZA: Dra. Sandra Vidal Rodríguez AUTO: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA.- Loja, miércoles 30 de octubre del 2013, las 16h42.- VISTOS.- Avoco conocimiento del presente proceso en mi calidad de Jueza de la Unidad Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, designada mediante resolución Nro. 26 del 25 de abril del 2013 por el Pleno del Consejo de la Judicatura y mediante oficio Nro. 01684-DP11-UP del 26 de junio del 2013, suscrito por el Dr. Pablo Falconí Ayora, Director Provincial del Consejo de la Judicatura en Loja, y en virtud del respectivo sorteo constante en la misma.- Se llama a intervenir a la Abogada Patricia Castillo Ojeda, en calidad de secretaria de la Unidad Judicial, encargada mediante oficio Nro. 01673-DP11-UP del 26 de junio del 2013, suscrito por el Dr. Pablo Falconí Ayora, Director Provincial del Consejo de la Judicatura en Loja.- En lo principal de clara, precisa y completa se califica la demanda de inventarios propuesta por los señores MERCEDES JUDITH RODRÍGUEZ SARMIENTO, DOLORES VIRGINIA RODRÍGUEZ SARMIENTO, ESTHER JOSEFINA RODRÍGUEZ SARMIENTO, MARÍA GRACIELA RODRÍGUEZ SARMIENTO, JOSÉ AUGUSTO RODRÍGUEZ SARMIENTO, ROSA ESPERANZA RODRÍGUEZ SARMIENTO, LUISA ANTONIA RODRÍGUEZ SARMIENTO, ZOILA MELIDA RODRÍGUEZ SARMIENTO, MARIANA DE JESÚS RODRÍGUEZ SARMIENTO, en calidad de herederos; y SANDRA CATALINA DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ por sus propios derechos y en calidad de apoderada de LUCRECIA MARGOTH DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, y, el señor LUIS HUMBERTO DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, por lo que se la acepta al trámite ESPECIAL del juicio de INVENTARIOS que le corresponde, en virtud del fallecimiento de los señores LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ RUIZ Y MERCEDES DE JESÚS SARMIENTO ORTEGA, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, fórmese el inventario solemne y el avalúo de los bienes sucesorios en forma legal, con la intervención de los interesados y de un perito que será designado oportunamente por la Unidad Judicial.- Cuéntese en el presente proceso con las siguientes personas: con los comparecientes MERCEDES JUDITH RODRÍGUEZ SARMIENTO, DOLORES VIRGINIA RODRÍGUEZ SARMIENTO, ESTHER JOSEFINA RODRÍGUEZ SARMIENTO, MARÍA GRACIELA RODRÍGUEZ SARMIENTO, JOSÉ AUGUSTO RODRIGUEZ SARMIENTO, ROSA ESPERANZA RODRÍGUEZ SARMIENTO, LUISA ANTONIA RODRÍGUEZ SARMIENTO, ZOILA MELIDA RODRÍGUEZ SARMIENTO, MARIANA DE JESÚS RODRÍGUEZ SARMIENTO, en calidad de herederos de LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ RUIZ Y MERCEDES DE JESÚS SARMIENTO ORTEGA, con la señora SANDRA CATALINA DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ por sus propios derechos, y apoderada de LUCRECIA MARGOTH DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, y, LUIS HUMBERTO DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, en calidad de hijos de la que en vida fue MARÍA ORFELINA RODRÍGUEZ SARMIENTO, conforme la partida de defunción que se adjunta, hija de los extintos, por quienes se solicita el inventario.- Cuéntese en el presente proceso con la señora Fiscal de Loja designada para ésta Unidad, Dra. Karina Castillo Merchán, cuéntese también con el señor Procurador Tributario de Loja, así como con el Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Loja, a quienes se los citará en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los extintos LUIS ALFONSO RODRÍGUEZ RUIZ Y MERCEDES DE JESÚS SARMIENTO ORTEGA, así como los herederos desconocidos y presuntos de la que en vida fue MARÍA ORFELINA RODRÍGUEZ SARMIENTO, por uno de los medios de la prensa local, de conformidad

con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados, así como la autorización conferida a su abogado defensor. NOTIFÍQUESE.- f) DRA. SANDRA VIDAL RODRÍGUEZ, JUEZA DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA TERCERA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA.Dejo constancia de este particular para los fines de ley.Loja, 5 de noviembre del 2013. Ab. Patricia Castillo Ojeda SECRETARIA (E) 89367

