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Varios Judiciales REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a CÉSAR ISRAEL CARTUCHE SILVA Y VERÓNICA PATRICIA MEJÍA TUTILLO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: CÉSAR ISRAEL CARTUCHE SILVA Y VERÓNICA PATRICIA MEJÍA TUTILLO. TRÁMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: $ 2.311,oo ASUNTO: COBRO DE DINERO. JUICIO No. 15379-2013 JUEZA: Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA. AUTO.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.Loja, miércoles 11 de septiembre del 2013, las 09h54. VISTOS.- La demanda presentada por la DRA. DORIS RUIZ ROA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA S.A., se la califica de clara y completa, por reunir los requisitos de ley se la admite a trámite EJECUTIVO que se solicita.- Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a los demandados y ejecutados: CÉSAR ISRAEL CARTUCHE SILVA Y VERÓNICA PATRICIA MEJÍA TUTILLO, por el término de tres días para que cumplan con la obligación reclamada o deduzcan excepciones bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados, téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados.- Para la citación a los demandados remítase el proceso a la oficina de citaciones.- Notifíquese.f).- Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- Loja, viernes 25 de abril del 2014, las 13h49. En atención al escrito que antecede y en virtud del juramento rendido por la doctora Doris Alexandra Ruiz Roa, Procuradora Judicial del Banco de Loja, actora del presente proceso, en el cual manifiesta que desconoce el actual domicilio o residencia de los demandados, señores César Israel Cartuche Silva y Verónica Patricia Mejía Trujillo, se dispone se los cite por la prensa, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese. f).- Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 2 de mayo del 2014, las 14h44. En atención al escrito que antecede, presentado por la doctora Doris Ruiz Roa, Procuradora Judicial del Banco de Loja, y de conformidad al Art. 289 del Código de Procedimiento Civil, se aclara el decreto que inmediatamente antecede, en el sentido de que: Se cite por la prensa de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil a Verónica Patricia Mejía Tutillo y no a Verónica Patricia Mejía Trujillo, como erróneamente se ha hecho constar, en lo demás se estará a lo dispuesto en la mencionada providencia que se aclara.- Notifíquese.- f).- Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, 13 de mayo del 2014 Dr. Sergio Germán Guerrero Mora SECRETARIO 92812 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a JANETH ALEXANDRA CURIPOMA MENDEZ con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: JANETH ALEXANDRA CURIPOMA MENDEZ y LEONARDO GEOVANNY CAMPOVERDE LOJA. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 5.050,00 INICIADO: 05 de agosto de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 14409-2013 JUEZ: Dra. Rosa Beatriz León O. AUTO: Loja, cinco de agosto de dos mil trece.- VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil del cantón Loja.- En lo principal la demanda incoada por la señora Dra. Doris Alexandra Ruiz, en su calidad de Procuradora Judicial del señor Gerente del Banco de Loja, conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores JANETH ALEXANDRA CURIPOMA MENDEZ y LEONARDO GEOVANNY CAMPOVERDE LOJA, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la acepta al trámite del juicio ejecutivo que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados paguen el capital adeudado, más los intereses correspondientes y las costas procesales o propongan las excepciones en el término de tres días bajo prevenciones legales.Cítese a los demandados en el domicilio señalado mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones.Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la parte actora.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, veintinueve de abril de dos mil catorce. En mérito al juramento rendido por la parte accionante, cítese a la demandada Janeth Alexandra Curipoma Méndez por la prensa, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- f) Dra. Rosa Beatriz León O., Jueza Temporal de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 30 de abril de 2014 Dr. José Francisco Berrú Ontaneda SECRETARIO 92813 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a LUZ MARÍA PINTADO AZANZA con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADA: LUZ MARÍA PINTADO AZANZA. ASUNTO: Cobro de dinero.

CUANTÍA: $ 2.300,00 INICIADO: 20 de septiembre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 15577-2013 JUEZ: Dr. Roberth Valdivieso AUTO: Loja, veinte de septiembre de dos mil trece.VISTOS: En lo principal la demanda que antecede reúne los requisitos de ley, en consecuencia se la admite al trámite EJECUTIVO que se solicita. Con su contenido y el presente auto se corre traslado a la demandada y ejecutada LUZ MARÍA PINTADO AZANZA, para que cumpla con la obligación reclamada o deduzca excepciones en el término de TRES días bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados y pasen los autos a la Oficina de Citaciones para que se cite a la demandada en la dirección indicada en el escrito de demanda, sin perjuicio de ser citada personalmente en el lugar que sea encontrada. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora para recibir futuras notificaciones. Llámese a intervenir al Dr. Rubén Alfaro Infante, en calidad de Secretario encargado, en virtud del oficio No. 02498-DP11-UP, de fecha 10 de septiembre del 2013. Notifíquese.- OTRA PROVIDENCIA.- Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Temporal de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil del Cantón Loja, encargado del despacho del Dr. Franco Carrión Paz, mediante oficio Nro. 0774-DP11-UATH, de fecha 17 de abril del 2014.- En lo principal en virtud del juramento realizado por la parte actora, cítese por la prensa a la demandada LUZ MARÍA PINTADO AZANZA, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Hágase saber.- f) Dr. Roberth Valdivieso, Juez Temporal de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 28 de abril de 2014 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO 92814 REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a YADIRA DEL CARMEN JAPÓN JAPÓN, GENRY VICENTE CRIOLLO BARRERA, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: YADIRA DEL CARMEN JAPÓN JAPÓN, GENRY VICENTE CRIOLLO BARRERA, HESTEVAN HORACIO CRIOLLO CRIOLLO Y DIGNA NATIVIDAD BARRERA. TRÁMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: $ 7.235,oo. ASUNTO: COBRO DE DINERO. JUICIO No. 15418-2013. JUEZA: Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA. AUTO.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.Loja, miércoles 11 de septiembre del 2013, las 16h23. VISTOS.- La demanda presentada por la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA S.A., se la califica de clara y completa, por reunir los Requisitos de ley se la admite a trámite EJECUTIVO que se solicita.- Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a los demandados y ejecutados: YADIRA DEL CARMEN JAPÓN JAPÓN, GENRY VICENTE CRIOLLO BARRERA, HESTEVAN HORACIO CRIOLLO CRIOLLO Y DIGNA NATIVIDAD BARRERA por el término de tres días, para que cumplan con la obligación reclamada o deduzcan excepciones bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados, téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados.- Para la citación a los demandados remítase el proceso a la oficina de citaciones.-Notifíquese f).- Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA. - UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- Loja, 25 de abril del 2014, las 13h59. En atención al escrito que antecede y en virtud del juramento rendido por la doctora Doris Alexandra Ruiz Roa, Procuradora Judicial del Banco de Loja, actora del presente proceso, en el cual manifiesta que desconoce el actual domicilio o residencia de los demandados, señores Yadira del Carmen Japón Japón y Genry Vicente Criollo Barrera, se dispone se los cite por la prensa de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese. f) Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, 06 de mayo del 2014 Dr. Sergio Germán Guerrero Mora SECRETARIO 92823 REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a FANISA AYDE RIMARACHIN DÍAZ Y CARLOS ARTURO SOTO CASTILLO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: CARLOS ARTURO SOTO CASTILLO, FANISA AYDE RIMARACHIN DÍAZ, DIONICIA ANDRADE GUALÁN Y SONIA MERCEDES ALCIVAR OJEDA. TRÁMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: $ 13.700,oo. ASUNTO: COBRO DE DINERO. JUICIO No. 15390-2013. JUEZA: Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA. AUTO.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.Loja, miércoles 11 de septiembre del 2013, las 10h00. VISTOS: La demanda presentada por la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA S.A., se la califica de clara y completa, por reunir los requisitos de ley se la admite a trámite EJECUTIVO que se solicita.- Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a los demandados y ejecutados: CARLOS ARTURO SOTO CASTILLO, FANISA AYDE RIMARACHIN DÍAZ, DIONICIA ANDRADE GUALÁN Y SONIA MERCEDES ALCIVAR OJEDA por el término de tres días, para que cumplan con la obligación reclamada o deduzcan