que establece el Art. 86 de la Ley de Aguas, por lo que se la acepta a trámite previsto en el Art5. 87 Ibidem y su Reglamento. En consecuencia se dispone: 1.- A los señores Evaristo Eras, Homero Torres y América Vega, cíteselos con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite en sus domicilios señalados para el efecto, a fin de que la contesten y hagan valer sus derechos en el término de ocho días a partir de la fecha de citación, apercíbasele de la obligación que tienen de señalar domicilio dentro del perímetro legal de esta coordinación. 2.- A los Usuarios conocidos o no cíteseles por la prensa de conformidad con lo dispuesto por el Art. 87 de la Ley de Aguas, en uno de los diarios que se editan en la ciudad de Loja, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y providencia por tres veces mediando entre una y otra el plazo de ocho días. 3.- Fíjense carteles en tres de los lugares más frecuentados de la Parroquia Pindal del Cantón Pindal durante el plazo de treinta días, lo mismo se sirva citar al demandado mediante comisión librada al señor Comisario Nacional del cantón Pindal, enviándole suficiente despacho y concediéndole el término de ocho días en razón de la distancia para el cumplimento de la misma. 4.- Oportunamente se designará perito para que realice el estudio técnico de la presente petición de concesión. 5.-Se agrega al expediente croquis, copia de la cédula y certificado de votación del actor. 6.- Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado para posteriores notificaciones.- Llámese a intervenir en el presente proceso al Dr. José Eduardo Costa Samaniego, en calidad de Secretario Ad-Hoc.- NOTIFÍQUESE. F.- Economista Eduardo Renán García Torres, LÍDER DEL CENTRO ZONAL ALAMOR DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO CATAMAYO- SENAGUA.

Particular que pongo a conocimiento del público en general para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a quienes interesen la obligación que tienen de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de esta coordinación. Alamor, 12 de noviembre del 2.013 Dr. José Eduardo Costa Samaniego SECRETARIO AD-HOC DEL CENTRO ZONAL ALAMOR DE LA DHPC-SENAGUA 89370

PLACA MOTOCICLETA EXTRAVIADA Se pone en conocimiento del público en general que REPÚBLICA DEL ECUADOR se ha extraviado la Placa Motocicleta Código HR 676 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE L pertenece a José Luis Requene Peña Cédula LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 110356857-9 DEL CANTÓN LOJA Particular que hace conocer para fines legales consiCITACIÓN JUDICIAL guientes. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptaLoja, 27 de noviembre de 2013 ción a la demanda y más constancias procesales a la Firma Autorizada demandada DIANA ELIZABETH MACAS LEÓN, que 89378 en extracto es como sigue: ACTOR: MILTON ALFONSO MAZA CARTUCHE DEMANDADA: DIANA ELIZABETH MACAS LEÓN OBJETO: Divorcio por causal BANCO NACIONAL DE FOMENTO ALAMOR TRÁMITE: Verbal Sumario LIBRETA EXTRAVIADA CUANTÍA: Indeterminada Se pone en conocimiento del público que el Banco NaJUICIO: No. 10303-2013 cional de Fomento de ALAMOR, procederá anular la JUEZA: Dra. Sandra Vidal Rodríguez cartola vigente de la Cta. de Ahorros No. 0620080448 a AUTO: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERnombre de Lenin Saúl Bravo Sisalima. CERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOFIRMA AUTORIZADA LESCENCIA DEL CANTÓN LOJA.- Loja, miércoles BANCO NACIONAL DE FOMENTO DE ALAMOR 6 de noviembre del 2013, las 15h39.- VISTOS.- Toda 89341 vez que se ha dado cumplimiento a la última providencia, de clara, completa y precisa se califica la demanda de divorcio incoada por el señor MILTON ALFONSO MAZA CARTUCHE en contra de la señora DIANA ELIZABETH MACAS LEÓN, por lo que se la acepta al trámite verbal sumario que le corresponde.- Cítese a la demandada de conformidad a lo establecido en el Artículo 82 del CóCONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS digo de Procedimiento Civil, en relación con el inciso final del artículo 119 del Se convoca a todos los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO Código Civil, puesto que el actor maniTERMINAL TERRESTRE TRANSAMALUZA S.A., y al Sr. Alexander Lituma Torres, fiesta que ha sido imposible determinar Comisario de la Compañía, a la sesión de Junta General Ordinaria, a realizarse el día la individualidad o residencia actual sábado 07 de diciembre 2013, a partir de las 19h00, en la oficina de nuestra Compade la demandada DIANA ELIZABETH MACAS LEÓN.- Téngase en cuenta la ñía, ubicada en la Terminal Terrestre de la ciudad de Amaluza, para tratar el siguiente cuantía, el casillero judicial, correo elecorden del día: trónico y la autorización que le confiere a su abogado defensor.- Agréguese a los autos los documentos aparejados 1. Constatación del Quórum. a la demanda.- Hágase Saber.- AUTO 2. Apertura de la sesión por el señor Presidente. DE ACEPTACIÓN: UNIDAD ESPE3. Lectura y Aprobación del acta anterior. CIALIZADA TERCERA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 4. Aprobación del Balance del Año 2012. DEL CANTÓN LOJA.- Loja, martes 27 5. Aprobación del presupuesto para el año 2014. de agosto del 2013, las 15h10.- VISTOS: 6. Informe del señor Comisario. Atendiendo el escrito que antecede, el que ha sido presentado dentro del térmi7. Informe del señor Gerente. no de ley, conforme lo determina el Art. 8. Asuntos varios. 289 del Código de Procedimiento Civil Amaluza, 27 de noviembre 2013 se amplía el auto del 6 de noviembre del 2013, las 15h39, en el siguiente sentido: Atentamente “Por cuanto dentro del matrimonio se ha procreado tres hijas que responden a los Sr. Juan Agustín Abad Sr. Fabián Andrade Rojas nombres de JOSSELYN ELIZABETH de 14 años, ANGHI ESCARLET de 11 PRESIDENTE GERENTE GENERAL años y OLGA ALEXANDRA MAZA MA89381 CAS, de 9 años, se dispone: Notificar a la menor adulta Josselyn Elizabeth Maza Macas, al casillero señalado, para que ella insinúe el Curador Ad-Litem que la representará en este proceso, asimismo dos parientes cercanos deberán sugerir a la persona que represente como Curador Ad-Litem a las menores Anghi Escarlet y Olga Alexandra Maza Macas. Se contará con la Dra. Karina Castillo Merchán, Fiscal designada para esta judicatura quién dictaminará sobre las curadurías”.- En lo demás se estará a lo dispuesto en dicho auto.- Para los fines de ley.-NOTIFÍQUESE.- f) DRA. SANDRA VIDAL RODRÍGUEZ, JUEZA DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA TERCERA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA. Dejo constancia de este particular para los fines de ley.- Loja, 20 de noviembre del 2013. Ab. Patricia Castillo Ojeda SECRETARIA ENCARGADA 89369