MARTES 27 DE MAYO DE 2014 excepciones bajo apercibimiento de sentencia.Agréguese a los autos los documentos aparejados, téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados.- Para la citación a los demandados remítase el proceso a la oficina de citaciones.- Notifíquese.- f).- Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA.- Loja, viernes 25 de abril del 2014, las 14h02. En atención al escrito que antecede y en virtud del juramento rendido por la doctora Doris Alexandra Ruiz Roa, Procuradora Judicial del Banco de Loja, actora del presente proceso, en el cual manifiesta que desconoce el actual domicilio o residencia de los demandados, señores Fanisa Ayde Rimarachin Díaz y Carlos Arturo Soto Castillo, se dispone se los cite por la prensa de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese. f) Dra. Talía Maldonado Castro.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, 06 de mayo del 2014 Dr. Sergio Germán Guerrero Mora SECRETARIO 92824 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a JULIO CÉSAR SÁNCHEZ GONZÁLEZ con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: ANDREA DEL CISNE GONZÁLEZ UCHUARI y JULIO CÉSAR SÁNCHEZ GONZÁLEZ. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 1.470,00 INICIADO: 11 de septiembre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 15421-2013 JUEZ: Dr. Otto Montesinos Guarnizo AUTO: Loja, once de septiembre de dos mil trece.VISTOS: Estima clara y completa la demanda que antecede presentada por la Dra. Doris Alexandra Ruiz Roa, Procuradora Judicial del Banco de Loja S.A., en contra de Julio César Sánchez González y Andrea del Cisne González Uchuari, la que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley, se la acepta a trámite ejecutivo que se solicita y corresponde.- En consecuencia se dispone que los demandados y ejecutados, en el término de tres días cumplan con la obligación o deduzcan las excepciones de que se crean asistidos bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero señalados.- Cítese a los demandados en la dirección que se indica en la demanda, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina de Citaciones. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.Loja, veinticuatro de abril de dos mil catorce.- En atención al escrito que antecede por ser procedente se dispone que se cite por la prensa al demandado señor JULIO CÉSAR SÁNCHEZ GONZÁLEZ, de conformidad con lo que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil para los fines legales consiguientes.- Hágase Saber.- f) Dr. Otto Montesinos Guarnizo, Juez de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 29 de abril de 2014 Dr. Wilson Celi Aguilera SECRETARIO 92826 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a DARWIN ALFREDO MONTOYA TENE y DIANA ALEXANDRA MERINO ÁLVAREZ con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: DIANA ALEXANDRA MERINO ÁLVAREZ, EDGAR HOMERO MERINO ÁLVAREZ, DARWIN ALFREDO MONTOYA TENE. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 7.068,04 INICIADO: 7 de octubre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 3563-2013 JUEZ: Dr. Otto Montesinos Guarnizo AUTO: Loja, siete de octubre de dos mil trece.VISTOS: Estímase clara y completa la demanda que antecede presentada por el Ing. Leonardo Burneo Muller, Gerente General del Banco de Loja, en contra de Darwin Alfredo Montoya Tene, Diana Alexandra Merino Álvarez y Edgar Homero Merino Álvarez, la que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley, se la acepta a trámite ejecutivo que se solicita y corresponde.- En consecuencia se dispone que los demandados y ejecutados, en el término de tres días cumplan con la obligación o deduzcan las excepciones de que se crean asistidos bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero señalados.- Cítese a los ejecutados en la dirección que se indica en la demanda, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina de Citaciones.- Solamente para la citación de Edgar Homero Merino Álvarez se comisiona al Comisario Nacional de Policía de Palanda, autoridad a quien se le remitirá suficiente despacho. Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA.Loja, veinticuatro de abril de dos mil catorce. En atención al escrito que antecede por ser procedente se dispone que se cite por la prensa a los demandados DARWIN ALFREDO MONTOYA TENE y DIANA ALEXANDRA MERINO ÁLVAREZ, de conformidad con lo que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil para los fines legales consiguientes.- Hágase Saber.- f) Dr. Otto Montesinos Guarnizo, Juez de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 29 de abril de 2014 Dr. Wilson Celi Aguilera SECRETARIO 92827 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a FERNANDO GABRIEL SOTO SOTO con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican:

JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: FERNANDO GABRIEL SOTO SOTO, BOLÍVAR SEMINARIO CALVA y VÍCTOR BENIGNO SOTO SOTO. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 6.240.00 INICIADO: 11 de septiembre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 15341-2013 JUEZ: Dr. Vinicio Bravo Merchán AUTO: Loja, once de septiembre de dos mil trece.VISTOS: Estima clara y completa la demanda que antecede presentada por la Dra. Doris Alexandra Ruiz Roa, Procuradora Judicial del BANCO DE LOJA S.A., en contra de FERNANDO GABRIEL SOTO SOTO, BOLÍVAR SEMINARIO CALVA y VÍCTOR BENIGNO SOTO SOTO, la que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley se la acepta a trámite ejecutivo que se solicita y corresponde.- En consecuencia se dispone que los demandados y ejecutados, en el término de tres días cumplan con la obligación o deduzcan las excepciones de que se crean asistidos bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados.- Cítese a los demandados conforme se indica en la demanda y de la siguiente forma: A los señores Fernando Gabriel Soto Soto y Bolívar Seminario Calva se lo hará en esta ciudad de Loja, en la dirección que se indica en la demanda, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina de Citaciones.- Al ejecutado Víctor Benigno Soto Soto por tener su domicilio en el cantón Zumbi, se dispone deprecar al señor Juez del Cantón Zumbi para que realice la diligencia de citación y a quien se le enviará el suficiente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Intervenga en el presente juicio el Dr. Manuel Lozada Ramírez, en calidad de Secretario encargado, mediante oficio Nro. 01325DPCJL-UP, de fecha 27 de mayo del 2013.- NOTIFÍQUESE.- OTRA PROVIDENCIA.Loja, cinco de mayo de dos mil catorce. En atención al escrito que antecede se dispone cítese al Sr. Fernando Gabriel Soto Soto por la prensa, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para el efecto por secretaría confiérase el extracto de ley.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Vinicio Bravo Merchán, Juez de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 6 de mayo de 2014 Dr. Luis Antonio Quezada Viteri SECRETARIO 92828 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a BETTY LILIANA RAMÓN VÁSQUEZ con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: VERÓNICA ELIZABETH GÓMEZ QUITUIZACA y BETTY LILIANA RAMÓN VÁSQUEZ. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 4.340,00 INICIADO: 06 de agosto de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 14426-2013 JUEZ: Dra. Martha Elizabeth Jaramillo Jumbo. AUTO: Loja, doce de agosto de dos mil trece.- VISTOS: Una vez que se ha cumplido con el decreto anterior. De clara y completa se califica la demanda que antecede presentada por la Doctora Doris Alexandra Ruiz Roa, en calidad de Procuradora Judicial del Banco de Loja S.A., en contra de Bety Liliana Ramón Vásquez y Verónica Elizabeth Gómez Quituizaca, por lo que se la acepta al trámite ejecutivo que se solicita y corresponde.- En consecuencia se dispone que las demandadas y ejecutadas, en el término de tres días cumplan con la obligación o deduzcan las excepciones de que se crean asistidas bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Téngase en cuenta la cuantía y casilla señaladas.- Cítese a los ejecutados en el lugar que se indica en la demanda.- Hágase saber.- f) Dra. Martha Elizabeth Jaramillo Jumbo, Jueza de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, veinticuatro de abril de dos mil catorce.- Atendiendo el escrito de fs. 27 de los autos que presenta la Dra. Doris Alexandra Ruiz Roa, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco de Loja, quien bajo juramento manifiesta que desconoce la individualidad o residencia de la demandada señora BETTY LILIANA RAMÓN VÁSQUEZ, se dispone citarla por la prensa esto conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Se entregará extracto del auto inicial y de este decreto.- Hágase saber.- f) Dra. Martha Elizabeth Jaramillo Jumbo, Jueza de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 8 de mayo de 2014 Dr. Hugo Mora Palacios SECRETARIO 92829 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a MANUEL ANDRÉS RONQUILLO ORDÓÑEZ y ESTHER ALICIA TACURI QUEZADA con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: DENISSE ELIZABETH JARAMILLO TACURI, MANUEL ANDRÉS RONQUILLO ORDÓÑEZ y ESTHER ALICIA TACURI QUEZADA. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 7.063,00 INICIADO: 12 de septiembre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 15427-2013 JUEZ: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima. AUTO: Loja, doce de septiembre de dos mil trece.- VISTOS: Estimase clara y completa la demanda que antecede presentada por la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del BANCO DE LOJA S.A., en contra de los señores MANUEL ANDRÉS RONQUILLO ORDÓÑEZ, DENISSE ELIZABETH JARAMILLO TACURI Y ESTHER ALICIA TACURI QUEZADA, la misma que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley se la acepta al trámite ejecutivo que le corresponde.- Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a los demandados, para que dentro del término de tres días cumplan con la obligación reclamada o de-