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO TERMINAL TERRESTRE TRANSAMALUZA S.A.

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO

REPÚBLICA DEL ECUADOR SENAGUA COORDINACIÓN REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO CATAMAYO CENTRO ZONAL ALAMOR CÍTESE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LA VERTIENTE DENOMINADA “EL LIMONCILLO”, UBICADA EN EL SITIO FLORES DE LA PARROQUIA PINDAL DEL CANTÓN PINDAL DE LA PROVINCIA DE LOJA. PROCESO: Nro. 591 - 2013- C-A. EXTRACTO: ACTOR: JOSÉ AMADO CÓRDOVA VERA DEMANDADOS: EVARISTO ERAS, HOMERO TORRES Y AMÉRICA VEGA. OBJETO DE SOLICITUD: Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas de la Vertiente Denominada “El Limoncillo”, ubicada en el sitio Flores de la Parroquia Pindal del Cantón Pindal de la Provincia de Loja, para destinar su caudal para consumo humano. PROVIDENCIA: SECRETARÍA DEL AGUA- COORDINACIÓN REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO CATAMAYO CENTRO ZONAL ALAMOR.- Alamor, once de noviembre del dos mil trece, a las 16h00, avoco conocimiento de la presente demanda en mi calidad de Líder del Centro Zonal Alamor, de la Demarcación Hidrográfica Puyango Catamayo, y en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1 del Acuerdo Nro. 2011-334 del 5 de septiembre del 2011, dispongo lo siguiente.En lo principal la solicitud de concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas de la Vertiente Denominada “El Limoncillo”, ubicada en el sitio Flores de la Parroquia y Cantón Pindal, de la Provincia de Loja, presentada por el señor José Amado Córdova Vera, es clara, precisa y completa y reúne los requisitos

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA: MOTOS Y ANEXOS JARAMILLO DELGADO MOJARDEL CÍA. LTDA.

Se comunica al público que la compañía: MOTOS Y ANEXOS JARAMILLO DELGADO MOJARDEL CÍA. LTDA., realizó la ampliación de su objeto social y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Quinto del cantón Loja, el 30 de octubre de 2013. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.DIC.L13. 347 de 19 de noviembre de 2013. Se reforma el Art. 3 del contrato constitutivo y se amplía en las siguientes actividades: ARTÍCULO TRES: “…; DOS.-Proporcionar el servicio de mantenimiento y reparación de motos;...” Loja, 19 de noviembre de 2013 Dra. Cristina Guerrero Aguirre INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE LOJA 89360


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