duzcan las excepciones de que se crean asistidos bajo apercibimiento de sentencia.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados, así como la autorización que le concede a su Abogado defensor.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado, para lo cual remítase el proceso a la oficina de citaciones.Intervenga la Dra. Isabel Abad Espinoza, en calidad de Secretaria Encargada de la Unidad Judicial Civil, mediante Oficio Nro. 1781-DP11-UP de fecha 5 de julio del 2013.- Notifíquese.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, veintitrés de abril de dos mil catorce.Por cuanto bajo juramento se afirma desconocer el domicilio de los demandados MANUEL ANDRÉS RONQUILLO ORDÓÑEZ Y ESTHER ALICIA TACURI QUEZADA, se dispone se los cite por la prensa conforme lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- f) F.B.- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 8 de mayo de 2014 Dra. Jenny Román López SECRETARIA ENCARGADA 92830 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a JENNY LORENA MACAS SARMIENTO y HÉCTOR GONZALO BENÍTEZ CORONEL, con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: JACKELINE ALEXANDRA SONGOR GUAICHA, VICENTE SARMIENTO PUGLLA, JENNY LORENA MACAS SARMIENTO y HECTOR GONZALO BENÍTEZ CORONEL. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 1.436,00 INICIADO: 11 de septiembre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 15426-2013 JUEZ: Dra. Rosa Beatriz León O. AUTO: Loja, once de septiembre de dos mil trece.VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil del cantón Loja.En lo principal la demanda incoada por la señora Dra. Doris Alexandra Ruiz, en su calidad de Procuradora Judicial del señor Gerente del Banco de Loja, conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores JACKELINE ALEXANDRA SONGOR GUAICHA, VICENTE SARMIENTO PUGLLA, JENNY LORENA MACAS SARMIENTO y HÉCTOR GONZALO BENÍTEZ CORONEL, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la acepta al trámite del juicio ejecutivo que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados paguen el capital adeudado, más los intereses correspondientes y las costas procesales o propongan las excepciones en el término de tres días bajo prevenciones legales.Cítese a los demandados en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones.Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, veintinueve de abril de dos mil catorce. En mérito al juramento rendido por la parte accionante, cítese a los demandados Jenny Lorena Macas Sarmiento y Héctor Gonzalo Benítez Coronel por la prensa, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- f) Dra. Rosa Beatriz León O., Jueza Temporal de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 30 de abril de 2014 Dr. José Francisco Berrú Ontaneda SECRETARIO 92815 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito a FANISA AYDE RIMARACHIN DÍAZ, CARLOS ARTURO SOTO CASTILLO y MARÍA AGUSTA RODRÍGUEZ GRANDA, con la demanda, auto de aceptación a trámite y más diligencias que en extracto se indican: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: FANISA AYDE RIMARACHIN DÍAZ, CARLOS ARTURO SOTO CASTILLO y MARÍA AGUSTA RODRÍGUEZ GRANDA. ASUNTO: Cobro de dinero. CUANTÍA: $ 8.130,00 INICIADO: 11 de septiembre de 2013 NÚMERO DE JUICIO: 15414-2013 JUEZ: Dra. Rosa Beatriz León O. AUTO: Loja, once de septiembre de dos mil trece.- VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil del cantón Loja.- En lo principal la demanda incoada por la señora Dra. Doris Alexandra Ruiz, en su calidad de Procuradora Judicial del señor Gerente del Banco de Loja, conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores FANISA AYDE RIMARACHIN DÍAZ, CARLOS ARTURO SOTO CASTILLO y MARÍA AGUSTA RODRÍGUEZ GRANDA, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la acepta al trámite del juicio ejecutivo que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados paguen el capital adeudado, más los intereses correspondientes y las costas procesales o propongan las excepciones en el término de tres días bajo prevenciones legales.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, veintinueve de abril de dos mil catorce.- En mérito al juramento rendido por la parte accionante, cítese a los demandados Fanisa Ayde Rimarachin Díaz, Carlos Arturo Soto Castillo y María Agusta Rodríguez Granda por la prensa, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- f) Dra. Rosa Beatriz León O., Jueza Temporal de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil de Loja.- Particular que se pone en conocimiento de la demandada para los fines legales consiguientes. Loja, 30 de abril de 2014 Dr. José Francisco Berrú Ontaneda SECRETARIO 92816


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